ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Las cifras del empleo no estatal hasta septiembre último se fijan en 617 974 trabajadores por cuenta propia. Foto: José Manuel Correa

Con el propósito de continuar con la actualización del modelo económico y social del país, la Gaceta Oficial dio a conocer las nuevas medidas aprobadas para continuar perfeccionando el trabajo por cuenta propia.

La aprobación de estas disposiciones tiene como antecedente el intercambio realizado a finales de 2018 con trabajadores por cuenta propia, las opiniones y sugerencias de la población y cartas recibidas en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Estas medidas tienen como objetivo –precisó en conferencia de prensa Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra primera de Trabajo y Seguridad Social– incorporar nuevas actividades, compactar y perfeccionar el alcance de algunas y simplificar trámites.

A raíz de estas disposiciones se aprueban seis nuevas actividades para el ejercicio del TCP: Operador y/o arrendador de equipamiento para la producción artística, Agente de selección de elenco (casting), y Auxiliar de producción artística –ya comenzó el otorgamiento de las licencias para ejercer estas actividades y la autoridad facultada para concederlas es el Instituto Cubano del Arte e Industria Cinematográficos (Icaic), en el caso de La Habana, y para las demás provincias, la Dirección Provincial de Cultura–.

Se aprueba también la actividad de Traductor e Intérprete Certificado. Al respecto, dijo que quien certifica esta actividad es el Equipo de Servicios de Traductores e Intérpretes (ESTI). Esta nueva modalidad se diferencia del Traductor de documentos, en que el Traductor e Intérprete Certificado puede realizar una mayor gama de servicios.

Queda aprobada, además, la actividad de Productor-vendedor de productos alimenticios, que incluye la elaboración y venta de embutidos, ahumados, conservas y similares. Por último, se establece la actividad de Pescador comercial, modalidad que se comenzará a ejercer a partir de la entrada en vigor de la Ley de Pesca.

UNIFICAR ACTIVIDADES

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en voz de su Viceministra Primera, también anunció la nueva regulación orientada a unificar actividades y modificar el alcance de las que son afines, lo que permitirá ampliar la gama de servicios, que pueden brindarse con la misma autorización.

En lo adelante se integran las actividades de artesano, talabartero, productor –vendedor de calzado, además se incorpora el Vendedor de flores artificiales, práctica actualmente integrada a la de florista. De igual modo, en la actividad de cerrajero se puede ejercer la cerrajería electrónica y en el caso del aguador se permite la venta de hielo.

Para los servicios de chapistería, si el ejercicio de la actividad no está asociado a los auxiliares y conexos del transporte, no requieren Licencia Operativa de Transporte. En estos casos las autorizaciones las otorgan las direcciones municipales de Trabajo.

Se incorpora a la actividad de reparador de equipos mecánicos y de combustión la de electricista automotriz, que se separa de la del electricista. Con esta modificación, la actividad de electricista se reserva para el servicio en inmuebles y es autorizada por las direcciones municipales de Trabajo.

Se introduce una precisión en la actividad de servicio de decoración, organización de cumpleaños, bodas y otras actividades festivas: la solicitud de la licencia sanitaria si se elaboran alimentos asociados al servicio que se oferta.

En el caso del Facilitador de permutas y compraventa de viviendas, se permite que se contraten hasta dos trabajadores.

También trascendió que se faculta a los Consejos de la Administración Municipal para autorizar el ejercicio de las actividades de servicio gastronómico en restaurantes, servicios de bar y recreación, arrendador de viviendas, habitaciones y espacios, cuando se arrienden más de cuatro habitaciones o viviendas completas. Se reduce de 90 a 30 días el término para el otorgamiento de estas autorizaciones. 

Los Consejos de la Administración Municipal quedan facultados para regular los precios y tarifas fijos y máximos, cuando las circunstancias lo aconsejen y tomando en consideración las condiciones y características de cada territorio.

LAS VACACIONES Y EL TRABAJADOR CONTRATADO

A partir de los cambios que entrarán en vigor, se introducen las vacaciones entre las causales por las que el cuentapropista puede designar a un trabajador contratado. También se establece que el periodo de tres meses autorizado para la salida al exterior o por vacaciones puede ser ininterrumpido o no dentro del año natural.

Se reitera que no tienen la obligación de inscribirse en la actividad de trabajador contratado ni el cónyuge, ni los familiares de primer y segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, hermanos, nietos y abuelos), ni los parientes de primer grado de afinidad (yerno, nuera, suegros).

Sobre este particular, la Viceministra Primera advirtió que no significa que no puedan ser trabajadores contratados.

Sobre el trabajador contratado, precisó que en el caso de los transportistas de carga y de pasajeros, si el familiar va a conducir el vehículo sí requiere la Licencia Operativa de Transporte.

También se autoriza a los trabajadores por cuenta propia a comercializar sus productos y servicios, tanto a personas naturales como a personas jurídicas cubanas y extranjeras. Esta disposición tiene su respaldo legal en el Decreto Ley 383 de 2019 y en el 384, y en las resoluciones 103 y 104 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Regulaciones

En el intercambio con la prensa, René Hernández Castellanos, viceministro primero de Economía y Planificación, enunció los objetivos de la resolución 236 del Ministerio de Economía y Planificación, la cual establece las regulaciones para las relaciones contractuales entre los trabajadores por cuenta propia y las cooperativas no agropecuarias con las personas jurídicas.

«Estas relaciones contractuales pueden efectuarse en cualquiera de las dos monedas, incluso en combinación de ambas», precisó.

Encaminada a eliminar las trabas que dificultan el encadenamiento productivo de los diferentes actores económicos, dicha resolución –acotó el funcionario–realza el papel que debe desempeñar el contrato como una herramienta económica de relación.

Por su parte, Yahily García Poma, directora general de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), explicó las adecuaciones realizadas en función de la integración de actividades, amparadas en la norma 427 del MFP. «Con estas nuevas medidas no hay incremento de la carga tributaria aprobada para este sector», destacó.

Con las nuevas regulaciones a la actividad de productor-vendedor de productos alimenticios se aplica el Régimen General de Tributación con un 60 % de gastos deducibles. Se establecen cuotas mínimas de mil pesos en moneda nacional (CUP) para La Habana y 700 para el resto del país.

También se conoció que el Ministerio de Transporte anunció modificaciones al Reglamento sobre la Licencia de Operación de Transporte. A partir de nuevas disposiciones, se unifican las licencias en la modalidad de libre y de ruta, y surge una nueva licencia en la modalidad regular. Se mantiene –precisó Marta Oramas, viceministra primera del Transporte– la modalidad de alto confort o clásico.

Foto: Granma
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Jorge Alfonso dijo:

1

6 de noviembre de 2019

08:03:23


Demasiado tiempo y regulaciones se invierte en los trabajadores por cuenta propia y pequeños Empresarios, esos nada producen y si para su beneficio revender productos que se importan para el consumo a la población, y como empeño se pone en solucionar los problemas que son un obstáculo para el incremento de la producción para satisfacer la demana de la población, reducir importaciones e incrementar posibles exportaciones principalmente de productos que no reduzcan el consumo de la poblacion.

Julio Cesar Respondió:


7 de noviembre de 2019

15:29:31

Señor por gente como usted es que esto no wcha palante

MÉDICO ECONÓMICO dijo:

2

6 de noviembre de 2019

08:18:55


Lo que mas interesa saber a nuestro pueblo no se dijo...Precio maximo de transportación!!!!!!!!!!!

Ariel Respondió:


8 de noviembre de 2019

11:07:47

en verdad es lo que más golpea al país

julio avinoa dijo:

3

6 de noviembre de 2019

08:34:27


Muy buenas medidas para los trabajadores por cuenta propia,ahora hay que velarpor la calidad del trabajo y la seguridad para evitar accidentes del trabajado. Aqui en EEUU son extremadamente estricto con los negocios particulares.los inspertores velando se respete la calidad y seguridad.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) Respondió:


7 de noviembre de 2019

10:04:00

La Ley No, 116, Código de Trabajo establece en su Artículo 72 que en el sector no estatal las relaciones de trabajo entre trabajadores y personas naturales autorizadas a actuar como empleadores se formalizan mediante un contrato de trabajo o documento equivalente, donde se precisan las cláusulas y condiciones acordadas. Entre los derechos mínimos que debe garantizar el empleador se regulan las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

Andres dijo:

4

6 de noviembre de 2019

08:45:14


Excelente que se perfeccione el trabajo por cuenta propia. Lo que no entiendo es por qué a algunos arrendadores de viviendas de la Habana Vieja le subieron el impuesto mensual fijo de 30 CUC a 70 CUC en un momento en que no hay turismo. ¿Se desea que se entreguen las licencias?. ¿Por qué a unos le cobran 30 y a otros 70 por ejercer una misma actividad?.

katia Respondió:


6 de noviembre de 2019

13:08:18

Andrés estoy de acuerdo con sus comentarios, y al igual que Ud tampoco veo el por qué del incremento del pago cuando sabemos la situación por la cual estamos pasando todos los que arrendamos con relación la baja del turismo .

Raul Angel Bruzon Infante dijo:

5

6 de noviembre de 2019

08:57:39


Muy bien. Veo de gran importancia la actividad de Pescador comercial, modalidad que se comenzará a ejercer a partir de la entrada en vigor de la Ley de Pesca. Esto ordena, y ayuda en gran medida, a mejorar la alimentacion del pueblo. Si crece la actividad, tendremos mas pescado.

jorgel dijo:

6

6 de noviembre de 2019

09:16:39


Estas medidas fueron anunciadas el 21 de febrero y se muestran dentro de las politicas en la página cubacrece pero no cabe dudas que a pesar de la demora resultan justas y realmente flexibilizan y ayudan a un sector que mayoritariamente tiene un alto nivel de sacrificio y consagración al trabajo.

Gulmar dijo:

7

6 de noviembre de 2019

09:39:57


Buenos dias, Una pregunta, Una empresa estatal podra pagar en CUC los trabajos de Chapisteria a un trabajador por cuenta propia, pregunto porque hoy solo podemos pagar en CUP, y en CUC solo a las Cooperativas. Gracias

Raul Angel Bruzon Infante dijo:

8

6 de noviembre de 2019

09:51:48


Es decir que, por ejemplo, la suegra no tienen la obligación de inscribirse en la actividad de trabajador, pero si quiero, la contrato como trabajadora. Asi es? http://arias260.emiweb.es

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) Respondió:


7 de noviembre de 2019

10:07:43

No tienen la obligación de inscribirse en la actividad como trabajador contratado: el cónyuge, los hijos, padres, hermanos, nietos, abuelos, yerno, nuera, suegros, excepto en el caso de los transportistas de carga y pasajero si el familiar va a conducir el vehículo.

Katery Barriel Duquesne dijo:

9

6 de noviembre de 2019

10:04:07


Mi madre Iraida Duquesne Cabrera vive en la Provincia Santiago de Cuba municipio San Luis es cuentapropista desde agosto 2014 en la actividad mecanografía la cual tenía contrataciones con empresas estatales y por violación de otro territorio de esta provincia el Consejo de la Administración Provincial desde junio 2017 tomó la decisión por acuerdo prohibir a las empresas el pago y contratación en esta actividad ya se ha quejado al periódico Granma, al Trabajador hace más de 1 año sin obtener respuestas así como ha enviado carta de inconformidad a diferentes instancias como es Partido Municipal, Consejo de Administración Municipal, a la CTC Municipal y al Ministerio de trabajo del municipio y al Partido Provincial. Por lo q en un inicio solicitó crédito el cual se le dificulta su pago porque su otorgamiento fue amparado por las contrataciones q tenía con las diferentes empresas. Y el Consejo de la Administración Municipal refiere que es una decisión del Consejo de Administración Provincial. Que responden al respecto.

Reinaldo Respondió:


7 de noviembre de 2019

09:23:20

Por favor todas las Empresas y Organismos tienen secretarias y decenas de equipos de computo e impresión. Como van a estar pagando a un tercero por el trabajo que les corresponde hacer.

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) Respondió:


7 de noviembre de 2019

10:16:52

En virtud de lo establecido en el Decreto- Ley No. 356 de 17 de marzo de 2018 Sobre el Ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia se establece que los consejos de la Administración municipales del Poder Popular para la atención y el control del trabajo por cuenta propia tienen la responsabilidad controlar que la autorización para el ejercicio de determinadas actividades, se otorgue previa evaluación y comprobación, por el grupo multidisciplinario.

nil dijo:

10

6 de noviembre de 2019

10:30:05


Porque razon no se acaba de aprobar la actividad de reparados e tubos de escapes de motos una actividad muy solicitada por los motoristas y los que la ejecen desgraciadamente para cumplir en alguna manera con el fisco tiene que sacar licencia por alguna actvidad afin y estar en manos de los inescropulosos INSPECTORES

Manuel Pupo perez dijo:

11

6 de noviembre de 2019

11:27:46


Necesito aclarar la situación de ventas de confituras y sobre el alcance de la actividad 86 que no entienden los trabajos presentados como yo: puede utilizar materias primas y PRODUCTOS de LA RED DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES cuál es su alcance porque por unos caramelos ,unas galletas y unos chicles la multa es de 2000 pesos eso no está claro esos son productos de la red de establecimientos comerciales y no tienes ningún diferencia entre jugos , refrescos ,maltas ,cerveza ,refrescos de pomos ,deseo una explicación , igual deseo saber hasta donde es el alcance de la regulación de familiares porque ahora dicen que solo es ayudar a limpiar ,elaborar ,que para cocinar ,despachar u otra cosa necesita licencia y carne esas cosas están en el aire y producen injusticias

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) Respondió:


7 de noviembre de 2019

10:22:25

En virtud de lo establecido en la Resolución No. 12 de 29 días del mes de junio de 2018, la actividad de Servicio Gastronómico en Cafetería. (Integra las actividades de Elaborador vendedor de alimentos y bebidas en punto fijo de venta (Cafetería), Cafetería de alimentos ligeros y Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas a domicilio), tiene en el alcance de la actividad, entre otras: Elabora y expende alimentos y bebidas no alcohólicas, incluye cerveza, asociadas al servicio gastronómico. La venta de cerveza se realiza cumpliendo las regulaciones emitidas por el Ministerio del Comercio Interior. Satisface los pedidos de los clientes a domicilio o lugar solicitado. El local no puede exceder de 50 capacidades. Puede utilizar materias primas y productos procedentes de la red de establecimientos comerciales y de otras formas de gestión no estatal, siempre asociados a la prestación del servicio y comercializar tabacos y cigarros. Requiere licencia sanitaria. Cuando se regula que puede utilizar productos, eso significa, por ejemplo que si va a vender un helado, puede adornarlo con un sorbeto, pero no vender sorbetos. Es decir, asociado a la prestación del servicio. Acerca de la segunda pregunta, no tienen la obligación de inscribirse en la actividad como trabajador contratado: el cónyuge, los hijos, padres, hermanos, nietos, abuelos, yerno, nuera, suegros, excepto en el caso de los transportistas de carga y pasajero si el familiar va a conducir el vehículo.

Armando Andres dijo:

12

6 de noviembre de 2019

11:33:17


Ya se autorizó ( o e estudia aún) la posibilidad de los miembros de la ACAA puedan optar por las patentes de artesanos, talabartero y otras parecidas?

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) Respondió:


7 de noviembre de 2019

10:33:07

La Resolución No. 104 del Ministro de Trabajo y Seguridad Social de 22 de octubre de 2019 establece la descripción y el alcance del ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia y en la actividad de Artesano que integra las actividades de Artesano, Talabartero, Productor o vendedor de calzado, Vendedor de flores artificiales, Productor vendedor de bisutería de metal y recursos naturales y Constructor vendedor o reparador de artículos de mimbre) regula que no se inscriben los artistas registrados en el Registro Nacional del Creador de las Artes Plásticas y miembros de la Asociación Cubana de Artesanos Artistas.

Manuel Pupo perez dijo:

13

6 de noviembre de 2019

11:34:48


Cuando se flexibilizará la contratación de la fuerza de trabajo en cuanto al tiempo que dura o tener el permiso de trabajo en: se retira el pizzero por causas normales ,mientras busco otro ,le doy el autorizo ,va a trabajo ,se inscribe ,lo autorizan para ir a la onat y le dan nos carne necesita 15 días hábiles y mientras tanto sin pizzero la cafetería cerrada ,tengo que cumplir con mis tributos y de que vivo

Wendy dijo:

14

6 de noviembre de 2019

11:42:35


Estimado. Si pudiera explicar con más exactitud que abarca la licencia nueva de regular en el transporte nacional y que tipo de cliente se pudiera tener. Gracias

Juan Alberto dijo:

15

6 de noviembre de 2019

11:55:25


Cuando van a autorizar a los programadores de equipos de computo que lleva ya demasiado tiempo esperando y no hay una información al respecto.

yo dijo:

16

6 de noviembre de 2019

12:23:17


Esto es bueno para los transportisitas? y para nosotros? se supone que bajen los precios de los porteadores por ejemplo GUANABO de 50 al menos a 30 o 35? Hay personas que vivimos ahi y trabajamos acá no vamos de vacaciones!!! Alguien que responda gracias

sonia dijo:

17

6 de noviembre de 2019

13:49:38


Muy bueno. pero que lento, hay actividades que tienen restricciones y otras no, ejemplo se autoriza a vender refrescos cerveza, y cigarros entre otros adquiridos en la Tiendas Recaudadoras de Divisa y yo me pregunto la autorización de la Ropa pa´cuando

Luis Miguel dijo:

18

6 de noviembre de 2019

17:55:10


Porque no se legaliza la venta de ropa,y eliminamos otra ilegalidad a la que somos inducidos.

Yosbel dijo:

19

6 de noviembre de 2019

18:48:55


Alguien pudiera aclarar que pasa con la licencia de Programador de Equipos de Cómputo. Todas las licencias que fueron suspendidas han ido volviendo menos esa. En su momento se dijo que estaba pendiente a un análisis por parte del ministerio correspondiente, pero ese análisis lleva 2 años ya. Hay muchos esperando por ella.

Yo Respondió:


7 de noviembre de 2019

14:14:20

Nada es mas facil que emigres para Namibia a que resuelvas esa patente sin palabras xD

Cubanísimo dijo:

20

7 de noviembre de 2019

08:00:46


Me parece muy bien y necesario que se incremente el trabajo no estatal como otra alternativa de desarrollo económico, pero creo que las instituciones estatales deben trabajar en razón de que sea mínimo el gasto del presupuesto en el pago de servicios a cuestaspropistas, lo que puede reducir ingresos.