ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

En respuesta a la queja publicada en el periódico Granma con el título referenciado en el asunto, tengo a bien comunicarle que a pesar de que la dirección municipal de Planificación Física de Playa atendió a la señora Isabel Modesta González Mirabal, no le fueron dadas las instrucciones correctas pues la entidad facultada para atender los casos en edificios múltiples es la dirección de la Vivienda, a donde fue remitida la señora mediante respuesta emitida por la dirección provincial de Planificación Física a la queja publicada, de la cual le anexo copia.

Nuestra entidad continúa accionando de forma enérgica porque casos como este no se repitan, pues las disposiciones actuales van enfocadas a mejorar la gestión nuestra para ofrecer un servicio a la población con la mayor calidad posible como función principal de las administraciones públicas.

Hechos como este dañan la imagen del sistema de atención a la población con el que debemos contar todas las instituciones que intervenimos en procesos que mejoran directamente la calidad de vida de nuestros ciudadanos.

 

RESPUESTA DADA A LA LECTORA ISABEL MODESTA GONZÁLEZ MIRABAL

En respuesta a la queja presentada por usted en la que menciona que se presentó ante nuestra institución con el objetivo de encontrar solución a las afectaciones que presenta con encontrar un lugar adecuado para colocar el tanque de abasto de agua para su vivienda, al presentar su cubierta afectaciones técnicas que impiden su colocación en ella.

Sobre lo anterior le comunicamos, que en materia de ordenamiento e imagen urbana, las ordenanzas de la construcción y las regulaciones urbanas vigentes contemplan los lugares idóneos para la colocación de los tanques de abastecimiento de agua y su distribución hacia el interior de las viviendas. En cuanto a los requerimientos técnicos y temas estructurales existen las dos instituciones a las cuales usted se dirigió en busca también de respuesta.

En su caso específico al habitar en un edificio multifamiliar, lo establecido es que los tanques sean colocados en las áreas comunes de forma tal que servicien a toda la edificación. Este caso se encuentra con la agravante de que existen afectaciones técnicas en la edificación, las cuales deberán ser revisadas y avaladas por la entidades facultadas para emitir criterios técnicos-constructivos de las edificaciones, ejemplo:iDepartamentoidiagnóstico del sistema de la Vivienda, el programa del Arquitecto de la Comunidad y en caso de afectaciones graves SECONS, además de informarle las medidas preventivas para evitar daños.

De haber sido atendida adecuadamente en la oficina de trámite se le debió explicar que una vez realizada la asistencia técnica por parte del arquitecto de la Comunidad para poder determinar dónde se puede poner el tanque y que no presente afectaciones a su vivienda u otras de la edificación, con la aprobación del consejo de vecinos de su edificación podrá solicitar la requerida autorización en el departamento de edificios múltiples de la dirección municipal de la Vivienda de Playa donde se le emite un documento expresando su objeción o no al respecto.

Al tener que colocar el tanque en un área fuera de su propiedad deberá contar con el consentimiento de los vecinos, avalado por el presidente del consejo de vecinos de la edificación, garantizando que una vez aprobado no deba ser retirado ante la queja de algún conviviente.

Teniendo en cuenta lo anterior, se determina su queja con razón, indicándole que se dirija al departamento de edificios múltiples de la dirección municipal de la Vivienda de su municipio de residencia.

 

Msc. Juan Miguel Herrera Miranda,
Director Provincial de Planificación Física, La Habana

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Randy dijo:

11

14 de febrero de 2023

20:07:00


En mi caso vivo en un edificio multifamiliar en el cual existen 2 entidades estatales y 4 viviendas,puesto que tengo la necesidad de ubicar en la azotea 2 tanques elevados para erradicar la crítica situación que tengo con el agua puesto que desde hace algunos años existían 2 tanques los cuales fueron apropiados por el vecino del piso superior.Bueno en fin la cuestión es que ese vecino no está de acuerdo a que yo wjecute la instalación del tanque,necesito que se me Oriente que pudiera hacer para resolver mi situación.

Celia Gutiérrez Capetillo. dijo:

12

14 de abril de 2023

11:11:06


Buenos días. En mi patio, hay puesto dos tanques de agua de unos vecinos. Esto fué permitido por mi tía hace alrededor de 11años. Ya que el vecino habló con ella, pidiéndole permiso para colocar los mismos. Ella ascedio pues presentabamos problemas críticos con el agua. Dónde el le.prometio que nos ayudaría con eso. Y así fué. El puso una manguera dentro de sus tanques y con ella nosotros llenabamos los nuestros. Mi difunta tía, cometió un error ya que no le pidió permiso a mi madre para poner dichos tanques. Ella era la dueña de la casa. Esté patio está descrito en nuestra propiedad, cómo pasillo exterior techado. En está área es donde se encuentran los tanques. En estos momentos yo me encuentro en trámites de permuta. Pues en está casa está viviendo ahora mi hijo mayor con mi nuera. Ellos cómo van hacer los propietarios de esta vivienda. Quieren retirar los tanques, dónde estos se desbordan de agua cuando ellos ponen el motor. Y el techo de esté patio, con afectaciones de humedad y desprendimiento. Estos vecinos se niegan a quitar dichos tanque. Qué debo de hacer con respecto a este problema. En espera de su respuesta.