ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
 
Desde el próximo 25 de noviembre y hasta el 29 de febrero de 2020 será la primera etapa del proceso de inscripción general de los ciclomotores que circulan en el país, según estableció la Resolución 35/2019 del Ministerio del Interior, publicada en la Gaceta Oficial de la República No. 79 ordinaria. Para esta fecha se convoca a las personas naturales poseedoras de ciclomotores de combustión interna.
El teniente coronel Mario Ríos Labrada, jefe del Departamento Nacional de Registro de Vehículo de la Dirección Nacional de Tránsito, explicó este miércoles que, teniendo en cuenta que los medios que se asentarán en la primera etapa violaron las normas de importación, su inscripción es excepcional y por única vez, por ello están obligados a concurrir en este término, y los que no lo hagan pierden la oportunidad de regularizarse, por lo que no serán inscriptos y, por tanto, no podrán circular.
 
Detalló que para una segunda etapa (desde el 2 de marzo hasta el 30 de abril de 2020) se convoca a las personas jurídicas poseedoras de ciclomotores de combustión interna, incluido el sector diplomático; para la tercera (desde el 4 de mayo de 2020 hasta el 27 febrero de 2021) a las personas naturales poseedoras de ciclomotores eléctricos, y una cuarta y última (desde el 1ro. de marzo hasta el 31 de mayo de 2021) a las personas jurídicas poseedoras de ciclomotores eléctricos, incluido el sector diplomático.
 
Ríos Labrada precisó que para cumplir con este cronograma cada provincia realizará la convocatoria por municipios, lo que se divulgará en los medios locales. Además, se brindará servicio ambulatorio a los municipios lejanos, y en el caso de la capital, se identificarán centros con alta concentración de ciclomotores para dar el servicio en ellos. Igualmente, en La Habana, y en otras capitales provinciales que lo necesiten, se aplicará un sistema de reservación de turnos por vía telefónica o presencial.
 
Una vez concluido la convocatoria en cada municipio, en cada etapa, solo podrán circular los ciclomotores que hayan realizado la inscripción y por tanto posean las chapas de identificación, precisó el directivo, quien añadió que se mantienen los trámites del resto del parque vehicular en los días y horarios habituales.
 
Al precisar cuáles ciclomotores se inscribirán, Ríos Labrada detalló que serán todos aquellos con apariencia de motocicleta o de bicicletas eléctricas, así como los de tres y cuatro ruedas. No se inscriben, las carriolas eléctricas, bicicletas eléctricas de juguete y los segway (vehículo de transporte ligero giroscópico eléctrico de dos ruedas), estos deben cumplir el artículo 117 de la Ley 109 Código de Seguridad Vial, es decir, no podrán circular por la calzada, y deben hacerlo en zonas de recreación o en vías cerradas a tal efecto.
 
Tampoco de inscriben las sillas de rueda eléctricas, ya que a los efectos de la ley, son medios auxiliares de los peatones discapacitados, ni los ciclomotores construidos mediante en ensamblaje de partes y piezas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 229 de la Ley 109, los vinculados con delitos o que estén circulados, se trasladaran a la Unidad de la Policía, para la investigación y procesamiento.
 
En la lista de los que tampoco se inscriben están los que al consultar el Sistema Automatizado de Registro de Vehículos se detecten que están inscriptos o fueron dados de baja. En este caso, se ocuparán y serán entregados al Grupo de Enfrentamiento para la investigación.
 
Requisitos para la inscripción
 
—Presentar el ciclomotor para realizar inspección, en buen estado técnico y de limpieza (Debe tener en buen estado el aditamento para la colocación de la chapa).
 
—Llevar 45.00 pesos en sellos de timbre: $40.00 por la inscripción inicial (Incluye la licencia de circulación y chapa de identificación) y 5.00 por la pegatina.
 
—Entregar la documentación correspondiente: Factura de compra o contrato de compraventa emitido por la entidad comercializadora, para los adquiridos en el país, modelo de s
COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Yoleisi Nápoles Perez dijo:

26

10 de noviembre de 2019

12:29:36


Hola tengo una gran inquietud sobre la legalización de las motos. Me pudieran decir si las motonetas o motorinas de 150 cc serán legalizadas. En espera de su respuesta

Camila dijo:

27

12 de noviembre de 2019

19:24:26


Alguien me puede decir si van a ponerle chapa a las motos de 150cc

ALEX dijo:

28

13 de noviembre de 2019

09:19:16


Hola buenos días mi duda es igual a la d muchos se legalizaran las italikas 150 cc y en ese caso q documento hay q presentar la factura d compra en el país d origen ???? Gracias

Maritza Pérez Reguera dijo:

29

13 de noviembre de 2019

18:42:36


Yo poseo una Moto de 49 cc Marca Honda que es Antigua y El documents que poseo esta emitido por El Vomited Estatal de Finanzas Direction General de la Aduana Declaración de importation de tripulante en fecha 9 de febrero de 1997 tengo que legalization en esta primers etapa

David dijo:

30

13 de noviembre de 2019

22:53:59


Hola tengo la misma duda sobre las motos Italikas de 150cc, q pasara con ellas? Gracias!!!