ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
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Foto: Dunia Álvarez Palacios

Los pasos para la implementación del proceso de Ordenamiento Monetario están contenidos en el DECRETO-LEY No. 17, que forma parte de la Gaceta Oficial No. 68 Extraordinaria de 10 de diciembre de 2020.

El documento explica que el Proceso de Ordenamiento comprende los aspectos siguientes:

  1. a) Unificación monetaria y cambiaria.
  2. b) Corrección de precios relativos en el segmento de las personas jurídicas.
  3. c) Eliminación de subsidios excesivos y gratuidades indebidas.
  4. d) Transformación en la distribución de los ingresos de la población, en lo referido a salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social.

Con respecto a la unificación monetaria y cambiaria establece que la retirada de la circulación del peso convertible será a partir del día primero de enero del año 2021.

Se retira de la circulación el peso convertible en el plazo de 180 días, contados a partir de la unificación monetaria y cambiaria. Decursado el término anterior, el peso convertible no tiene curso legal, ni poder liberatorio.

En el transcurso del plazo, el peso convertible en efectivo en poder de las personas naturales es aceptado para su canje en las casas de cambio y sucursales bancarias a la tasa de cambio establecida a la entrada en vigor del presente Decreto-Ley.

Durante el referido plazo, el Banco Central de Cuba dispone que, en las tiendas u otros establecimientos previamente autorizados, se acepten pesos convertibles al solo efecto de ejecutar la transacción que se realice y retirarlo de la circulación.

A partir de la unificación monetaria y cambiaria, y después del plazo de 180 días, el peso cubano, unidad monetaria de la República de Cuba, según lo establecido en la legislación vigente, es el medio de pago que tiene curso legal en todo el territorio nacional, con poder liberatorio ilimitado y es recibido por su valor nominal.

Las personas naturales y jurídicas, además de realizar pagos en pesos cubanos en el territorio nacional, pueden realizar el pago de obligaciones en moneda extranjera según se autorice en cada caso.

Las personas naturales y jurídicas operan cuentas bancarias en la moneda extranjera que autorice el Banco Central de Cuba.

Como resultado de la unificación cambiaria se devalúa la tasa de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras en el segmento de las personas jurídicas y se establece una sola tasa de cambio del peso cubano para toda la economía.

  La tasa de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras se determina por el Banco Central de Cuba y se publica diariamente en el sitio WEB de esta Institución y otras vías que sea posible.

Entre las disposiciones especiales para hacer efectiva las medidas que conllevan a la desaparición del CUC, se encuentran:

  • Establecer el cierre de la Cuenta de Financiamiento Central y la transferencia de los fondos a la Cuenta del Presupuesto del Estado a la tasa de cambio de un peso cubano por un peso convertible, así como de los derechos y obligaciones registrados con cargo a la Cuenta de Financiamiento Central. En la Cuenta de Financiamiento Central solo pueden realizarse operaciones vinculadas con el cierre de esa cuenta.
  • Iniciar el proceso de corrección de precios relativos en las personas jurídicas a favor de la eficiencia económica, tomando en cuenta los impactos sociales y como consecuencia de la devaluación del peso cubano en estas.
  • Eliminar de forma gradual los subsidios excesivos y gratuidades indebidas con el objetivo de hacer una redistribución diferente de los recursos disponibles en la economía; para ello se realizará una corrección de precios minoristas de los mercados normados y liberados en pesos cubanos con el fin de que sean continuidad de los precios mayoristas.
  • Asimismo, los subsidios se otorgan a las personas en lugar de a los productos, hasta que de forma gradual, estas puedan financiar el consumo con sus ingresos.
  • Realizar la reforma integral de salarios, pensiones y prestaciones de la asistencia social, que permita la eliminación gradual de los subsidios excesivos y gratuidades indebidas y las distorsiones salariales existentes; así como lograr que el salario se convierta en la fuente principal para financiar el consumo del trabajador y su familia.
  • Del mismo modo, elevar el salario mínimo, en correspondencia con el costo de la canasta de bienes y servicios que satisfaga los requerimientos nutricionales mínimos del trabajador y su familia.
  • Cualquier referencia al peso convertible en la legislación vigente, se entiende realizada al peso cubano, teniendo en cuenta la tasa de cambio en los casos que corresponda.

¿QUÉ HACER CON LAS CUENTAS BANCARIAS EN CUC?

El Banco Central de Cuba aclara que las cuentas en CUC —moneda cuya circulación desaparecerá— de ahorro a la vista, depósitos a plazos fijos y certificados de depósitos de las personas naturales, se mantienen en esa moneda por un período de hasta 180 días, y durante ese plazo sus titulares pueden decidir si convierten su saldo total o parcialmente, a CUP a la tasa de cambio de 24 CUP x 1 CUC, a dólares estadounidenses o euros.

En la Gaceta Oficial Extraordinaria número 73 publicada este jueves, se precisa que si los titulares de cuentas no acuden al banco a modificarlas durante 180 días después del 1ro de enero, estas se convertirán de manera automática a CUP, a la tasa de cambio de 24 CUP x 1 CUC, en la modalidad y plazo contratado originalmente, y “generan intereses en esta moneda a la tasa correspondiente”.

En esos casos, especifica la norma, recibirán una bonificación entre 1,5% y el 3,5%, según el plazo.

Los titulares de las cuentas que, durante el período establecido, se presenten en los bancos a cambiarlas a pesos cubanos, solo tienen derecho   a los intereses devengados, mientras se mantengan el resto de las condiciones pactadas en el contrato inicial.

El BCC puntualiza que en caso que los titulares decidan convertir el saldo, total o parcialmente, de las cuentas en CUC a dólares estadounidenses o euros, el banco emite un certificado de depósito en esas monedas, “según las condiciones que se establezcan para este nuevo producto”.

El titular del certificado de depósito en dólares estadounidenses o euros, una vez constituido, no puede incrementar su saldo, extraer efectivo en estas monedas, ni transferirlos hacia otros productos bancarios en moneda extranjera; cuando las condiciones del país permitan contar con disponibilidad de divisa para respaldar estos certificados, podrán modificarse sus condiciones.

Si el cliente decide retirar sus fondos, antes de que sea respaldado con liquidez, el título se cancela y la extracción se realiza en CUP por el monto del principal más los intereses correspondientes, a la tasa de cambio del día en que se ejecute la operación.

La resolución del BCC puntualiza que las cuentas bancarias de las personas naturales y jurídicas cubanas, y los demás sujetos que realicen transacciones monetarias en el territorio nacional, serán en CUP, excepto en los casos que expresamente se autorice a operar cuentas en moneda extranjera.

La Resolución 177 establece que las transacciones que actualmente se denominan y ejecutan en el territorio nacional en CUC o en moneda extranjera se denominan y ejecutan en CUP, excepto los casos que expresamente se autoricen.

Así mismo, queda normado que la tasa de cambio del peso cubano frente a las monedas extranjeras es de un régimen de tipo de cambio fijo.

Otra de las novedades de la presente norma es que el saldo de las cuentas bancarias en pesos convertibles de los colaboradores en el exterior a las que se les aplica el descuento del 30% para las compras en establecimientos comerciales, pasa automáticamente a CUP a la tasa de cambio de 24 CUP x 1 CUC, manteniendo su operatoria actual.

Sus titulares pueden solicitar, desde la cuenta en pesos cubanos, en el plazo de 180 días antes referido, convertir total o parcialmente el saldo que tenía al momento de decretarse la unificación monetaria y cambiaria, a dólares estadounidenses o euros, acogiéndose al certificado de depósito que se describe.

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Abel dijo:

1

12 de diciembre de 2020

10:45:42


Muchísimas gracias por tandas las información transmitids

Reinaldo Viera Otero dijo:

2

12 de diciembre de 2020

15:40:00


Sería bueno conocer si podremos acceder a la compra de dolares o al cambio de peso cubano por dolares en el banco para ponerlo en la tarjeta de MLC y así poder acceder a las tiendas en MLC

josé Luis dijo:

3

12 de diciembre de 2020

16:46:32


Creo muy justas las medidas que cada vez más favorecen al pueblo trabajador. Aplaudo la decisión auqnue debemos tener muchop cuidado con la inflación y los precios abusivos. Mi preocupacion es la siguiente: un cro, nuestro tiene en un taller de reparación de ETECSA un teléfono corporativo, pero su empresa no tiene moneda en CUC para pagar y extraer el aparato, y solo acepta CUC, nada de CUP. ETECSA plantea que son 90 días de tiempo en taller y llegado el momento se "quedan" con el móvil. Si ahora se efectúa el cambio y solo CUP es la moneda, pero son 180 días para el proceso, ¿qué puede pasar con esa medida de la compañia telefónica? ¿Aceptará en CUP antes de los 90 días? Es lamentable, el cro. necesita ese artefacto para trabajar todos los días. Gracias por su atención.

Erick dijo:

4

12 de diciembre de 2020

20:10:47


para las personas que tenemos ahorro en USD y Euros solo espero el BCC se ajuste a la legalidad y el titular pueda extraer cuando estime pertinente sus valores sin tener que dar explicacion alguna.

app Respondió:


14 de diciembre de 2020

07:49:11

..parece que se respentan las cuentas actuales en USD o euros .... de lo cotrario el banco de cuba perderia toda su credibilidad , el texto en español dice que se puede convertir cuc en dolares que no existen y no se sabe cuando te los podran dar , pero las que ya estan en usd no se mencionan , seria bueno que el banco se pronuncie para aclarar esa duda,

Dennys Dinza Tejera dijo:

5

13 de diciembre de 2020

08:01:25


Pregunto. Los colaboradores que estamos en Venezuela a los cuales se nos inicia una cuenta en CUC que se descongela al término de la misión y que en mi caso será dentro de dos años. podemos hacer la solicitud del cambio a partir de este momento

Osniel dijo:

6

13 de diciembre de 2020

08:42:25


Mi pregunta: ¿se podráq comprar con CUP en las tiendas que actualmente venden en MLC?. Porque si no, entonces habrá que comprar los dólares por la izquierda al precio que te los vendan, que seguro subirán y entonces al subir nuestros salarios y no tener donde comprar con CUP habrá que comprarle a los particulares, los que logicamente subirán los precios.

ROBERTO ORTEGA LÓPEZ dijo:

7

13 de diciembre de 2020

09:22:03


Hasta que monto se puede cambiar diariamente de cuc a cup

Javier Antonio Puig oliva dijo:

8

13 de diciembre de 2020

20:31:36


Dudas sobre la tasa de cambio. Se va permitir comprar dólares en cadeca.

Marco dijo:

9

14 de diciembre de 2020

09:40:18


Realmente no se entiende por qué el cambio será por 24 pesos y no por 25. Hasta ahora en las TRD los precios están calculados sobre la base de que el cuc vale 25 cup. Está claro que la tasa para comprar cuc es a 24, pero esta compra o cambio que se avecina no es por voluntad propia sino por una decisión gubernamental. Hasta hoy si un producto cuesta 2 cuc se puede comprar con 50 cup. Después mis 2 cuc van a valer 48 pesos, o sea, no me alcanzarán para comprar el mismo producto, que se ha dicho no cambiarán su precio. Entonces, aparte de la subida de precios en cadi todo, incluida la vertiginosa tarifa eléctrica, el poder adquisitivo de los ahorros decrecerà tambièn por este tipo de cambio de 1x24.

Tony Respondió:


8 de enero de 2021

09:10:55

Asi mismo yo tenia destinado unos CUC en una tarjeta para cimprar el combustible y ahora los cupet no lo aceptan. Me dicen q rengi q cambiarla a CUP y entonces ya no me vale el litro de regular 1 CUC tengo q ponerle 1 peso por encima a cada litro si eso no es robo como se llama

llp dijo:

10

14 de diciembre de 2020

11:30:46


¿QUÉ VA PASAR CON LAS TARJETAS EN CUC? Con el reordenamiento las tarjetas de CUC dejan de tener valides oficial, primero porque ya no existirá el CUC, segundo porque no recibiremos ni el almuerzo, ni el estímulo en CUC. ¿Qué pasará con estas tarjetas?, ¿Esas tarjetas se desechan?, ¿No sería factible transformarla en tarjetas de ahorro en CUP, en la cual depositar dinero y poseer los beneficios de los intereses y todos lo relacionados con el ahorro?

Razonar4 Respondió:


2 de enero de 2021

19:06:34

Tienes toda la razón, pero al parecer no habrá cambios en cuanto a esa decisión y así de esta Forma muchos vamos a perder dinero en el cambio de 1 por 24. Una persona que tenga 100 cuc en el banco, perderá 100 pesos en el proceso de cambio. Eso es injusto.

llp dijo:

11

14 de diciembre de 2020

11:31:04


Las tiendas TRD Caribe, CIMEX, CARACOL y todas las que existen están devolviendo el vuelto en monedas fraccionarias del CUC, incluso cuando el pago se hace en CUP. Esto es un problema ya, pues el ciudadano está perdiendo dinero en efectivo, porque al ser valores pequeños del cual muchas personas no van acudir a CADECA para cambiar ese menudo, pero que en realidad es CUP que las personas pierden sigilosamente. Debería obligarse a esas cadenas de tienda devolver solo en CUP.

Carlos Respondió:


14 de diciembre de 2020

13:41:19

El sábado pasado nos tocó la compra donde nos vendieron pollo,papel sanitario y aceite, para pagar opté por utilicé mi tarjeta en CUC , la Dependiente de la tienda La Victoria la rechazó explicando que el POD no la pasaba porque estaba muy lento , una persona antes de mi si pudo pasar la tarjeta y las solución fue que me dirigiera a los cajeros para sacar dinero, por suerte una vecina me prestó los 325 pesos, porque los cajeros estaban copados con gran acumulación de personas, esto es posible que suceda que el equipo tenga problemas pero yo tengo el derecho de usar la tarjeta y en la mi=oneda que desee y la tienda tiene que resolver el problema desde antes de entrar ya estaba circulando en la cola que teníamos que traer el dinero exacto porque no tenia otra forma de podernos cobrar,hay que ser más cuidadoso y más en este momento en que está llamado a eliminar estos saldos y aunque así no fuera tennemos todo el derecho a que se nos treate bien todo el CDR 7 CIRCUNSCRIPCIÓN 16 AQUÍ EN EL MUNICIPIO CIEGO DE AVILA NOS MALTRATARON

orlando dijo:

12

14 de diciembre de 2020

12:08:49


como resultado de una misión acumulé la divisa que cambié y deposité en CUC, luego transformé esa cuenta en CUP y ahora solo se cambiarán a USD los que la tienen en CUC, por lo menos en el certifico que se emitirá. En todos los cambios perdí por las tasas y ahora no puedo acceder al USD. Reclamo que se atienda estos casos y así no perder el derecho de comprar en la tiendas en MLC.

Emelina dijo:

13

14 de diciembre de 2020

13:14:40


Tengo dos dudas si disponemos los colaboradores de la tarjeta con el descuento del 30% y la deseamos cambiar a MLC, ¿se mantendria el mismo descuento del 30% al comprar con esa moneda?, segunda interrogante ¿cual será la tarifa de cambio?

Avila dijo:

14

14 de diciembre de 2020

13:34:42


Los certificados de depósito de euro o usd sirven para comprar el las tiendas MLC es decir para pasarlo a las tarjetas MLC y poder comprar con ese depósito?.

MASSIMILIANO ROSSI Respondió:


15 de diciembre de 2020

15:28:26

No...no soy cubano ma tengo mi esposa cubana..la respuesta es no,un certificado de deposito es vinculado, se certifica que tu tiene este dinero ma tu no lo puede sacar per un plazo de tiempo, te pagan los interes,

are dijo:

15

14 de diciembre de 2020

15:24:15


Solo he leído preguntas y nadieeee se ha dignado a dar una solo respuesta....

Dagmara dijo:

16

14 de diciembre de 2020

18:17:50


Hola, quisiera saber qué pasará con aquella personas que tenemos tarjetas AIS de fincimex en cuc. Porque realmente el dinero lo envían en euros o en dólares y aquí solo podíamos utilizarlo en cuc. Se podrá comprar con estas tarjetas en tiendas de MLC o solamente cambiarán el dinero en cup a partir del 1 de enero.

ADRIANOV ZHUKOV dijo:

17

1 de enero de 2021

06:48:11


Otro paso en la soberanía e independencia de Cuba. Una nación a ser respetada por su dura resistencia al Imperio del egoísmo, el individualismo, el consumismo, es decir, Estados Unidos ..... Avanzar con firmeza, unidad y en defensa de las conquistas sociales (Educación, Salud y Seguridad) para el la mayoría de su población. Felicitaciones a los CDRs ya la mayoría de su progresista población marxista - leninista - fidelista - guevarista ..... ¡¡¡Adelante Cuba !!! Siempre con determinación en estos 62 años de resistencia !! "Solo un gobierno verdaderamente popular, es decir, uno que pertenezca a la mayoría del pueblo, puede recorrer el camino correcto que lleve a la humanidad a derrocar la explotación de los capitalistas y escapar de los horrores y desastres de la guerra y las intervenciones imperialistas, por una paz duradera y justa. . ". V. I. Lenin, CW, vol. 32, pág. 257 (1920-1921) Cualquier revolución solo vale algo si sabes defenderte. I. Lenin. ? "Sin teoría revolucionaria no hay movimiento revolucionario ni fin a la explotación de clases".

ADRIANOV ZHUKOV dijo:

18

1 de enero de 2021

06:48:31


Otro paso en la soberanía e independencia de Cuba. Una nación a ser respetada por su dura resistencia al Imperio del egoísmo, el individualismo, el consumismo, es decir, Estados Unidos ..... Avanzar con firmeza, unidad y en defensa de las conquistas sociales (Educación, Salud y Seguridad) para el la mayoría de su población. Felicitaciones a los CDRs ya la mayoría de su progresista población marxista - leninista - fidelista - guevarista ..... ¡¡¡Adelante Cuba !!! Siempre con determinación en estos 62 años de resistencia !! "Solo un gobierno verdaderamente popular, es decir, uno que pertenezca a la mayoría del pueblo, puede recorrer el camino correcto que lleve a la humanidad a derrocar la explotación de los capitalistas y escapar de los horrores y desastres de la guerra y las intervenciones imperialistas, por una paz duradera y justa. . ". V. I. Lenin, CW, vol. 32, pág. 257 (1920-1921) Cualquier revolución solo vale algo si sabes defenderte. I. Lenin. ? "Sin teoría revolucionaria no hay movimiento revolucionario ni fin a la explotación de clases".

Marta Gómez Estenoz dijo:

19

11 de enero de 2021

13:36:56


Cuando consulté vía Transfermovil mi cuenta en cu me dieron el saldo en Moneda Nacional