ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
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Se establece el salario mínimo del país en 2 100 pesos mensuales. Foto: José Manuel Correa

Por el Decreto-Ley 17 «De la implementación del Proceso de Ordenamiento Monetario», del 24 de noviembre de 2020, se dispone la unificación monetaria y cambiaria, y la transformación en la distribución de los ingresos de la población en lo referido a los salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social.

Como parte de este ordenamiento, se establece el salario mínimo del país en 2 100 pesos mensuales, además de aprobarse la escala y tarifas salariales siguientes, de aplicación a todos los trabajadores:

Foto: Granma

Las categorías ocupacionales se ubican en los grupos de la escala siguientes:

a) las ocupaciones de trabajadores de servicios desde el grupo I al VI.
b) las ocupaciones de trabajadores administrativos, desde el grupo III al VII.
c) las ocupaciones de operarios, desde el grupo II al VIII.
d) los cargos técnicos desde el grupo VII al XXV.
e) los cargos de cuadros desde el grupo XVII hasta el XXXII.

De igual modo, se establece para los recién graduados durante el periodo de cumplimiento del Servicio Social, cuando no ocupan plazas, grupos de complejidad de la escala salarial según el nivel que tengan: Medio Superior (VII); Técnico Superior (XII); y Nivel Superior (XIII).

Por otra parte, se establecen los grupos de complejidad de los cargos técnicos según el requisito de calificación de nivel medio superior o nivel superior, que en ambos casos se incrementa.

También se mantienen los pagos adicionales mensuales siguientes:

  • Por condiciones laborales anormales (CLA), según lo regulado en normas específicas con las tarifas por horas de exposición.
  • Por trabajar en turnos nocturnos y mixtos.
  • Por ostentar la categoría de Máster o la Especialidad equivalente reconocida por el Ministerio de Educación Superior, 440 pesos, y por el grado científico de Doctor, 825 pesos, los que se reciben por una sola titulación, siempre que los profesionales desempeñen un cargo con exigencias de nivel universitario.
  • Coeficiente de interés económico social del 30 % del salario básico para los trabajadores que laboran en el municipio de Caimanera, provincia de Guantánamo.
  • Para profesiones certificadas internacionalmente, 685 pesos.
  • Por impartir docencia en Salud Pública, para estomatólogos, médicos, y otros profesionales que no ocupan plazas docentes.

Se añade dejar sin efecto los sistemas de pago que se aplican a todos los trabajadores del sector presupuestado, con excepción de los aprobados para la producción y realización de programas de radio y tv, estudios de animación y en el proceso de realización de obras audiovisuales, que se adecuan, según normas específicas; además de dejar sin efecto otros pagos adicionales mensuales, que se detallan en la Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 69.

Se eliminan las dispensas salariales y se dejan sin efecto las autorizadas hasta la fecha; mientras que el salario de los cuadros de las unidades organizativas que realizan funciones comunes se fija en un grupo de complejidad inferior al de los que realizan funciones específicas.

Este proceso incluye, además, el establecimiento del salario de los especialistas nacionales de los organismos de la Administración Central del Estado que realizan funciones globales, en un grupo de complejidad superior al de los especialistas de los organismos rectores de rama y actividades, según se regula en el nomenclador de cargos aprobado; así como el del Presidente o Director General en las organizaciones superiores de Dirección Empresarial en el grupo XXIX de la escala de complejidad.

En los grupos empresariales integrados a las organizaciones superiores de dirección empresarial, y los subordinados a los órganos locales del Poder Popular, se establece el grupo xxvii para el jefe máximo; y el salario de los cuadros del primer nivel de dirección de las empresas se define a partir de su categoría, en los grupos de la escala de complejidad: Categoría Especial (XXVI); Categoría I (XXV); Categoría II (XXIV); y Categoría III (XXIII).

Estas categorías se desglosan de la siguiente manera:

a) Categoría especial: Empresas de Alta Tecnología.
b) Categoría I: Empresas que actualmente poseen la Especial y la I.
c) Categoría II: Empresas que actualmente poseen esta categoría.
d) Categoría III: Empresas que actualmente poseen la III y la IV.

El salario escala del resto de los cargos de cuadros de las oficinas centrales y de las unidades empresariales de base, se aprueba por el jefe de la organización superior de Dirección Empresarial o empresa, y sin incongruencias salariales.

Los salarios de los directivos en las fundaciones y asociaciones se mantienen en el grupo de complejidad en que se encuentran ubicados al momento de la reforma general de salarios; en tanto, la autoridad facultada para aprobar la plantilla de cargos de una entidad, determina el salario de los trabajadores que se desempeñan como jefes de brigada, y otros cargos no categorizados como cuadros, quienes llevan un tratamiento salarial específico.

Asimismo, se decide aprobar para el cargo de Secretaria Ejecutiva, según el nivel que asiste, el pago de 3 410 pesos mensuales en el caso de asistir a directivos superiores, y de 3 260 pesos mensuales a las que asisten a Directivos y ejecutivos cuando corresponda; mientras que para los Encargados de Almacén pertenecientes a las categorías ocupacionales de técnico y trabajadores de servicios, su salario se determina según su clasificación: (a: 2 810 pesos mensuales; b: 2 660 pesos mensuales; y c: 2 540 mensuales).

Se especifica que se va a mantener el pago por horario irregular por una jornada de 240 horas mensuales para los trabajadores que ocupan el cargo de Chofer, que por las características del trabajo laboran más de ocho horas diarias; con el pago de horas extras que se dejan de percibir cuando se deje de laborar en estas condiciones.

En tanto, el pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social se realizará, según lo establecido por el Ministro de Finanzas y Precios; al mismo tiempo que se señala en las disposiciones generales, mantener, excepcionalmente, los ingresos que reciben los trabajadores en cuantías superiores a las que resulten del incremento dispuesto, mientras permanezcan en el cargo que desempeñan al momento de aplicar la reforma general de salarios.

Dentro de las disposiciones transitorias queda definido, además, que los trabajadores que se encuentran devengando la garantía salarial por interrupción laboral al momento de implementar la reforma general de salarios, se les modifica su cuantía, a partir de aplicar al nuevo salario el porciento que corresponde.

LINEAMIENTO NO. 40

«Concluir el proceso de unificación monetaria y cambiaria como un paso decisivo en el ordenamiento monetario del país».

Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución.

CAPÍTULO 1: LOS PRINCIPIOS QUE SUSTENTAN EL MODELO Y SUS PRINCIPALES TRANSFORMACIONES

«Transformar integralmente el Sistema de Dirección del Desarrollo Económico y Social con la planificación como su componente principal. Se combina su carácter centralizado con la descentralización y autonomía requeridas en las instancias intermedias y de base, así como la utilización conjunta de instrumentos directos e indirectos de dirección, lo que implica el rediseño integral de los subsistemas monetario, cambiario, tributario, crediticio, de precios, de salarios y demás ingresos de los ciudadanos».

Conceptualización del Modelo Económico y Social Cubano de Desarrollo Socialista

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Yamira montes de oca dijo:

101

7 de enero de 2021

21:53:19


Yo soy administradora en una escuela de idiomas pero ahora paso a ser aux de economía pero con el mismo contenido de trabajo, y no entiendo pork me van a pagar tan poco, cuando mi trabajo requiere de responsabilidades, sobre todo xk entre uno de los contenidos k tengo es el salario de trabajadores y el cobro de los estudiantes de idiomas, ademas tengo k hacer depósitos en el banco varias veces en el mes k eso es mas k responsabilidad, sin contar k llevo los medios básicos, control de asistencia de los trabajadores, plantilla, chequeos médico, contratos, el modelo 9-21 control de pagos por alumnos, chequeras de cobros. Bueno como pueden ver tengo un contenido complejo, y mi pregunta es como un custodio va a ganar mas k no lleva contenido de trabajo, como un dependiente de almacen con un almacen chico sin casi nada va a tener un salario mas elevados k el mio. Por favor hay k analizar bien el contenido con el salario pork no todas las escuelas llevan el mismo proceso de trabajo

Sandra dijo:

102

9 de enero de 2021

14:47:39


Cuando puedo saber sus respuestas

Leonor Machado Pérez dijo:

103

10 de enero de 2021

15:02:24


Buenos días .Me dirijo a ustedes para tratar de esclarecer mi duda acerca de cuál va a ser mi salario apartir de este mes de Enero.Yo soy Encargada de Almacén de una Unidad de la EPEA desde el año 2002 donde mi salario era 231$ en el grupo IX de Categoría D hasta el año 2005 donde comienzo a cobrar 385$ en el grupo XII de Categoría D.En el año 2007 deciden cambiar por Res 165 y me bajan el grupo a VI y la categoría S es decir a trabajador de servicio.Por lo que me dividen el salario en 260$ de salario básico y 125$ de dispensa salarial.En el año 2012 me vuelven a cambiar la categoría y paso a ser categoría O (Obrero) según todos estos cambios han sido por cambio en la estructura.Yo desde el año 2014 hasta el año 2015 desempeñe el cargo de Administradora de mi Unidad pero desde mi cargo de Encargada de Almacén y por necesidades de nuestra Empresa.Por lo que se me pagó todo este tiempo la diferencia salarial de 385$ a 440$ que es el salario de un Administrador que se encuentra en el grupo XV y categoría S.Desde el año 2015 hasta la fecha sigo en mi cargo de Encargada de Almacén con el grupo VI y la categoría S y con mi salario Basico de 260$ más la dispensa salarial de 125$.Y ahora se me informa que voy a cobrar a partir de este mes de Enero 2540$ que según la tabla que se divulgó en la mesa redonda dada por la Ministra de trabajo el día 12 de Diciembre este salario corresponde a las personas que tenían un salario actual de 255$ que no es mi caso.Por lo que me voy a ver muy afectada pues de no pagarse mi dispensa salarial también me están bajando el salario.La Ministra planteó que esta reforma toma en cuenta la responsabilidad e intensidad en el trabajo y no veo que se haya tenido en cuenta desde el año 2007 que le cambiaron la categoría a mi cargo y yo siempre estuve discutiendo a todos los niveles de mi Empresa y la única respuesta que me daban que la Empresa cambió su categoría y en las unidades sólo eran dirigentes los Administradores y estaban en la categoría S.Me parece que no se ha tenido en cuenta desde hace varios años las responsabilidades que tienen bajo sus hombros los Encargados de Almacenes los cuales son los máximos responsables del control y custodia de todos los recursos que se reciben en nuestras unidades para la elaboración de nuestras producciones.Mi Almacén se encuentra categorizado en el Primer Nivel Tecnológico teniendo solo como deficiencias que el piso está con oquedades y los techos desconchados , deficiencias que no dependen de mi actuar como Encargada sino del plan de inversiones de nuestra empresa (EPEA).Segun este nuevo salario los operarios y los cocineros van a tener mejor salario que yo sin tener responsabilidad y los encargados de distribución y el dependiente de Almacén van a tener el mismo salario que yo y no me gusta defenderme poniendo como ejemplo otros casos pero necesito decirlo para que se note la diferencia y que no se ha tenido en cuenta la responsabilidad que genera mi cargo.Yo llevo laborando toda mi vida en este centro desde el 6 de Octubre del año 1990, tengo cuarto año de Ingeniería en Sistemas Automatizados de Dirección donde no pude culminar mi carrera por problemas personales por lo que me decidí a comenzar a trabajar y he ido subiendo de cargo por mis méritos y deseo que se estudie mi caso pues son 30 años de trabajo ininterrumpidamente en el mismo Centro laboral.Disculpen si he sido algo extensa pero necesitaba hacer toda la trayectoria de mi salario para que ustedes puedan tener argumentos a la hora de analizar mi caso.Espero ser atendida. Sin más cordialmente : Leonor Machado Pérez.

Esmerida Rodríguez Sánchez dijo:

104

11 de enero de 2021

12:16:33


Buenos días tengo una duda salí de vacaciones en diciembre y me descontaron el préstamo de 1000 peso mas me descontaron las vacaciones .me quede asombrada ya que me toco cobrar 27.95 porq cobrar todo de un golpe que me are para mantenerme asta que cobre en mes de febrero Deseo que me puedan aclarar esa duda saludo

Sondra dijo:

105

11 de enero de 2021

21:56:29


Deseamos saber en que escala nos encontramos según nuestra categoría y cargo, muchas gracias de antemano

Misael Acosta López dijo:

106

22 de enero de 2021

13:45:21


Sobre este tema referente al salario mínimo del país: como es posible si mi salario básico es de 3260 pesos mensuales en una quincena cobre solamente 1200 pesos ??

Ana luisa dijo:

107

28 de febrero de 2021

19:41:55


Se paga nocturnidad a los cuadros si o no tengo dudas

Yuly dijo:

108

9 de marzo de 2021

00:55:46


Quiero saber porque los trabajadores del turismo tienen un salario tan bajo y el nivel es técnico medio en lo que desempeñas si el salario aumenta, gracias

Lazaro Pulido Valdes dijo:

109

20 de marzo de 2021

21:51:26


Yo trabajo como operario de climatización en los la boratorios Solmed además de esto opero 2 grupos electrógenos de 500 caballos de fuerza cada uno,además un compresor de aire comprimido,por los grupos electrógenos antes nos pagaban una diferencia de 60 pesos ahora nada ,y esta es una actividad de mucha responsabilidad y peligrosa,es una actividad de emergencia, pero eso no cambia nada, y nos mantienen en la misma escala la 7 de operarios yo pienso que esto se debe de rectificar además la empresa no paga condiciones anormales ,esperando de ustedes su comprensión y respuesta ,gracias

Daymara Porte dijo:

110

26 de marzo de 2021

08:30:59


Buenas tardes,soy torcedora de una unidad ke pertenece a la empresa de Santiago de Cuba tabacos,y kisiera decir mediante este medio ke creo deben analizar y es mi criterio ,los grados de complejidad según dice el documento,porke no entiendo porque le cambiaron la escala al grupo 11a los trabajadores de la exportación por ser grupo A si cuando lo miramos desde el punto de vista de un operario grupo De ke es el ke pertenezco la única complejidad k le veo es el cliente.Nosotros los de consumo nacional,trabajamos con la peor materia prima ke hay ke darle todo el amor ke traemos de la casa para k salga la tarea y de eso tenemos ke hacer maravillas porque tenemos una marca ke representar y un cliente ke complacer y un técnico de calidad respetar, también trabajamos con prensas, chavetas y tablas pesadas ,resumiendo si los demás operarios o sea cigarrera y exportación están en el grupo 11 porque al grupo D nos dejaron en el #5 por favor espero su respuesta

Fe Manzano dijo:

111

18 de abril de 2021

23:32:42


Tengo una nieta que estudió técnico en veterinaria y esta en adiestramiento y quiere saber en que escala salarial esta. Ya que en su empresa la ubicaron en el XII Y ahora le dijeron que la había pasado a la VII a pesar de que estos estudios le dan la posibilidad de matrícula en la Universidad. Es decor que culminan el técnico con grado 12. Espero su atención y respuesta.

Julio Estevez dijo:

112

26 de mayo de 2021

15:49:10


Quien determina si una plaza lleva o no el pago de CLA? Si un operador realiza alguna otra función como por ejemplo operar un grupo electrógeno que no está dentro de sus funciones debe no recibir un pago por ello?

Rafael dijo:

113

1 de junio de 2021

16:24:08


Cual es el salario que le corresponde a una lunchera

Yamilet dijo:

114

5 de junio de 2024

15:01:49


El mayor desastre en la vida laboral de los cubanos, en medio de una crisis económica y de una pandemia. Muchos cerebros aplicando ideas pero nadie pensó si era el momento, ahí es cuando nos damos cuenta que son unos ineptos los que aprueban y desaprueban las leyes cubanas