ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

En vigor a partir de septiembre, la Aduana General de la República (AGR) y el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) emitieron cuatro resoluciones para la importación de productos sin carácter comercial, que actualizan la política aplicada desde el 2011.

Según se aclaró ayer en conferencia de pren­sa, las normas mantienen las tarifas arance­larias sobre los artículos importados por los pa­­sajeros sin carácter comercial; y varían, sin em­bargo, las aplicadas a los envíos postales, aé­reos o marítimos que contengan misceláneas. Ade­más, se redujeron los límites para la im­por­tación de algunos productos, por cualquier vía.

En cuanto a los artículos que arriben al país mediante los referidos envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, se destacó que el valor de importación de cada kilogramo de misceláneas será de 20 pesos, aumentando el costo establecido de diez pesos por kilogramo.

El pago por esos envíos en territorio nacional será en pesos convertibles (CUC) —según lo indicado por la Resolución no.300 del Mi­nis­terio de Finanzas y Precios—, y para quienes lo reciban se estipuló una exención del pago de aranceles por los primeros 1,5 kilogramos, el equivalente a 30 pesos.

Estas medidas, dijo la vicejefa de la AGR, Idalmis Rosales Milanés, resultaron de estudios sobre la aplicación del actual Listado de Valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial, y tienen el ánimo de cerrar el paso a las que se realizan hoy con evidentes fines lucrativos.

Atendiendo a la opinión de nuestros lectores en una entrevista online realizada ayer a dos especialistas de la Aduana (194 comentarios a la hora de cierre), Granma realizó varias interrogantes a los ponentes. A continuación ex­ponemos sus respuestas, unidas a otras ofre­­cidas en el foro.

En cuanto a los colaboradores, ¿se contempla alguna diferencia en su tratamiento?

Carmen Arias Suárez, jefa Aduana de carga in­ternacional del aeropuerto José Martí: “Los co­­laboradores mantienen las mismas regulaciones establecidas para personas naturales. Se añade que al terminar su misión, si ha sido has­ta o por encima de los dos años, tienen el de­re­cho al disfrute del menaje de casa. Este consiste en una serie de artículos, enseres del ho­gar, establecidos en la Resolución no.43 del Mi­nis­terio de Fianzas y Pre­cios y la 122 de la AGR, por la cual no se cobra o pagan aranceles.

“Al terminar su misión pueden im­portar por única vez, indivisible, su menaje de casa. Se excluyen los efectos personales y otra serie de elementos que no clasifican en la nor­ma, como por ejemplo, bombas o motores, o ma­terial de construcción”.

Al respecto, el artículo 14 de la Resolución no. 122/2009 de la Aduana General, refiere: Para la autorización del menaje en lo que respecta a cantidades de artículos (enseres y mo­biliarios), se tendrá en cuenta que dichas cantidades se correspondan con los espacios ha­bitacionales de la vivienda a la cual están destinados. En el caso de los equipos electrodomésticos solo se admitirán exentos del pago, dos equipos de cada tipo.

¿Cuál es el destino de los artículos decomisados?

Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR: “En nuestro país, el destino de los abandonos o decomisos está establecido en resoluciones en las que se norma su entrega a determinados organismos, según el tipo de mercancía”.

Juventud Rebelde: ¿Cuáles son los aranceles para los equipajes que vienen sin acompañante?

Arias Suárez explicó que para la aplicación de los aranceles sobre el equipaje se tiene en cuenta la fecha de ingreso al país del pasajero responsable.
Como la puesta en vigor de las medidas su­cederá a partir del primero de septiembre, pueden existir casos en que el equipaje llegue antes o después que el portador. En ese sentido, la especialista ejemplificó que si un pasajero en­vía un equipaje el 25 de agosto pero él entra al país en septiembre, los aranceles serán los es­tablecidos en las nuevas Resoluciones.

Pero si él llega antes de ese mes, se le aplican las resoluciones vigentes, aunque el equipaje arribe después, señaló.

ALGUNAS INTERROGANTES RESPONDIDAS A LOS LECTORES DE GRANMA.CU
Juana María: Pudieran aclararme si yo viajé este año y no me pasé en el peso estipulado, si vuelvo a viajar en este mismo año y sí me paso, ¿pagaría en CUC o CUP?
Aduana: Si reside permanentemente en Cu­­ba, usted tiene derecho a efectuar el pago de la primera importación que realice en el año en CUP, después que efectúe este primer pago, los siguientes que deba realizar en el mismo año serán abonados también en CUP pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC. Se considera realizada la primera importación cuando se ejecute el pago por la mis­ma, es decir, si usted viajó y no efectuó el pago por los artículos que trajo, podrá pagar en CUP los artículos que traiga en su próximo viaje.
Maritza Salazar: ¿Hasta cuántos kilogramos puede llevar un cubano al regreso a su país?
Aduana: La Resolución 11/07 del Jefe de la Aduana General de la República, que esta­bleció la alternativa de valoración al peso para las misceláneas que importen los pasajeros se­leccionados por la Aduana (un kg equivalente a diez pesos), se mantiene vigente. Por lo que la cantidad de kilogramos en misceláneas que puede importar un pasajero no ha sufrido cambios.
Miriam: ¿El valor del kg (para los pasajeros) se mantiene en diez CUP o CUC?
Aduana: La moneda en que el pasajero efectúa el pago por las importaciones que realiza depende de su lugar de residencia. Los pasajeros que residen permanentemente en Cuba pagan en CUP (a partir de la segunda im­portación en el año pagan en esta moneda, pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC) los que no residen en Cuba permanentemente pagan en CUC.
Kathy: Estoy cumpliendo una beca de es­tudios fuera de Cuba (…).Como residente cubana y estudiante, ¿tengo o no el derecho legal de no pagar por los derechos de Adua­na como aparece al principio de la legis­lación?
Aduana: Los becarios cubanos en el exterior importan exentos del pago los artículos que traigan a su regreso, una vez concluidos sus estudios, debiendo acreditar ante los funcionarios de la Aduana la condición de becario cubano en el exterior. La importación que realicen se ajusta a la del resto de los pasajeros, por lo que los artículos a importar se deben ajustar a lo establecido en la legislación vigente. Es decir, un becario cubano en el exterior, al acogerse a esta exención, importa igual que el resto de los pasajeros, solo que no efectuará el pago correspondiente a los derechos de aduana. (Resolución 16/97 del MFP).
Katherine: ¿Posee la Aduana algún email a donde se le puedan enviar preguntas que tengan que ver con un caso en particular?
Aduana: La Aduana tramita consultas, que­jas, dudas, inquietudes, para esto las personas pueden dirigirse a la Aduana en la que preten­de realizar su trámite o a la Aduana General de la República, pudiendo canalizar sus inquietu­des a través del correo publico@agr.aduana.cu.
En otros comentarios, los lectores manifestaron que las regulaciones deben ser ajustadas a aquellas personas que sean reincidentes en la importación de mercancías con fines de lucro.Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

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Nincy garcia dijo:

521

13 de julio de 2015

12:27:24


Las respuestas a mis preguntas me entran a mi correo?

Yuliet Torres caballero dijo:

522

14 de julio de 2015

10:14:03


Buenas tarde yo quisiera saber cuánto kilos se permite entrar al país cuando se entra por segunda ves y cuánto debo pagar por entrar un televisor chiquito de 24 pulgada gracias

Maria E dijo:

523

15 de agosto de 2015

14:32:07


Buenas tardes, soy colaboradora de la mision medica en Brasil, y quiero llevarle a mis nietos en Cuba una cama elástica y un carrusel(en equipaje no acompanado)por lo que he revisado las regulaciones aduanales (capituldo 15) y estos no aparecen solo se encuentran en el listado de juguetes para la recreacion juguetes inflable con un valor de 950.00 entre otros, por lo que lesc agradezco que me aclaren mi duda para evitar problemas en ese momento. El peso de los 2 equipos no pasan de 100kg y el costo no llega a los 1000 pesos. Sin mas agradezco su respuesta.

leannis dijo:

524

16 de agosto de 2015

08:36:08


Buenos días creo muy buena la aclaración pero en ningún acapite se plantea si los implementos agrícolas ejemplo machete mochila motofumigadoras(moshilas con motor de gasolina para fumigar),bombas con motor de gasolina o petróleo, se pueden ingresar al país.

manuel ramos dijo:

525

16 de agosto de 2015

15:02:14


hola tengo una duda yo soy transeunte me voy hacer la residencia quisiera saver cuantos kilos puedo pasar y efecto electrodomestico

Ariadna dijo:

526

17 de agosto de 2015

10:25:50


Hola yo vivo en italia hace 10 anos y renuncie al pre hace dos porque tengo intension de volver a vivir en cuba necesito saber si puedo llevar un contenedor con mis muebles y todo lo que tengo aqui y si se puede entrar el carro. Cuanto se debe pagar en caso de que si se pueda ??? Gracias

Caridad dijo:

527

17 de agosto de 2015

15:16:11


Hola quiero emviar a Cuba un paquete via maritima de regálos ropas , sapatoz , una plancha de pelo y un celular cuanto es en totál 6 kilos cuanto tiene q pagar mi familia en cuba?????

Alexander Rojas dijo:

528

18 de agosto de 2015

08:32:46


Soy cubano con permiso para viajar a alemania por tres mese ! He comprado un televisor y quiero llevarlo de regreso para cuba ! No exedo el peso establecido. Tengo que pagar algun arancel el el aereopuerto de regreso en Cuba ? Gracias por su atencion !

Alexander Rojas dijo:

529

18 de agosto de 2015

08:36:27


Si no exedo los 25kg de equipage. Debo de pagar aranceles por algun tipo de mercancia especial de regreso a Cuba ? Estoy de visita en Alemania por 3 meses, con una visa shengen !

angel dijo:

530

21 de agosto de 2015

10:32:05


Bd mi duda es la siguiente espero me respondan oportunamente. Soy colaborador en venezuela termino mi fin de mision con 3 años de trabajo y tengo preparado mi menaje de casa. La cuestion es q por razones q no dependen de mi sali de vacaciones en enero de este año a cuba y me lleve un tv. Pagué mis derechos aduanales en cup . Si me voy de fin de mision en diciembre tendria q pagar en cuc por regulacion aduanal o se me permite libre de pago mi menaje de casa. Como se establece para los colaboradores de mas de dos años . Espero pronta respuesta gracias

ana dijo:

531

29 de agosto de 2015

04:08:47


soy ciudadana española y cubana y tengo mis pasaportes en regla, quiero viajar a cuba en septiembre y quisiera me aclararan cuantos kl puedo llevar y que sin tener que pagar.muchas gracias

Luisa Sanchez dijo:

532

29 de agosto de 2015

13:01:32


Hola buenas tardes quisiera saber si siendo ciudadana cubana los 10 k de medicina incluye a los kilos que te dejan pasar

Leidi Neisis Armas Cruz dijo:

533

30 de agosto de 2015

17:03:08


Hola, quisiera saber cuantos kg. puedo ingresar a cuba, como equipaje. Es mi primer viaje al extranjero y soy ciudadana cubana, igual quiero saber cuanto se puede enviar por correo encomiendas kg a cuba. Espero su respuesta. Gracias Leidi

Rosa dijo:

534

1 de septiembre de 2015

07:36:53


Por desconocimiento, no declare mi computadora al salir de Cuba, a visitar otro pais, tengo que pagar por ella , al regresar a mi pais , ahora muchas gracias

yoelvis dijo:

535

2 de septiembre de 2015

23:24:36


Cuantas libras se pueden llevar desde los estados unidos a cuba

Arturo Gonzlaez dijo:

536

4 de septiembre de 2015

21:43:16


Soy buzo profesional, y tengo necesidad de renovar mi equipo de buceo, puedo importar a travez de un amigo, un tanque (acualon) de buceo, regulador, chaleco compensador etc, me gustaria que me dieran una respuesta al respecto, ya que en Cuba esos equipos no se venden y solamente estan al alcance de entidades estatales que se dedican a esa actividad, como el turismo, obras maritimas, la pesca etc, etc.

Arturo González dijo:

537

6 de septiembre de 2015

21:48:12


Hice una pregunta hace dos días y no me han respondido Saludos, gracias

Elvadaly dijo:

538

7 de septiembre de 2015

13:54:09


Soy Cubana y estoy casada con un Jamaicano ,tenemos una bebe de 6 meses nacio en Jamaica ,yo quiero ir a Cuba con mi esposo y mi hija . Mi hija esta en la embajada cubana registrada para que se le otorgue la cuidadania cubana pero concluye en Cuba frente a un notario este proceso,se que al entrar al pais ella y mi esposo que son extranjeros deben de pagar el seguro de salud pero quisiera me aclaran dos dudas que tengovarias . 1-Ella tambien debe pagarsele el seguro de salud que equivale a 4 dolar si son 3 meses debo pagar 360 dolares 2--Que peso podemos llevar entre los 3 Necesito cuanto antes su respuesta,gracias

Joshua dijo:

539

9 de septiembre de 2015

10:57:19


Hola en noviembre de 2014 estuve en Guatemala y regrese ese mismo año a un intercambio académico. En estos momentos realizo lo mismo peor en Ecuador a mi entrada en Cuba debo pagar en CUC o CUP? Saludos

Nikolai rodriguez dijo:

540

14 de septiembre de 2015

09:27:56


Por favor ,si aun mantengo mis derechos en cuba ,por no permanecer mas de 24 meses fuera ,al entrar devo pagar el cuc o pago en cup,gracias