ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
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 Foto: Anabel Díaz

El gobierno cubano incrementó a mil 528 la pensión mínima por edad e invalidez total del Régimen General de Seguridad Social, a partir del próximo primero de enero de 2021, como parte de la transformación en la distribución de los ingresos de la población en lo referido a los salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social en el contexto del ordenamiento monetario del país.

La Gaceta Oficial de la República de Cuba en su edición extraordinaria número 69 publica la resolución 28 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la cual establece un incremento de 5,45 veces a la cuantía actual de la pensión mínima por edad e invalidez total del Régimen General de Seguridad Social, y de los regímenes especiales de los ministerios de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Interior.

La norma jurídica precisa que el incremento de las pensiones por muerte concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, se realiza sobre la cuantía del causante, y se concede al beneficiario la cuota parte que le pertenezca, según lo establecido en la Ley 105 “De Seguridad Social”, del 27 de diciembre de 2008.

Agrega que a los pensionados que tienen derecho a más de una pensión de seguridad social, el incremento se les realiza sobre la cuantía de la pensión unificada.

Las pensiones concedidas por el Régimen General de Seguridad Social se incrementan en correspondencia con la escala siguiente:

Cuantía de la pensión por el Régimen General de Seguridad Social

Cuantía de la pensión actual

Cuantía de la pensión

Hasta 160 pesos

280-300 pesos

1528

De 161 a 210 pesos

320 pesos

1578

De 211 a 250 pesos

350 pesos

1628

De 251 a 399 pesos

385-445 pesos

1678

De 401 a 499 pesos

446-500 pesos

1733

 

Las pensiones superiores a 501 pesos mensuales, reciben un incremento de 1528 pesos

(Fuente: Con información de ACN)

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Jose carbonell dijo:

101

18 de diciembre de 2020

21:35:24


Saludos. Por la presente manifiesto mi inconformidad con la remuneración recibida por concepto de ser jubilado - 2550 MN- . Esto se corresponde aproximadamente al salario mínimo así como a la canasta básica . Luego de transcurrido 50 años laborales con la categoría de Profesor Titular, Doctorado en Ciencias Técnicas en la ciudad antigua de Leningrado en el año de 1978 al no ser posible en aquel entonces realizarlo en Cuba por el incipiente desarrollo en aquel entonces en dicha especialidad. No soy el único caso similar tratamiento ni siquiera el peor, con los cuales me solidarizo. Pregunto: será posible con ese dinero enfrentar no solamente los gastos de la canasta básica?. Sumesele el hecho de que por razones de edad no puedo enfrentar muchas labores domésticas y otras que antes realizaba y tendré que acudir al pago de diferentes probables servicios cada vez más encarecidos. Es justo el tratamiento que hemos recibido en el ocaso de nuestras vidas una generación incorporada al desarrollo del proyecto social ?. Consideró que podría haberse hecho una distribución más justa del dinero disponible. Es espera de respuesta, fraternalmente .

Ileana Costa Luzbet dijo:

102

19 de diciembre de 2020

09:00:49


La pensión de seguridad social de mis dos nietas por fallecimiento materno en la cesárea de la más pequeña era de 200 y después 280. Ahora aumentarán solamente para una canasta básica. Yo tuve que jubilarme para criar las mi jubilación fue de 340 y paso a 380. Donde puedo aclarar esas dudas. Espero respuesta

Alexander Garcés Chacón dijo:

103

19 de diciembre de 2020

12:15:13


Tengo una duda si el incremento de las pensiones por muerte concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, se realiza sobre la cuantía del causante, y se concede al beneficiario la cuota parte que le pertenezca, según lo establecido en la Ley 105 “De Seguridad Social”, del 27 de diciembre de 2008. Y actualmente la pensión de mi abuela es de $280 pesos por que ahora sólo le pagan $ 1070 si la Gaceta expresa que la pensión mínima es de $1528

Juan Galbán dijo:

104

19 de diciembre de 2020

17:22:04


Presentando mi jubilación en los primeros días de enero 2021 y conociendo que mi cálculo por la ley vieja es de 2400 pesos aproximadamente. Quiere esto decir que debo jubilarme en total con unos 2400+1528 o sea cerca de 4000 pesos

fidel dijo:

105

19 de diciembre de 2020

17:35:31


Los precios estan por el cielo y los gobiernos e inspectores estan perdido, especialmente hay que ver el peso del pan de 80g nuncq lo tiene y a veces no llega ni a 50g..Hay que vigilar el cumplimiento de los precios pero acompañado de su peso pero

fidel dijo:

106

19 de diciembre de 2020

17:40:52


cuanto es el incremento a los pensionados por invalidez parcial que ya no pueden trabajar y tienen mas de 60 años (62 ), en mi caso llevo 25 sin poder trabajar y con una persion de 171.00 pesos.( pensionado del MININT)

Rene Rodríguez dijo:

107

19 de diciembre de 2020

17:41:58


Un trabajador que se uede jubilar en enro de 2021, ero decide jubilarse en enero de 2022, a cuanto asciende mensualmente

Luisa dijo:

108

19 de diciembre de 2020

23:11:43


Por favor, quisiera saber una persona que percibe una pensión por viudez de 320.00 a la cual se acogió en el 2002, pues en ese tiempo no se unificaban y la suya era de 125.00. Pero ahora solo le pagaron 1140.00,¿ puede pedir que le unifiquen las pensiones? ¿En caso de que se pudiera que fue lo que escuché en la revista informativa de hoy, a cuánto ascendería en esa unificación ?

yolanda sotongo molina dijo:

109

20 de diciembre de 2020

17:28:26


Estoy de acuerdo con los analisis del resto de los compañeros q se encuetran en mi caso, de los q ganamos una jubilacion mayor de 501, es totalmente injusto q aumente tan poco, seguimos arrastrando la injusticia hasta el final despues de tanto estudio, tanto trabajo y tanto esfuerzo, deben reconsiderarlo.

Mirta dijo:

110

20 de diciembre de 2020

17:49:24


Algo anda mal yo trabaje 33 años y soy viuda como es posible que ahora no me aumenten ni para poder suplir la canasta básica calculada 1528.00 Eso no fue lo que se explicó en la mesa redonda por el compañero Marino, de no ser viuda ahora me pagarían 1528.00 Cómo va a ser esto,???? Realmente espero revisen bien , esto no se corresponde con lo que nuestro gobierno nos dice

Clarislenys dijo:

111

20 de diciembre de 2020

19:18:09


Tengo un tío impedido físico que no tiene jubilación y no tiene hijo y vive conmigo y mi abuela que tiene su chequera que solución le puedo buscar a eso

Neyda dijo:

112

20 de diciembre de 2020

20:49:13


Mi madre tiene la chequera que como viuda le asignaron a la muerte de mi padre en aquel momento hace 7 años nadie hablo de descuento de nada, en el año 2019 lo subieron a 300 y de la misma forma no se hablo de descuento, no entiendo y quisiera conocer el motivo por el que le solo le pagan ahora 1070 pesos se además se ha dicho que es necesario cobrar 1528. Como mínimo para poder vivir en espera de su respuesta atentamente neyda

Yelennis dijo:

113

20 de diciembre de 2020

23:41:22


Mi abuela es viuda y ella cobraba antes 300 pesos ahora cobra 1070 pesos si en la gaceta salio que debía cobrar 1528 pesos porque ahora le bajan la pensión. Saludos espero respuesta

anabel dijo:

114

21 de diciembre de 2020

10:02:09


Buenos dias, mi mama trabajo toda su vida, cuando se jubilo tenia dos chequeras, pues recibia pension de mi padre que murio en accidente, la compañera de seguridad social le dijo que tenia que escoger una de las dos chequeras y ella por $3 pesos de diferencia escogio la de mi papa, hoy en dia solo le pagaron 1070pesos, una persona que trabajo mas de treinta años y or no tener quien la orientara escogio la pension de mi papa en aquellos años, no le dieron la opcion de unificar ambas chequeras. saludos anabel esto es correcto

marta Respondió:


21 de diciembre de 2020

15:04:54

De forma general el pago de las chequeras por viudez quedó en 1528/1.3, o sea, una canasta básica dividad por 1.3 lo que equivale a 1175.38 ?????

Liliana Fernandéz Peréz dijo:

115

21 de diciembre de 2020

14:57:14


Solo tengo una pregunta y es : por qué si contemplaron a mi mamá en su pensión como viuda en 300 peso , ahora con el aumento solo cobra 1110 pesos , pagándole nada más el 70%, , dinero que no se aproxima ni remotamente a el de la canasta básica y viviendo además sola .Realmente no entiendo nada

Victoria Rueda Luperon dijo:

116

21 de diciembre de 2020

15:47:05


La norma jurídica precisa que el incremento de las pensiones por muerte concedidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, se realiza sobre la cuantía del causante, y se concede al beneficiario la cuota parte que le pertenezca, según lo establecido en la Ley 105 “De Seguridad Social”, del 27 de diciembre de 2008. Aunque me presente a la Dirección del Trabajo de mi municipio con tiempo, es decir 6 meses antes, a mi hija le suspendieron este beneficio desde abril/2020. Por que, ella estudia el Pre-Universitario y solamente tiene 17 años. Respondame por favor.

yiyi dijo:

117

21 de diciembre de 2020

15:47:17


Buenas tardes, segun la resolucion 69 establece un incremento de 5,45 veces a la cuantía actual de la pensión mínima por edad e invalidez total, y porque este mismo incremento no se le hiso por igual a las demas, puse la unica que tiene ese incremento son las personas que hoy ganan 280.00, que lo veo muy bien, pero los demas debian de haber crecido en el mismo indice. Igual porque los de mas de 500 tienen que seguir ganando muy por encima de los demas que por desgracia tuvieron que jubilarse con la ley vieja donde las pensiones eran muy bajas, deberian de tener el mismo incremento de 1528.00. Otra inquietud, por que se le tiene que aplicar nuevamente al incremento el 70% a las pensiones de las viudas, no me parece justo, o algo no se esta haciendo bien, pue ya no seria un 70% lo descontado sino un 140%.

yiyi dijo:

118

21 de diciembre de 2020

16:01:36


Hola, tengo una duda en cuanto a la asistencia social que se les da a las personas necesitadas, que esta muy bien dada a aquellas que realmente las necesitan, pero hay casos que no es asi, como es el caso de la familia que viven en santiago de cuba en el Distrito jose marti micro-9 en el u-114 apto 3, en esta casa viven 4 jovenes mayores de edad con edad laboral pues ya pasan de los 25 años y no les gusta trabajar, la señora de la casa tiene pension por viuda y vive una nieta pequeña que tiene pension por huerfana, y ahora reciben todo tipo de asistencia social, desde muebles, alimentos que por lo general lo venden y otros. No creo que sea justo ademas de que son personas que no han aportado nada a esta gran revolucion y solo se estan como dice el dicho riendo y viviendo de ella. Que aspectos se tienen en cuenta para dar dicha asistencia.

Hernan Diaz Garcia dijo:

119

21 de diciembre de 2020

22:02:53


Soy pensionado FAR, 77 años. Recibo 500 CUP de pensión y 300 CUP como Ayuda Económica por la ACRC. Pregunto... ¿mi nueva pensión es en base a 500 CUP (1,533 CUP) o en base a 800 CUP (¿¿??)? Mi esposa (75 años) no recibe pension. Somos 2 de Núcleo Familiar. Estoy bajo tratamiento de Cáncer y de otras ENFERMEDADES adquiridas en las FAR

Humberto A. Dominguez Pla dijo:

120

22 de diciembre de 2020

16:13:07


Necesito me aclaren. Mi Jubilacion actual es de 1080 CUP. Con el incremento de 1528 debe quedar en 2608. Y he recibido 2198 faltando 410. La fecha el 21Dic. EB00000341977. Por favor espero respuesta.GRACIAS