ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

«Las donaciones son liberalidades por excelencia. Se trata de un acto jurídico por el cual una persona se desprende de un bien, cualquiera sea su naturaleza, a favor de otra, sin recibir nada a cambio». Y en ese acto, subraya el doctor Leonardo Pérez Gallardo, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana, existe una marcada intención del donante de beneficiar a la otra persona.

Coincide en que «como consecuencia de este acto, sustentado por el altruismo, disminuye el patrimonio de quien da, y aumenta el de quien recibe, existiendo una causa que lo justifica: la intención de donar y, con ello, favorecer a otro».

Si las donaciones recaen sobre bienes inmuebles (viviendas, solares yermos, panteones), necesariamente deben documentarse por escritura pública notarial, explica Pérez Gallardo. Este documento constituye el título que acredita, frente a terceros, la propiedad sobre dichos bienes; y será inscribible en los registros públicos correspondientes.

Si estos actos, en cambio, involucran bienes muebles, pueden ser verbales o realizarse a través de un documento privado.

Pero si el bien mueble, aclara, es un vehículo, por ejemplo, «tiene que documentarse por escritura pública, según lo exige el Decreto No. 320 del 2013. Si no consta por escritura pública, el título no accede al Registro de Vehículos, adscripto al Ministerio del Interior».

Según Pérez Gallardo, «beneficiario de una donación puede ser cualquier persona, no solo los parientes consanguíneos o afines o el cónyuge. No hay que probar parentesco».

Otra cuestión distinta, puntualiza, es lo relacionado con los beneficios en materia impositiva para los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o el cónyuge. «El impuesto que han de pagar estos por concepto de transmisión del dominio de una vivienda por donación se calcula sobre la base del valor legal actualizado del inmueble, y no en atención al valor referencial».

La Ley, advierte el experto, «privilegia tan solo a los miembros de una familia consanguínea o adoptiva, no así a los integrantes de una familia ensamblada o reconstituida (surgida lue­go de un divorcio, viudez o simple separación), pues no quedan beneficiados, por ejemplo, los hijos o padres afines».
Cabe también, esclarece, la donación entre cónyuges. No hay prohibición alguna al respecto. «Eso sí, ha de tratarse de bienes propios que tengan los cónyuges, dígase los que han adquirido por cualquier concepto antes del matrimonio o los recibidos, constante matrimonio, por herencia, legado o donación, o sea, los obtenidos por medio de liberalidades».

Si la vivienda fue adquirida por compraventa durante el matrimonio, ejemplifica, no es posible que un cónyuge se la done al otro, porque el bien forma parte de la comunidad matrimonial. «Tienen que, tras el divorcio, liquidar esa comunidad, quedando, en principio, cada cónyuge como titular de una cuota que asciende al 50 % del bien. Si uno de los excónyuges lo desea, puede cederle a título gratuito, o también oneroso, su cuota al otro».

Con el ánimo de aumentar la cultura jurídica de las personas respecto a los actos que realizan, es recomendable que conozcan, al decir de Pérez Gallardo, los límites, en cuanto a su protección, que tiene la obtención de una propiedad por concepto de donación.

En principio, sostiene, «esta adquisición no se hace definitiva hasta el fallecimiento del donante, pues las donaciones son revisables a su muerte, cualquiera sea la fecha en que se realizaron.

«Si el disponente tiene herederos especialmente protegidos o legitimarios a su deceso (hijos o descendientes, ascendientes o cónyuges, no aptos para trabajar y dependientes económicamente del causante), se cuantifica el valor de esas donaciones a los fines de evitar que se lesione la parte intangible que a estos les corresponde (la mitad), llamada legítima, para poder determinar si se afectó o no la cuota de legítima.

«Si la respuesta es positiva, las donaciones se rescinden, pudiendo perder el bien la persona que fue beneficiada con la donación».

De ahí la alerta sobre el riesgo que entraña el enmascaramiento de los actos de compraventa como donaciones, pues las consecuencias no solo trascienden al cálculo del impuesto, sino que impactan en la seguridad jurídica del proceso en cuestión.

También acontece, de acuerdo con Leonardo Pérez, que las personas de la tercera edad donan su única vivienda y tras la realización de este acto, resultan confinadas por sus familiares o por el propio donatario, llegándose a comprometer, en algunos casos, los medios de subsistencia. Por tal motivo, también cabría, a su juicio, interesar la rescisión de esa donación.

Otros ordenamientos jurídicos viabilizan al donante la posibilidad de revocar la donación cuando el comportamiento del donatario es de ingratitud. Y sería pertinente, en opinión de Pérez Gallardo, tenerlo en cuenta en una posible reforma al Código Civil.

A modo de consejo, sugiere entonces que «cuando una persona de la tercera edad decida donar su vivienda, lo haga reservándose a su favor el usufructo del inmueble. Esto es, el uso y disfrute de la vivienda, disponiendo de inmediato a favor del donatario la nuda propiedad, o sea, la propiedad despojada del uso y disfrute.

«Ello le permitiría incluso, advierte, poder arrendar el inmueble que ha donado a un tercero, pues quien tiene la facultad de obtener frutos de este, incluidos los frutos civiles, es quien tiene constituido a su favor el derecho de usufructo».

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laura dijo:

61

30 de diciembre de 2020

15:13:23


Necesito saber que pasos debo dar para una donacion que me va a hacer mi amigo de la infancia

Yudiset dijo:

62

11 de febrero de 2021

18:00:32


Le hice una donación a mi madre para que pudiera poner a su esposo en la dirección, ahora no soy la propietaria y ella no quiere que mi esposo viva conmigo por lo que estoy alquilada con un menor de edad hasta resolver el problema.? Qué puedo hacer.

judith milanes ampudia dijo:

63

12 de marzo de 2021

17:00:52


quisiera saber cdo se dina vivienda a una persona q no es Consanguinea. q doc hay q presentar de ambas partes.el donante y donado???

Vicente varela dijo:

64

15 de abril de 2021

11:32:20


Si una mujer es casada , i al esposo le hacen donación de una vivienda ,se separan ella tiene dos hijos con el .? Que derecho tiene la mujer

antonio dijo:

65

17 de abril de 2021

01:01:27


Buenos días, deseo conocer si una persona tiene derecho sobre un inmueble al divorciarse, si su conyugue recibe dos habitaciones por medio de una donación.

Teresita Ceballos Diaz dijo:

66

27 de abril de 2021

10:04:35


Necesito saber si una vivienda q se recibe como donación mediante un contrato, ? Se puede hacer testamento de esa vivienda? Gracias

Katia noda dijo:

67

18 de junio de 2021

03:29:14


Recibí un apartamento por donación de alguien que no es pariente y luego permite esta vivienda por otra. Estoy casada y mi esposo pretende divorciarse y quitarmela por haberla pagado él. Tiene derecho mi esposo si no está incluído como propietario? Y solo convive conmigo algunos meses porque es americano, aunque se repratrio, pero no tiene mi dirección, ni libreta de abastecimiento. Qué derechos tiene sobre está vivienda?.

Lizmay dijo:

68

8 de septiembre de 2021

13:29:15


Hola quería saber si un usufructo se puede donar o vender a una persona q no tenga parentesco y a dónde pudiera dirigirme

Celia Hernández Salgado dijo:

69

23 de octubre de 2021

18:33:10


Necesito saber de una donación monetaria desde el exterior cuáles serían los elementos a tener en cuenta

Roberto García dijo:

70

4 de noviembre de 2021

20:40:36


Mi padre hizo donación de su vivienda en el año 2011 a sus dos hijos sin especificar que partes de la vivienda corresponderían a cada uno. Ya cada hijo ocupaba su parte de la vivienda dividida consensualmente. Uno de los hermanos ha hecho demanda de desgloce reclamando una mayor parte de la vivienda que ocupa. Puede el padre donante redefinir la donación y determinar que porciento de la vivienda el le otorga a cada parte? Muchas Gracias.

Edector dijo:

71

21 de diciembre de 2021

16:17:57


Quisiera saber si puedo donar a mi conyugue un cuarto y el me dona un cuarto de una vivienda dividida.

Yanet dijo:

72

8 de febrero de 2022

15:43:11


Buenas tardes,muy bueno el artículo,le voy a hacer una pregunta,mi abuela con la que siempre he vivido me hizo donación del apartamento en el cuál vivo,mi padre es fallecido, pero mi tio es el único hijo de mi abuela y también tiene su propia casa y cuando él se enteró que mi abuela hizo donación de la casa a mi nombre él quiere revocar la donación que mi abuela me hizo, tengo 3 hijos y los 3 nacieron y se criaron ahí,es posible revocar esa donación?

Daylin Morales Gutierrez dijo:

73

19 de febrero de 2022

17:16:00


Hola buenas tarde, excelente articulo. Quisiera saber si una casa es donada, se puede vender o quitar?

Iraima Rodríguez espinal dijo:

74

27 de febrero de 2022

16:29:44


Mi madre me hizo donación de un apartamento.Aun no lo he inscrito a mi nombre.Por otra parte mi madrastra hizo un testamento favoreciendo a mi padre y a mí por igual.Ella falleció y mi padre hizo un nuevo testamento favoreciendo con su parte a cuatro hijos incluído yo.El falleció y yo vivía en la casa hace siete años.Mis hermanos quieren vender la propiedad para obtener dinero.Que puedo hacer para conservar la propiedad?

Yuli dijo:

75

8 de marzo de 2022

09:59:14


Hola, mi esposo y yo tenemos una viviemda q adquirimos durante el matrimonio(propiedad mancomunada)pero el esta ciego y yo co achaques y queremos pasarle la propiedad a nombre de mi hija ¿Qué puedo hacer?

Radames mojena Hernández dijo:

76

10 de mayo de 2022

01:30:17


La casa de mi padre no tiene propiedad y tengo un sobrino que aprovechando su condición de anciano hizo que el se peliara con sus hijos y a escondida de la familia mi padre le donó la casa que se puede hacer

Radames mojena Hernández dijo:

77

10 de mayo de 2022

01:32:42


Si la casa no tiene propiedad se puede donar

MARITZA navarro dijo:

78

16 de junio de 2022

04:38:54


Una aclaracion puede una persona que recibio de un familiar la donación construir un cuarto y actualizar vivienda?

Alexander Escobar Franco dijo:

79

13 de agosto de 2022

14:50:23


Puede un propietario de una finca particular hacer acto de donación de la misma?

Maira Puentes dijo:

80

5 de octubre de 2022

10:35:36


Buenos días Tenemos el siguiente problema Son dos casas con propiedades independientes una sobre otra . La casa de mi exsuegra ( planta baja) ella la donó a mi hija ( por tanto su nieta) la propiedad de su casa en agradecimiento pues la casa en cuestión estaba en muy mal estado, deteriorada,etc. Mi hija la arregló casi en su totalidad con su esfuerzo. Mi cónyuge ( el hijo de la donante) y yo somos copropietarios de la casa de arriba y nos estamos separando, mi hija le prestó un cuarto de la casa que ella ocupaba para q él viviera y pasó a convivir conmigo en la de arriba mientras se resuelve nuestra situación legal y la repartición de bienes Ahora él tiene otra mujer y quiere quedarse a vivir con ella en el inmueble de abajo ( de hecho la metió ya en la casa a pesar que mi hija está en contra) y teniendo aún la dirección y ser copropietario de la de arriba. Ahora la señora quiere la casa de vuelta para su hijo. Mi pregunta es le asiste algún derecho legal.? Puede él quitarle la casa a mi hija y meter a otra persona en ella.? La donación se realizó en el año 2010.