Múltiples han sido las llamadas de alerta sobre el tema pues, cuando se trata de coleros, revendedores y acaparadores, estamos en presencia de un problema que nos afecta a casi todos y echa por tierra los esfuerzos que hace el país por garantizar a la población artículos básicos, en medio de una compleja situación económica.
Casi siempre son los mismos rostros, que repiten una y otra vez en las colas, y terminan comprando tres o cuatro veces lo que debía haber sido una sola adquisición, para luego revender esa mercancía a un precio exorbitante. También están los que marcan y venden los turnos y se benefician desvergonzadamente de la necesidad de otros.
Incluso, el tema adquiere otros matices, si hablamos de los que entran directamente al piso de venta o almacén, sin hacer espera alguna, y se hacen de disímiles artículos –frecuentemente los más demandados como alimentos y aseo– y pagan en la caja sin que haya una regulación de su compra. Claro, esto siempre en complicidad con algún personal del propio establecimiento.
Así pudieran esgrimirse otros ejemplos y situaciones, pero al final la cuenta es la misma: se trata de una actividad ilícita, a la que debe ponerse coto sin pasividad alguna. Sin embargo, para ello, no solo basta la denuncia oportuna de la población, también es necesario el accionar de las fuerzas del orden público y, sobre todo, de las tiendas y comercios donde se producen estos hechos.
Con tal propósito, la Corporación Cimex ha diseñado una serie de medidas de supervisión y control para enfrentar a los revendedores y acaparadores, entre las que se encuentra la disposición de supervisores a unidades comerciales con venta de productos que generan conductas de acaparamiento.
Asimismo, se determinó aplicar controles integrales a sucursales y complejos territoriales con reclamaciones y quejas de la población, así como la capacitación del personal que labora directamente en unidades comerciales y áreas administrativas, según la información publicada por Cimex en su cuenta de Facebook.
Por otra parte, queda prohibido en la comercialización minorista reservar a clientes turnos y mercancías en pisos de venta y almacén, vender mercancías fuera del horario establecido en las unidades, divulgar cualquier tipo de información sobre los productos en almacén y los procedimientos internos de trabajo, además de recibir mercancías sin las facturas correspondientes.
No aplicar las circulares de precio de manera oportuna, vender artículos a los clientes con propiedades y garantías en blanco y sin la presentación del carné de identidad, y la compra por trabajadores de productos en las unidades comerciales donde laboran, forman parte también de las prohibiciones aplicadas.
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José Luis dijo:
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4 de agosto de 2020
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Justo Enrique Respondió:
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Mila dijo:
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06:52:38
augusto dijo:
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4 de agosto de 2020
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José Manuel Alcalde Lanuza Respondió:
6 de agosto de 2020
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Lina Respondió:
7 de agosto de 2020
02:54:20
Oscar Ramos Isla dijo:
5
4 de agosto de 2020
08:22:07
Oscar Ramos Isla dijo:
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4 de agosto de 2020
08:31:05
LICF Respondió:
6 de agosto de 2020
09:32:24
Anabel-pinar dijo:
7
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4 de agosto de 2020
08:57:03
arelys hernandez alaonso dijo:
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09:04:04
Elizabeth Cruz dijo:
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Leanny dijo:
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mili dijo:
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Lad dijo:
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Rodolfo Rodriguez dijo:
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JOSE CARLOS GARCIA JACOMINO dijo:
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Zulema dijo:
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hgm Respondió:
4 de agosto de 2020
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georgina dijo:
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4 de agosto de 2020
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Elena dijo:
19
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Angel Rodolfo Díaz Cadalso dijo:
20
4 de agosto de 2020
11:09:40
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