ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

A finales del mes de mayo o principios de junio del 2016, debido a un evento climático, se cayó el poste eléctrico donde se encuentra la acometida de mi domicilio y como resultado de esto, se desprendió el metro contador. Ese mismo día fue reparada la avería por los compañeros de la Empresa Eléctrica, momento en que desconectaron y volvieron a conectar a este dejando próximo a este el cable del bajante pelado, por no tener en el carro en ese momento.

El día 21 de noviembre del 2016 se personaron en mi domicilio dos inspectores y al no estar le impusieron una multa a mi esposa nombrada Carmen Pimentel Pimentel, manifestándole en el acto que con aquella multa tenían garantizada la estimulación, razón por la que me personé en la sucursal de Guane, donde en varias ocasiones conversé con el administrador, conocido por Piña, quien trataba de buscar una justificación, ya que de quitar la multa sus trabajadores perderían la estimulación, razón por la que presenté una queja en la Fiscalía municipal de Guane, donde se dispuso que se anulara la multa que se le había impuesto a mi esposa, lo que así se hizo.

Cuánta sería mi sorpresa cuando el 3 de febrero del 2017 se me notifica la ­obligación ­de pagar un recargo (recargo que venía a mi nombre y no de mi esposa) porque si bien se me había quitado la multa no así el recargo, porque esto estaba introducido en el sistema y la estimulación se había pagado.

Retorno nuevamente a la Fiscalía y en esta me responden que eso le correspondía solucionarlo la Empresa Eléctrica. No entiendo que si se quita la multa porque esta no procede, se mantenga la obligación de pagar un recargo por esta.


Aramis Ramos Roque,
Kilómetro 68, Carretera Luis Lazo, Guanes, Pinar del Río.

 

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Jorge dijo:

11

9 de junio de 2017

09:29:15


Para Teresa y Albert: el cliente hizo bien y aunque no tiene la culpa de que el metro contador estuviera defectuoso, la empresa tampoco tiene la culpa de que el cliente haya disfrutado de toda esa energía sin pagarla. Es lo establecido en la ley y por eso la empresa se lo cobra retroactivo. Y aclaro que la esta Ley Eléctrica de 1975, se hizo por muchos parámetros de la que existía en el capitalismo. Pregunte en otros países y verá que la empresa eléctrica no pierde cuando se trata de energía consumida y no pagada por el cliente. Se la cobran de todas formas. Gracias.

Adalicia Garcia Reyna dijo:

12

15 de junio de 2017

10:39:00


La Empresa Eléctrica tiene métodos muy crueles,para sus clientes ,pues nos obliga a caer en deficiencias que le dan a ellos ganancias por ejemplo ,en la sucursal de Siboney.Bayamo.Granma,no ponen claramente la fecha de vencimiento del pago del recibo,por lo que no se puede pagar en otro sitio como el banco o el correo 5 dias antes de la fecha de vencimiento,obligandote a pagar en la sucursal,y como los horarios coinciden con mi centro de trabajo ,no puedo pagar a tiempo.