ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Los propietarios de los inmuebles tienen derecho a decidir libremente quienes vivirán con ellos, y a su vez, la facultad de dar por terminada la convivencia. Bastaría manifestar ese deseo, pues no necesitan aprobación de ninguna autoridad.

Sin embargo, algunos convivientes (personas que residen con el titular aun sin tener relación de parentesco con él y forman parte del núcleo familiar), pretenden permanecer en la vivienda contra la voluntad de su dueño.

Ante esta situación el propietario puede solicitar el cese de convivencia ante la Dirección Municipal de la Vivienda (DMV) del territorio donde está enclavado el inmueble, refiere Lázaro Ernesto González Cardoso, licenciado en Derecho y especialista jurídico de la DMV de Centro Habana, en la capital.

De inmediato, agrega, se abre un expediente y los inspectores proceden a verificar lo expuesto en el escrito; a la par, el conviviente es emplazado para contestar, lo que podrá hacer por sí mismo o representado por un abogado de Bufetes Colectivos. Finalmente se dicta una resolución. Contra lo dispuesto en ella, la parte afectada puede interponer una demanda ante la Sala de lo Civil y de lo Administrativo del tribunal provincial popular correspondiente.

-Si la resolución declara el cese de convivencia y aun así el individuo no abandona la casa, ¿qué hacer?

La persona cuenta con 30 días a partir de que se le notifica la resolución para abandonar el inmueble. De no hacerlo se le empieza a descontar mensualmente el 30 por ciento de su salario por el uso no autorizado del inmueble. De mantenerse esa situación por tres meses, las retenciones se elevarán al 50 por ciento hasta que ejecute lo dispuesto. Si se trata de personas antisociales, sin vínculo laboral, podrán ser extraídos por la fuerza pública.

-¿La facultad del propietario de dar por terminada la convivencia puede ejercerla contra todas las personas?

Existen algunas excepciones: no puede extraer de su casa a sus ascendientes y descendientes ni a la madre de sus hijos siempre que ella tenga la guarda y cuidado de los mismos y no tuviera otro lugar de residencia.

Esta facultad tampoco la podrá ejercer contra una madre con hijos menores que lleven 3 años o más ocupando el inmueble y no tuvieran otro donde vivir o ancianos en iguales condiciones.

También la legislación autoriza a los funcionarios competentes a denegar el cese de convivencia en situaciones que constituyan una manifiesta injusticia o un acto inhumano.

-En el caso de ciudadanos que han construido ampliaciones en la vivienda con autorización del dueño, ¿puede este pedirles que se marchen?

No podrá hacerlo si la ampliación se realizó antes de promulgarse la Ley General de la Vivienda (diciembre de 1988). Tampoco podrá sacar del inmueble a las personas que con antelación a esa fecha contribuyeron a su adquisición o reconstrucción o eran convivientes del propietario anterior quien falleció o salió del país o aquellos residentes en el lugar desde antes del 14 de octubre de 1960.

-Si el propietario reside con personas especialmente protegidas por la ley (anteriormente mencionadas) y por determinadas circunstancias desea separarse de ellos, ¿qué alternativas tiene?

Permutar por dos inmuebles o efectuar la división obligatoria de la vivienda.

-¿Tienen derecho los convivientes a negarse a permutar?

Ellos han de atenerse a la decisión del propietario. Pero si la vivienda para la cual deberán ir a residir no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad, pueden ponerlo en conocimiento de los funcionarios de la DMV correspondiente quienes comprobarán estos extremos y para ello solicitarán a la Dirección de Arquitectura y Urbanismo el dictamen técnico del local. Si resulta habitable, se accederá a la permuta, para lo cual tendrán en cuenta, además, que la vivienda resulte adecuada al núcleo familiar que la ocupará.

-¿Los titulares de cuartos o habitaciones y de viviendas otorgadas en arrendamiento pueden solicitar el cese de convivencia?

Sí, los usufructuarios gratuitos y los arrendatarios están autorizados a hacerlo, con las mismas condiciones -anteriormente explicadas- que los propietarios.

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Hilda Maturana Pupo dijo:

1

4 de julio de 2017

16:48:47


En mi caso mis dos hijos son herederos del padre fallecido comjuntamente con 3 hermanos mas uno de estos está residiendo temporalmente en Bolivia, los otros dos aunque son menores tienen donde vivir, he escrito a todas las instancias, tengo sentencia del tribunal de Holguin municipal y no he podido entrar a la viviendas está ocupada con 3 personas ajenas al propietario, hice cese de convivencia y no resultó, qué debo hacer. Hilda Maturana

Yisel Fresneda Pedroso dijo:

2

30 de marzo de 2019

22:42:09


En mi casa convivimos mi Hermana,sobrina,el q era marido de mi mama y yo, mi mama fallecio y LA casa esta a su nombre todavia, el q era su marido esta pidiendo division de LA casa.¿Que derechos tiene?

José Antonio Lima aldaya dijo:

3

2 de mayo de 2019

10:44:21


Hola soy cubano estoy casado por la ley mi esposa es cubana salí de cuba por motivos de trabajo ella me pidió divorcio cuando salí de Cuba todas mis pertenencias se quedaron en su casa la recibió en herencia estando su padre vivo el cual convivió con nosotros y en la misma yo remodele las paredes de madera por paredes de manposteria así como pisos y cercas perimetrales incluyendo construcción de cisterna para agua se hizo casi una reparación total con exención del techo llevamos casi 11 años de casados y se ha su padre falleció quedando ella como única propietaria estando yo en el exterior me pide divorcio y me no me devuelve nada de mis pertenencias y refiere que no tengo derecho a nada yo quisiera saber que derechos tengo yo como su esposo en cuanto a la convivencia y a todos los bienes comprados durante el matrimonio

Yanier pumariño Jiménez Respondió:


21 de mayo de 2025

10:14:19

Yo tengo un problema que quiero que me expliquen yo estube una relación con una mujer de tamalito la cual es la madre de mi hijo baron, el tiene 9 años de edad yo ten go una niña de 15 años de edad con otra mujer, la casa es una ampliación de abajo está a nombre de mi mamá yo fui a menores para Ber si resolvía el problema pero fue imposible por maltrato al niño y demás vecinos ella lo botaba de la casa la cual Ami también me botaba de la casa y problemas con mi madre que es una persona mayor de edad ella dice que yo no tengo derecho a vivir en mi casa por qué yo la abandone porque ace 5 meses yo me fui para la casa de abajo la cual está en la propiedad de mi mamá también y como está sola allá arriba dice que yo no tengo nada que hacer aya arriba para forrar su chancullo con las vecinas que suben por la escalera que parecen caballos de carrera yo las regaño y todo es por gusto asta bulla acen a cualquier hora ella recogió al niño por la casa que pasos tengo que dar para recuperar la casa cuando puedo tener una respuesta mi número es 53193787 yanier pumariño Jiménez

caridad dijo:

4

26 de junio de 2019

16:41:20


somos 4 hermanos copropietarios de una vivienda de la cual mi madre era la propietaria, vive tambien un sobrino hijo de una de las hermanas el asunto es que esa hermana que tiene el hijo viviendo ahi desde que nacio los dos quieren quedarse solos en la vivienda y quieren sacar a una hermana que tambien tiene derecho, que hacer en este caso que ese sobrino lleva a vivir todas las mujeres que tiene con hijos y sin hijos y su madre se lo permite, pero estan entorpeciendo la convivencia de esa hermana y ademas no le hablan lo que hacen es provocar problemas y discusiones

mercy garcia mendez dijo:

5

10 de julio de 2019

11:47:19


hola soy propietaria de mi vivienda adquirida por donación de mi mama, solicite a vivienda el cese de convivencia de conviviente no deseado y al año de esta solicitud no recibo respuesta por la dirección municipal de vivienda de santa clara. Que debo hacer para lograr la respuesta de esta entidad. Con la cual yo podría tomar decisión que me permita resolver la situación de una convivencia no deseada.

mercy garcia mendez dijo:

6

10 de julio de 2019

11:48:47


Se puede impugnar un titulo adquirido por donación de madre a hija, que derecho tiene un conviviente contra una propiedad familiar.

felicia hernandez ruiz dijo:

7

17 de julio de 2019

15:38:06


Mi papa fallecio soy unica hija de el y me dejo una casa en copropiedad con la esposa cuatro cuartos dos los ocupa ella y los otros dos yo con mis 3 hijos llevo varios años viviendo en otra casa y el nieto de ella abrio un cuarto y se metio diciendo que ella lo autorizo pq ella tiene mas derechos que yo yo sigo en la libreta y todo que hago les he propuesto permutas y se niegan no vivo ahi en estos momentos pq era dificil la convivencia pero es mi casa qla unica que tengo propia que hago

Yuni dijo:

8

30 de julio de 2019

09:21:54


Mi madre y yo llevamos viviendo 15 anos con mi padre y su mama (mi abuela) desde que yo tenia 11 anos. Todos contribuimos para hacer reparaciones contructivas y mejoras. Ahora ellos quieren aplicar a mi mama el sece de convivencia sin derecho a absolutamente nada. Entonces quisiera saber si Ella tiene algun derecho de reclamar para permiterte POR dos o que derecho tiene ella para obtener lo que le corresponde.

Frank dijo:

9

14 de septiembre de 2019

23:21:55


Hola quisiera información al respecto mi papá falleció hace unos meses soy único hijo ya se que por ley me toca heredar la casa solo que su pareja aún sigue hay que debo hacer en este caso para sacarlo de la propiedad ya ellos eran una pareja Gay gracias

Nelida dijo:

10

2 de octubre de 2019

08:23:44


Viví casi 30 años con mi esposo sin estar casados después d estar separado legalice la casa q yo fabriqué , el vive con su pareja y después d 4 años reclama su derecho a la casa

Amanda Mancebo dijo:

11

17 de octubre de 2019

10:49:23


Hola soy menor de edad tengo 15 años y mis padres pelean todo el tiempo mi madre dice que no se va de la casa porque a vivido y trabajado por 17 años para mantenerla y no tiene a donde ir Mi padre dice que uno de los 2 debe irse pero el es el propietario no piensa dejar la casa.Yo y mi hermana de 10 años somo futuras herederas y tenemos todo el derecho de permanecer allí pero mi madre no...¿Que puede hacer mi mamá para resolver esta situación?

Julio César Fernández González dijo:

12

29 de octubre de 2019

17:44:56


Tengo a mi favor cese de convivencia hace cuatro años. La persona ilegal vive en San Miguel del Padrón. Y yo en la Habana vieja. Esa persona mantiene hasta hoy el carnet de identidad con mi dirección de la Habana vieja. Hace más de 4 años voy a las direcciones de inmigración de Habana vieja y San Miguel del Padrón. Ambas jefas de este departamento me dicen lo mismo. Que ellos no están autorizados a dar baja de esa dirección si la ilegal por voluntad no se da de baja y venir acompañada de otra persona que le da entrada. Además en el lugar que ella convive en smp tiene buenas condiciones estructurales con contrato de agua electricidad ,libreta de abastecimiento para su mamá y flia. Lo único que yo pido que por mandato de esta norma jurídica se de de baja a la demandada Es decir que sea vinculante con la debida fuerza legal. Quiero agregar que la norma jurídica cese de convivencia no dice que para dar baja hay que traer alta. Cuándo comento esto con amistades no lo creen que propietario pase por lo que yo estoy pasando. Gracias

Surelys Rojas dijo:

13

26 de diciembre de 2019

07:46:21


Buenas tengo 21 años ,tengo 2 hijos uno de 3 y la otra de 3 años y estoy divorciada y vivo en Camagüey. Desde que naci vivo con mi abuela materna excepto 2 años q por x motivos tuve que ir a vivir con mis otros abuelos paternos. Pero despues volvi hacia donde mismo con ella. Mi abuela materna quiere vender su apartamento para irse para la habana y yo no quiero porque haya no tengo familia todas mi familia son de oriente y si algun dia nos pasa algo a mi o a mis hijos quien corre si no tengo familia alla y ella es impedida fisica . La cuestion es que ella al irse me deja ereje y no quiero. Si ella vendiera la casa para irse que es lo que puedo hacer. Necesito respuesta.

Yamila Ocanto dijo:

14

30 de diciembre de 2019

16:28:30


En mi caso tengo un convivente hace veinte año que en su momento yo realice todos los tramite y el fallo fue a su favor porque en aquel momento la vivia, hace mas de 15 años que no la vive y me tiene el cuarto cerrado con deteriora en la contruccion, en este caso que puedo hacer. En el inmueble vivo con mi hijo de 20 años y mi hija con su pareja y dos menores. Yamila Ocanto

Lali dijo:

15

3 de enero de 2020

16:50:36


X favor necesito ayuda yo m.separe del padre d mis 2hijos m fui d la casa xq la convivencia era violenta pero ahora no tngo donde estar en casa d mi mamá las condiciones no son las mejores m entere que el permuto d dond vivíamos la pregunta es tienen mis hijos todavía derecho sobre esta vivienda?son los 2menorrs d edad y yo tngo su custodia.x favor necesito ayuda gracias

Mariu Adnie Fernández Padrón dijo:

16

7 de enero de 2020

22:11:09


Vivo en una vivienda q no está legalizada aún, he vivido aquí durante 8 años y tengo una niña de 10 , no he podido casarme legalmente porque él ya estaba casado y no había salido del divorcio todavía, ahora ya está el divorcio y no quiere casarse para q yo no tenga derechos legales como su esposa sobre la vivienda q , derechos tenemos yo y mi hija q es suya también? Puede sacarnos de la vivienda?

Yudarcy Toledo dijo:

17

9 de febrero de 2020

08:53:17


Buenis dias quisiera save si un menor 14 Amos Italo_cubano puede ser proprietario de una vivienda en Cuba??

Katy dijo:

18

14 de febrero de 2020

01:31:47


Por favor necesito una respuesta mi mamá es la propietaria de su apartamento el cual se lo ganó con 10 años duros hay nació unos de sus nietos el cual a vivido con ella hasta la altualidad,la otra hija tubo casa y la vendió porque tenía planes de viajar y se quedó en casa de su mamá con su hija,al tiempo su hija se marchó del país y ella se quedo,se ajunto con un hombre que llevó para casa de su mamá y volvió a tener otra hija la cual hoy tiene 8 años pero la convivencia de ella con su madre y sobrino es fatal y insoportable q puede haser mi mamá que es la dueña de la casa con esa hija que se cree dueña de todo,como se podría arreglar esa situación tan penosa

Teresa de la Caridad Verdecia Gutiérrez dijo:

19

17 de febrero de 2020

12:09:08


Como es posible que le aprueben el cese de convivencia a un joven que vive en su casa desde que nació , hace 27 años, sencillamente porque su padre le haya donado la vivienda a su actual esposa, para quedar absuelto de culpa o de cargo de conciencia, sin tener en cuenta la repercusión hasta psicológica que esto pueda causarle al joven, quien a estudiado y trabajado a pulmón contra viento y marea, no ha podido disfrutar su juventud como Dios manda por causa de ésta injusticia. Puesto que él nació en esa vivienda y aunque el propietario tenga todos los derechos, debería existir la ley que respalde estas arbitrariedades, porque como él segura estoy que hay más jóvenes en esa misma situación.

Mireynis dijo:

20

3 de marzo de 2020

06:29:00


Yo he comprado una casa con mi esposo pero nunca la pude poner a mi nombre porque tenía un permisos de residencia en el exterior , para ese entonces mi tío se ofreció a ser el propietario después de 5 años , mi mamá se ofreció a ser la propietaria y antes de que ella viviera ahí mis hijos nacieron y están registrados en esa dirección, ahora simplemente esa perra me saco de ahí y no me deja entrar y me dejo a mi y mis hijos en la calle. Alguien me puede decir que debo hacer, hay muchos abogados q solo me dicen q no tengo derecho a reclamar nada pero esa miserable me robo todo y ni siquiera mis pertenencias me deja sacar de esa casa. Si alguien me pudiera ayudar

Yuleidy De La Sierra Acosta Respondió:


4 de diciembre de 2020

07:03:19

En esta misma situacion esta mi esposo lo que es mas triste por la misma padre con el poder del propietario de esta vivienda en la que nacio y es su unica residencia hace 30 años