ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

El pasado 1ro. de agosto, la sección Cartas a la dirección de ese órgano de prensa publicó una queja formulada por los compañeros Luis F. Romero y Juan Martínez Martínez, representantes de la junta de administración del edificio de doce plantas sito en 20 de mayo No. 525 entre Martha Abréu y Línea del Ferrocarril, Cerro, en la que exponen sus preocupaciones respecto a las acciones constructivas que se han acometido en la vivienda perteneciente a esta institución y que se encuentra ubicada en la planta baja de dicha edificación.

Sobre este asunto, hemos intercambiado y dialogado en rei­te­radas ocasiones con los vecinos del edificio y con las autoridades del Gobierno del territorio, esclareciendo los an­te­cedentes y las acciones legales y administrativas que al respecto hemos realizado.

Durante más de veinte años el referido local fue sede de una sección del Tribunal Municipal Popular del Cerro en virtud de la aprobación conjunta de la dirección del Partido y el Gobierno del municipio. En el año 2009 la dirección de este tribunal reali­zó los trámites pertinentes para la legalización del local hasta su inscripción en el año 2011 en el patrimonio del Tribunal Provincial Popular de La Habana, lo que fue comunicado oportunamente al compañero Luis F. Romero, presidente del Con­sejo de Vecinos del edificio.

En el año 2012, en cumplimiento del Lineamiento No. 298 de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución, se elevó a la dirección del país, por conducto del Tribunal Su­premo Popular, la propuesta de cambio de uso del mencionado local para convertirlo en una vivienda, y en diciembre de ese año fue aprobado con la indicación de que en el término de un año se debía rendir cuenta de las acciones desarrolladas a esos efectos.

A partir de ese momento se comenzó a diligenciar la documentación legal correspondiente hasta la obtención de la licencia de construcción expedida por la Unidad Municipal Inversionista de la Vivienda (UMIV), conforme lo establece la resolución 91 del Ministerio de la Construcción (MICONS).

Posteriormente se suscribió contrato con un constructor para la ejecución de la obra.

Durante aproximadamente cinco meses que demoraron las labores constructivas de la obra, en varias oportunidades se detuvo el trabajo para atender y evaluar las quejas de algunos vecinos del edificio, incluidos los que ahora suscriben el escrito al diario. En ese sentido nuestro órgano fue convocado en dos ocasiones a la sede de la Asamblea Municipal del Poder Po­pular del territorio para tratar esos asuntos, sin que a ninguno de esos encuentros asistieran los vecinos inconformes. No obstante, en cada uno de esos momentos se explicó detalladamente todo lo relacionado con el tema al presidente del Go­bierno municipal, quien funge además como delegado de la circunscripción donde está enclavado el edificio.

De igual forma, el 3 de junio del 2014 el vicepresidente de este tribunal participó en la asamblea de rendición de cuentas del delegado a los electores en esa circunscripción y explicó todo lo relacionado con el desarrollo de la obra.

Además, en el transcurso de este periodo se recibieron varias visitas en la obra de los inspectores tanto de la Unidad Mu­nicipal Inversionista de la Vivienda (UMIV) como del Ins­tituto de Planificación Física, sin que se hayan detectado irregularidades al respecto.

En relación con la rotura de los denominados tímpanos de tranque, aunque el proyecto autorizaba demoler completamente las referidas paredes, es cierto que la licencia de cons­trucción solo permitía demoler paredes de bloque y ninguna de las paredes del apartamento son de este tipo por lo que se solicitó dictamen a la Empresa de Servicios Especializados de la Construcción (SECONS), teniendo en cuenta que esta había elaborado los proyectos de la obra y dictaminó en los siguientes términos:

“Aunque se ha alterado el diseño original del edificio, se puede considerar que el mismo presenta un sistema muy sólido y que es capaz de redistribuir las cargas de viento sin afectar el estado de su estructura. De todas formas se debe informar a los futuros residentes de las viviendas ejecutadas que deben estar alertas ante cualquier fisura o grieta que pueda surgir en el futuro para solicitar un nuevo dictamen y estudio del edificio si fuese necesario”.

Posteriormente, y ante el cuestionamiento de los vecinos, se interesó la evaluación de los especialistas de la Empresa Nacional de Investigaciones Aplicadas (ENIA) del MICONS, los cuales efectuaron la visita a la obra y emitieron su informe con las siguientes conclusiones:

“No se observan lesiones ni daños de ningún tipo, hablamos de las principales patologías que afectan a los elementos estructurales de la superestructura, por tanto no es necesario investigar los elementos estructurales que conforman el edificio, pero debe localizarse el proyecto estructural del edificio y con la información que brinda ver con una entidad proyectista para que se calcu­le la capacidad residual de carga de cada elemento afectado y se determine el tipo de intervención a realizar”.

En atención a las consideraciones de los especialistas de la ENIA, y al no existir daño estructural al edificio solicitamos el dictamen de la Empresa de Proyectos para la Industria Básica (EPROB) u otra entidad especializada a través de la de­legación del Grupo Empresarial de la Construcción (GECONS) en la provincia, a la espera del que estamos.

Desde hace más de un mes está concluida la obra y solo resta obtener la documentación del habitable que ya está debidamente firmado por la UMIV, pero se encuentra retenido por indicaciones del presidente de la Asamblea Municipal del Poder Popular que, como hemos referido, es delegado de esa circunscripción. Por tal razón la vivienda permanece aún sin ocupar.

Lo expuesto hasta aquí demuestra que en relación con este asunto por nuestra parte hemos actuado de manera legal, transparente y responsable. Lamentamos profundamente el nivel de molestia y animadversión que esta situación ha suscitado en los reclamantes a quienes, al parecer, ningún argumento o dictamen técnico les resultará suficientemente convincente.


COLETILLA
Es muy difícil que un argumento o dictamen resulte suficientemente convincente cuando se habla en nombre de 139 fa­milias que viven en ese edificio, cuando esos mismos dictámenes, dicen: De todas formas se debe informar a los futuros residentes de las viviendas ejecutadas que deben estar alertas ante cualquier fisura o grieta que pueda surgir en el futuro para solicitar un nuevo dictamen y estudio del edificio si fuese necesario. O que: debe localizarse el proyecto estructural del edificio y con la información que brinda ver con una entidad proyectista para que se calcule la capacidad residual de carga de cada elemento afectado y se determine el tipo de intervención a realizar.

¿Alguien puede vivir tranquilo con esas amenazas? ¿Se puede dar un habitable con esas recomendaciones? Claro que los vecinos tienen suficientes argumentos para expresar su inquietud. Sus viviendas y sus vidas, están en juego. Los Lineamientos aprobados son la expresión de la voluntad del pueblo, con el objetivo de garantizar la continuidad e irreversibilidad del socialismo y busca la elevación del nivel de vida de la población. El citado 298, como el resto, conjuga los valores éticos y políticos de nuestros ciudadanos e insta a recuperar las viviendas que hoy son sedes administrativas, así como inmuebles que puedan asumir estas funciones. El caso en cuestión es un edificio multifamiliar.

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Ing. Ricardo Sanchez Sosa dijo:

16

15 de septiembre de 2014

17:20:21


Totalmente de acuerdo con la coletilla. Este es un caso tipico de lo legal que no es moral. En nuestro pais las cosas deben ser correctas moral y legalmente. El IPF esta luchando contra todas las irregularidades que se cometen cambiando los proyectos de edificios, viviendas y areas urbanas, ese proyecto no debe ser autorizado , tecnicamente hablando y moralmente ese local debe ser devuelto al colectivo del Edificio para su destino original y no usar el poder del Tribunal , como organo del Estado, para imponer su autoridad legal. En este tipo de caso deberia intervenir la Direccion del Partido Comunista de Cuba ( Departamento de Organos Estatales y Judiciales) para que devuelvan el local a su destino original en el Proyecto del Edificio , donde nunca se planeo que fuera vivienda.

Zugor Seg. dijo:

17

15 de septiembre de 2014

19:50:19


¿Y ya saben para quien es esa casa, única y tan defendida,Incluso con Lineamientos y todo por delante? Esa pregunta debio ser respondida, esclarecería mucho. Aun a riesgo de tumbar y que le caiga encima un edificio con sus ocupantes dentro, y pasandose por lo mas oscuro de la anatomía, el veredicto venial de unos especialistas, pero de gran importancia para la seguridad del propio edificio. Seria mas de lo mismo, si no fuera precisamente por quien lo hace, ¡por los que tienen que hacer valer la Ley!!! !Di tú, y no es de pollo! como se dice por ahí...

pacho dijo:

18

16 de septiembre de 2014

15:51:44


200 % de acuerdo con la coletilla, verdad que la respuesta fue muela nada mas muchas palabras bonitas pero no dice nada

Doris dijo:

19

16 de septiembre de 2014

19:21:31


Buenas tardes. Vuelvo a entrar para revisar los comentarios sobre este hecho. Sólo quisiera aclararle dos cuestiones al estimado Adolfo, a quien aprecio y respeto. Primero: los garajes no son las únicas áreas comunes de los edificios, hay que leerse el articulado de la Ley General de la Vivienda para establecerlo, tal y como los puse en mi comentario No. 7. Y segundo: el préstamo de un área no molesta, pero sí la apropiación de la misma sin el fundamento legal para hacerlo. Hay muchas Zonas de los CDR funcionando en locales prestados de los Edificios, pero a ninguno se le ha ocurrido inscribirlo como propiedad. Tenemos que respetar lo legislado, porque de lo contrario no lograremos ordenar este país, tal y como nos está pidiendo nuestra máxima dirección. ?Qué futuro legaremos a nuestros hijos, si no? Muchas gracias

Adolfo dijo:

20

17 de septiembre de 2014

14:19:26


Doris, no todos los sótanos son parte común de un edificio, si se usa como parqueo, o existe la cisterna del edificio ocupando parte de ella, o por ella transitan las redes eléctricas o hidrosanitarias y todas ellas no permiten la utilización del mismo para otros fines, es que es común y es común porque nadie tiene propiedad particular sobre ella, pero los edificios como dije anteriormente, pueden tener planta baja libre para otros fines e incluso sótano como refugio para la defensa, los edificios en muchos casos son de administración de la Dirección Municipal de la Vivienda, hay un principio, hoy con la situación de la vivienda cualquier espacio es útily precisamente de ese simepre se queja el pueblo, no se quejaron cuando durante 20 años lo ocupó el Tribunal y ahora se quejan, pero de qué, ¿de que se convirtió en vivienda? o ¿de que picaron un tímpano? si es de lo primero, presumo egoismo, si es lo segundo, la causa no es la vivienda sino un problema de ejecución de la obra o de su proyecto, y si no se aprecia lesiones importantes, entonces cuál es el problema, ¿se resuelve reponiéndolo como sótano y no ocupar la vivienda? no se mantendría el posible peligro, entonces ¿dónde está el problema? a, que puede peligrar estrucuturalmente el edificio, hasta ahora no se ha demostrado pero todo profesional que se respete dice "hay que seguir controlándolo en el tiempo" pero no hay peligro, y si no hay peligro por qué no ocupar la vivienda. Hoy lo que toca, es si quieren, al responsable de picar el tímpano pasarle la cuenta y darle la seguimiento a la estructura. PERO SEGUN AQUI SE EXPRESA NO HAY 139 FAMILIAS EN PELIGRO NI EL QUE VAYA A VIVIR ALLI