ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Los propietarios de los inmuebles tienen derecho a decidir libremente quienes vivirán con ellos, y a su vez, la facultad de dar por terminada la convivencia. Bastaría manifestar ese deseo, pues no necesitan aprobación de ninguna autoridad.

Sin embargo, algunos convivientes (personas que residen con el titular aun sin tener relación de parentesco con él y forman parte del núcleo familiar), pretenden permanecer en la vivienda contra la voluntad de su dueño.

Ante esta situación el propietario puede solicitar el cese de convivencia ante la Dirección Municipal de la Vivienda (DMV) del territorio donde está enclavado el inmueble, refiere Lázaro Ernesto González Cardoso, licenciado en Derecho y especialista jurídico de la DMV de Centro Habana, en la capital.

De inmediato, agrega, se abre un expediente y los inspectores proceden a verificar lo expuesto en el escrito; a la par, el conviviente es emplazado para contestar, lo que podrá hacer por sí mismo o representado por un abogado de Bufetes Colectivos. Finalmente se dicta una resolución. Contra lo dispuesto en ella, la parte afectada puede interponer una demanda ante la Sala de lo Civil y de lo Administrativo del tribunal provincial popular correspondiente.

-Si la resolución declara el cese de convivencia y aun así el individuo no abandona la casa, ¿qué hacer?

La persona cuenta con 30 días a partir de que se le notifica la resolución para abandonar el inmueble. De no hacerlo se le empieza a descontar mensualmente el 30 por ciento de su salario por el uso no autorizado del inmueble. De mantenerse esa situación por tres meses, las retenciones se elevarán al 50 por ciento hasta que ejecute lo dispuesto. Si se trata de personas antisociales, sin vínculo laboral, podrán ser extraídos por la fuerza pública.

-¿La facultad del propietario de dar por terminada la convivencia puede ejercerla contra todas las personas?

Existen algunas excepciones: no puede extraer de su casa a sus ascendientes y descendientes ni a la madre de sus hijos siempre que ella tenga la guarda y cuidado de los mismos y no tuviera otro lugar de residencia.

Esta facultad tampoco la podrá ejercer contra una madre con hijos menores que lleven 3 años o más ocupando el inmueble y no tuvieran otro donde vivir o ancianos en iguales condiciones.

También la legislación autoriza a los funcionarios competentes a denegar el cese de convivencia en situaciones que constituyan una manifiesta injusticia o un acto inhumano.

-En el caso de ciudadanos que han construido ampliaciones en la vivienda con autorización del dueño, ¿puede este pedirles que se marchen?

No podrá hacerlo si la ampliación se realizó antes de promulgarse la Ley General de la Vivienda (diciembre de 1988). Tampoco podrá sacar del inmueble a las personas que con antelación a esa fecha contribuyeron a su adquisición o reconstrucción o eran convivientes del propietario anterior quien falleció o salió del país o aquellos residentes en el lugar desde antes del 14 de octubre de 1960.

-Si el propietario reside con personas especialmente protegidas por la ley (anteriormente mencionadas) y por determinadas circunstancias desea separarse de ellos, ¿qué alternativas tiene?

Permutar por dos inmuebles o efectuar la división obligatoria de la vivienda.

-¿Tienen derecho los convivientes a negarse a permutar?

Ellos han de atenerse a la decisión del propietario. Pero si la vivienda para la cual deberán ir a residir no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad, pueden ponerlo en conocimiento de los funcionarios de la DMV correspondiente quienes comprobarán estos extremos y para ello solicitarán a la Dirección de Arquitectura y Urbanismo el dictamen técnico del local. Si resulta habitable, se accederá a la permuta, para lo cual tendrán en cuenta, además, que la vivienda resulte adecuada al núcleo familiar que la ocupará.

-¿Los titulares de cuartos o habitaciones y de viviendas otorgadas en arrendamiento pueden solicitar el cese de convivencia?

Sí, los usufructuarios gratuitos y los arrendatarios están autorizados a hacerlo, con las mismas condiciones -anteriormente explicadas- que los propietarios.

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Gabriela Escobar Peñalver dijo:

101

18 de febrero de 2022

21:07:13


Hola buenas yo tengo una duda y es muy urgente para mí q me ayuden yo llevo 4 años con mi pareja y desde el principio mis padres se opusieron a que estuviese con él y a que visitará mi casa con el paso del tiempo permitieron más o menos q siguiera con el pero todavía no dejan q visite mi casa después de 4 años no puede ni sentarse en la sala y cuando lo ven en mi casa me han llegado a votar a mi de ella solo quiero saber si hay alguna forma o ley que demuestre que él puede entrar a mi casa normalmente aunque ellos se opongan

Yasmani dijo:

102

19 de febrero de 2022

21:11:30


En mi casa vivimos mi madre, mi hermano, mi papá y yo, hace más de 10 años, pero mi padre y mi mamá se divorciaron hace más de 5 años o sea que mi papá hace más de 5 años no vive en la casa porque él vive con su esposa, pero todavía el está en la libreta y es el propietario de la vivienda, aún así sin vivir con nosotros hace más de 5 años repito, pero la cuestión es la siguiente, mi madre fellecio y estoy yo sola conviviendo con mi hermano q ahora está pasando su servicio militar pero bueno somos yo y el, desde hace varios meses ya eh venido fomentando problemas con mi padre que aún así sin el vivir en la casa hace más de 5 años dice que él puede sacarme para la calle y botarme porque el dueño es el y la casa es de el, La pregunta es la siguiente si él no vive hace años en la casa el aún así tiene derecho de hacer semejante cosa, o yo puedo dirigirme hacia algún abogado para que permute la casa o la divida en dos o automáticamente al no convivir en ella hace más de 5 años pierde el derecho de la propiedad de la casa gracias

Merys dijo:

103

9 de marzo de 2022

15:19:02


Desde el 2020 mis padre me hicieron donación de la vivienda, pero hace 5 años mi mama falleció y mi papa llevo a vivir una mujer a la casa, quisiera saber si esa persona tiene algún derecho por el tiempo de convivencia.

Viunis Vega Ballart dijo:

104

10 de marzo de 2022

07:01:49


Hola, yo compré una casa En la habana vieja, vivía en Italia y me respatrié tengos mis derechos aquí en Cuba, pero hace 3 años fui a Ee.Uu y tube una bebé allá, una prima y su marido me cuidan aquí mi casa, y causa del virus ahora fue que pude venir pero devo ir y venir!! Mi prima tiene una sobrina embarazada que no vive en mi casa pero sospecho que cuando tenga el bebe estará en mi casa porque necesitará ayuda, Eso es algún problema o ella tendrá algún derecho o su bebé a mi casa? No quisiera que si yo voy a vender luego me creen problemas..por favor saquenme de dudas gracias

Nelson Luis Pérez dijo:

105

12 de marzo de 2022

09:06:14


Buenas , Mi esposo quedó con expediente abierto de una vivienda donde dividieron el núcleo en dos, un apto se entregó hace 6 años a la madre y hermanos pero el faltó y el propietario que de echo ya falleció. Vivienda dió un papel donde dice que el único que tiene derecho a estar en esa vivienda hasta que le le reubique es el pero no estante los mismo beneficiados regresaron entraron por la.fuerza y a él no lo dejan estar ahy. Los.mismo que le dieron casa están ocupando la otra y tampoco se hicieron cambio de dirección y usando al señor de 98 años ciego ante morir la señora con un poder piso en la dirección a más personas incluso e ya después del acuerdo firmado hace años y un apto entregado en el cual ella se ajudico esa propiedad pero nunca pasó a un hijo que es de los beneficiarios a la dirección para dejarlo en el mismo inmueble y ahora hacer esto que están haciendo. ¿Cómo se le puede dar baja de la dirección y de la libreta a estas personas si el documento dice el es el único que puede estar ahy. El sin tener la propiedad con ese papel puede hacer cece de convienecia

Yorlensy dijo:

106

12 de marzo de 2022

23:44:29


En mi caso yo vivo en la casa de mi prima que ella me presto y tuve un par de jimaguitad con una muchacha que conocí y vivíamos alquilados y por problemas de humanidad cuando comenzó la pandemia hable con mi prima para que me prestara la casa para estar con mis hijas y la madre de las niñas seguro y de hace un tiempo atras se me a echo difícil vivir con la madre de las niñas y ella me amenaza ahora que le pertenece la casa , que debo hacer ??? , gracias

Yara dijo:

107

13 de marzo de 2022

23:45:01


Hola . Me gustaría q me orientarán a cerca de una situación por la q estoy pasando. Soy nacida y criada en la casa de mi madre antiguamente era la casa de mis abuelos, tengo 2 niños nacidos también en dicha casa o vivienda . Nunca he vivido en otro lugar q no sea en mi casa al igual mis hijos , salí de mi casa con mis niños por unos meses con mi pareja a cuidar de la casa de su madre porque se encontraba fuera del país , al regresar la madre de mi pareja a su casa ,regreso yo a la mía con mis niños y mi madre no me lo permite . Mi casa es bien grande de 2 pisos independientes las 2 pero con una sola propiedad es decir 2 casas q resan en una , yo vivía abajo y mi madre arriba. En el tiempo q estuve fuera mi madre se mete en la casa de abajo hace un desloce y pone la propiedad de arriba a nombre de su esposo . Estoy rodando todo Camagüey con mis 2 hijos de alquileres en alquileres por q ella dice q perdí el derecho a la convivencia y a la casa desde la hora impunto q me fui. En verdad no sé q hacer con esta situación y si ella teniendo una 1hija ,con 2 nietos y dos viviendas divisibles ,puede poner 1 a nombre de su esposo q solo lleva 6 años con el y no casados por la ley y dejarme en la calle con mis 2 hijos. Muchas gracias. Necesito ayuda por favor.

José Batista Batista dijo:

108

20 de marzo de 2022

08:54:58


¿Tienen derecho los hijos que viven en el exterior definitivamente sobre la propiedad de la vivienda,aún cuando los padres deciden salir definitivamente del país?

Armando dijo:

109

28 de marzo de 2022

13:40:33


Si yo tengo la herencia de los dueños de la casa a mi nombre en una notaría q pudo hacer

Armando dijo:

110

28 de marzo de 2022

13:42:22


Y si yo no estoy viviendo mi casa porq mi niña su papá está en una escuela especial y además los q viven no se quieren ir q hago

Hassan Amet dijo:

111

29 de marzo de 2022

22:13:19


Q derechos tengo como hijo y conviviente de la casa lo q no estoy en la propiedad

Karina dijo:

112

27 de abril de 2022

00:17:54


Yo y mi mamá vivimos juntas ,no tenemos buena relación y me quiere sacar de la casa,estoy embarazada y no tengo casa,q puedo hacer?

Lisandra dijo:

113

16 de junio de 2022

12:00:47


Que derechos tiene un bebé que la madre se a hecho cambio de dirección permanente y este nace con dicha dirección

Jesús dijo:

114

16 de junio de 2022

19:32:31


Mi mamá tiene 79años y es la propietaria de su vivienda,vive sola con un hermano mío que la maltrata física y psicológicamente,se le adecuó un cuarto,baño y cocina,con más de 36m cuadrados,se dividió el patio con un muro perimetral de 1.80m y al salir de prisión lo ha ido desarmando y vendiendo los bloques,tiene una acusación policial por maltrato a la propiedad,dónde lo detuvieron el día 3y4de mayo,tengo vídeo de ese día el nivel de rotura,luego de esto ha continuado desarmando el muro,la policía dice que esto es problema de la vivienda que ellos nada pueden hacer ,que como es familia èl puede seguir rompiendo,tiene amenazada a mi mamá,le coje los productos de la canasta básica,retiene la libreta de abastecimiento,no le permite ingresar a su casa porque rompió un candado y colocó otro que solo él tiene llave,a mi también me tiene amenazado a muerte;mi pregunta es:¿Podrá proceder un cese de convivencia en su contra bajo estas condiciones que son excepcionales?mi mamá ya lo solicitó en vivienda.mi hermano se opone a que vallan los impectores para actualizar,el tiene 58años de edad y es violento,su expediente delictivo así lo muestra.gracias.esto es un resumen.

Yilen dijo:

115

18 de junio de 2022

20:15:19


Hola mi marido compro la casa cuando nos juntamos pq legalmente no estamos casados y ahora el me quiere sacar después de cinco años de convivencia qué puedo hacer ?

Hissel Lamanier dijo:

116

22 de junio de 2022

17:18:41


En mi caso mi padrastro me dejó su casa en testamento un sobrino que tiene la dirección y está en la libreta pero que jamás ha vivido la casa el mismo día del entierro rompió toda la seguridad de la casa y se metió, dice él que le pertenece porque es familia y yo no que soy la heredera, hice demanda por ocupante ilegal que fue lo que me recomendó la abogada, pero llevo un año en esto y desde finales de año falta la firma del director de vivienda y no se da respuesta alguna, que debo hacer porque mi abogada tampoco aporta mucho por eso voy a cambiarla, la casa está ubicada en Santiago de cuba. Saludos

Dainelys dijo:

117

23 de junio de 2022

01:13:03


Hola soy conviene de un apartamento hace 14 años la propietaria se fue del país hace 12 años dejando a mi abuela al pendiente del apartamento y pone en manos de mi abuela la propiedad del inmueble aún a su nombre, a mi abuela le negaron el cambio de concepto par de veces alegando que no había parentesco ni consanguinidad entre ambas. Mi abuela vivió con la señora dueña del apartamento desde el año 2005 hasta el 2011 que la señora emigró del país quedándose en el apartamento, yo me voy a vivir con ambas en el año 2008 y mi tío el hijo mayor de mi abuela viene a vivir con nosotras en el año 2010; mi abuela falleció lamentablemente el 9 de mayo del 2021 sin poder poner la propiedad a su nombre y ahora nosotros queremos legalizar la propiedad. Acaso no tenemos derecho a la vivienda? Que requisitos tenemos que cumplir para poder ser propietarios?

María Montano Ramos dijo:

118

24 de junio de 2022

09:30:32


Buenos días yo soy propietaria de una vivienda y quisiera Sagar Hu al hijo de una sobrina que vino acupar mi caraje hace dos años porque su madre lo metió a vivir ay sin conocimiento mío y a la vez las relaciones familiares no no muy grata su madre y su padre tiene vivienda como propietaria que debo hacer

Luis Miguel dijo:

119

3 de julio de 2022

22:28:48


Soy conviviente de mi casa en la cual vivo desde que tengo 1 año de edad O sea hace 29 año, sali en un viaje de turismo por 3ra vez y al regresar el propietario que vive en españa mas de 15 años venia cada 2 año para no perder el derecho sobre la misma aprovecho mi viaje y vendio el inmueble dejandome completamente en la calle sin tener donde vivir que derechos puedo tener ya que es mi direccion actual y estoy quedandome en casa de amistades Gracias

Javier dijo:

120

3 de julio de 2022

23:08:30


Mi padre era el propietario de un inmueble junto con un tío mío q aún es vivo// tengo otro tío q siempre a vivido en el inmueble/ el no aparece en la propiedad de la casa/ pero tiene un testamento a favor de él en otro inmueble/ queremos vender la casa pero el no quiere salir del inmueble/ que debo hacer?? La ley lo protege? El no permite q yo viva en la casa/