ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

En vigor a partir de septiembre, la Aduana General de la República (AGR) y el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) emitieron cuatro resoluciones para la importación de productos sin carácter comercial, que actualizan la política aplicada desde el 2011.

Según se aclaró ayer en conferencia de pren­sa, las normas mantienen las tarifas arance­larias sobre los artículos importados por los pa­­sajeros sin carácter comercial; y varían, sin em­bargo, las aplicadas a los envíos postales, aé­reos o marítimos que contengan misceláneas. Ade­más, se redujeron los límites para la im­por­tación de algunos productos, por cualquier vía.

En cuanto a los artículos que arriben al país mediante los referidos envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, se destacó que el valor de importación de cada kilogramo de misceláneas será de 20 pesos, aumentando el costo establecido de diez pesos por kilogramo.

El pago por esos envíos en territorio nacional será en pesos convertibles (CUC) —según lo indicado por la Resolución no.300 del Mi­nis­terio de Finanzas y Precios—, y para quienes lo reciban se estipuló una exención del pago de aranceles por los primeros 1,5 kilogramos, el equivalente a 30 pesos.

Estas medidas, dijo la vicejefa de la AGR, Idalmis Rosales Milanés, resultaron de estudios sobre la aplicación del actual Listado de Valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial, y tienen el ánimo de cerrar el paso a las que se realizan hoy con evidentes fines lucrativos.

Atendiendo a la opinión de nuestros lectores en una entrevista online realizada ayer a dos especialistas de la Aduana (194 comentarios a la hora de cierre), Granma realizó varias interrogantes a los ponentes. A continuación ex­ponemos sus respuestas, unidas a otras ofre­­cidas en el foro.

En cuanto a los colaboradores, ¿se contempla alguna diferencia en su tratamiento?

Carmen Arias Suárez, jefa Aduana de carga in­ternacional del aeropuerto José Martí: “Los co­­laboradores mantienen las mismas regulaciones establecidas para personas naturales. Se añade que al terminar su misión, si ha sido has­ta o por encima de los dos años, tienen el de­re­cho al disfrute del menaje de casa. Este consiste en una serie de artículos, enseres del ho­gar, establecidos en la Resolución no.43 del Mi­nis­terio de Fianzas y Pre­cios y la 122 de la AGR, por la cual no se cobra o pagan aranceles.

“Al terminar su misión pueden im­portar por única vez, indivisible, su menaje de casa. Se excluyen los efectos personales y otra serie de elementos que no clasifican en la nor­ma, como por ejemplo, bombas o motores, o ma­terial de construcción”.

Al respecto, el artículo 14 de la Resolución no. 122/2009 de la Aduana General, refiere: Para la autorización del menaje en lo que respecta a cantidades de artículos (enseres y mo­biliarios), se tendrá en cuenta que dichas cantidades se correspondan con los espacios ha­bitacionales de la vivienda a la cual están destinados. En el caso de los equipos electrodomésticos solo se admitirán exentos del pago, dos equipos de cada tipo.

¿Cuál es el destino de los artículos decomisados?

Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR: “En nuestro país, el destino de los abandonos o decomisos está establecido en resoluciones en las que se norma su entrega a determinados organismos, según el tipo de mercancía”.

Juventud Rebelde: ¿Cuáles son los aranceles para los equipajes que vienen sin acompañante?

Arias Suárez explicó que para la aplicación de los aranceles sobre el equipaje se tiene en cuenta la fecha de ingreso al país del pasajero responsable.
Como la puesta en vigor de las medidas su­cederá a partir del primero de septiembre, pueden existir casos en que el equipaje llegue antes o después que el portador. En ese sentido, la especialista ejemplificó que si un pasajero en­vía un equipaje el 25 de agosto pero él entra al país en septiembre, los aranceles serán los es­tablecidos en las nuevas Resoluciones.

Pero si él llega antes de ese mes, se le aplican las resoluciones vigentes, aunque el equipaje arribe después, señaló.

ALGUNAS INTERROGANTES RESPONDIDAS A LOS LECTORES DE GRANMA.CU
Juana María: Pudieran aclararme si yo viajé este año y no me pasé en el peso estipulado, si vuelvo a viajar en este mismo año y sí me paso, ¿pagaría en CUC o CUP?
Aduana: Si reside permanentemente en Cu­­ba, usted tiene derecho a efectuar el pago de la primera importación que realice en el año en CUP, después que efectúe este primer pago, los siguientes que deba realizar en el mismo año serán abonados también en CUP pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC. Se considera realizada la primera importación cuando se ejecute el pago por la mis­ma, es decir, si usted viajó y no efectuó el pago por los artículos que trajo, podrá pagar en CUP los artículos que traiga en su próximo viaje.
Maritza Salazar: ¿Hasta cuántos kilogramos puede llevar un cubano al regreso a su país?
Aduana: La Resolución 11/07 del Jefe de la Aduana General de la República, que esta­bleció la alternativa de valoración al peso para las misceláneas que importen los pasajeros se­leccionados por la Aduana (un kg equivalente a diez pesos), se mantiene vigente. Por lo que la cantidad de kilogramos en misceláneas que puede importar un pasajero no ha sufrido cambios.
Miriam: ¿El valor del kg (para los pasajeros) se mantiene en diez CUP o CUC?
Aduana: La moneda en que el pasajero efectúa el pago por las importaciones que realiza depende de su lugar de residencia. Los pasajeros que residen permanentemente en Cuba pagan en CUP (a partir de la segunda im­portación en el año pagan en esta moneda, pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC) los que no residen en Cuba permanentemente pagan en CUC.
Kathy: Estoy cumpliendo una beca de es­tudios fuera de Cuba (…).Como residente cubana y estudiante, ¿tengo o no el derecho legal de no pagar por los derechos de Adua­na como aparece al principio de la legis­lación?
Aduana: Los becarios cubanos en el exterior importan exentos del pago los artículos que traigan a su regreso, una vez concluidos sus estudios, debiendo acreditar ante los funcionarios de la Aduana la condición de becario cubano en el exterior. La importación que realicen se ajusta a la del resto de los pasajeros, por lo que los artículos a importar se deben ajustar a lo establecido en la legislación vigente. Es decir, un becario cubano en el exterior, al acogerse a esta exención, importa igual que el resto de los pasajeros, solo que no efectuará el pago correspondiente a los derechos de aduana. (Resolución 16/97 del MFP).
Katherine: ¿Posee la Aduana algún email a donde se le puedan enviar preguntas que tengan que ver con un caso en particular?
Aduana: La Aduana tramita consultas, que­jas, dudas, inquietudes, para esto las personas pueden dirigirse a la Aduana en la que preten­de realizar su trámite o a la Aduana General de la República, pudiendo canalizar sus inquietu­des a través del correo publico@agr.aduana.cu.
En otros comentarios, los lectores manifestaron que las regulaciones deben ser ajustadas a aquellas personas que sean reincidentes en la importación de mercancías con fines de lucro.Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

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adan dijo:

461

13 de diciembre de 2014

00:28:52


Cuantas libras total pueden pasar los residentes cubanos una vez por año, 250 o 270 libras????

ada dijo:

462

17 de diciembre de 2014

21:09:14


Los niños de 6 años que viajan a cuba con sus padres y son un regreso .pueden llevar la misma cantidad de equipajes q sus padres .HASTA MIL PESOS MN?

Mireibi Viera dijo:

463

18 de diciembre de 2014

10:25:15


Me parece excelente que se tomen estas medidas para evitar indisciplinas con relación a los aspectos aduaneros y con fines de lucro comercial, no obstante, sugiero que se le expliquen y divulguen más a todas las personas naturales que viajen por cualquier categoría, además de que se reflexione en cuanto al tratamiento y aplicación de estas medidas a los colaboradores cubanos, las leyes son una sola pero existen diversidades de interpretaciones y maneras de aplicación, y más cuando no todo se escribe; me gustaría saber ¿como colaborador, debo gestionarme personalmente el envío por concepto de menaje de casa?, ¿qué tiempo dispongo para hacer la solicitud y a quién la dirijo? Por favor me gustaría aclararme, espero de ud una respuesta, gracias.

claudia dijo:

464

19 de diciembre de 2014

17:05:17


Cuantas libras de comida puedo llevar sin q me cobren y cuantas libras pueden llevar los ciudadanos americano y si los paquetes de ninos menores de 1 ano pagan sus cosas

claudia dijo:

465

19 de diciembre de 2014

17:11:27


Hasta cuantas libras de medicamento podemos llevar sin q te cobren y es verdad q solo se puede llevar una docena de cada cosa por maletin y cuantas libras podemos llevar en el maletin de mano donde podemos hechar los perfumes shampoo jabon cosas de aseo personal pasta de dientes etc

Yudisleydis dijo:

466

21 de diciembre de 2014

22:28:47


En mi caso llegue a Estados Unidos el 19 enero del 2014 y ya soy reciente pero voy a Cuba en marzo del 2015 no cumplo aún 2 años quiciera saber si pago la 1 vez q entre a cuba antes de los 2 años si pago en cup o cuc

Paula dijo:

467

28 de diciembre de 2014

10:49:31


Yo soy residente permanentemente en el exterior cuanto me cuesta llevar una bicicleta de adulto y una de niño que sería para mi hijo que es extranjero cuanto me costaría una computadora de uso y otros electrodomésticos tambien de uso como una sanwichera y licuadora por ejemplo y bueno juguetes de mi hijo y esas cosas que puedo entrar y cuanto me costaría yo pienso irme en verano para Cuba a recuperar mi recidencia que ventajas o desventajas tiene esto...

alex dijo:

468

5 de enero de 2015

03:12:01


hice mi primera importacion en agosto del 2014 y en este mes voy a cuba,soy residente permanente cubano,ctos kg puedo llevar este mes? gracias

Mindry dijo:

469

8 de enero de 2015

10:54:09


Hola, mi padre está en españa de visita y quiere enviar vía aérea un TV de 32 pulgadas, queremos saber si lo tiene que pagar los aranceles allí a su regreso en moneda nacional o en Cúcuta, es su primer viaje al exterior...... Gracias

Fecita dijo:

470

18 de enero de 2015

20:20:34


Independiente d mis 30kg,envio resto de mi equipaje por vía aérea 60kg pago en cuc o cup,después de esta nuevas leyes soy residente cubana ,que me recomiendan,portar conmigo efectos electrodomésticos o enviarlos en los 60kg restantes ,espero respuesta ,gracias.

yameidyz dijo:

471

26 de enero de 2015

09:33:22


Hola soy cubana y estoy de visita en Italia hace 18 meses, al regreso a mi patria quería saber cuantos kilos puedo pasar y si por caso me paso de (10) más cuanto me corresponde pagar y en que moneda ?gracias

luisa yanil esponda dijo:

472

27 de enero de 2015

14:21:58


vivo en españa y.soy cubana y quisiera saber.que debo hacer para hacer un negocio en cuba una tienda de zapatos.y que debo hacer para importarlos gracias

Victoria Marcos Espin dijo:

473

1 de febrero de 2015

17:50:50


Hola soy una dra.colaboradora en Brasil en el estado d São Paulo y debo ir d vacaciones ahora en febrero a Cuba.Tengo una duda q quisiera m aclararan mi padre esta enfermo en Cuba com el diagnostico reciente d Neop.d estomago.Puedo llevarle medicinas del tipo suplemento alimentario,aceite antiescara y crema contra peladuras en la piel.Mi Duda ahora eso me lo pesan en el equipaje o tengo derecho a una cierta cantidad digase peso aparte.Quisiera m aclararan esa Duda.Gracias.

Maria dijo:

474

2 de febrero de 2015

11:59:45


Tengo permiso d residencia en Alemania Necesito saber si maquina de coser electrica(220v) es permitido entre los articulos?Pesa 10. Kg Podria llevarla contemplandola entre los 30 Kgs o debo pagar por ella en MN entrando al pais este ano por primera vez.Gracias

yaneli dijo:

475

3 de febrero de 2015

19:24:36


Tiene derecho un cubano con PRE a pagar en dinero cubano cdo entra a Cuba la primera vez en el ano?

Alejandro dijo:

476

6 de febrero de 2015

09:36:16


Hola, necesito que me ayuden con carácter urgente con esta duda: yo quisiera viajar en estos días a Cuba, pero no quiero llevar los 120 kilos permitidos en este viaje, sino dejarlo para mas adelante, entonces si llevo ahora supongamos, 40 kilos, estos 10 kilos extras como lo pagare? en moneda nacional y asi pierdo mi derecho a los 120 kilos? o puedo pagarlo en moneda nacional y después me restan estos kilos extras de mis 120 kilos? o simplemente lo pago en CUC y me conservo mi derecho a los 120 kilos.

nuria rosello dijo:

477

15 de febrero de 2015

12:24:18


buenas le quiero preguntar si yo llebo los quilo requerido es decir 20 por abajo y 8 en la palube del aa a vion tengo que pagar y si tengo cuanto por quilo muchas gracia

farah dijo:

478

19 de febrero de 2015

14:46:27


Hola quiciera saber si tengo derechos a los 120kg,renuncie mi pre y tengo carnet de identidad...tengo una residencia en grecia,tambien quiciera saber cuanto me cuestan los efectos eléctricos y cuantos pudiera llevar, gracias

Alexei dijo:

479

19 de febrero de 2015

15:12:19


Hola soy cubano de pura sangre y de verdad que me duele muchísimo esta situa

Rafael dijo:

480

21 de febrero de 2015

11:25:11


Hola yo tengo mi mama en canada es la primera ves que ella sale de Cuba ella reside Permanente en cuba, y quisiera saber si ella llevandose un televisor pagara en CUC o CUP