ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

El rumor de un cambio en la Ley 105 de Seguridad Social en Cuba, vigente desde el año 2009, ha generado incertidumbre entre nuestros lectores. Carlos García Alfonso, por ejemplo, escribe a Granma para que le aclaremos el asunto, porque la posibilidad «preocupa a muchas personas en edad de jubilación».

Haydée Franco Leal, subdirectora general del Instituto Nacional de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Inass), preisa: «No hay tal cambio».

La Ley número 105 que reglamenta la Seguridad Social, condicionada a la situación demográfica en Cuba con un alto índice de envejecimiento poblacional, no se ha modificado hasta hoy, explica la funcionaria.

«La baja fecundidad y el aumento de la esperanza de vida en el país son elementos que han provocado una disminución de los arribantes al mundo laboral, al mismo tiempo que ocurre un incremento de personas en edad de jubilación», asegura.

Para lograr un equilibrio entre los que comienzan a trabajar y los que se retiran, desde el 2009 se estableció un alargamiento en la edad laboral y tiempo de servicio.

Por eso, la Ley vigente contempla que para jubilarse las mujeres deben haber arribado a los 60 años y los hombres, a los 65, y ambos cumplimentar 30 años de servicio.

Esto fue posible, añade Haydée Franco, porque hoy los cubanos arriban a la tercera edad saludables física y mentalmente y, consecuentemente, la esperanza de vida en el país se extiende y supera los 78 años. Actualmente en Cuba hay 121 adultos mayores por cada cien niños.

«De no haber sido implementada esta Ley en el 2009, en el 2015 habrían sido más los jubilados que los jóvenes que arribaban a los 17 años, edad en que se consideran aptos para iniciarse en el mundo laboral», añade.

Sin esta disposición legal, la Seguridad Social habría estado en crisis. No se sostendría sin los recursos humanos que produzcan riquezas, asegura la Subdirectora General del Inass y, por eso, «una nueva modificación implicaría un retroceso en los beneficios alcanzados hasta el momento».

BENEFICIOS DE LA LEY 105 PARA LOS JUBILADOS

- Amplía a 15 años el periodo para la selección de los cinco mejores años de salario para el cálculo de las pensiones

- Los pensionados por edad pueden reincorporarse al trabajo

- Permite que los jubilados puedan devengar la pensión y el salario, siempre que se incorporen en un cargo diferente al que ocupaban al momento de obtener su pensión

- Faculta al Consejo de Ministros para autorizar en determinado sector o rama de la economía la contratación de pensionados por edad en el mismo cargo que de-sempeñaba al momento de obtener la pensión. Así ha ocurrido, por ejemplo, en el sector de la Educación

- Los pensionados por edad reincorporados al trabajo, cuando cesan en él, tienen derecho a obtener un incremento en la cuantía de la pensión que reciben

- La Ley no establece límites en cuanto a las veces que el jubilado pueda reincorporarse a la vida laboral

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Carmen dijo:

16

14 de diciembre de 2017

09:39:30


Es una pena, para una mujer cubana que le ha tocado sortear tantas dificultades tener que esperar a los 60 años para retirarse es agotador, está es una edad para disfrutar y descansar.

Angel dijo:

17

14 de diciembre de 2017

09:49:50


Se supone que con esta ley, el cálculo del incremento de los años a trabajar oscile en unos 5 años para aquellos que comenzaron a trabajar con unos 24 o 25 años de edad. ¿Pero que pasa con los que empezaron su vida laboral con 17 o 18 años? Tienen que trabajar 10 años más!! para poderse jubilar, muchos han llegado a los 30 años de trabajo establecidos y aún tienen q seguir hasta cumplir la edad requerida. No parece justo, aunque te paguen el % extra por cada año. Debería tenerse en cuenta estos casos que a fin de cuentas, estuvieron trabajando 30 años ininterrumpidos, con un "período especial" incluído.

osmany dijo:

18

14 de diciembre de 2017

09:50:22


Realmente cuando leo el articulo, no entiendo bien el enfoque que le da la periodista al asunto, primero dice: desmiente supuestas modificaciones a la ley que protege a los jubilados y luego pone una cita de un lector: «preocupa a muchas personas en edad de jubilación». Para una persona que no sepa, cual es el comentario que se ha venido escuchando en los ultimos meses, pareciera que la preocupacion de las personas esta, en que se disminuya la edad de jubilacion, por temor a peder beneficios, y que eso es motivo de preocupacion, cuando se trata de todo lo contrario. Mas que preocupacion de que eso fuera cierto, lo que existia era espereranza de que eso fuera asi, pues la mayoria de los que estamos cerca de esa edad, (al meno los que estan cerca de mi)lo que abogamos es por tener la posibilidad de jubilarnos, sin dejar de reconocer que los elementos expuestos en cuanto a la situacion demografica y otras cuestiones son reales y objetivas. Ahora, que impide que existan las dos opciones, la de jubilarse a los 55 las mujeres y 60 los hombres, y la otra, la actual, de 60 y 65 años respectivamente, y que sea el trabajador el que decida a cual acogerse .

osvaldo lopez dijo:

19

14 de diciembre de 2017

10:02:08


Muy buena la intervención de la compañera pero dicha ley no ha tenido en cuenta aquellos sectores donde se trabaja más de 8horas en una fábrica que a determinada edad el exceso de trabajo ininterrumpido afectan al obrero física y mentalmente y que cuando esto ocurre la misma empresa no es capaz de asumir con responsabilidad estos casos a la hora de moverlo a otro puesto de trabajo para que pueda terminar sus años laborable y pueda obtener los beneficios de la ley

Desgastada dijo:

20

14 de diciembre de 2017

10:06:23


Opino q deberían revisar d nuevo esa ley no todos estamos interesados en trabajar hasta los 60 en el caso de las mujeres y hasta los 65 en el de los Hombres, la nueva ley no nos deja alternativas de poder decidir, pienso q eso debería ser opcional a la vez q uno tenga los años de servicio, esta ley no resuelva el problema q tenemos conque los jóvenes emigran, ¿Por qué no le damos paso a los jóvenes que están en la calle sin trabajar debido a que muchas de esas plazas siguen ocupadas por personas que pasan los 55 o los 60 años de edad? Ejemplo: plazas de Secretarias, oficinistas, contadores, personal de oficina en general y otras profesiones por el estilo quizás eso frenara un poco la emigración de los mismos. También hay q tener en cuenta q nuestra generación ha pasado por muchas etapas, nadie recuerda el periodo especial parece, y sin embargo seguimos aquí dando nuestro apoyo, pero reconsidero q se analice ¿qué tiempo nos queda para disfrutar la vida, para disfrutar de la familia, de los hijos y nietos, de cuidar a los padres ya enfermos, la inmensa mayoría de trabajadores que hemos tenido que comenzamos a trabajar desde muy temprana edad, los que ya pasamos los 30 años de trabajo, nosotras las mujeres que tenemos que esperar hasta los 60 años cuando ya estamos desgastadas y cansadas, la situación del transporte sigue critica aunque se han puestos guaguas nuevas a la hora pico no dan abasto y en el corre corre uno puede caer como fue mi caso y me hice un egince. Y en cuanto a la esperanza de vida creo q no es tan alta para nuestra generación pq muchos compañeros de mi edad han fallecido, desgraciadamente nadie en este mundo sabe cuanto durara y por lo menos en mi caso los años me pesan y mes es difícil llegar a los 60 vinculada laboralmente. La mayoría de mi generación nunca estuvo de acuerdo con dicha ley es hora de analizarla y reconsiderar o al menos como dije antes sea opcional de la persona.