ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Hemos recibido su carta dirigida al perió­dico Granma, que fuera trasladada a este tribunal, en la cual manifiesta su inconformidad con la demora en el restablecimiento de sus derechos con motivo de los sucesivos pro­cesos judiciales y por mandato del Tribunal Pro­vincial Popular de La Habana en proce­so ad­ministrativo interpuesto, que dispuso me­dian­te sentencia la nulidad de la entrega in­debida a un matrimonio, de la vivienda perteneciente en copropiedad a usted y a su her­mana, recibida en virtud de testamento otor­ga­do por su padre, sin que hasta el momen­to la Direc­ción Municipal de la Vivienda de Marianao, ni la Dirección Provincial de la Vi­vienda de La Ha­bana, dieran cumplimien­to al mandato ju­dicial, pese a las constantes so­licitudes realizadas en los departamentos de atención a la po­blación de las mentadas ins­tituciones y an­te la Fiscalía tanto municipal como provincial, sin solución alguna, y en tal sentido le comunicamos lo siguiente:

La Ley No. 65, Ley General de la Vivienda, establece en su artículo 124, tal y como quedó modificado por el Decreto Ley 322 de 31 de julio del 2014, del Consejo de Estado, que la ejecución de las resoluciones que dicten los tribunales aplicando las disposiciones de la pre­sente Ley o cualesquiera otras, relacionadas con las viviendas, se coordinan, según corresponda, por las Direcciones Municipales de la Vivienda o de Planificación Física, las que requerirán el auxilio de la Policía Nacio­nal Revo­lucionaria cuando fuere necesario.

Atendiendo a lo antes señalado y teniendo en cuenta sus alegaciones, le recomendamos dirigirse e insistir en el cumplimiento de lo dispuesto por el Tribunal, a la Dirección Muni­ci­pal de la Vivienda correspondiente, por ser el órgano facultado para tramitar su asunto. Asimismo, se le hace saber que el artículo siete de la Ley 83/97, Ley de la Fiscalía General de la República, establece como uno de sus objetivos restablecer la legalidad quebrantada y proteger a los ciudadanos en el ejercicio legítimo de sus derechos, por lo que también podrá dirigirse a esta institución, la cual cuenta con una Dirección de Pro­tección de los Derechos Ciudadanos, institución a la que, si bien se ha dirigido según nos relata en su misiva, debe in­sistir teniendo en cuenta la función que cumple como garante de la legalidad.

 

Lic. Ismary Castañeda Lima
Supervisora Principal
Tribunal Supremo Popular

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Lex dijo:

11

19 de agosto de 2016

15:22:56


Jamás pensé ver en mi vida una respuesta proviniente de un funcionario de tan distinguida instancia que peque tanto de burocráta, le ruego Licenciada me perdone, pero ud. es la 1ra que no hace cumplir todas las normativas legales a las que tan amablemente se refirió, pues nada impide que como supervisora que es tome cartas en el asunto.

marta martinez marrero dijo:

12

19 de agosto de 2016

16:15:19


Me pregunto como es posible que despues de tantos años, no se sepa de quien es la responsabilidad de aplicar la Ley, siento verguenza ajena, que sigamos sin hacer lo que le toca a cada quien,señores las Leyes se hacen para que se cumplan por todos, pero es desesperante ver como al nadie hacerse cargo de hacerlas cumplir, se hace tanto daño, pues cada día se pierde la credibilidad, en hacer justicia, pero si revisan veran como hay casos como este, que queda entre los trabajadores de estos lugares, que no cumplen con lo establecido, y por otro lado nadie revisa el personal que es como un cancer, con metastasi, como es los que inspeccionan, o investigan revisen a quien tienen asignado, da pena que sigamos sin hacer nada.

Luis L dijo:

13

19 de agosto de 2016

16:53:11


No me parece muy acertada la sugerencia del Tribunal Supremo de que "insista" para que se restituyan sus derechos.

michel dijo:

14

19 de agosto de 2016

22:58:18


es que leo y leo esta respuesta y ahun asi viendola, no creo que sea verdad lo expresado,señores ,ciudadanos cubanos todos,el tribunal supremo mandando a una persona vulnerada de sus derechos a que insista cuando les fueron vulnerados y esta acudio en busca de que se cumpla la ley,no se cumplio ,y el encargado de mantener la legalidad socialista de nuestro pueblo la manda a que insista,no jaja señor periodista aconsejo ,que como la respuesta de la gerente de carlos tercero ,que por favor mandar copia nuevamante no a esta supervisora ,que ya dio su respuesta ,si no al maximo representante de nuestro tribunal ,con los criterios de los lectores por supuesto a donde vamos a parar señores , preocupante lo de esta funcionaria saludos

luis dijo:

15

20 de agosto de 2016

00:22:15


La compaéra.Supervisora Principal del Tribunal Supremo Popular es la version femenina del personaje biblico Poncio Pilatos el que se lavo las manos y dejo a otros el problema. Me queda la duda de que si esta carta fue colegiada con el resto de las personas que tienen que ver con estos asuntos en el TSP o fue solo la accion de la Licenciada.