ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Con las nuevas normativas jurídicas se simplifica la gran cantidad de normas legales suscritas sobre estos temas durante años. Foto: Ismael Batista

A un proceso de perfeccionamiento se abocan desde hace algún tiempo los institutos de Vivienda y de Planificación Física, con el fin de resolver la centralización de funciones y simplificar la gran cantidad de normas legales suscritas sobre estos temas durante años, situación que ha provocado un exceso de trámites para la población, así como numerosas restricciones en el Sistema de la Vivienda.

Especialistas consultados por este diario coincidieron en destacar que el proceso también tiene como objetivo fortalecer el Or­de­namiento Territorial y Urbano, y enfrentar las violaciones y construcciones ilegales.

Se trata, en esencia, de traspasar al Instituto de Planificación Física (IPF), al Ministerio de la Construcción, al Sistema de Tribunales, al Mi­nisterio de Justicia, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a otros Organismos de la Administración Central del Estado, muchas de las funciones que hasta el momento tenía el Instituto Nacional de la Vivienda. La base jurídica de esta decisión se ha dado a conocer en la mañana de este viernes, con la publicación en la Gaceta Oficial Extraordinaria No.40 del Decreto Ley 322 y de varias resoluciones complementarias, que entrarán en vigor el 5 de enero del 2015.

Para conocer detalles sobre estos cambios y sus normativas, Granma entrevistó a Belkys Serrano Tejerizo, vicepresidenta del IPF, entidad que recibe la mayoría de las funciones anteriormente asumidas por el Instituto Na­cional de la Vivienda.
—¿En qué consiste este perfeccionamiento?

—El proceso corresponde a la política aprobada en septiembre del 2012 por el Consejo de Ministros e instrumenta varios de los Li­neamientos suscritos por el VI Congreso del Par­tido Comunista. Los trámites que ahora se traspasan al IPF son instrumentos de control de la función estatal que tiene el Sistema de la Planificación Física. Ellos están encaminados a controlar las disposiciones establecidas en los planes de ordenamiento, tanto territoriales como urbanos. En estos instrumentos de control se dispone el uso y destino del suelo, así como las regulaciones urbanísticas, las rela­tivas al medio ambiente, las higiénico sanitarias y las de recursos hidráulicos, entre otras.

—¿De qué funciones en concreto estamos hablando?

—Las funciones que se traspasan del sistema de la Vivienda al de Planificación Física son: expedir las licencias y autorizaciones pa­ra la realización de acciones constructivas en la vivienda; establecer y controlar las normas para el mejor funcionamiento de los asentamientos urbanos y rurales; asignar te­rrenos estatales a las personas naturales o jurídicas que los soliciten para construir viviendas; certificar la habitabilidad de las viviendas terminadas que cumplan las regulaciones urbanas y constructivas; elaborar y aprobar los procedimientos de los dictámenes técnicos para la descripción y tasación de las viviendas; aprobar la certificación de medidas y linderos, del traspaso de solares yermos y azoteas, además del ejercicio del derecho de tanteo a favor del Estado; y representar al Estado ante los or­ga­nismos internacionales en el ámbito de los Asentamientos Humanos y el Hábitat.

—¿En qué sentido se flexibilizan los trámites?

—Hay un grupo de gestiones que las direcciones de Planificación Física van a realizar de oficio y sin costo adicional para la población. Por ejemplo, todo lo que tiene que ver con las aprobaciones de Higiene, las regulaciones so­bre protección contra incendios, entre otras asociadas a las licencias de construcción y los habitables, serán trámites que las direcciones de Planificación Física realizarán con los organismos correspondientes. Hoy las personas tienen que agenciarse todas esas aprobaciones de forma individual, lo cual dificulta y dilata el asunto.

“Es válido recordar que desde hace algunos años se han venido flexibilizando los procesos para la construcción de viviendas por es­fuerzo propio, ya sean nuevas construcciones, am­pliaciones o modificaciones. Esa flexibilidad ha estado encaminada, incluso, a que de­terminadas acciones constructivas dentro de la vivienda no lleven ningún tipo de trámite, cuando no impliquen cambios en la fachada y no modifiquen estructuralmente la edificación. Por ejemplo, quienes desean cambiar el piso, levantar una meseta, hacer una división interna que no afecte la estructura de la casa, no tienen que hacer ninguno tipo de trámites.

“Además, a partir de la puesta en vigor de estas nuevas normas, se perfecciona el pro­cedimiento para la asignación de terrenos es­tatales a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio. Esa con­cesión de terrenos se realizará en las áreas que estén definidas en el plan de ordenamiento y estén sometidas a un proceso de urbani­zación. El terreno a entregar deberá tener condiciones de urbanización primarias para que las personas puedan comenzar a construir. Estamos hablando de un trazado de vía, una solución de abasto de agua y de residuales, además de cobertura eléctrica, para que lue­go en la construcción existan condiciones de ha­bitabilidad.

“Las entregas de terrenos se realizarán por parte de las direcciones de Planificación Física a los casos aprobados por los Consejos de Ad­ministración municipales, mediante el otorgamiento de derecho perpetuo de superficie. Al recibir el terreno estatal las personas deberán comenzar la ejecución de la obra en el término de un año, que podrá ser prorrogado por un año más. Si no se ha construido durante ese tiempo, podrá cancelarse la asignación, pues existe una necesidad creciente de terrenos para construir viviendas y lo que no se puede permitir es congelar dichas zonas”.

—¿Existen suficientes terrenos de este tipo en el país?

—Existe una limitación dentro de las ciudades y los asentamientos con respecto a la disponibilidad de terrenos urbanizados, en lo adelante el proceso inversionista considerará esta necesidad.

—Entonces ¿existirán prioridades para su asignación?

—En las normativas se establece un grupo de causales y prioridades para la entrega de los terrenos. Entre ellas están los afectados por desastres; los necesitados de erradicar condiciones de precariedad; los casos sociales y albergados; los ubicados en zonas de riesgo, que incluyen peligros sísmicos, desastres naturales y otros; y además por interés económico-social, definido este último concepto a los efectos de asentar fuerza de trabajo y ga­rantizar el desarrollo económico de algún te­rritorio, y además para solucionar déficits de viviendas, problemas de hacinamiento, de convivencia, y otras relacionadas con el estado constructivo de la vivienda.

—¿Qué otras buenas nuevas para la población trae la puesta en vigor de este paquete de normas jurídicas?
—Además de todo lo dicho, se establecen los procedimientos para la compra, venta, donación y permuta con el Estado de solares yermos. Esta es una decisión que la población ha venido esperando y ahora se flexibiliza, al igual que la cesión y uso de azoteas, ya sea con pago o sin él. Todas esas son alternati­­vas que facilitan la utilización de áreas para construir.

“Con la instrumentación del Decreto Ley se logra también concentrar en el Sistema de la Planificación Física todos los trámites relacionados con la descripción, la tasación y la certificación de medidas y linderos. Actualmente, el sistema de la Vivienda hace ese trámite en las viviendas y sus terrenos correspondientes, en tanto Planificación Física lo hace en inmuebles y terrenos estatales.

“Igualmente, se define un procedimiento para la solución de litigios y reclamaciones en torno a los solares yermos, el derecho perpetuo de superficie, las medidas y los linderos. En estas normativas que se publican hoy en la Gaceta Oficial la población va a poder conocer todos los pasos que debe dar ante una situación de este tipo, qué términos son los establecidos y a qué instancia le corresponde darle solución o respuesta a su reclamación”.

—¿Qué sucederá con el Instituto Nacional de la Vivienda?

—Según la política aprobada, el Instituto Na­cional de la Vivienda pasa a ser una Dirección General del Ministerio de la Cons­trucción, que tendrá la misión de dirigir, ejecutar y controlar la política del Estado y el Gobierno en cuanto a la Vivienda.

—Las normativas entrarán en vigor el próximo 5 de enero, o sea 120 días después de su publicación en la Gaceta. ¿A partir de ese momento a dónde deberá dirigirse la población para realizar estos trámites que hemos hablado?

—La población deberá dirigirse hacia donde mismo ha ido hasta el momento. Apro­ve­charemos todas las oficinas de trámites de la Vivienda que hoy están funcionando en la mayor parte de los territorios, lo que a partir de enero estarán allí los funcionarios de Pla­nificación Física para atender. Además po­drán dirigirse a las direcciones municipales de Pla­nificación Física para buscar información y asesoría a la hora de realizar las acciones constructivas. El reto mayor en toda esta reestructuración es que la población no sufra el impacto, para ello estamos desarrollando un proceso organizativo, de determinación de los re­cursos materiales necesarios, de capacitación y de divulgación. De forma tal que el próximo 5 de enero estén creadas todas las condiciones para cumplir con las nuevas funciones.

Funciones del Instituto Nacional de la Vivienda traspasadas a otros Ministerios, Órganos, Organismos y Entidades

Al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
• Dirigir y controlar la actividad de arrendamiento de viviendas, habitaciones y es­pacios.

Al Ministerio de Justicia
• Establecer el procedimiento para las permutas donde al menos una de las viviendas sea vinculada o un medio básico.

A los Tribunales Populares
• Conocer los litigios que se produzcan entre propietarios de viviendas, y las re­clamaciones de derecho entre propietarios, cuyos documentos sean judiciales o nota­riales.

A los órganos, organismos de la Ad­ministración Central del Estado y entidades nacionales
• Controlar, declarar, contratar y cesar las viviendas vinculadas y medios básicos que integren su patrimonio.

Las demás funciones y facultades, que otorgan la Ley General de la Vivienda y otras disposiciones vigentes, al Instituto Nacional de la Vivienda y su Presidente, son asumidas por el Ministerio de la Construcción y su Ministro.

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Jacqueline Alegre dijo:

41

14 de octubre de 2014

17:07:35


Desde hace tres años estoy en litgio con una vecina, que en el año 1998 el DMV de Arroyo Naranjo le entrgo en calidad de venta un terreno que en un momento tenia un dueño que murio y como le dije antes la vivienda le vendio el terreno. Ahora en este momento quisiera saber si no estaba autorizada la venta de los terrenos, por que a esa señora que no tiene problema alguno de hacinamiento ni ningun otro problema de vivienda el DMV le vende en aquel momento que no estaban autorizadas las mismas ese terreno o solar a esta señora POR FAVOR le pido a los que interceden en estos comentarios alguna respuesta

Niuvisley dijo:

42

9 de enero de 2015

16:51:38


Lo único que he podido leer hasta ahora es sobre el traspaso o construcciones, acaso ya no se van a vender más vievienda, o sea, si mi interé es compra una casa ya hecha, ¿Se puede o ya dejó de existir?

Ricardo Prieto dijo:

43

23 de febrero de 2015

23:41:31


Tengo una situacion de litijio en la vivienda en la cual mi esposa que es hija de una de los herederos ya fallecido siempre ha vivido. Uno de estos sin incluir a los demas en la declaratoria pretende vender la casa y mi esposa esta en la calle. Esta situacion a llegado de parte de el a violencias con mi esposa. Diganme a donde dirigirme porque los abogados de Santiago de Cuba llevan 2 años y no se ha resuelto

francoise cator malvis dijo:

44

22 de marzo de 2015

06:47:16


soy propietaria unica de vivienda donde vivo que mi mama en vidad me la sedio, y al falleser ella mi hermano quiere que me balla de hay . argumentando que tiene derecho a ella. en el tramite legal hecho por ella consta que soy propietaria unica con todos los derechos atrves de la ley dado en la direccion provincial de la vivienda en camaguey. quiero saber si tengo que combibir con el despues de aberme dado una paliza por la casa. e acudido a las autoridades de esta ciudad, para solicitar que el no balla mas a la casa pero no e tenido rrespuseta alguna ya que ni siquiera se portan en dicho lugar quiero saber que devo de haser para que el no me molest mas y no vuelba mas a la casa

susana dijo:

45

24 de abril de 2015

11:38:00


Cada minuto que pasa me sorprende más que no haya alguna persona con autoridad jurídica para intervenir en los procesos de corrupción que existen aún en la Vivienda. Solo los que sufren de la injusticia, son capaces de saber el sufrimiento y daño que esto provoca en la calidad de vida de las personas involucradas. Yo también fui objeto de esta maldad, pues una vecina construyó en el límite de su propiedad, con una ventana de 3 hojas dando a mi dormitorio, perdi toda la privacidad, pues talmente parecía que los tenía entro del cuarto. Además de otras acciones que realizaron y por lo cual tuvimos que reclamar. Mala suerte la nuestra, pues tenían y tienen amigos en la Vivienda. El colmo de la maldad, es que a la vecina se le ocurrió decir que la cerca estaba mal colocada, y que debía estar corrida 1m hacia mi terreno. Ese metro lo vendió a los vecinos del otro lado cuando adquirió la propiedad del terreno, pues ya aquellos tenían la cerca colocada y corrida 1 m hacia esa parcela. Entonces, se buscaron a a una abogada que se sometió a hacer un papel donde nos comunicaba que todo lo hecho por ellos (que admás era sin licencia de construcción), no tenía ningún problema y que la cerca había que correrla. Como ya ese plan estaba acordado, la vecina me llamó unos días antes para amenazarme por lo que me iba a pasar, y hasta brindaron con sidra, pues nos íbamos a ver "peor que las garrapatas de los perros", amenazó con hablar mal de mi familia y decirles a todos que éramos unos Chivatos, que la habíamos "echado pa' lante". Desde esa fecha se hace la víctima, y lo que ha hablado de mi es terrible. Nosotros, tan ingenuos, pensando que todo se solucionaría, fuimos citados a la Vivienda, y allí si que fue el caos. Nos amenzaron con expropiación del inmueble, con acusarnos de difamación por haber tenido que quejarnos ante el PCC y Gobierno de la provincia, por el mal proceder y parcialización de los funcionarios de Vivienda. A través del Presidente de la Asamblea se promovió una nueva investigación y la vecina no tuvo más remedio que morderse su lengua y reconocer que esa cerca llevaba allí más de 17 años, y que ella no había querido decir que le faltaba ese metro de terreno. Pedimos permiso para hacer una cerca de mampostería dentro de nuestro terreno, para evitar las provocaciones constantes. A pesar de la situación de deterioro de nuestra vivienda, con el techo en peligro de caerse, el baño todo roto, las paredes sin repello, las ventanas rotas, y otras incomodidades, tuvimos que decidir por invertir una suma de dinero para lograr vivir en paz. Esa cerca costó más de 7000.00 MN, ella no accedió a hacer la cerca en el límite, por lo que en reunión efectuada con los aquitectos de la comunidad se decidió otorgar la licencia para ahcerla dentro de nuestra parcela, o sea, para una cerca de caracter independiente. Dejamos más de 20 cm de espacio entre la cerca de malla que defiene el límite de los terrenos. Han pasado 9 años, y de nuevo viene la provocación, quitaron la malla limítrofe y utilizaron nuestar cerca como arrimo. Extendieron el techo del patio y perforaron nuestra pared, colocando cabillas para soportar ese techo, haciendo una habitación allí. Toda la pared la llenaron de matas, cordeles, luminarias. Se les llamó la atención por esto, y amenazaron con las mayores groserías y descaro, que iban a derribar la cerca. Como las discusiones nada bueno traen, de nuevo hubo que acudir a los inspectores. La inspectora le indicó que quitaran el soporte del techo y lo hicieron bajo protesta. Solo pedí que le informaran por escrito que al ser esa pared construida en mi propiedad y sin su participación allí no tienen derecho de hacer absolutamente nada. HAce 2 meses de esto y aún no recibo respuesta. Confiemos en que nada extraño ocurra nuevamente, porque de ellos puedo esperar cualquier cosa. Escuché decir a la vecina algunas mentiras a la inspectora, y dijo que iba a medir su terreno, porque ella nunca se había preocupado por medirlo. Será descarada? Y aquel papel que me mandaron no es una evidencia del intento de apropiación indebida y aprobada? Quisiera que alguien solicitara el testimonio de las personas que han sido objeto de tanta injusticia y burla y que se actúe con mano dura con los irresponsables, que más que de la población, se burlan de las leyes, de los cuales muchos son los representantes, se burlan del gobierno, del estado, y hasta del Partido Comunista al que muchos pertenecen y no tienen ni siquiera la verguenza de respetar. Es muy vergonzante para mi hacer esta declaración, pues si vivimos en una sociedad construida bajo principios de justicia e igualdad, todos debemos abogar porque esos derechos que se nos han otorgado por Constitución, sean respetados. A mi, y a muchas de las víctimas de las arbitrariedades en la Vivienda, se nos han violado muchos de esos derechos. Y eso no es cosa de juego. Analícenlo bien los que se sientan por conciencia, comprometidos con nuestra Revolución y los que de verdad andan en busca de la verdadera justicia. ?Quién nos va a resarcir por todo el daño emocional, la decepción y el sufrimiento que estas injusticias nos han causado?

Daisy dijo:

46

23 de noviembre de 2015

20:58:28


Quisiera saber si pueden contestar una inquietud dando la respuesta correcta

Daisy dijo:

47

23 de noviembre de 2015

21:04:17


Despues de esta ley los convivientes de una propiedad q esta totalmente independiente q ha vivido por mas de 20 años en dicha propiedad, si esta en EE UU pero su esposo quedo en la casa donde han vivido juntos todo este tiempo y esa persona entro de vuelta a Cuba antes de los dos años como se mencionó anteriormente en dicha ley q debía ser para conservar el derecho, quiero saber si esto se mantiene?

Roberto E Ysquierdo Cruz dijo:

48

16 de junio de 2017

12:05:27


Es increíble lo que se demoran los cros de Planificasion de Plaza para dar respuestas a cualquier tramite por sencillo que sea, desde el 3 de Marzo los vecinos del edificio 761 cita 2 y Paseo entregamos carta escrita y firmada realizando un reclamación de un área común que nos pertenece y que necesitamos, la que se le entrego a una cooperativa privada y aun no se ha ni personado en el lugar, preguntamos que debemos hacer los vecinos???