ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

En vigor a partir de septiembre, la Aduana General de la República (AGR) y el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) emitieron cuatro resoluciones para la importación de productos sin carácter comercial, que actualizan la política aplicada desde el 2011.

Según se aclaró ayer en conferencia de pren­sa, las normas mantienen las tarifas arance­larias sobre los artículos importados por los pa­­sajeros sin carácter comercial; y varían, sin em­bargo, las aplicadas a los envíos postales, aé­reos o marítimos que contengan misceláneas. Ade­más, se redujeron los límites para la im­por­tación de algunos productos, por cualquier vía.

En cuanto a los artículos que arriben al país mediante los referidos envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, se destacó que el valor de importación de cada kilogramo de misceláneas será de 20 pesos, aumentando el costo establecido de diez pesos por kilogramo.

El pago por esos envíos en territorio nacional será en pesos convertibles (CUC) —según lo indicado por la Resolución no.300 del Mi­nis­terio de Finanzas y Precios—, y para quienes lo reciban se estipuló una exención del pago de aranceles por los primeros 1,5 kilogramos, el equivalente a 30 pesos.

Estas medidas, dijo la vicejefa de la AGR, Idalmis Rosales Milanés, resultaron de estudios sobre la aplicación del actual Listado de Valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial, y tienen el ánimo de cerrar el paso a las que se realizan hoy con evidentes fines lucrativos.

Atendiendo a la opinión de nuestros lectores en una entrevista online realizada ayer a dos especialistas de la Aduana (194 comentarios a la hora de cierre), Granma realizó varias interrogantes a los ponentes. A continuación ex­ponemos sus respuestas, unidas a otras ofre­­cidas en el foro.

En cuanto a los colaboradores, ¿se contempla alguna diferencia en su tratamiento?

Carmen Arias Suárez, jefa Aduana de carga in­ternacional del aeropuerto José Martí: “Los co­­laboradores mantienen las mismas regulaciones establecidas para personas naturales. Se añade que al terminar su misión, si ha sido has­ta o por encima de los dos años, tienen el de­re­cho al disfrute del menaje de casa. Este consiste en una serie de artículos, enseres del ho­gar, establecidos en la Resolución no.43 del Mi­nis­terio de Fianzas y Pre­cios y la 122 de la AGR, por la cual no se cobra o pagan aranceles.

“Al terminar su misión pueden im­portar por única vez, indivisible, su menaje de casa. Se excluyen los efectos personales y otra serie de elementos que no clasifican en la nor­ma, como por ejemplo, bombas o motores, o ma­terial de construcción”.

Al respecto, el artículo 14 de la Resolución no. 122/2009 de la Aduana General, refiere: Para la autorización del menaje en lo que respecta a cantidades de artículos (enseres y mo­biliarios), se tendrá en cuenta que dichas cantidades se correspondan con los espacios ha­bitacionales de la vivienda a la cual están destinados. En el caso de los equipos electrodomésticos solo se admitirán exentos del pago, dos equipos de cada tipo.

¿Cuál es el destino de los artículos decomisados?

Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR: “En nuestro país, el destino de los abandonos o decomisos está establecido en resoluciones en las que se norma su entrega a determinados organismos, según el tipo de mercancía”.

Juventud Rebelde: ¿Cuáles son los aranceles para los equipajes que vienen sin acompañante?

Arias Suárez explicó que para la aplicación de los aranceles sobre el equipaje se tiene en cuenta la fecha de ingreso al país del pasajero responsable.
Como la puesta en vigor de las medidas su­cederá a partir del primero de septiembre, pueden existir casos en que el equipaje llegue antes o después que el portador. En ese sentido, la especialista ejemplificó que si un pasajero en­vía un equipaje el 25 de agosto pero él entra al país en septiembre, los aranceles serán los es­tablecidos en las nuevas Resoluciones.

Pero si él llega antes de ese mes, se le aplican las resoluciones vigentes, aunque el equipaje arribe después, señaló.

ALGUNAS INTERROGANTES RESPONDIDAS A LOS LECTORES DE GRANMA.CU
Juana María: Pudieran aclararme si yo viajé este año y no me pasé en el peso estipulado, si vuelvo a viajar en este mismo año y sí me paso, ¿pagaría en CUC o CUP?
Aduana: Si reside permanentemente en Cu­­ba, usted tiene derecho a efectuar el pago de la primera importación que realice en el año en CUP, después que efectúe este primer pago, los siguientes que deba realizar en el mismo año serán abonados también en CUP pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC. Se considera realizada la primera importación cuando se ejecute el pago por la mis­ma, es decir, si usted viajó y no efectuó el pago por los artículos que trajo, podrá pagar en CUP los artículos que traiga en su próximo viaje.
Maritza Salazar: ¿Hasta cuántos kilogramos puede llevar un cubano al regreso a su país?
Aduana: La Resolución 11/07 del Jefe de la Aduana General de la República, que esta­bleció la alternativa de valoración al peso para las misceláneas que importen los pasajeros se­leccionados por la Aduana (un kg equivalente a diez pesos), se mantiene vigente. Por lo que la cantidad de kilogramos en misceláneas que puede importar un pasajero no ha sufrido cambios.
Miriam: ¿El valor del kg (para los pasajeros) se mantiene en diez CUP o CUC?
Aduana: La moneda en que el pasajero efectúa el pago por las importaciones que realiza depende de su lugar de residencia. Los pasajeros que residen permanentemente en Cuba pagan en CUP (a partir de la segunda im­portación en el año pagan en esta moneda, pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC) los que no residen en Cuba permanentemente pagan en CUC.
Kathy: Estoy cumpliendo una beca de es­tudios fuera de Cuba (…).Como residente cubana y estudiante, ¿tengo o no el derecho legal de no pagar por los derechos de Adua­na como aparece al principio de la legis­lación?
Aduana: Los becarios cubanos en el exterior importan exentos del pago los artículos que traigan a su regreso, una vez concluidos sus estudios, debiendo acreditar ante los funcionarios de la Aduana la condición de becario cubano en el exterior. La importación que realicen se ajusta a la del resto de los pasajeros, por lo que los artículos a importar se deben ajustar a lo establecido en la legislación vigente. Es decir, un becario cubano en el exterior, al acogerse a esta exención, importa igual que el resto de los pasajeros, solo que no efectuará el pago correspondiente a los derechos de aduana. (Resolución 16/97 del MFP).
Katherine: ¿Posee la Aduana algún email a donde se le puedan enviar preguntas que tengan que ver con un caso en particular?
Aduana: La Aduana tramita consultas, que­jas, dudas, inquietudes, para esto las personas pueden dirigirse a la Aduana en la que preten­de realizar su trámite o a la Aduana General de la República, pudiendo canalizar sus inquietu­des a través del correo publico@agr.aduana.cu.
En otros comentarios, los lectores manifestaron que las regulaciones deben ser ajustadas a aquellas personas que sean reincidentes en la importación de mercancías con fines de lucro.Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

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Idrialys arreto Domínguez dijo:

481

23 de febrero de 2015

04:58:30


Yo hice repatriacio este ano y me guataria saber cuales son mis derechos cuando entre a Cuba. Gracias

modesta dijo:

482

23 de febrero de 2015

12:39:18


hola quiero saber si se puede portar 2 tablet y 2 dvd grasia

Mucades Oliva Ferrer dijo:

483

3 de marzo de 2015

11:51:12


Estimados compañeros: Tengo una inquietude a mi caso particular que es que estoy de visita en Canada y a mi regreso quiero llevarme para mi casa un refrigeradorcito tipo minibar, cuyo costo es de $140 dólares canadienses. Es primera vez que viajo al exterior y de tanto oír opiniones diversas de otras personas al respecto, lo que estoy más confundida.. Por favor, infórmeme cómo debo hacer. Sin más, esperando su pronta respuesta. Mucades Oliva Ferrer.

elisa dijo:

484

4 de marzo de 2015

10:22:51


Vine de visita,viajo a Cuba antes de los dos anos,no tengo recidencia americana,cuantas libras puedo llevar en mi equipaje

Odelmy Leyva Sosa dijo:

485

5 de marzo de 2015

13:40:48


Hola, soy cubana y vine a visitar a mi esposo a España, por primera vez iré en este año a Cuba,y quisiera saber, si aparte de mi computadora, tablet,y teléfono personales, puedo llevar más tablets o móviles a mis hijos, gracias,saludos

Llaumara dijo:

486

15 de marzo de 2015

10:32:02


yo quiero saber si se mandan paquetes de 1.5kg en lo que uno esta en el extranjero cuenta en los 120kg del año

irene FERNÁNDEZ dijo:

487

18 de marzo de 2015

20:09:10


Si yo vine para los Estados Unidos y vire antes de el año cuantas libras tengo derecho a llevar cuando baya a mi país

dai dijo:

488

21 de marzo de 2015

14:53:31


Hola, puedo llevar una laptop y dejarla a un familiar en cuba? Me cobran?

ricardo dijo:

489

22 de marzo de 2015

19:38:38


Soy cubano residente en España y quiero viajar a cuba después de 25 años sin ir . Me gustaría saber si llevo con una cámara de fotos y una videocámara para mi disfrute personal , tengo que pagar algo , gracias por dedicarme este tiempo

alicia dijo:

490

30 de marzo de 2015

06:07:23


Por favor estoy pérdida soy recidente en España viajo el 7 de junio tengo derecho a 120 klos donde tengo que pagar por la 2 da maleta 80 y las demás 160 euros por favor tengo familia serian tan amables de informar que cantidad de ropa puedo llevar pk dicen que solo puedo llevar 15 pares de zapatos en total chancletas y tenis eso es cierto.estoy perdida en eso muchas gracias y espero mi respuesta mis saludos.

Yanetsi cabrera dijo:

491

5 de abril de 2015

22:22:18


soy residente permanente en canada, voy de visita a cuba al año exacto de haber salido de cuba, quisiera saber en que moneda tengo que hacer el pago a mi entrada al pais.

Alexander Guerra dijo:

492

9 de abril de 2015

08:43:38


el equipaje total exento de pago cuantos kilos son ? y pregunto si en estos kilos te pesan los efectos personales como un laptop, una cartera, la camara fotografica. etc

lisbelkys dijo:

493

10 de abril de 2015

12:51:42


Yo e enviado un paquete de 1.75 kg por la posta italiana a cuba. La pregunta es, cuanto paga mi madre por este paquete de micelania

cotica dijo:

494

12 de abril de 2015

12:17:37


Holla mi nombre es Disnayvis , vivo en Alemania , y aun no puedo ender que si yo en Alemania en el correo pago por Pakete que no llega a 3 kg y lo envios a cuba , por que para entregarcelo a mi familia hay que pagar 70 cuc , cuando las cosas que lleva dentro no cuensta ni 20€ y todas son usadas, es una nueva moda en cuba ahora para recoger un paquetico que venga desde alemania hay que pagar ?

Juan dijo:

495

13 de abril de 2015

00:32:03


Hola me llamo Juan soy residente en Miami fl pero no he perdido mi residencia en Cuba si voy antes de los dos años que cantidad de libras y equipos electrodomésticos podria llevar para mi familia y alarame si lo pago en CUC o CUP...gracias

sol dijo:

496

24 de abril de 2015

11:40:40


Hola! Quisiera porfavor amablemente que alguna persona me pueda responder a mi inquietudine! Soy cubana vivo en Europa y rientro a Cuba antes de cumplir DOS anos de vivir aca, ya que me case y estoy esperando que nasca mi bebè.Quisiera saber cuantos kg piedi llebar de equipaje por la bebè quando tenga el tiempo de 6 meses y siendo solo extranjera?????????? Y tambien quisiera saber la cantidad de kg que puede llebar mi marido siendo extranjero??????? Y cuantos kg puedo llevar yo contando con la maletica de mano?????? Espero respuestas porfavor!

Minerva Martin Amat dijo:

497

5 de mayo de 2015

18:55:40


Vivo en Cuba viajo al exterior por asuntos familiare, viaje del 13 de diciembre 2014 al 10 de enero 2015 a Estados Unidos y me cobraron al llegar a cuba por articulos para la familia: ropas, zapatos ect 550.00 Cup el 4 de marzo vine a Tenerife y me regalan un TV.? Puedo llevar esa TV y que me cobren en moneda nacional ¿ Necesito saber porque si es en cuc no puedo llevarla.

yenifet dijo:

498

9 de mayo de 2015

08:09:23


Soy ciudadana cubana y residencia italiana. Cuando llego a cuba pago en cuc o cup. Los equipos electronicos? Gracias

Maria estarada dijo:

499

11 de mayo de 2015

21:02:15


Soy ciudadana Americana y le mande un TV a mis abuelos el mismo por proteccion le puse unas toallas al llegar la aduana dise que esta decimos ado porque tenia dentro de la caja productos no declarado entonses por que decomosan el TV que Si estaba declarado y devuelven lo que segun era para comerciar no lo entiendo puede aclarararle esto

Alvadys Alvarez dijo:

500

14 de mayo de 2015

20:46:30


Quisiera saber cuantos libras o kilogramos dado el caso, representan los siguientes equipos que importaré manera de restarlo del total permitido. 125 kg que representa en libras 275.