ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

En vigor a partir de septiembre, la Aduana General de la República (AGR) y el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) emitieron cuatro resoluciones para la importación de productos sin carácter comercial, que actualizan la política aplicada desde el 2011.

Según se aclaró ayer en conferencia de pren­sa, las normas mantienen las tarifas arance­larias sobre los artículos importados por los pa­­sajeros sin carácter comercial; y varían, sin em­bargo, las aplicadas a los envíos postales, aé­reos o marítimos que contengan misceláneas. Ade­más, se redujeron los límites para la im­por­tación de algunos productos, por cualquier vía.

En cuanto a los artículos que arriben al país mediante los referidos envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, se destacó que el valor de importación de cada kilogramo de misceláneas será de 20 pesos, aumentando el costo establecido de diez pesos por kilogramo.

El pago por esos envíos en territorio nacional será en pesos convertibles (CUC) —según lo indicado por la Resolución no.300 del Mi­nis­terio de Finanzas y Precios—, y para quienes lo reciban se estipuló una exención del pago de aranceles por los primeros 1,5 kilogramos, el equivalente a 30 pesos.

Estas medidas, dijo la vicejefa de la AGR, Idalmis Rosales Milanés, resultaron de estudios sobre la aplicación del actual Listado de Valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial, y tienen el ánimo de cerrar el paso a las que se realizan hoy con evidentes fines lucrativos.

Atendiendo a la opinión de nuestros lectores en una entrevista online realizada ayer a dos especialistas de la Aduana (194 comentarios a la hora de cierre), Granma realizó varias interrogantes a los ponentes. A continuación ex­ponemos sus respuestas, unidas a otras ofre­­cidas en el foro.

En cuanto a los colaboradores, ¿se contempla alguna diferencia en su tratamiento?

Carmen Arias Suárez, jefa Aduana de carga in­ternacional del aeropuerto José Martí: “Los co­­laboradores mantienen las mismas regulaciones establecidas para personas naturales. Se añade que al terminar su misión, si ha sido has­ta o por encima de los dos años, tienen el de­re­cho al disfrute del menaje de casa. Este consiste en una serie de artículos, enseres del ho­gar, establecidos en la Resolución no.43 del Mi­nis­terio de Fianzas y Pre­cios y la 122 de la AGR, por la cual no se cobra o pagan aranceles.

“Al terminar su misión pueden im­portar por única vez, indivisible, su menaje de casa. Se excluyen los efectos personales y otra serie de elementos que no clasifican en la nor­ma, como por ejemplo, bombas o motores, o ma­terial de construcción”.

Al respecto, el artículo 14 de la Resolución no. 122/2009 de la Aduana General, refiere: Para la autorización del menaje en lo que respecta a cantidades de artículos (enseres y mo­biliarios), se tendrá en cuenta que dichas cantidades se correspondan con los espacios ha­bitacionales de la vivienda a la cual están destinados. En el caso de los equipos electrodomésticos solo se admitirán exentos del pago, dos equipos de cada tipo.

¿Cuál es el destino de los artículos decomisados?

Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR: “En nuestro país, el destino de los abandonos o decomisos está establecido en resoluciones en las que se norma su entrega a determinados organismos, según el tipo de mercancía”.

Juventud Rebelde: ¿Cuáles son los aranceles para los equipajes que vienen sin acompañante?

Arias Suárez explicó que para la aplicación de los aranceles sobre el equipaje se tiene en cuenta la fecha de ingreso al país del pasajero responsable.
Como la puesta en vigor de las medidas su­cederá a partir del primero de septiembre, pueden existir casos en que el equipaje llegue antes o después que el portador. En ese sentido, la especialista ejemplificó que si un pasajero en­vía un equipaje el 25 de agosto pero él entra al país en septiembre, los aranceles serán los es­tablecidos en las nuevas Resoluciones.

Pero si él llega antes de ese mes, se le aplican las resoluciones vigentes, aunque el equipaje arribe después, señaló.

ALGUNAS INTERROGANTES RESPONDIDAS A LOS LECTORES DE GRANMA.CU
Juana María: Pudieran aclararme si yo viajé este año y no me pasé en el peso estipulado, si vuelvo a viajar en este mismo año y sí me paso, ¿pagaría en CUC o CUP?
Aduana: Si reside permanentemente en Cu­­ba, usted tiene derecho a efectuar el pago de la primera importación que realice en el año en CUP, después que efectúe este primer pago, los siguientes que deba realizar en el mismo año serán abonados también en CUP pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC. Se considera realizada la primera importación cuando se ejecute el pago por la mis­ma, es decir, si usted viajó y no efectuó el pago por los artículos que trajo, podrá pagar en CUP los artículos que traiga en su próximo viaje.
Maritza Salazar: ¿Hasta cuántos kilogramos puede llevar un cubano al regreso a su país?
Aduana: La Resolución 11/07 del Jefe de la Aduana General de la República, que esta­bleció la alternativa de valoración al peso para las misceláneas que importen los pasajeros se­leccionados por la Aduana (un kg equivalente a diez pesos), se mantiene vigente. Por lo que la cantidad de kilogramos en misceláneas que puede importar un pasajero no ha sufrido cambios.
Miriam: ¿El valor del kg (para los pasajeros) se mantiene en diez CUP o CUC?
Aduana: La moneda en que el pasajero efectúa el pago por las importaciones que realiza depende de su lugar de residencia. Los pasajeros que residen permanentemente en Cuba pagan en CUP (a partir de la segunda im­portación en el año pagan en esta moneda, pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC) los que no residen en Cuba permanentemente pagan en CUC.
Kathy: Estoy cumpliendo una beca de es­tudios fuera de Cuba (…).Como residente cubana y estudiante, ¿tengo o no el derecho legal de no pagar por los derechos de Adua­na como aparece al principio de la legis­lación?
Aduana: Los becarios cubanos en el exterior importan exentos del pago los artículos que traigan a su regreso, una vez concluidos sus estudios, debiendo acreditar ante los funcionarios de la Aduana la condición de becario cubano en el exterior. La importación que realicen se ajusta a la del resto de los pasajeros, por lo que los artículos a importar se deben ajustar a lo establecido en la legislación vigente. Es decir, un becario cubano en el exterior, al acogerse a esta exención, importa igual que el resto de los pasajeros, solo que no efectuará el pago correspondiente a los derechos de aduana. (Resolución 16/97 del MFP).
Katherine: ¿Posee la Aduana algún email a donde se le puedan enviar preguntas que tengan que ver con un caso en particular?
Aduana: La Aduana tramita consultas, que­jas, dudas, inquietudes, para esto las personas pueden dirigirse a la Aduana en la que preten­de realizar su trámite o a la Aduana General de la República, pudiendo canalizar sus inquietu­des a través del correo publico@agr.aduana.cu.
En otros comentarios, los lectores manifestaron que las regulaciones deben ser ajustadas a aquellas personas que sean reincidentes en la importación de mercancías con fines de lucro.Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

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jorge dijo:

321

15 de agosto de 2014

15:44:39


Hola usted me puede explicar mi hijo está de visita afuera vino por un período de tres meses en qué se debe el pagar sus miscelania y los equipos electrónicos como por ejemplo televisor Xbox o algo parecido? es la primera vez que viaja y entra a su lugar de origen.estaría muy agradecida que me respondieran.

LOIPA dijo:

322

15 de agosto de 2014

16:00:03


Hola , primero que todo gracias por su ayuda y espero sus respuestas pues cada nueva ley trae muchas interrogantes y muchas opiniones,y me gusta saber por personas que realmente sepan lo que necesito respuesta. PREGUNTAS. 1 -QUEDA SIN VALOR TODAS LAS RESOLUCIONES ANTERIORES 320,321,122,223 y DE FINAZA COMO LA 223 QUE EL EL PAGO SE EFECTUARIA DE $0 A $ 500 AL 100% Y DE $500 A $1000 AL 200 % 2 -QUEDA SIN VALOR EL PODER ENTRAR UNA LAPTO O COMPU PERSONAL AL PAIS SIN COSTO ALGUNO COMO HASTA EL MOMENTO. 3- SIGUEN SIENDO LAS MISMAS CANTIDAD 30 KG SIN COSTO AL ENTRAR AL PAIS. 4-SIGUEN SIENDO LOS MISMO 10 KG DE MEDICINAS PERMITIDAS HASTA EL MOMENTO SIN COSTO ALGUNO. 5 -SIGUEN SIENDO LOS PANALES DE ADULTO SEA LA CANTIDAD QUE SEA PERMITIDA ENTRAR SIN COSTO ,AL IGUAL QUE SILLAS DE RUEDAS Y SIMILARES PARA ENFERMOS. ESTAS SON MIS PREGUNTAS Y OAJALA PUEDA RESPONDERME , TENGO FAMILIA MAYORES EN CUBA QUIEN MANTENGO DE TODO LO NECESARIO PARA QUE LA VIDA LE SEA MAS FACIL POR ENCONTRARSE CON DISCAPACIDADES. GRACIAS POR SU AYUDA. © 2014 Microsoft Términos Privacidad y cookies Desarrolladores Español Acelera tu Internet Experimenta la diferencia con Internet Explorer. Actualiza ahora AdChoices

sulaidy dijo:

323

15 de agosto de 2014

17:02:37


hola buenas noche yo tengo una inquietud la cual a ver si me explican si yo mando un paquete vía correos y entra a cuba antes del 1 de septiembre y mi familiares lo reciben después del 1 de septiembre a que leí se acojen ya que una ves que entra a cuba y la demora depende del estado cubano que explicación se me puede dar y la otra inquietud yo viajó a cuba a partir del día 1 de septiembre cuantos quilos puedo pasar libre del decomiso y mi hijo tiene 6 año y paga en dinero cubano este viaje cuantos kilo puede pasar y hasta que límite se puede pasar siempre que yo pague hasta cuantos kilo le permiten pasar yo pagando muchas gracia espero contesta .

Ramon dijo:

324

16 de agosto de 2014

05:11:21


Hola me queria dirigir a vosotros queria saber si yo quiero llevar una bomba de agua para casa de mi madre se puede llevar sin que tenga coste ,ya que estamos me dicen que equipo eléctrico y electronica se pueden llevar sin que tenga coste gracias

Leidy dijo:

325

17 de agosto de 2014

06:41:46


Por favor yo vivo en Italia con mi PRE ,tengo dos dudas con la nueva ley aduanera,necesito saber si cuando viaje puedo llevar solo 30 kg total(bolsa a mano + maleta )como he hecho siempre? si me paso debo pagar cada kg màs ,en 10 cuc como siempre?es asi? , ademàs si mando un paquete con mis ropas usadas por correo porque quiero regresar a vivir en Cuba( paquetes de 3 kg) cuànto deben de pagar allà mis familiares a partir del 1 de septiembre? pero si el paquete entra ma#ana no cambia verdad? porque ha llegado a uba antes del 1-9-2014?gracias d esus respuestas Leidy

Jorge Quesada dijo:

326

17 de agosto de 2014

07:01:54


Soy Cubano Residente en Puerto Rico. hace aproximadamente 18 años no veo a mis hijos y nietos, mi pregunta es la sgte. yo les llevo ropa a mis hijos y nietos. cuando llegue a Cuba. tengo que pagar alla, los articulos que llevo. y la cantidad que se permite entrar por ley. o las que pasen de esa cantidad pusta por ley

Maria Eugenia Perez dijo:

327

17 de agosto de 2014

07:45:47


Buenos días, yo soy medica cubana , que cumplo misión en Brasil , si tomamos en cuenta lo que ya existe respecto a nuestro salario, es decir que no tenemos dinero en Cuba como ayuda para la familia, considero se debe tener cierta consideración con los paquetes que enviamos a nuestros familiares, yo estoy preocupada, porque tengo un padre anciano que sufrió dos Accidentes Cerebro vasculares, yo le envío medicamentos regularmente, envíe un celular para que pudiera comunicarse conmigo el día 16de julio y aun no ha llegado, pero tengo ocho hermanos casi todos hipertensos dos hermanas diabéticas, por ello tengo que enviarles Omega 3,porque todos tienen riesgo de AVE, envié dos cajitas de menos de tres kilos a mi hermano en la Habana, el 25/6/2014, llego una solo con ropa y medicamentos , la otra con calzado y un celular para el no ha llegado , y salieron juntas de aquí, Correos Brasil , te informa hasta la fecha en que sale el paquete para Cuba , por favor , sean responsables con nuestros envíos, yo no puedo enviar nada para vender en Cuba , con mas de 30 familiares cercanos que tengo y siendo el único sostén de mi casa, pues mi único hijo aun estudia.Por favor analicen mi caso , tengan un buen día .Maria Eugenia

Maria Eugenia Perez dijo:

328

17 de agosto de 2014

08:28:54


Hola, hace unos minutos envié un comentario y no lo veo aun , existen también regulaciones, para publicar opiniones, porque considero que en todo momento , escribí con moderación y educación , acorde a mi nivel cultural, solo les pedí, casi implore que sepan evaluar mi caso particular

yamilka dijo:

329

17 de agosto de 2014

15:09:34


Hola voy cada dos años de vacaciones a cuba y este año son los quince de mi sobrina llevo una maleta de 23 kg y otra de mano de 7 kg tendré que pagar algo,gracias espero respuesta

manuel pantaleon ortiz hernandezernandez dijo:

330

17 de agosto de 2014

17:06:56


Yo quise decir en mi comentario anterior que no se público que la aduana es del estado y el estado tiene que conocer muy bien las nuevas resoluciones y que hay que tener en cuenta que que los internacionalista esta es mi 5ta misión lo único que deseamos es poder llevar a nuestra familia lo necesario ,pero cada día se pone mas difícil el envió de paquetes y el peso del equipaje. Estamos dándolo todo aquí muy lejos de la patria para mejorar también la economía del país.pienso que se de debe valorar eso con mas intensidad saludos

yamila dijo:

331

17 de agosto de 2014

17:07:00


Quisiera saber porque los envíos postales después de llegar al país se tardan más de un mes en llegar a su destinatario. Vivo en la habana. En este caso a pesar de que este en cuba desde julio o en agosto según el rastreamiento pero llegan destinatario e no septiembre se le aplica la resolución nueva o la vigente ahora. Soy colaboradora en Brasil.

milvia alvarez gonzalez dijo:

332

18 de agosto de 2014

09:33:16


entro a cuba todos los años para no perder residencia por favor quiero saber si se mantienen los 125 kilos que estaban establesidos

andrea tognali dijo:

333

18 de agosto de 2014

10:38:31


buenas dias , en el caso de que una persona cubana con el Pre , regrese definitivamente a vivir en Cuba y renuncie al mismo tiene derecho a un contenedor con el "menaje de casa" . los derechos se pagaran en cup?

ruby luis lorenzo dijo:

334

18 de agosto de 2014

11:09:17


Hola yo vivo en colombiano cuantos kg puedo llevar a cuba

yoel dijo:

335

18 de agosto de 2014

20:11:59


Ola ma's bien De un comentario es Una pregunta cuanto puede llevar Una persona que esta De visita en EUA y reside permanente en cuba que cantidd De kg

yanet dijo:

336

19 de agosto de 2014

06:56:49


Tengo una duda. Cuantas libras puedo llevar yo que vivo en miami. Son 22 libras.de ropa y22de medicina. Quiero saber

Idalmis segura dijo:

337

19 de agosto de 2014

12:37:17


Mi hija pago en la embajada de cuba por recibir su visado cubano ya q reside aquí en España.al entrar a cuba como le cobran por cup o por Cuc ?

yalexa virgen dijo:

338

19 de agosto de 2014

20:41:39


Hola, soy una cubana que estoy de visita aqui en mexico y necesito saber si ahora cuando regrese dado mi caso que es mi primera salida y entrada a cuba cuantos kg me corresponden llevar como ciudadana con nacionalidad cubana . Por favor espero su respuesta GRACIAS.............

anabel dijo:

339

20 de agosto de 2014

09:22:49


soy cubana con residencia y permiso de soggiorno en italia y no voy a cuba hace 1ano y2meses pero voy en noviembre y quiero llevarle una computadora a mi hijo y quiero saver si sigo pagando en moneda nacional x la comput y si tengo algun kilo demas que no pienso de portarlo pero por si acaso.gracias espero su respuesta buen dia,

mayrenis pareta dijo:

340

20 de agosto de 2014

12:16:17


buenas tarde. yo sono recidente en italia y queria saver cuantos kilos uno deve llevar , con esta ley nueva que entra en vigor estoi desinformada, gracias por ltodo