ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Zamira Mavin Triana, Déborah Rivas y Vladimir Regueiro Ale Foto: Anabel Díaz

Varios han sido los usuarios de nuestra web que han intervenido con sus opiniones en cuanto a este tema, por lo cual los funcionarios del Estado, que están con nosotros comenzarán a esclarecer algunas de las inquietudes de quienes han participado en este espacio.

Les reiteramos que han accedido gentilmente a compartir con ustedes, los compañeros Zamira Marín Triana, viceministra del MTSS, Déborah Rivas Saavedra, directora general de inversión extranjera MINCEX y Vladimir Regueiro Ale, director de ingreso del MFP.

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Funcionarios dijo:

6

16 de diciembre de 2014

16:27:00


Estas medidas se establecen a partir de la existencia de la dualidad monetaria, cuando se disponga la unificación monetaria, para los trabajadores vinculados a la inversión extranjera se establecerán nuevas normativas. En el escenario actual las relaciones interempresariales, como es el caso de la empleadora y la entidad con capital extranjero, funcionan un tipo de cambio de 1 cuc-1cup. Los valores entre las empresas se generan y registran bajo esa condición.

leana dijo:

7

16 de diciembre de 2014

16:27:37


En el caso de la ZDEM se establecio que el pago iba a ser el 80% del salario pactado entre la entidad extranjera y la empresa empleadora correspondiente en CUP y al cambio de 1x10. Esta nueva medida de pagar 2 CUP x 1 USD elimina la anterior regulación?

Funcionarios dijo:

8

16 de diciembre de 2014

16:35:24


Destacamos que la Ley 118 mantiene la estimulación en CUC para los trabajadores de las entidades con capital extranjero que hasta ahora la tienen aprobada; monto adicional al pago del salario mensual, que continuarían recibiendo. Si existe otro sistema de pago por rendimiento aprobado, también se continúa recibiendo por los trabajadores.

JoseL dijo:

9

16 de diciembre de 2014

16:38:28


El empleado necesita cambiar su salario recibido en CUP a CUC, a un tasa de 25 x1 para comparar la mayoria de las cosas,mientras el dinero que en CUC les paga la empresa extranjera,el estado lo toma y se lo devuelve al empleado a una tasa de 2x1,quedandose con el 91.5% del valor de su salario.Esto no lo he visto en ningun lugar del mundo ni en ninguna epoca en CUBA.Con esto solo se estimula la vagancia,se desistimula la inversion y la falta de fe en un sistema que se supone existe para defender los derechos de los trabajadores,incluyendo el mas sagrado de todo:El respeto a su salario

Funcionarios dijo:

10

16 de diciembre de 2014

16:41:03


En la Zona Especial de Desarrollo Mariel, ZEDM el régimen laboral parte de las mismas bases establecidas en sus normas complementarias. La diferencia radica en que se aplica un coeficiente de 10, pero en ninguno de los 2 casos, el valor de hasta el 20% para el pago de la gestión de las empleadoras, es un descuento o se deduce del salario de los trabajadores.