ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

La Aduana General de la Re­pública (AGR) emitió nuevas normas para la importación de productos sin carácter comercial, dirigidas a todas las personas que arriben al país o reciban envíos desde el ex­tranjero, las cuales aparecen publicadas esta mañana en la Gaceta Oficial no. 30 y entrarán en vigor a partir del primero de septiembre.

Según explicó a Granma Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR, se trata de cuatro resoluciones, tres de la AGR y una del Ministerio de Finanzas y Precios, “que actualizan la política que la Aduana ha venido aplicando desde el 2011”.

Refirió la entrevistada que estas decisiones se tomaron a partir de un estudio que confirmó los altos volúmenes de importación que realizan determinadas personas con destino a la comercialización y el lucro, usando para ello los márgenes de importación no comercial establecidos hasta ahora.

Sobre estos casos registrados, Granma conoció algunos de los más significativos. En un año un pasajero importó, a través de la terminal 3 del Aeropuerto Interna­cio­nal José Martí, 41 monitores de computadoras y 66 televisores de pantalla plana. Otra persona trajo 34 impresoras, 58 monitores y 74 torres de computadoras, todo ello entre el 2011 y el 2014. A comienzos de enero del 2013, un pasajero llevó en su equipaje 1 695 unidades de rodamiento y otro en el mes de marzo cargó con 400 unidades de bombillos intermitentes para mo­tos; todas esas mercancías fueron decomisadas por comprobarse su carácter comercial.

Acerca de este asunto, Rosales Milanés aclaró que las personas naturales solo pueden realizar im­portaciones sin carácter comercial. En tal sentido, dijo, “se mantiene que el valor total de los artículos comprendidos en el equipaje, sujeto al pago de los derechos de aduanas —que no formen parte de los efectos personales— no podrá ex­ceder de 1 000 pesos. En tanto, los envíos no pueden pasarse de 200 pesos”.

Lo que sí cambia con las nuevas Resoluciones son las cantidades de algunos de los artículos que se im­portan por cualquier vía, sus valores, así como el peso y el cobro del arancel de las misceláneas contenidas en envíos postales, aéreos y ma­rítimos.

Así, la Resolución no. 207 establece el nuevo Listado de Valora­ción en Aduana para las importaciones sin carácter comercial. En él se precisa el tipo de artículo y el valor determinado por esta institución.

Como complemento, la Reso­lución no. 206 precisa el límite para la determinación del carácter co­mercial a las importaciones que realicen las personas naturales por cualquier vía. En ella se reitera que “la autoridad aduanera está facultada para determinar el carácter co­mercial en el caso de que las cantidades de un mismo artículo, su naturaleza, su función o lo reiterado de las importaciones, indiquen que se efectúa con fines comerciales”. Esta disposición también va acompañada de una lista que contiene las cantidades de artículos permitidos a partir de ahora.

Aclaró que se entiende como importación reiterada, “la acción de reincidir o repetir la operación de importación de misceláneas, artículos o productos de la misma naturaleza, según el criterio de la autoridad aduanera”, la que está facultada para decomisar las cantidades que excedan lo establecido.
“La entrada en vigor de estas disposiciones no obstaculiza el cruce ágil por frontera de los pasajeros que se ajusten a lo legislado, los que podrán seguir usando el llamado Canal Verde, por donde transitan quienes no deben realizar ningún pago ante aduana”.

“Es válido reiterar que las autoridades aduaneras aplican el carácter selectivo hacia aquellas personas que pudieran estar realizando alguna actividad para lucrar, a partir de bases de datos estadísticos que permiten hacer una selección lo más racional posible”, acotó la vicejefa.

Por otro lado, la AGR emitió además la Resolución no. 208 que de­termina el valor en aduana de los artículos que clasifican como misceláneas y se importan sin carácter comercial mediante envíos por vía aérea, marítima y postal.

Esta disposición sustituye a la no. 122 del 2012 y dispone que a partir de este momento el valor de importación de un kilogramo es de 20 pesos. Se mantiene que solo se podrán importar a través de envíos valores hasta 200 pesos, por lo tanto se reduce a 10 kilogramos el peso permitido para estas cargas.

En consecuencia, el Ministerio de Finanzas y Precios suscribió la Resolución no. 300, la cual establece que el abono de los aranceles por dichos envíos es en CUC y además “quienes los reciban estarán exentos del pago de impuestos por los primeros 30 pesos o su equivalente hasta 1,5 kilogramos, apuntó.
Las personas que reciban envíos por encima de los 30 pesos (1,5 kilogramos) y hasta un valor de 200 (10 kilogramos) pagarán el 100 %.

Precisó Rosales Milanés que “por las cargas que estén en Cuba pendientes de despacho cuando entren en vigor estas normativas, se abonarán los aranceles fijados por la Resolución no. 223 del 2012, vigente hasta el 30 de agosto”.

Sobre el término “misceláneas” utilizado en estas normas, explicó que lo comprenden artículos como calzado, confecciones, alimentos, productos de aseo personal y del hogar, bisutería, lencería, perfumería y similares.

La entrevistada comentó que “se mantiene el derecho de los colaboradores a traer al país el menaje de casa al término de su misión. Nin­guna de estas resoluciones cambia tampoco lo que está estipulado sobre los derechos sin pago de arancel por los efectos personales de los pasajeros; y lo mismo sucede para los que traen o envían diez kilogramos de medicamentos que están exonerados del pago”.

Es importante —concluyó— que las personas que viajen o reciban envíos se interesen en conocer las nuevas normas que aparecen pu­blicadas en la Gaceta este viernes, para estar al tanto de sus derechos y obligaciones, pues evitarían la co­misión de infracciones, disgustos, molestias y pérdidas de tiempo en las operaciones aduanales.

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Antonio Pacheco dijo:

381

7 de septiembre de 2016

16:44:34


Alguien puede ayudarme con alguna información de los equipos electrónicos, miscelanía , etc. que se puede entrar a Cuba desde España, o la lista de los mismo que se ha emitido en la Gaceta Oficial. Saludos a todos y muchas gracias Tony

Pedro dijo:

382

13 de septiembre de 2016

01:44:42


Cuantas libras en micelaneas puedo llevar conmigo libre de impuesto, basado en la nuevas regulaciones 1ro de septiembre 2016 ,según la revista de la mañana tv cuba , son 125 kg quisiera confirmar ese dato ya que viajaré pronto. Si es real es muy bueno para todos los cubanos ya que las familias cubanas suelen ser muy grandes. Gracias.

Barbarita Fritz dijo:

383

16 de septiembre de 2016

16:37:24


Hola mi pregunta es la siguiente. Si yo voy a Cuba de vacaciones, y llevo mis cosas personales que son por ejemplo mi secadora de mi pelo ,mi plancha de planchar mi pelo, mi tablet y mi celular, tengo que pagar por mis cosas personales?

dr.manuel a barreras tacher dijo:

384

6 de noviembre de 2016

05:35:38


buenos dias a todos los companeros de la aduana , mis felicitaciones por su extraordinario trabajo . solo quiero hacer una pregunta , compre en qatar una moto de 125 cc suzuki , para remotorizar mi moto minsk del 1988 , y me han dicho que no se puede importar el caballo o chasis asi como el carter , mi pregunta es , porque ? si eso no tiene caracter comercial es para mi uso particular , pues esa moto me la dio el estado por haber sido vanguardia nacional en nueve ocasiones y solo quiero mejorarla un poco para usarla con mi esposa y para ir a la universidad a darle clase a la nueva generacion de medicos de nuestro pais , quisiera que alguien me ayudara , pues considero una falta mia que una persona en nuestro pais sustraiga material del estado para preparar un caballo para mi moto , gracias muy amable por su atencion .

Raul vilar dijo:

385

22 de noviembre de 2016

14:32:43


Estoy satisfecho con el trabajo que realiza la aduana en cuba dentro de su reguciones no e sido molestado

Oscar Rafael Palacio dijo:

386

12 de enero de 2017

17:17:48


un saludo cordial. escribo desde venezuela, comento que residire en cuba de forma permanente por haber contraido matrimonio con una ciudadana cubana, y quiero saber que tramite debo realizar para trasladar mi auto hacia cuba desde venezuiela.

Irael dijo:

387

23 de enero de 2017

16:41:50


Hola,un familiar mío está de visita en USA y quiere enviar como equipaje no acompañado dos bafles con su amplificador,necesito me diga si esto sigue llegando a Cuba como equipo de música???es que si se ha modificado en algo la resolución sigue apareciendo de la misma manera,equipo de música 100 cup si es el primer viaje,le agradecería cualquier variante. Gracias

JAROL PEREZ VARGAS dijo:

388

14 de febrero de 2017

06:46:15


buenos dias, soy medico cubano que trabajo en brasil gustaria de preguntarles si puedo llevar un castillo inflable con su motor original q se infla por la accion del motor con su tubina acoplada, y una cama elastica,espero su respuesta feliz tarde

Damarys dijo:

389

21 de febrero de 2017

23:34:53


Voy a llevarle a mi papa en cuba un medical scooter para incapacitados, es de uso, quisiera saber cuanto tengo q pagar de aduana en cuba, muchas gracias por su atencion

Victor dijo:

390

21 de marzo de 2017

20:10:19


Exiaten correos o sireccionws dw e-mail dw las respectivas Delegaciones Provinciales de AGRC donde comunucarse directamente para evacuar dudas. Agradecweia me lo pudieran hacer llegar. Saludos

armando gonzalez benitez dijo:

391

2 de abril de 2017

17:30:25


necesito que me informe si puedo entrar a cuba una mescladora de carne electrica industrial, ya que soy trabajador por cuentra propia de procesamientos de alimentos y esta dentro de el perfil de mi actividad , ademas tengo residencia en estado unido y en cuba

Alberto dijo:

392

13 de mayo de 2017

06:02:11


Hola..quiero saber si puedo llevar en mi viaje a cuba..quesos embasados al vacio.y chorizos. Gracias

Moisés Venegas dijo:

393

10 de junio de 2017

10:10:44


Soy ciudadano cubano y viajar a Cuba por segunda ves en el mismo año puedo llevar 70 libras de artículos. En caso de que mi equipaje sobrepase este peso cuanto debo pagar por sobrepeso y cuál es el límite en que me puedo pasar?

Emerio Garcia dijo:

394

21 de junio de 2017

16:28:36


Los colaboradores cuando salimos de vacaciones se mantienen o no las actuales regulaciones

Jacqueline dijo:

395

12 de agosto de 2017

19:03:48


Soy residente permanente en cuba y solo hago un viaje anual. A partir del 1ro de septiembre mi exportacion la hago en cup o cuc. Muchas gracias

Deivy Amador Permuy dijo:

396

20 de agosto de 2017

15:50:40


Buenas tardes yo quería preguntar si el pago en CuC sería también para aquellos que entran una sola vez al año a Cuba y importan algunos efectos electrodomésticos serian para su uso personal 1solo electrodomésticos de cada tipo o seria por lo menos menor por entrar una sola vez al pais

Manuel charon dijo:

397

25 de agosto de 2017

09:56:30


Tenemos que valóralo todo pero no es justo que compremos un artículo para nuestro hogar y tengamos que pagarlo doble y lo más bonito del caso esa leye no se la aplican a todo el mundo de todas forma es un abuso si los hopitales escuelas calle por citar tuvieran condiciones otro gallo cantaria

silvio ramirez jorrin dijo:

398

24 de septiembre de 2017

14:20:44


Pronto viajaré a Cuba, llevaré dos maletas (sin electrodomésticos dentro) con un peso que no esede de 50 lb cada una, se me cobrará algo?

María Eugenia dijo:

399

26 de noviembre de 2017

19:38:49


Quisiera tener un listado específicamente de los productos y miselanias que puedo entrar a Cuba.ejemplo de ropas y zapatos

elaisy dijo:

400

30 de noviembre de 2017

04:58:39


Yo quiero realizar un envio a cuba desde Venezuela de 10 kilogramos. Mi pregunta, cuanto tengo que pagar al recibir ese envío en cuba?