ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Sobre la pensión mínima, Rey González dijo que se mantiene para el régimen general (asalariado del sector estatal) de 1 528 pesos. Foto: Ariel Cecilio Lemus

En enero próximo habrá transcurrido el primer año de la implementación de la Tarea Ordenamiento, la cual trae aparejado el incremento de los salarios y las pensiones. Trabajadores, ya con la edad de jubilación o cercanos a esta, esperan ese momento para recibir una mayor retribución por el tiempo laborado.

En ese contexto, Granma conversó con Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), y con Benito Rey González, director de Trámites de Pensiones, del mismo organismo, sobre posibles situaciones que pudieran presentar algunos trabajadores.

LA EDAD DE JUBILACIÓN Y EL CÁLCULO DE LAS PENSIONES

Para la Directora General del Inass, con la implementación de la Tarea Ordenamiento las personas pensaron que, a partir del año 2022, se iban a modificar la edad de jubilación y el tiempo de servicio. «Esto no va a ocurrir», afirmó.

Indicó que el cálculo de la pensión que se haga a partir del próximo año va a estar favorecido por los 12 meses de salario devengados por los trabajadores en activo servicio, que comprende de enero a diciembre de 2021, teniendo en cuenta que son los mejores salarios a partir de la reforma.

Sobre el caso de un trabajador que solicita la pensión en enero de 2022 y le resulta más beneficioso el promedio de los cinco mayores salarios devengados dentro de los últimos 15 años, el Director de Trámites de Pensiones del Inass precisó que no queda otra alternativa que tramitarlos por una disposición especial quinta, que es la facultad de la Ministra del mtss, en tanto en la propuesta de la fundamentación hay que explicar bien de la información, que a esas personas les resulta más beneficioso el salario que tenían hasta diciembre de 2020.

SOBRE LA PENSIÓN MÍNIMA

Sobre la pensión mínima, Rey González dijo que se mantiene para el régimen general (asalariado del sector estatal) de 1 528 pesos, eso quiere decir que aquella pensión que no llegue a ese importe se eleva hasta esta cuantía, pero es solo para el régimen general, porque los regímenes contributivos no tienen pensión mínima aprobada.

«Una persona que se desvincula cumplidos los requisitos por edad y tiempo de servicio, estando en activo antes de la reforma de salario, y presenta la solicitud en 2022-2025, se considera que adquirió su derecho a la jubilación antes de la Tarea Ordenamiento, por lo tanto, el cálculo que le va a corresponder es antes de la Tarea Ordenamiento (de los últimos 15, los cinco mejores), pero también debe tramitarse a través de la disposición especial quinta.

¿CÓMO QUEDA EL TRABAJADOR QUE NO TIENE LOS 12 MESES COMPLETOS DE SALARIO EN 2021?

Rey González explicó que pudiera haber dos supuestos: el trabajador que estaba desvinculado hace años y se vinculó en marzo-abril de 2021 para adquirir por lo menos el derecho a ese requisito de estar en activo en el momento de cumplir la edad. Esa persona no puede llevar el mismo tratamiento que aquella persona que no tiene los 12 meses de salario porque pudo haber estado de licencia sin sueldo y, a pesar de estar de activo servicio, no devengó salario y no tiene una cuantía. A ese caso no se le puede dar el mismo tratamiento, porque es una causa que no es imputable a la persona.

«Está también el que en un momento determinado pudo haber quedado disponible, buscó un vínculo laboral en enero, no fue posible, se vinculó en febrero-marzo, pero ha estado toda su vida trabajando y estuvo unos meses desvinculado. «Son casos excepcionales y, para tramitarlos a través de una disposición especial quinta, hay que tenerlos en cuenta para, a la hora de hacer el cálculo y hacer la fundamentación, hacer la propuesta que corresponda», añadió.

SOBRE LOS INTERRUPTOS

Virginia Marlén García Reyes, directora general del Inass, sobre este tema manifestó que existen personas en activo servicio que están ahora interruptas, pero que tienen los requisitos para jubilarse. «En esos casos se pueden ir por la vía normal. Estamos hablando de los casos que están interruptos, que no están devengando salario y, por consiguiente, van a tener una afectación si están próximos a la jubilación, porque el trámite hay que analizarlo por, la vía de la excepcionalidad», puntualizó.

¿Y LAS PERSONAS QUE ESTABAN COBRANDO EL 60 % DEL SALARIO?

García Reyes dijo que, desde el punto de vista de la seguridad social, si la administración trabajó adecuadamente, lo que se anota en la tarjeta del snc es lo que le hubiera correspondido, no lo que le pagaron. «En la garantía salarial se está cobrando el 60 % a partir del segundo mes, pero lo que va a la tarjeta de salario es lo que le hubiera correspondido de salario si hubiera estado en activo, no el 60 % devengado, porque a los efectos de la seguridad social, se anota el salario completo para no tener una afectación futura» aseguró.

SOBRE LAS COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA

Para el Director de Trámites de Pensiones del Inass, estas cooperativas se rigen por el Decreto-Ley 297 del año 2012. «Ellos no son parte del régimen general de seguridad social ni de los regímenes contributivos, por lo tanto, a partir de enero de 2022, como queda sin efecto la escala de las pensiones, estos casos van a mantenerse obteniendo una pensión acorde con lo establecido en este Decreto-Ley, que tiene su norma específica: de los últimos 15 años, los cinco mejores. Teniendo en cuenta que ellos devengan por anticipos y utilidades y tienen mayores ingresos, la pensión de ellos va a ser un poco mayor», subrayó.

LAS FILIALES DEL INASS Y  LOS TRÁMITES DE LA JUBILACIÓN

La Directora General del Inass significó que de las filiales municipales, solamente en La Habana y en Granma se captan los expedientes de edad e invalidez. «El resto de las provincias se capta en la filial provincial. Por tanto, no todo el trabajador que presente su solicitud de jubilación en el propio mes de enero va a ser alta de febrero. Trataremos de recibir todo lo que se presente, pero hay un grupo de factores que pueden incidir de manera negativa en la agilidad del trámite», concluyó.

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Carmen dijo:

81

27 de diciembre de 2021

19:08:19


Se debe escuchar el criterio de la poblacion como tantas cosas que se consultan para volver a la jubilacion de 55 y 60 años. Hay que dar paso a los jovenes y reducir inflacion en plantillas en varios centros.

mabel dijo:

82

27 de diciembre de 2021

19:41:35


Resulta muy validad la aclaración sobre la edad de jubilación. Quisiera saber si se mantiene el mismo método de cálculo de la pension

Mabel Despaigne Rodriguez dijo:

83

27 de diciembre de 2021

19:52:48


Muy valida la aclaración sobre la no modificacion de la edad de jubilación . Se mantendrá el mismo método de cálculo de la pensión, que por cada año por mas de 30 año se incrementara el 2%' y cómo máximo hasta el 90%del salario promedio. Saludos Mabel

Jorge Pacheco dijo:

84

28 de diciembre de 2021

05:23:05


Me gustaría compartir con la dirección del INAS el tema de las cooperativas agropecuarias y su seguridad social. Las empresas estatales también reparten utilidades pagan mejores salarios apotan solo el 5% a la seguridad social. Siempre marginado a las cooperativas agropecuarias que producen el 80% de los alimentos que se produce en el país bajo condiciones extremadamente difíciles. Me gustaría que esa dirección se comunicara conmigo por mi email para ventilar el tema tan debatido de las UBPC

Carmen dijo:

85

28 de diciembre de 2021

06:14:38


Deben censar la cantidad de jovenes sin empleo y darle oportunidades de trabajo. Es hora de jubilar a los de 55 y 60. Hay muchas de las mejores plazas ocupadas por jubilados recontratados; asi los jovenes no tendran buenas oportunidades.

Francisco dijo:

86

28 de diciembre de 2021

09:23:59


Para el cálculo de la jubilación se tendrá en cuenta el dinero percibido por concepto de utilidades

Liuber Gálvez Gnzález dijo:

87

28 de diciembre de 2021

11:11:55


Seria bueno explicarlo por la mesa redonda Saludos a todos

Beatriz dijo:

88

28 de diciembre de 2021

13:19:29


Puede existir una comisión que valores la obligatoriedad de la persona joven que asume el contenido de trabajo de la persona que desea jubilarse sino existe la persona joven no se le concede la jubilación

Dionisia dijo:

89

28 de diciembre de 2021

20:23:58


En el caso de las mujeres y las licencias de maternidad como se contaría el tiempo trabajado. Ejemplo tengo 38 años de trabajo y 2 licencias de maternidad, una la de los 3 meses y ls otra la de los 6 meses

Maricel Borjas Zaldivar dijo:

90

29 de diciembre de 2021

10:43:52


Hola. Tengo 58 años de edad y 40 de trabajo en salud como profesora de ciencias médicas. ¿Tengo posibilidades de jubilarme en el 2022 con el nuevo decreto ley 36/2021?

Vilma dijo:

91

29 de diciembre de 2021

18:04:41


De acuerdo a la aclaración de la directora general de la INASS, aunque cumplimentados los requisitos no será efectiva como alta para febrero o sea hay que seguir trabajando independientemente que tenemos el derecho.

Alina dijo:

92

31 de diciembre de 2021

22:48:23


Tengo amistades cercanas que trabajan en determinadas empresas en las que está previsto realizar un reajuste, reduciendo un gran número de plazas. Sin tener un conocimiento demostrado con una base científica, pero he visto aumentar el desempleo en la juventud. Y me pregunto porqué no jubilar a las mujeres a los 55 y a los hombres a los 60 y dejar de recontratar jubilados, para dar paso a los jóvenes. Concuerdo en que hay una baja natalidad y una elevada expectativa de vida, pero mi criterio es que si na persona se jubila, gana una jubilación y se recontrata y gana un salario además, es un gasto mayor para el estado. sin embargo, si una persona se jubila, y se da ese empleo ha una persona joven, capacitada, se resolverían dos problemas

Miguel Blas Alcina Valls dijo:

93

1 de enero de 2022

10:09:02


Soy profesor de 45 años de trabajo y deseo jubilarme en febrero de 2022 , pregunto , Cuál es el monto que se me tiene en cuenta para sacar mi jubilacion

Frank dijo:

94

1 de enero de 2022

17:06:57


Con una esperanza de vida de más ó menos 76 años, en un hombre que tenga buena salud podrá disfrutar solo 5 años de jubilación.... saque usted sus propias conclusiones...

Sonia Armenteros Mallo dijo:

95

2 de enero de 2022

13:02:11


Buenos días. Necesito de ser posible me aclaren esta duda. Soy médico, 45 años de servicio, me quiero jubilar en Enero. Tenía entendido q a partir de este año solo se tendría en cta el salario devengado durante el 2021 para la CTA numérica , y existe un comentario de que no es así. Pudiera decirme por favor. Atte. Sonia

Regla Alfaro Corp dijo:

96

4 de enero de 2022

01:51:25


Tengo 34 de trabajo y resulta que faltan 3 tarjetas de salario en mi expediente. ¿ cómo hago para recuperarlas si las empresas ya no existen?

Ivonne oliva chao dijo:

97

4 de enero de 2022

10:09:54


Buenos dias mi mamá tiene 74 años y quiere presentar su retiro ahora en enero,ella quiere saber si entra su pensión en la tarea de ordenamiento y se retira con él salario alto que empezó en enero del 2021 muchas gracias ,espero su respuesta

Mirian Corzo dijo:

98

4 de enero de 2022

20:26:47


Tengo 61 años y 38 años de trabajo como profesora, me encuentro en Canadá en casa de mi hija, al no presentarme a los 3 meses estipulados en mi centro de trabajo, causé baja en Noviembre 2021, cuando regrese a Cuba en este año 2022 ,me puedo jubilar? Adónde debo dirigirme? Le agradezco de antemano su respuesta, la que me dieron en mi centro de trabajo fue muy ambigua.

RENE QUESADA dijo:

99

5 de enero de 2022

12:12:29


Soy Ingeniero y en mi caso trabaje durante 36-37 años y pedí liberación de mi trabajo en noviembre 2019 en mi nuevo centro laboral por problemas con la covid´19 no pude empezar y aplique para trabajar en varios lugares y existía el mismo problema, hoy voy a la dirección municipal de la inass en p.del rio y me informan que tengo que estar vinculado laboral mente, no vale todo lo que trabaje durante mi vida, que debo hacer pues es el único salario que entra en mi casa y si trabajo por cuenta propia necesito 10 años, tuve cáncer en 2008 y SEGUÍ TRABAJANDO, covid con neumonía grave en septiembre de 2021, que hago POR FAVOR no esta en mis planes vivir de la misericordia de los demás.

CMQF dijo:

100

5 de enero de 2022

14:36:55


Necesito saber si yo que tengo 37 años ininterrumpidos, trabajados en un mismo sector y 55 años de edad puedo presentar u optar por la jubilación en. 2022