El pasado 21 de febrero de 2014, se publicó en el diario Granma un escrito con el título Falta de sensibilidad o cómo calificarlo,enviado por el compañero Elio Leandro Cáceres Linares, relacionado con una insatisfacción por el cobro de un servicio de taxis en CUP, desde la Funeraria de Guanabo al Cementerio de Calabazar.
Para investigar este caso, se creó una Comisión que realizó las siguientes acciones:
• Análisis del escrito publicado en el periódico Granma.
• Identificación del chofer y vehículo que prestó el servicio, resultando que el vehículo corresponde a la UEB Taxis No. 62 y el chofer se nombra Yulién Alemán Rojas, perteneciente a la Empresa de Taxis de Servicio Regular de La Habana.
• Verificación del funcionamiento del taxímetro del vehículo.
• Entrevista al cliente Elio Leonardo Cáceres Linares y a sus tres acompañantes.
Después de haber realizado las comprobaciones indicadas, la Comisión arribó a las siguientes conclusiones:
Se pudo comprobar que el taxi transportó cuatro pasajeros y no tres, como se informa en el escrito.
2. El cobro realizado a estos pasajeros, está en correspondencia con la tarifa aprobada por la Resolución No. 155-1 de la Dirección Provincial de Finanzas y Precios de La Habana, la que establece los precios en CUP para el servicio de taxis estatales, equipados con taxímetro.
Esta tarifa está diseñada para dos variantes, en función de la distancia a recorrer y está ubicada en el interior de todos los vehículos, de forma visible para los pasajeros, siendo las mismas las siguientes:
—Para servicios con distancias de hasta 10 km se cobran $ 3.00 CUP por pasajero para los primeros 3 000 m y a partir de los 3 000 m, se cobra $ 0.40 CUP por kilómetro recorrido.
—Para servicios con distancia superiores a los 10 km se cobran $ 3.00 CUP por pasajero para los primeros 3 000 m y a partir de los 3 000 m, se cobra $ 0.60 CUP por kilómetro recorrido.
En ambos servicios, el cobro se realiza a través de taxímetro, cuyo valor es individual por pasajero.
En el caso que nos ocupa, por tratarse de una distancia superior a los 10 km (Guanabo- Calabazar, 45 km) y transportar 4 pasajeros, la resultante del taxímetro fue la siguiente:
$ 3.00 CUP para los primeros 3 km x cantidad de pasajeros (4)=$12.00 CUP, $ 0.60 CUP x 42 km x cantidad de pasajeros (4)=$ 100.80 CUP. Total a cobrar: $ 112.80 CUP
Lo anterior demuestra que no es real que la tarifa implique multiplicar por 4 el valor del taxímetro, sino que la lectura del mismo se aplica de forma individual a cada pasajero y en el caso que nos ocupa, viajaron 4 personas. De haberse transportado menos pasajeros, el cobro hubiese resultado menor.
En la entrevista, el pasajero Lázaro Leandro Cáceres Gobín, quien pagó el servicio, manifestó que le entregó al chofer $ 5.00 CUC y le pidió que redondeara el cobro y se quedara con el vuelto.
Como se puede apreciar, el valor que marcó el taxímetro es correcto y el precio del viaje ascendió a $ 112.80 CUP, en correspondencia con la distancia recorrida y la cantidad de pasajeros transportados (4 pasajeros).
Queremos significar que estos servicios en CUP son subsidiados por el Estado, pues todos los gastos por concepto de moto recursos y combustible, son asumidos por el país en divisas y solo son aplicables en los servicios de taxis estatales destinados a los traslados de ida y retorno durante la prestación de los servicios sociales a la población, poniéndose de manifiesto que de hecho existe sensibilidad respecto a este tipo de transportación, pues las tarifas que se aplican están en correspondencia con la naturaleza de esta función social, por lo que es erróneo pensar que para un movimiento en taxi de otra índole (fiestas, discotecas, etc.) el taxi cueste igual o menos que para una función social.
Es importante que se conozca además, que estos taxis estatales también trasladan enfermos con tratamiento de hemodiálisis desde su domicilio hasta los centros asistenciales y estos servicios se prestan sin costo alguno a los pacientes, pues los gastos del viaje son sufragados también por el Estado.
Para una mejor comprensión de lo anterior, debemos esclarecer que todos los demás servicios de taxis estatales se prestan en CUC, con vehículos destinados a esta modalidad, cuyos precios y tarifas están aprobados por la Resolución P-36/2 000 del Ministerio de Finanzas y Precios, que establece como precio mínimo $ 0.40 CUC por kilómetro, por lo que para ese mismo kilometraje (45 km), si no existiera el subsidio estatal, el viaje hubiese costado $ 18.60 CUC. Si a este precio se le aplica la tarifa de cambio oficial de CADECA, costaría entonces el mismo viaje $ 446.40 CUP.
Aunque en este caso no existieron violaciones de lo establecido, se le agradece a la población que ante cualquier duda, tal como lo hizo el remitente del escrito, contribuya con sus opiniones a través de los canales establecidos, a esclarecer cualquier duda o insatisfacción relacionada con la prestación de nuestros servicios, todo lo cual contribuirá a mejorar los niveles de calidad de los mismos.



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fernando lopez dijo:
1
18 de abril de 2014
16:02:25
David Chávez Fernández dijo:
2
19 de abril de 2014
12:54:58
santiago dijo:
3
19 de abril de 2014
15:27:38
Jose manuel González dijo:
4
5 de enero de 2017
15:07:33
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