ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

En vigor a partir de septiembre, la Aduana General de la República (AGR) y el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) emitieron cuatro resoluciones para la importación de productos sin carácter comercial, que actualizan la política aplicada desde el 2011.

Según se aclaró ayer en conferencia de pren­sa, las normas mantienen las tarifas arance­larias sobre los artículos importados por los pa­­sajeros sin carácter comercial; y varían, sin em­bargo, las aplicadas a los envíos postales, aé­reos o marítimos que contengan misceláneas. Ade­más, se redujeron los límites para la im­por­tación de algunos productos, por cualquier vía.

En cuanto a los artículos que arriben al país mediante los referidos envíos aéreos, marítimos, postales y de mensajería, se destacó que el valor de importación de cada kilogramo de misceláneas será de 20 pesos, aumentando el costo establecido de diez pesos por kilogramo.

El pago por esos envíos en territorio nacional será en pesos convertibles (CUC) —según lo indicado por la Resolución no.300 del Mi­nis­terio de Finanzas y Precios—, y para quienes lo reciban se estipuló una exención del pago de aranceles por los primeros 1,5 kilogramos, el equivalente a 30 pesos.

Estas medidas, dijo la vicejefa de la AGR, Idalmis Rosales Milanés, resultaron de estudios sobre la aplicación del actual Listado de Valoración en Aduana para las importaciones sin carácter comercial, y tienen el ánimo de cerrar el paso a las que se realizan hoy con evidentes fines lucrativos.

Atendiendo a la opinión de nuestros lectores en una entrevista online realizada ayer a dos especialistas de la Aduana (194 comentarios a la hora de cierre), Granma realizó varias interrogantes a los ponentes. A continuación ex­ponemos sus respuestas, unidas a otras ofre­­cidas en el foro.

En cuanto a los colaboradores, ¿se contempla alguna diferencia en su tratamiento?

Carmen Arias Suárez, jefa Aduana de carga in­ternacional del aeropuerto José Martí: “Los co­­laboradores mantienen las mismas regulaciones establecidas para personas naturales. Se añade que al terminar su misión, si ha sido has­ta o por encima de los dos años, tienen el de­re­cho al disfrute del menaje de casa. Este consiste en una serie de artículos, enseres del ho­gar, establecidos en la Resolución no.43 del Mi­nis­terio de Fianzas y Pre­cios y la 122 de la AGR, por la cual no se cobra o pagan aranceles.

“Al terminar su misión pueden im­portar por única vez, indivisible, su menaje de casa. Se excluyen los efectos personales y otra serie de elementos que no clasifican en la nor­ma, como por ejemplo, bombas o motores, o ma­terial de construcción”.

Al respecto, el artículo 14 de la Resolución no. 122/2009 de la Aduana General, refiere: Para la autorización del menaje en lo que respecta a cantidades de artículos (enseres y mo­biliarios), se tendrá en cuenta que dichas cantidades se correspondan con los espacios ha­bitacionales de la vivienda a la cual están destinados. En el caso de los equipos electrodomésticos solo se admitirán exentos del pago, dos equipos de cada tipo.

¿Cuál es el destino de los artículos decomisados?

Idalmis Rosales Milanés, vicejefa de la AGR: “En nuestro país, el destino de los abandonos o decomisos está establecido en resoluciones en las que se norma su entrega a determinados organismos, según el tipo de mercancía”.

Juventud Rebelde: ¿Cuáles son los aranceles para los equipajes que vienen sin acompañante?

Arias Suárez explicó que para la aplicación de los aranceles sobre el equipaje se tiene en cuenta la fecha de ingreso al país del pasajero responsable.
Como la puesta en vigor de las medidas su­cederá a partir del primero de septiembre, pueden existir casos en que el equipaje llegue antes o después que el portador. En ese sentido, la especialista ejemplificó que si un pasajero en­vía un equipaje el 25 de agosto pero él entra al país en septiembre, los aranceles serán los es­tablecidos en las nuevas Resoluciones.

Pero si él llega antes de ese mes, se le aplican las resoluciones vigentes, aunque el equipaje arribe después, señaló.

ALGUNAS INTERROGANTES RESPONDIDAS A LOS LECTORES DE GRANMA.CU
Juana María: Pudieran aclararme si yo viajé este año y no me pasé en el peso estipulado, si vuelvo a viajar en este mismo año y sí me paso, ¿pagaría en CUC o CUP?
Aduana: Si reside permanentemente en Cu­­ba, usted tiene derecho a efectuar el pago de la primera importación que realice en el año en CUP, después que efectúe este primer pago, los siguientes que deba realizar en el mismo año serán abonados también en CUP pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC. Se considera realizada la primera importación cuando se ejecute el pago por la mis­ma, es decir, si usted viajó y no efectuó el pago por los artículos que trajo, podrá pagar en CUP los artículos que traiga en su próximo viaje.
Maritza Salazar: ¿Hasta cuántos kilogramos puede llevar un cubano al regreso a su país?
Aduana: La Resolución 11/07 del Jefe de la Aduana General de la República, que esta­bleció la alternativa de valoración al peso para las misceláneas que importen los pasajeros se­leccionados por la Aduana (un kg equivalente a diez pesos), se mantiene vigente. Por lo que la cantidad de kilogramos en misceláneas que puede importar un pasajero no ha sufrido cambios.
Miriam: ¿El valor del kg (para los pasajeros) se mantiene en diez CUP o CUC?
Aduana: La moneda en que el pasajero efectúa el pago por las importaciones que realiza depende de su lugar de residencia. Los pasajeros que residen permanentemente en Cuba pagan en CUP (a partir de la segunda im­portación en el año pagan en esta moneda, pero de acuerdo a la tasa de cambio vigente para el CUC) los que no residen en Cuba permanentemente pagan en CUC.
Kathy: Estoy cumpliendo una beca de es­tudios fuera de Cuba (…).Como residente cubana y estudiante, ¿tengo o no el derecho legal de no pagar por los derechos de Adua­na como aparece al principio de la legis­lación?
Aduana: Los becarios cubanos en el exterior importan exentos del pago los artículos que traigan a su regreso, una vez concluidos sus estudios, debiendo acreditar ante los funcionarios de la Aduana la condición de becario cubano en el exterior. La importación que realicen se ajusta a la del resto de los pasajeros, por lo que los artículos a importar se deben ajustar a lo establecido en la legislación vigente. Es decir, un becario cubano en el exterior, al acogerse a esta exención, importa igual que el resto de los pasajeros, solo que no efectuará el pago correspondiente a los derechos de aduana. (Resolución 16/97 del MFP).
Katherine: ¿Posee la Aduana algún email a donde se le puedan enviar preguntas que tengan que ver con un caso en particular?
Aduana: La Aduana tramita consultas, que­jas, dudas, inquietudes, para esto las personas pueden dirigirse a la Aduana en la que preten­de realizar su trámite o a la Aduana General de la República, pudiendo canalizar sus inquietu­des a través del correo publico@agr.aduana.cu.
En otros comentarios, los lectores manifestaron que las regulaciones deben ser ajustadas a aquellas personas que sean reincidentes en la importación de mercancías con fines de lucro.Las medidas tienen como objetivo proteger la economía nacional, dijo la vicejefa de la Aduana (segunda, de derecha a izquierda). Foto: Anabel Díaz Mena

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yine dijo:

601

27 de octubre de 2016

20:41:59


hola tengo unas dudas si el cubano residente en cuba a entrado al país varias veces en el el ano y quiere entrar a cuba el 31 de diciembre cual es el costo de cada kl se paga en moneda cup o cuc por favor necesito saber gracias

leonidas Sanchez dijo:

602

27 de octubre de 2016

21:53:42


Hola, buenas tardes, me dirijo a uds por lo siguiente, estoy cumpliendo misión internacionalista en Jamaica, tengo en Cuba un auto Peugeot 309, estoy realizando una compra online de varias piezas que en Cuba me han sido imposible de conseguir, todas estrictamente compatibles y en número que evidencia el carácter no comercial, mi pregunta es: necesito alguna autorización expresa para poder culminar la compra y pago del pedido pues los agentes de la agencia de ventas me dijeron que para proceder al registro y pago deben ellos recibir esa autorización, que hay de cierto en esto? y en caso de que así fuere, que debo hacer?, saludos afectuosos y gracias anticipadas y quedo a la espera de su atención.

Rosa M Luaces dijo:

603

30 de octubre de 2016

19:46:06


Hola,UN cubano residente de cuba,de regreso cuantos kg puede llevar en misselanias y si puede entrar efectos domesticos,TV,DVD,Cafeteras electricas,bisicletas etc

Carmen Delia Perez Gutierrez dijo:

604

31 de octubre de 2016

11:34:10


Quiero saber si despues de uno entrar a cuba solo con sus 30 k como viajero..cuando vuelve a salir en el mismo año...si puedo entrar entonces con mis 120 k...necesito q me aclaren esta duda..graciass

candido morales dijo:

605

14 de noviembre de 2016

21:13:01


Llevo un año y medio fuera de mi pais hasta cuantos kilos puedo importar y en que moneda debo pagar

Alfredo Alfonso dijo:

606

15 de noviembre de 2016

10:09:25


Buenos Dias quisiera saber yo viajo a cuba mañana y quiero llevarle a mi mama un television de 32 pulgadas y me disen que tengo que pagar 250 para poder sacarlo del aeropuerto es sierto o me pueden esplicar mas gracias y que tengan un lindo Dia.

Lilian Stevens dijo:

607

23 de noviembre de 2016

09:53:32


Mi inquietud es concreta y puntual,tengo permiso de residencia en el exterior y desde Angola ,pais donde residia ,una amiga me hizo un envio de mis objetos personales ,miscelaneas y algunos efectos de casa ,libros y materiales de higiene.El arribo de los bultos llegaron a Cuba,despues de 6 meses y solo este mes,nos hicieron la llamada,alegando que no se podia liberar la carga,porque estaba pasada de la cantidad de kilogramos establecidas, como proceder en este caso?

Bibiana Gonzalez dijo:

608

4 de diciembre de 2016

08:25:33


Buenas tardes, yo viajo en un mes a Cuba, y resido en Alemania, hace casi dos años, quisiera saber a través de qué agencia puedo enviar la carga no acompañada desde Alemania a Cuba, en espera de su respuesta,

Alicia dijo:

609

7 de diciembre de 2016

16:42:51


Mira tengo dudas viajó Barcelona habana el dia 21 y soy recidente en España pero hay una desinformación y quiero llevar 120 kilos y me dicen que son 1000 puntos x valor de artículos y rebajar y lo que puedo llevar de miselania es poco pueden explicarme cuanto puedo llevar.entre todo

lazaro dijo:

610

14 de diciembre de 2016

21:34:09


buenas tardes quisiera saber que cantidad de libras pueden llevar los residentes en cuba que tienen ciudadania espanola.

tamara rodiles dijo:

611

25 de diciembre de 2016

17:34:30


La laptop,de los colaboradores de fin de misión de Venezuela, se incluye en el pesaje de los 5kg que debemos llevar por arriba ,o sea, no se pesa?

Sergio dijo:

612

29 de diciembre de 2016

17:46:30


Si entro a cuba con ejemplo un equipo de música y quiero seguir manteniendo mi opción de pagar en mn ,si pago lo establecido en cuc se mantiene o seria ya tomado como la importación en mn

Niurka Santiso dijo:

613

9 de enero de 2017

14:45:48


Si yo entre a cuba con 120 kg en julio 2016 puedo ha entrar a cuba en enero 2017 con 79 kg 3 maletas de 23 kg y un troler de 10 kg por favor aclararme si un año no tiene que ver con el otro

consuelo dijo:

614

11 de enero de 2017

06:52:20


Por favor yo viaje a espana en en noviembre del 2015 y regrese en enero del 2016 ahora volvi a salir en el 2016 y regreso en el 2017 febrero. Mi duda es como pagaria si en cup o cuc gracias

Eduardo dijo:

615

14 de enero de 2017

08:52:20


Saludos, porque a los colaboradores dentro de los 30 kg le pesan los equipos electrodomésticos, cuando la ley no lo establece así.

Eduardo quiroga hernandez dijo:

616

16 de enero de 2017

13:38:01


Estoy en España quiero enviar una vici a mi niña de 12 años en cuba pero la vici pesa mas de 10 kg que hago

Antonio garcia dijo:

617

17 de enero de 2017

07:27:43


Primero que nada que tengan un feliz día les diré que encuentro muy buena la informacion pero quisiera que me aclaren unas pequeñas dudas que tengo si les he posible: 1) Que peso puede llevar uno residente en el extranjero en su primer viaje a cuba en el año? 2) Referente a los colaboradores cuando termina la misión de 2 años o mas el menaje a casa se incluye dentro de los 30 kg que pueden llevar en artículos personales como ropas zapatos etc. Bueno esas son mis 2 interrogantes por el momento. Una vez mas les reitero su informacion es de mucha ayuda.

hufer dijo:

618

19 de enero de 2017

18:53:54


se puede importar desde los Estados Unidos un KIT de Moto que no inluye ni el cuadro ni la unidad y cual seria el arancel ?

alexis santana dijo:

619

20 de enero de 2017

23:00:37


soy medico estoy cumpliendo mision, quisiera saber si puedo llevar a cuba un refrigerador exibidor de bebidas y cuanto me cuesta la importacion

Angel guerra dijo:

620

29 de enero de 2017

08:45:27


Soy residente cubano que llevo 5 años de trabajo en Angola y quiero llevar mis cosas para cuba ,es posible ?,podría tener derecho a llevar un contenedor ? Gracias