ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Zamira Mavin Triana, Déborah Rivas y Vladimir Regueiro Ale Foto: Anabel Díaz Mena

Varios han sido los usuarios de nuestra web que han intervenido con sus opiniones en cuanto a este tema, por lo cual los funcionarios del Estado, que están con nosotros comenzarán a esclarecer algunas de las inquietudes de quienes han participado en este espacio.

Les reiteramos que han accedido gentilmente a compartir con ustedes, los compañeros Zamira Marín Triana, viceministra del MTSS, Déborah Rivas Saavedra, directora general de inversión extranjera MINCEX y Vladimir Regueiro Ale, director de ingreso del MFP.

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Funcionarios dijo:

21

16 de diciembre de 2014

17:04:11


ETECSA y Aguas de la Habana S.A, ambas empresas con capital extranjero, aplican este régimen laboral y sus normas complementarias, como el resto de las modalidades de la inversión extranjera.

Sergio dijo:

22

16 de diciembre de 2014

17:07:01


Pero ahora si que se les fue la mano, y no son capaces de responder a las preguntas que saben no tienen respuestas. Es mas lo dejo porque me va a subir la presion

Funcionarios dijo:

23

16 de diciembre de 2014

17:08:00


La contribución especial a la seguridad social está establecida en la Ley 113, del Sistema Tributario, y se ha venido aplicando en los sectores donde se han producido incrementos salariales. En este caso se aplicará solamente a aquellos trabajadores cuyo incremento slarial supere los 200 CUP, y se exigirá desde un 1% hasta un 5%, proporcionalmente al total del nuevo salario percibido.

Funcionarios dijo:

24

16 de diciembre de 2014

17:11:08


La Contribución Especial a la Seguridad Social, que a partir de este incremento se aplica a los trabajadores vinculados a la inversión extranjera, es un pago que complementa los aportes de las empresas empleadoras y del Presupuesto del Estado, para financiar las prestaciones a corto y largo plazo de la seguridad social, derecho del que disfrutan todos los trabajadores del país.

Funcionarios dijo:

25

16 de diciembre de 2014

17:14:04


La empresa empleadora, además de garante de los derechos establecidos por el Código de Trabajo en el país, para todos los trabajadores, representa una oportunidad para los inversionistas extranjeros, al gestionar de manera especializada los recursos humanos idóneos de diferentes especialidades, que se requiren para el buen funcionamiento de las mismas.

Bl@ke dijo:

26

16 de diciembre de 2014

17:16:48


Ah pues segun entendi la empresa empleadora no utiliza la tasa de cambio de cadeca, por lo que percibe el pago de la fuerza de trabajo al 1 por 1 por lo que requiere de un respaldo del Presupuesto del Estado en CUP que cubra la aplicación del coeficiente. Ahora mi gran pregunta es "¿La diferencia a donde va?", pues al estado, todo es una cadena y el eslabon mas debil quien es........

El Ejemplo dijo:

27

16 de diciembre de 2014

17:16:50


Un poco más explícitos por favor, cComo el ejemplo: … por un operador de maquinaria la entidad con capital extranjero pagó a la empleadora 600 CUC, que incluye el 9,09% para sus vacaciones, por el suministro de esa fuerza de trabajo. Hasta la publicación de esta política, este trabajador percibía como salario lo fijado en la escala salarial única para este cargo, 355 CUP. A partir de estas nuevas normas, el salario de este trabajador será de 1 200 CUP… es que desconozco cuanto se paga por concepto de capital extranjero en estas dos entidades

Anar dijo:

28

16 de diciembre de 2014

17:23:28


me podrían explicar en caso de las empresas mixtas del sistema NO MARIEL, cómo será, y si la estimulación continúa en CUC o si será en CUP, la alimentación cómo será, si van a quitar estos.

ileana dijo:

29

16 de diciembre de 2014

17:27:46


Pero ETECSA desde el mes de marzo del 2011 no es una empresa con capital extranjero, pues el grupo de Telecomunicaciones italiano Telecom Italia cedió su parte de 27% del operador cubano Etecsa a la compañía de la isla Rafin S.A. por un monto de 706 millones de dólares (unos 518 millones de euros). A partir de entonces es una empresa 100% cubana. Que criterio entonces se utiliza para que ETECSA pueda aplicar esta nueva resolucion si no es una empresa extranjera?

Funcionarios dijo:

30

16 de diciembre de 2014

17:28:27


Sergio, le sugerimos que revise los argumentos y explicaciones brindadas sobre estas medidas aprobadas para beneficiar a los trabajadores del sector de la inversión extranjera, como continuidad de la política de incrementar sus ingresos, tal como se hizo con los de la salud y los deportistas. Para nada queremos se sienta mal. Si tiene más dudas, podemos responderlas en otra ocasión que coordinemos con los compañeros de Granma.

Funcionarios dijo:

31

16 de diciembre de 2014

17:29:19


Agradecemos a todos los foristas su participación y esperamos compartir en otra oportunidad.

Iris dijo:

32

16 de diciembre de 2014

17:53:52


Las leyes no son claras ,lo real es que si la empresa empleadora paga 600 CUC el trabajador tiene derecho a recibir ESA paga completa serian 14400 CUP porque el valor del CUC es 24 CUP por cada CUC,si cuba quiere ganancias esta bien pude ser un 15% de ESE total sino como quedamos un trabajador dedica esfuerzo igual que otro trabajador de la misma categoria para una empresa extranjera igual y recibe un tratamiento salarial discriminativo en su propio pais ,o sea le roban ,lo usan y se escudan trás las palabras engañosas de una ley que favorece a quien ?

RobertoV dijo:

33

16 de diciembre de 2014

18:03:38


Creo que hay cosas que se deben seguir explicando, todavía es confuso la tasa de cambio, no se acaba de entender lo que pagan las empresas por el trabajador con lo que este persive. ¿Y cuándo le subirán el slario a educación?

cubaneo dijo:

34

16 de diciembre de 2014

18:12:11


Quisiera q me pusieran esta respuesta para todo los cubano q no entienden y no saben lo q dicen yo vivo en usa aquí existen agencias q contratan trabajadores para otras compañías y lo q gana el trabajador es 3 o4 vesea meno lo q cone esa agencia mas aparte tienes q pagar impuesto al tío san y pagar seguro medico q en cuba no pagas y por todo lo q compras pagas impueto y si trabajo en una empresa el dueño si el trabajo vale 2000 peso a ti. Te pagan 100 eso es capitalismo y después tienes q pagar seguro medico y todo lo q compres hay q pagar impuesto

luis daniel dijo:

35

16 de diciembre de 2014

18:56:59


No seria mejor bajar el cambio de cadeca y no hacer estas medidas gubernamentales? Creen que esta es la solucion definitiva, dentro de poco habra una sola moneda, cambiaran las leyes?

luis daniel dijo:

36

16 de diciembre de 2014

19:03:30


De pronto me da la impresion que algo esta cambiando, funcionarios respondiendo, debatiendo, cuanto agradecemos esto, nuestros gobernantes deberian someterse a este tipo de debates... esto es parte de la democracia y puden saber que piensa el pueblo, sus inquietudes,etc... mil gracias y que se repita mil veces mas...

Humberto Chavez dijo:

37

16 de diciembre de 2014

19:38:57


Por mucho que se quiera explicar lo inexplicable, no convenceran a nadie porque lo correcto es que la contratacion se haga directamente entre el trabajador y la Firma o la empresa mixta y del salario devengado se paguen los impuestos establecidos. La intromission de la empresa empleadora con toda sinceridad es una forma de explotacion del estado al trabajador y eso no es lo que hemos defendido con tantos sacrificios los revolucionariosque hemos echado pie en tierra por nuestro socialismo durante tantos anos. Gracias Humberto Chavez

Mendez dijo:

38

16 de diciembre de 2014

21:02:30


Entiendo perfectamente la necesidad de pagar el Servicio Social, hasta cierto punto el 20% de las entidades empleadores (aunque es un poco alto debido a que estas entidades no deben tener ningun fin de lucro y con 5%, considero yo, que debe ser acorde), pero lo que si no entiendo es que cómo es posible que si una empresa extranjera que viene a invertir en Cuba, digamos en USD, solamente se multiplica por 2. No se mucho de economía pero digamos que esa misma empresa decidiera pagar 200 dolares (que es algo ridiculamente poco) a un trabajador. -De ese salario descontemosle el 10% de la entidad empleadorea, eso quedaría 180 USD. -De esos 180 USD se le aplica el 14% por Seguridad Social, eso reduce a 154.8 USD. -Aplicandole el coeficiente 2 acumula a la suma 309.6 (un salario bajo en las condiciones actuales que existen en el país). Pero no nos alejaremos de ese mismo dato de los 200 USD, conviertiendole en CUC (creo que es aplicando el 20%) y despues en CUP, daria 160 CUC (O sea 4000 CUP). Dando una diferencia porcentual de solamente 7.725% del salario total. Pero sigamos un poco mas adelante, digamos que la empresa decide pagar 1000 USD, aqui se pone mas interesante. -Con el decuento de la casa empleadora: 900 USD (100 USD menos), -Con el descuento de la seguridad social: 714 USD (126 USD menos), -Con el coeficiente de multiplicación:1428 CUP (un salario que quizas deje respirar). Pero hagammos la conversión real. 1000 USD en CUC: 800 CUC (aplicando el 20%), llevandolo a CUP: 20 000 CUP (20 mil). Eso da un factor porcentual de 7.14% del salario real. Pero sigamos jugando con la madre de las ciencias, digamos que el salario sea de 2000 USD (un salario respetable), -aplicando el descuento de la casa empleadora: 1800 USD (menos 200USD) -aplicando el seguro social: 1548 USD (menos 252 USD) - multiplicando por el coeficiente: 3096 CUP (Un salario sustentable). Pero vayamos a la conversión formal... 2000USD en CUC (aplicando el 20%): 1600 CUC, conviertiendole en CUP: 40 000 CUP (40 mil). Dando un porcentuaje de: 7.74% del real. Mis preguntas son las siguientes: 1-Cómo es posible que el cubano solamente reciba alrededor el 8% del salario total. 2-Dónde a va a parar el resto del 92% 3-Si el cubano es capaz de ganar sumas de dinero acorde a los pagos en el mundo exterior, necesitaria irse del pais por cuestiones economica? 4-Cómo sería el estado de ánimo del cubano al ver que su trabajo es considerado como una obra de mano baratísima y generalmente con instrucción. 5-Qué efecto pudiera tener en la economía que el cubano ganase su dinero honradamente y mediante el consumo interno circulara ese dinero en al país. 6-Qué beneficios, en órdenes práctico, le traería al pueblo cubano la inversión de capital, si relamente solo ve un pequeñisimo por ciento de salario total. 7-Esta multiplicación por el coeficiente 2 no es a la larga otra historia de tener dos monedas con 25 CUP de diferencia.

Rogelio Ordaz dijo:

39

16 de diciembre de 2014

21:12:33


Humberto, mis respetos por su comentario de letra con filo como la practicaba nuestro Canciller de la Dignidad, porque desde antes del asalto al Cuartel Moncada,el lider de la generacion del centenario denuncio en la prensa capitalista de Cuba la despiadada forma que se practicaba en nuestro pais de la explotacion del hombre sobre el hombre, mas sin embargo despues de hacer una revolucion que en sus inicios costo la vida de mas de 20 mil cubanos y hemos sido capaces de enfrentar al imperio mas poderoso y salir victorioso con muchos sacrificios de todo un pueblo, no puedo entender que funcionarios que deben defender los derechos de nuestro pueblo, justifiquen tal forma de discriminacion que de seguro no favoreceran nuestras necesidades fundamentales pues no existe claridad en las recaudaciones que se obtienen de estos "negocios". Gracias Rogelio Ordaz

Armando Casas dijo:

40

16 de diciembre de 2014

21:13:23


cubaneo, vamos a no tergiversar. En USA existen agencias de empleo para contratar mano de obra temporal y de baja/media calificacion. Ninguna empresa en USA contrata ingenieros, especialistas o managers a traves de una agencia de empleo temporal. Esos trabajadores, que son considerados calificados, negocian su propio salario con la empresa que les contrata, sin intermediarios. Por supuesto que el objetivo una empresa es obtener ganacias, por lo tanto siempre se espera que un puesto de trabajo, directa o indirectamente produzca mas que el costo que genera. Y si claro, el pago de impuestos no se puede obviar, pero eso existe en todo el mundo. De que otra manera habria policia, bomberos y servicios de emergencia?