ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

En una reciente sección se abordó el testamento como figura jurídica mediante la cual una persona puede disponer en vida cómo quedarán repartidos sus bienes luego de su muerte. Entonces preguntábamos qué pasaría si el fallecido no hubiese testado.

"Estaríamos en presencia de lo que jurídicamente conocemos como sucesión intestada, es decir, sin testamento", precisa el master en Derecho Lázaro Corzo González, notario provincial de Ciudad de La Habana y profesor de Derecho Notarial, quien aborda el tema.

¿En qué casos procede?

-En primer lugar, si una persona muere sin haber expresado por escrito su última voluntad o el documento se declara judicialmente nulo o ineficaz en todo o en parte por el tribunal competente.

En segundo lugar, cuando la persona lo otorgó, pero por alguna razón no dispuso el destino de todos sus bienes, derechos y acciones. En este caso se tramita la sucesión intestada para disponer solamente de aquellos que no se mencionaron en el testamento, el cual mantiene su validez.

Otro supuesto es que los individuos beneficiados con la herencia renuncien a ella o mueran antes que el testador; entonces el acto testamentario pierde los efectos jurídicos. Algunos piensan que los descendientes de los herederos instituidos pueden ocupar su lugar, lo cual no es así, pues esa no es la voluntad del otorgante.

¿Se tramita este tipo de sucesión en algún otro supuesto?

-Sí, cuando todos los nombrados en el testamento son declarados incapaces para heredar por diferentes razones: por haber atentado contra la vida del testador o de alguien beneficiado por este, le hayan negado atención o alimentos, se demuestre el empleo de engaño, fraude o violencia para obligar a la persona a emitir su voluntad de determinada forma, o abandonaron definitivamente el territorio nacional.

Sobre esto el Código Civil se refiere al abandono definitivo, no a otros supuestos; por ejemplo, si la persona se encuentra con un permiso de residencia temporal en el extranjero no pierde los derechos hereditarios. Hay diferentes categorías migratorias para el cubano dondequiera que se encuentre, por lo que, el hecho de hallarse fuera del país no siempre implica incapacidad.

¿Quiénes tienen derecho a heredar?

-La legislación cubana establece un orden según el grado de parentesco con el fallecido. Primero son los hijos y demás descendientes conjuntamente con el viudo o la viuda; pero de tener en el momento del deceso padres que dependían económicamente del difunto y no están aptos para trabajar por edad o incapacidad, estos suceden también junto a los antes mencionados.

En un segundo llamado reciben los beneficios de la herencia los padres conjuntamente con el viudo o la viuda. De no existir descendientes ni padres, corresponde entonces al cónyuge la totalidad.

¿Y si no hay descendientes, padres ni viudo o viuda?

-En ese caso suceden los abuelos o demás ascendientes, por líneas materna y paterna. Si el difunto carece de estos parientes, entonces heredan los hermanos y si ellos han muerto, acuden los sobrinos en representación de sus padres fallecidos.

Pongamos un ejemplo: alguien al morir deja hijos, nietos, viudo o viuda, padres, hermanos, sobrinos y hasta abuelos, pero aun siendo sus parientes, no todos tienen derecho a sucederle.

Si al ocurrir el deceso no dejó testamento, ¿qué deben hacer los familiares?

-Dirigirse a una Notaría o a un Bufete Colectivo a fin de ser asesorados sobre los documentos necesarios para gestionar el Acta de Declaratoria de Herederos. No existe ningún término para iniciar la tramitación de este tipo de sucesión, aun cuando hayan transcurrido 15, 20 o más años del fallecimiento. Puede ocurrir que al morir su propietario, una vivienda de residencia permanente quede libre de ocupantes legales. En este caso sí se deben realizar las diligencias en el transcurso de un año, pues de acuerdo con la Ley General de la Vivienda, vencido ese tiempo, se transfiere el inmueble al fondo estatal.

¿De existir varios herederos puede alguno renunciar a favor de otro?

-Sí. El Código Civil le autoriza a renunciar no solo a favor de alguno o de todos los instituidos, sino también del Estado o de una persona jurídica.

¿Puede alguien no beneficiado con la herencia tramitar el Acta de Declaratoria?

-Sí. Ilustremos con un ejemplo: una persona tiene derecho a obtener el título de propiedad de la casa que ocupa y para ello ha de presentar ante la Dirección Municipal de la Vivienda el Acta de Declaratoria de Herederos del propietario ya fallecido, al cual no le unen lazos de parentesco. En este caso, el interesado puede realizar la tramitación probando el interés legítimo que le asiste.

Finalmente, luego de tramitarse el Acta debe procederse a la adjudicación de los bienes ante el notario.

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Maydelis dijo:

101

31 de marzo de 2022

18:05:46


Me podrían ayudar q tengo q hacer si mi papá dejo un testamento como único beneficiario mi hermano y ahora el quiere sacarme de la casa yo siempre he vivido en la ks y son dos viviendas independientes en una sola propiedad una de el y la otra donde yo vivía con mi papá la cual he arreglado con mi esfuerzo

Pedro Hernández dijo:

102

9 de abril de 2022

11:14:54


Quisiera que me respondieran una duda, tengo una suegra que el difunto le dejo todos sus bienes a su nombre,ya que ella fue la que se ocupó de él antes y durante toda su enfermedad, él difunto no tenía hijo,ni padre , ni madre vivas,solo hermanos y una sobrina que alega ser la heredera sin testamento legal, ahora bien la pregunta mía es. puede un testamento estando legal en notaría ,primero puede salir de la sede de notaría por un plazo de 3meses ,que el caso, es en el municipio de Frank país provincia Holguín y la notaria alega que tiene que el testamento viajar a la Habana y yo me pregunto porque tan lejos si él difunto lo hizo patente un mes antes de morir con varios testigos aprueba.desearian que me dieran respuesta cuanto antes y que tramite ella debe hacer para hacerse propietaria de lo que es de ella.

Díannis izquierdo dijo:

103

30 de mayo de 2022

11:40:01


Mi suegro falleció hace muchos años y dejó una casa con su esposa y un hijo ella dice q el no tiene derecho a la casa solo a un 25 por ciento porq ella estaba casada con el difunto que se debe hacer en este caso...muchas gracias

Adrián mantreza dijo:

104

19 de julio de 2022

18:10:56


Mi mamá y mi papá (casados) fallecieron, mi papá hizo testamento a favor de una hermana (no carnal) Pregunto, ¿tengo derecho a la mitad de la vivienda? yo nací allí, mi mamá no hizo testamento

Rosidelmis dijo:

105

25 de julio de 2022

13:21:40


Hola tengo varias dudas si me pudieran ayudar por favor escribir a mi correo.le explico mi papá es usufructario de de una vivienda yo era la única hija que ha vivido con el incluso le dieron ese apartamento porque yo vivía con el en varios derrumbes y se lo dieron como caso social ya de eso han pasado 19 años.mi hija nació ahí y mi papá siempre decía que esa casa era de mi hija por todo lo que pasamos desde que yo era Niña y mi hija nació en esa casa .hace 5 meses mi hija y yo nos mudamos mi papá no quería que quitara a la Niña de la dirección pero para la escuela y otros trámites la tuve que quitar .le dije a mi papá que si el quería y esa era su voluntad que hiciera la casa propiedad como han echo otros vecinos o que hiciera un testamento .mi papá no lo iso y hace 15 Días tubo un lamentable accidente de trabajo y perdió la vida .mis hermanos viven en provincia pero están esperando que decisión se tomará .el único que está en estos momentos en esa dirección es mi tío y el está dispuesto ayudar .pero yo no tengo idea como recuperar esa propiedad .no sé si se pueda poner a los tres hermanos en la propiedad.yo lo que no quiero es perder ese apartamento ni que caiga en manos de alguien que lo venda y no le de el valor porque a mí papá y a mi nos costó mucho sacrificio conseguirlo.orientenme por favor que debo hacer.

alberto gomez forn dijo:

106

17 de agosto de 2022

09:17:13


mis padres fallecen ,propietarios de la casa,somos 2 hermanos casados con hijos ,la propiedad es 1 casa de 2 pisos .muere mi hermano .y mis padres no dejan testamentos .que derechos tengo yo como unico hijo,y que derechos tiene la viuda de mi hermano a la propiedad de la casa .

Maricel dijo:

107

20 de agosto de 2022

00:28:46


Hola,me gustaría saber si: 1-. Un heredero SIN ACEPTAR LA HERENCIA , puede hacer trámites en vivienda ,tal cual si fuera el propietario. 2-. Fallecen los copropietarios de una vivienda ,testando uno y el otro NO,quienes heredarían el inmueble. Agradecida de antemano y en espera de su atención .

Roberto serrano dijo:

108

8 de septiembre de 2022

18:26:27


Buenas tardes mi pregunta es la siguiente tras la muerte de los propietarios de una vivienda, que tenian tres descendientes que eran los que tenian los derechos de heredar el inmueble y nunca promobieron la adjudicacion de la vienda y ya todos estan murtos pero el ultimo que fallece hace un testamento a favor de una persona que no es pariente de el, dejando desfavorecida a tu hija la cual debe tener derechos de heredar y hacer los tramites para adjudicarse la vivienda por se desendientes de sus abuelos los verdaderos propietarios del inmueble el cual consta la propirledad que son los dueños. Mi duda es puede una persona hacer testamento sin ser el dueño por nunca haverse adjudicado la vivienda y si el testamento es valido .Espero de su respuesta para asi aclarar mi duda gracias

Anerley dijo:

109

11 de septiembre de 2022

19:01:54


Hola..buenas tardes Necesito aclarar una duda...los hijos fallecidos heredan a sus padres cuando estos fallecen?? Es decir...los nietos heredan ? Saludos

Yumila dijo:

110

26 de septiembre de 2022

11:45:48


Necesito saber hasta donde puede mi hijo heredar a su abuelo después de que el mismo y su padre fallecen y existe otra tía hija del propietario es decir queda mi hijo y su tía muchas gracias

Ismeivis Cordova Caboverde dijo:

111

4 de octubre de 2022

22:18:56


Mi marido es propietario junto con su hermano. La casa está dividida, y mi marido quiere dejar en testamento su parte eso se puede. Igual qué su parte la puede poner en propiedad a nombre de otra persona.

Ismeivis Cordova Caboverde dijo:

112

4 de octubre de 2022

22:22:19


Mi suegra en vida le dejó la casa a los dos hermanos. Y mi marido y el hermano la dividieron y la parte de mi marido ahora es más grande. A mi cuñado no le toca nada de la parte de mi marido.

Abdamelis dijo:

113

8 de octubre de 2022

14:56:13


Hola quisiera hacer una pregunta q me tiene muy preocupada.yo tengo una prima .q su papa ya falleció el vivió por muchos años con una mujer q era su esposa ..en una casa q fue herencia de sus padre fallecidos también ..esa mujer porsupuesto q por años de concivencia tenia derecho a seguir viviendo ahi en esa casa y nadie la podia sacar ..ahora bien ..esa mujer también falleció..y por joder hizo un testamento a nombre de una prima suya .dejándole la casa ..ella ni eataba en testamento ni nada ..ademas el esposo de ella ocea el papa de mi prima no hizo testamento porq su muerte fue una cosa muy rapida ....Ahora mi pregunta es ..:puede esa mujer dejarle la casa o una parte de ella ..a sus primas ..tiene esa mujer derecho a hacer un testamento dejando una casa q nisiquiera estaba a su nombre a unos familiares q nisiquiera tienen parentesco con el papa de mi prima .??.a se me olvidaba ..esa mijer no es la madre de mi prima

Mayda Aleida Suarez Jimenez dijo:

114

3 de noviembre de 2022

16:52:15


Quisiera saber si existe un testamento a favor de un hijo y una única hermana,que procedimiento puede existir para una pareja que fue casado y ahora divorciado de la difunta pero que a estado conviviendo allí hasta el momento del fallecimiento pero que nunca ha sido registrado en esa dirección.

Mariela dijo:

115

19 de noviembre de 2022

15:22:10


Quisiera que me asesoren sobré un testamento universal que me hizo un viejito él cuál quiso que yo o lo cuidará y lo cuide está que falleció pero son tres los propietarios el fallecido la viuda y el cuñado, después de cuatro años y unos meses de cuidar Alós tres igual después que falleció él que me testo la viuda y el cuñado me quieren sacar dé la casa que devo hacer

Vivian dijo:

116

14 de diciembre de 2022

02:54:13


Mi abuela murió y dejó la casa intestada, creo que les pertenece a sus tres hijos, el mayor acaba de morir y su esposa que sólo llevaban 4 años de casados se quiere quedar con la casa y la casa sigue estando a nombre de mi abuela, se puede quedar ella con la casa?

Danay Pedroso dijo:

117

30 de diciembre de 2022

15:42:47


Hola mi padre falleció,y dejo una vivienda en arbergue,pero el estado cubano dio la opción de arreglarles la casa si ellos decidían quedarse con la vivienda como propiedad,luego mi padre aceptó y el estado se la arregló,ya después de eso pasaron pocos años y a mi padre no le dio tiempo sacar la propiedad de la vivienda x que el fallece...que tengo que hacer para poner para poner la casa a mi nombre...quiero dejar claro que el estaba casado ,la esposa es la que está viviendo en la vivienda, pero ella no tiene hecho el cambio de dirección de la vivienda por que mi padre nunca quiso hacercelo

Jmary dijo:

118

5 de enero de 2023

02:00:26


Estaba casada por la ley con el padre de mi hijo el cual al resivir un apartamento me nombra como copropietaria del mismo,pero ya no viviamos junto ,el tenia una nueva relacion pero ante de morir se entera que su pareja lo engañaba y el estaba enfermo y decide hacer un testamento dejando como heredero universar a su unico hijo,que derecho tiene la señora de su ultima relacion.

Iris del Carmen Arévalo Torres dijo:

119

5 de enero de 2023

03:01:42


Una herencia intestada tres hijos que son propietarios de viviendas renuncian la parte que les corresponde a cada uno a favor de un sobrino, que constituye el 75 % del inmueble, dejando solo un 25 por ciento a la otra hija que no posee vivienda. Es esto posible?

Elizabeth Verá Hechavarria dijo:

120

11 de enero de 2023

20:19:13


Hola, saludos.Tengo una duda: LA hermana de mi abuela por parte de madre me crió hasta ahora que tengo 32 años, ella falleció,no tiene parientes vivos como padres y hermanos, no tuvo hijos,sobrinos y primos debe de tener vivos, yo la cuidé hasta sus últimos momentos.Podría tomar sucesión de mi tía abuela de susu bienes tanto como de la vivienda?