ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Sobre la pensión mínima, Rey González dijo que se mantiene para el régimen general (asalariado del sector estatal) de 1 528 pesos. Foto: Ariel Cecilio Lemus

En enero próximo habrá transcurrido el primer año de la implementación de la Tarea Ordenamiento, la cual trae aparejado el incremento de los salarios y las pensiones. Trabajadores, ya con la edad de jubilación o cercanos a esta, esperan ese momento para recibir una mayor retribución por el tiempo laborado.

En ese contexto, Granma conversó con Virginia Marlén García Reyes, directora general del Instituto Nacional de Seguridad Social (Inass), y con Benito Rey González, director de Trámites de Pensiones, del mismo organismo, sobre posibles situaciones que pudieran presentar algunos trabajadores.

LA EDAD DE JUBILACIÓN Y EL CÁLCULO DE LAS PENSIONES

Para la Directora General del Inass, con la implementación de la Tarea Ordenamiento las personas pensaron que, a partir del año 2022, se iban a modificar la edad de jubilación y el tiempo de servicio. «Esto no va a ocurrir», afirmó.

Indicó que el cálculo de la pensión que se haga a partir del próximo año va a estar favorecido por los 12 meses de salario devengados por los trabajadores en activo servicio, que comprende de enero a diciembre de 2021, teniendo en cuenta que son los mejores salarios a partir de la reforma.

Sobre el caso de un trabajador que solicita la pensión en enero de 2022 y le resulta más beneficioso el promedio de los cinco mayores salarios devengados dentro de los últimos 15 años, el Director de Trámites de Pensiones del Inass precisó que no queda otra alternativa que tramitarlos por una disposición especial quinta, que es la facultad de la Ministra del mtss, en tanto en la propuesta de la fundamentación hay que explicar bien de la información, que a esas personas les resulta más beneficioso el salario que tenían hasta diciembre de 2020.

SOBRE LA PENSIÓN MÍNIMA

Sobre la pensión mínima, Rey González dijo que se mantiene para el régimen general (asalariado del sector estatal) de 1 528 pesos, eso quiere decir que aquella pensión que no llegue a ese importe se eleva hasta esta cuantía, pero es solo para el régimen general, porque los regímenes contributivos no tienen pensión mínima aprobada.

«Una persona que se desvincula cumplidos los requisitos por edad y tiempo de servicio, estando en activo antes de la reforma de salario, y presenta la solicitud en 2022-2025, se considera que adquirió su derecho a la jubilación antes de la Tarea Ordenamiento, por lo tanto, el cálculo que le va a corresponder es antes de la Tarea Ordenamiento (de los últimos 15, los cinco mejores), pero también debe tramitarse a través de la disposición especial quinta.

¿CÓMO QUEDA EL TRABAJADOR QUE NO TIENE LOS 12 MESES COMPLETOS DE SALARIO EN 2021?

Rey González explicó que pudiera haber dos supuestos: el trabajador que estaba desvinculado hace años y se vinculó en marzo-abril de 2021 para adquirir por lo menos el derecho a ese requisito de estar en activo en el momento de cumplir la edad. Esa persona no puede llevar el mismo tratamiento que aquella persona que no tiene los 12 meses de salario porque pudo haber estado de licencia sin sueldo y, a pesar de estar de activo servicio, no devengó salario y no tiene una cuantía. A ese caso no se le puede dar el mismo tratamiento, porque es una causa que no es imputable a la persona.

«Está también el que en un momento determinado pudo haber quedado disponible, buscó un vínculo laboral en enero, no fue posible, se vinculó en febrero-marzo, pero ha estado toda su vida trabajando y estuvo unos meses desvinculado. «Son casos excepcionales y, para tramitarlos a través de una disposición especial quinta, hay que tenerlos en cuenta para, a la hora de hacer el cálculo y hacer la fundamentación, hacer la propuesta que corresponda», añadió.

SOBRE LOS INTERRUPTOS

Virginia Marlén García Reyes, directora general del Inass, sobre este tema manifestó que existen personas en activo servicio que están ahora interruptas, pero que tienen los requisitos para jubilarse. «En esos casos se pueden ir por la vía normal. Estamos hablando de los casos que están interruptos, que no están devengando salario y, por consiguiente, van a tener una afectación si están próximos a la jubilación, porque el trámite hay que analizarlo por, la vía de la excepcionalidad», puntualizó.

¿Y LAS PERSONAS QUE ESTABAN COBRANDO EL 60 % DEL SALARIO?

García Reyes dijo que, desde el punto de vista de la seguridad social, si la administración trabajó adecuadamente, lo que se anota en la tarjeta del snc es lo que le hubiera correspondido, no lo que le pagaron. «En la garantía salarial se está cobrando el 60 % a partir del segundo mes, pero lo que va a la tarjeta de salario es lo que le hubiera correspondido de salario si hubiera estado en activo, no el 60 % devengado, porque a los efectos de la seguridad social, se anota el salario completo para no tener una afectación futura» aseguró.

SOBRE LAS COOPERATIVAS DE PRODUCCIÓN AGROPECUARIA

Para el Director de Trámites de Pensiones del Inass, estas cooperativas se rigen por el Decreto-Ley 297 del año 2012. «Ellos no son parte del régimen general de seguridad social ni de los regímenes contributivos, por lo tanto, a partir de enero de 2022, como queda sin efecto la escala de las pensiones, estos casos van a mantenerse obteniendo una pensión acorde con lo establecido en este Decreto-Ley, que tiene su norma específica: de los últimos 15 años, los cinco mejores. Teniendo en cuenta que ellos devengan por anticipos y utilidades y tienen mayores ingresos, la pensión de ellos va a ser un poco mayor», subrayó.

LAS FILIALES DEL INASS Y  LOS TRÁMITES DE LA JUBILACIÓN

La Directora General del Inass significó que de las filiales municipales, solamente en La Habana y en Granma se captan los expedientes de edad e invalidez. «El resto de las provincias se capta en la filial provincial. Por tanto, no todo el trabajador que presente su solicitud de jubilación en el propio mes de enero va a ser alta de febrero. Trataremos de recibir todo lo que se presente, pero hay un grupo de factores que pueden incidir de manera negativa en la agilidad del trámite», concluyó.

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carlos dijo:

1

24 de diciembre de 2021

04:41:01


Cual es el tratamiento a TCP que anteriormente fueron trabajadores de alguna entidad estatal?

Nelson Guzman Baena dijo:

2

24 de diciembre de 2021

06:59:26


Es objetivo este articulo ¿QUE DEBE SABER SI PIENSA JUBILARSE EN 2022? de Yenia Silva Correa si se va a jubilar en Cuba, no hay dudas en las diversas consideraciones que se tiene para con el trabajador(a) que solo debe tramitar los documentos pertinentes. Y nos precisa cuando y como se obtiene la pension. Nelson Guzman Baena Integrante Comision Tecnica e Investigacion de la UIS (Union Internacional Sindical) de P y J (Pensionistas y Jubilados) de la FSM (Federacion Sindical Mundial). Calarca, Quindio Colombia. Diciembre 24 de 2021.

Miguel dijo:

3

24 de diciembre de 2021

07:02:10


Y los que continúan trabajando después de la reforma salarial y presentan su jubilación entre 2022 y 2025 como de calcula el monto del la jubilación?

Benito-MTSS Respondió:


24 de diciembre de 2021

12:58:56

Siempre se tendrá en cuenta los salarios devengados a partir del 1 de enero de 2021. Es decir que si solicita en el año 2023 se tendrá en cuenta lo devengados en los años 2021 y 2022 y así hasta en año 2026 que regresa el cálculo determinado sobre los salarios devengados en los 5 mejores años dentro de los últimos 15 años.

Amaury Silva Correa Respondió:


26 de diciembre de 2021

21:55:05

Si solicitas la jubilación en enero del 2022 te calculan el promedio de lo devengado en 2021, si solicitas la jubilación en enero del 2023, se promedia lo devengado en los años 2021 y 2022 y así sucesivamente hasta que pasen 5 años del reordenamiento salarial y se restaure el mecanismo de los 5 mejores años de salario en los últimos 15 años de trabajo.

Edelquis Geigel Campaña dijo:

4

24 de diciembre de 2021

07:58:53


Buena orientación, pero todavía con casi 40 años de trabajo no conozco matemáticamente cómo saber mi pensión, esto se lo he preguntado a muchas personas y están en el mismo caso, pensé que en este artículo iban a explicar algo al respecto, saludos.

Benito-MTSS Respondió:


24 de diciembre de 2021

13:01:45

Buenas tardes. Si usted tiene 40 años trabajados le corresponde el 80% del salario promedio mensual (60% por los primeros 30 y el 2% por cada año que excede de 30). El salario se determina en el 2022 del promedio de los salarios devengados durante el 2021. Ejemplo si su salario promedio mensual es de 5000 pesos la correspondenuna pensión de 4000 que es el 80%.

Amaury Silva Correa Respondió:


26 de diciembre de 2021

22:15:17

La ley establece que de los últimos 15 años de trabajo tomas los 5 de mejor salario, no tienen que ser consecutivos. Estos datos lo obtienes del total de cada año que aparece en la tarjeta SNC-2-25 que deben darte a firmar en tu centro de trabajo cada año. uego sumas esos 5 totales, los divides entre 5 y obtienes el promedio anual, el promedio anual obtenido lo divides entre 12 y obtienes un promedio mensual. A este promedio mensual se le aplica el porciento correspondiente a los años de servicio que tengas y obtienes el monto de tu pensión. El prociento a aplicar es un 2% por cada año de servicio para un máximo del 90%, ejemplo 40 años de servicio equivalen a un 80%. PD: A partir del ordnamiento salarial se estableció un perido de ajuste donde solo se tienen en cuenta los primeros años de la nueva escala salarial, ejemplo si solicitas la jubilación en enero del 2024, solo se tienen en cuenta los salarios devengados entre los años 2021 y 2023, calculas el promedio anual entre 3 y el resto es lo mismo.

Mercedes dijo:

5

24 de diciembre de 2021

08:02:54


Y como se trata a la persona que en el año 2021 trabajo 6 meses y los otros 6 meses estuvo de certificado medico?

Benito-MTSS Respondió:


24 de diciembre de 2021

13:04:25

Buenas tardes. En este caso no se afecta porque cuando cobra un subsidio por enfermedad o accidente (certificado médico), el salario que se anota en la tarjeta de salarios es el que le hubiera correspondido de estar trabajando, nunca se anota el porciento que percibe por este concepto.

Julia blanco escobar Respondió:


7 de febrero de 2022

20:58:27

Las personas que se jubilan en 2023 como reciben el salario de su jubilacion

Oxaris Yzquierdo Couso dijo:

6

24 de diciembre de 2021

08:07:23


Una persona w tiene los 65 años ,28 años trabajados y desvinculado hace años que tiene que hacer para solicitar su retiro

Maria Elena dijo:

7

24 de diciembre de 2021

08:09:23


Seria bueno oir el criterio de la poblacion de que se vuelva a implementar la jubilacion a los 55 años las mujeres y 60 los hombres para dar paso a la juventud

Mireilys Rollán Pino Respondió:


24 de diciembre de 2021

10:10:15

Estoy plenamente de acuerdo con usted

Jorge lescaille Respondió:


25 de diciembre de 2021

17:39:35

Estoy de acuerdo. Deberia revisarse que los trabajadores con el tiempo mínimo de trabajo y con edad de 55 las mujeres y 60 los hombres, puedan jubilarse y dar paso a la masa de trabajadores jóvenes. Pedir criterios a la población. En una sociedad democrática, esto es lo que debe pasar, consultas y más consulta, dándole participación a la ciudadanía.

Encarnación Respondió:


27 de diciembre de 2021

08:17:18

Es muy bueno que tengan en cuenta que la mayoría delas personas han pasado por la covid y tienen deterioadas su salud y ya no están capacitadas para trabajar hasta los 60 ,en caso de las mujeres, la mayoría de las personas no llegan a cobrar su pensión pq mueren ,yo considero q es muy alto a los 60 , debía tenerse en uenta eso, gracias

miguel Respondió:


27 de diciembre de 2021

10:04:19

Estoy muy de acuerdo,el pais debe ir hacia el logro de que las personas disfruten mas su jubilacion mas temprano ,pues, mientras mas tarde sea, mas, posibilidades hay de tener menos salud e incluso de fallecer sin tener tiempo de hacer lo que no se podia por estar laborando y de tener mas achaques,pues,se sabe que en el tiempo de trabajo hay menos tiempo para dedicarlo a ir al medico o dedicarse ,mas,a fortalecer la salud cosa que es mas necesaria mientras mas edad se tenga ,esto de lograrse evitaria .Incluso, que el pais tenga que abrir mas centros dedicados a acoger directamente al adulto mayor lo que significa ahorro de recursos,pues,este se retiraria en mejores condiciones de trabajar ,el mismo, en el fortalecimiento de sus condiciones de vida y salud al reritarse con mejores aptitudes fisicas y psiquicas;mientras mas demore esta posibilidad menos oportunidades habra para dicho jubilado de realmente jubilarse.El pais debe trabajar para lograr esto ,con la introduccion acelerada de la automatizacion y otros adelantos tecnicos que aumentan las posibilidades de que exista mayor productividad y produccion con menos personas empleadas y que cada vez se reduzcan las horas de labor y sean estas solo las realmente necesarias para que pueden dedicarse los seres humanos mas a estudiar y a innnovar, a la cultura y recreacion a fomentar la amistad y colaboracionque deben traer a los seres humanos mas tiempo de desarrollo integral ,superacion ,esparcimiento ,interrelacion entre las personas ,mas tiempo al cuidado de su salud integral como individuo y a la familia formada o sea mejor aprovechamiento y disfrute del tiempo de vida util, de la existencia como seres humanos . Miguel

Elena Zuazo Velázquez Respondió:


28 de diciembre de 2021

23:15:37

Pienso la mujer en estos tiempos deberían de retirarse a s los 55 por q ya la salud es mala a los 60 ya ni la chequera la disfrutamos q tristeza

Alina Respondió:


31 de diciembre de 2021

22:53:42

Concuerdo plenamente. A los 55 las mujeres y a los 60 los hombres aún se está en condiciones de disfrutar algo la tercera edad, pero a los 60 las mujeres y 65 los hombres hay mucho desgaste, sobre todo con la situación socioeconómica que estamos viviendo.

Lazara Respondió:


4 de enero de 2022

14:28:43

Estoy completamente de acuerdo, después de la COVID el tema de la jubilación a los 55-60 debía revisarse e implementarse.

Eduardofs Respondió:


5 de enero de 2022

19:15:01

Estoy de acuerdo que se vuelva a analizar la edad de jubilación, entre otras tantas cosas porque: - La esperanza de vida en cuba es mayor que en las mujeres. - Estamos en un entorno pandémico cuyo final es incierto aun, a pesar de los esfuerzos de la comunidad científica, y ya sabemos que los mayores de 60 son más vulnerables. - Las secuelas que deja la enfermedad lógicamente afecta y la calidad de vida y porque no también la esperanza de vida

Arfita dijo:

8

24 de diciembre de 2021

08:17:56


Necesito saber sobre las personas q estuvieron durante esos meses algunos de ellos de certificado médico ¿se le considera igual que en el caso de los del 60 %

Manuel Respondió:


26 de diciembre de 2021

08:19:47

Considero que sería muy positivo para él estado y la sociedad, que el Consejo de Estado valorara la jubilación excepcional con 5 años menos de edad y con el tiempo de servicios establecido actualmente, teniendo en cuenta los daños físicos y sicologicos a que ese grupo etario se ha visto sometido por el bloqueo norteamericano y la pandemia aun presente. Esto ayudaría a liberar puestos de trabajo y con ello no verse en la necesidad de declarar trabajadores disponibles o lo que es igual a desempleados, dando la posibilidad de incorporacion a fuerzas jóvenes en muchos sectores xe la economía.

Reinaldo Águila Rosado dijo:

9

24 de diciembre de 2021

08:45:11


¿Entonces, tengo que trabajar hasta los 70 años para acumular los cinco años y así poder acceder a una jubilación decorosa?

Yanet maestu Cuervo dijo:

10

24 de diciembre de 2021

08:46:41


Cómo se contempla el incremento de jubilación a la chequera de un jubilado mi padre gracias

Leonardo Castro Carnel dijo:

11

24 de diciembre de 2021

08:49:38


Buenos días, quiciera que me aclararan si se mantiene el 2% de incremento del calculo de la pensión por los años de servicio laborados por encima de los 30 años estipulados en la Ley. Quiciera ademas me aclararan si cuando un trabajador estaba cobrando el 60% del salario cuando estaba aislado (o ingresado) en la casa por la COVID-19, tambien se anota en la tarjeta del snc el salario que hubiera correspondido, no el que le pagaron. Saludos, Leonardo

Felix Rey Padron dijo:

12

24 de diciembre de 2021

08:51:59


¿Que situacion presentan los tarbajadores jubiñados con el decreto 2 hace mas de 10 años y continuaron ?trabajando.

Elizabeht dijo:

13

24 de diciembre de 2021

09:04:55


Quiero preguntar y necesito respuestas en este año yo cumpliera los requisitos para mí jubilación mi madre cayó con demencia senil y hace cuatro años que no trabajo me encuentro al cuidado de ella tengo todos mis años completos pero no he podido incorporarme que debo de hacer en este caso buenos días y espero una respuesta

Leonardo Castro Carnel dijo:

14

24 de diciembre de 2021

09:24:43


Buenos días, quiciera me aclararan si se mantiene el incremento de 2% de la pensión por cada año de servicio laborado por encima de los 30 años de trabajo o servicio estipulados en la Ley. Además si también se anota en la tarjeta snc lo que hubiera correspondido, no lo que le pagaron; en caso de la garantia salarial del 60% por aislamiento (o ingreso en la casa) por la COVID-19. Saludos, Leonardo

Jorge dijo:

15

24 de diciembre de 2021

10:00:10


buenos dias Virginia, si le es posible pudiera explicar cómo se realiza el cálculo de la jubilación. Por ejemplo para una persona que tiene más de 35 años de trabajo. Gracias

Froilan camaraza Medina dijo:

16

24 de diciembre de 2021

10:34:34


Si presento en abril de 2022 cuáles son los meses que se tienen en cuenta .Ver decreto ley 18de 2020. Gracias

BENITO - INASS Respondió:


24 de diciembre de 2021

15:01:57

Buenas tardes. Las solicitudes que se realicen en el año 2022 sea cual sea el mes se le tendrá en cuenta el salario promedio devengado en los 12 meses del año 2021

leonardo Castro carnel dijo:

17

24 de diciembre de 2021

10:54:24


Buenos días, si presento mi jubilación en enero del 2022, quiciera saber como se calcula la pensión, considerando se tome como base los 12 meses del año 2021 (primer año de la Tarea Ordenamiento). Saludos, Leonardo

BENITO - INASS Respondió:


24 de diciembre de 2021

15:03:11

Buenas tardes Leonardo. Efectivamente se le calcula con el salario promedio de los 12 meses del año 2021. Por los primeros 30 años el 60% y por cada año que excede el 2% siempre con el límite del 90% establecido.

Irma dijo:

18

24 de diciembre de 2021

11:03:41


que salario se le pone a un trabajador que tubo horas de interrupcion al cero en un mes especifico

guada dijo:

19

24 de diciembre de 2021

11:06:03


Cual es el tratamiento para los que habiéndose jubilados, continuaron laborando, llevan más de cinco años luego de jubilados y desean retirarse definitivamente, sirven esos años laborados para aumentar la pensión por jubilación? si incluso tienen más del 93% y 53 años de trabajo.

BENITO - INASS Respondió:


24 de diciembre de 2021

15:10:18

Buenas tardes guada. Los jubilados que llevan trabajando 5 años después de su jubilación y deciden cesar definitivamente en el empleo reciben según lo establecido en el decreto Ley 36 y el Decreto 39 ambos de 2021 el incremento correspondiente, si se jubiló con 65 años o más y 45 años o mas de servicios recibe el 2% por cada año trabajado después de su jubilación y puede exceder del 90%, de lo contrario el ajuste al 90% se mantiene. Para asesoramiento específico en su caso puede dirigirse a la filial municipal del INASS de su municipio.

Manuel Muñoz Respondió:


26 de diciembre de 2021

10:38:53

tengo la misma preocupación y no se cual es la respuesta

Ivonne perez dijo:

20

24 de diciembre de 2021

11:50:34


Cómo se considerará a,los trabajadores q tienen pluriemple0 y desean jubilarse en 2022?

Benito-MTSS Respondió:


24 de diciembre de 2021

13:08:40

Buenas tardes. Todo el salario devengado se integra a la base de cálculo.

BENITO - INASS Respondió:


24 de diciembre de 2021

15:12:36

Ivonne buenas tardes. El pluriempleo contribuye a su pensión pues el salario de los trabajos que desempeñe se integran a la base de cálculo.