ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Podcast de Granma contra el bloqueo Foto: Granma

La Ley Helms-Burton es más intervencionista que la Enmienda Platt de 1901 y que el Tratado de Reciprocidad que obligaron a suscribir a los cubanos para otorgarnos aquella falacia de independencia a principios de siglo.

Es una agresión a la independencia y dignidad de Cuba, en tanto intentona anexionista colonial.

La razón de la adopción de la Ley Helms-Burton es principalmente para provocar el cambio del sistema político y económico en Cuba

 

Sus Títulos I y II son una afrenta a la soberanía y la dignidad de Cuba.

Establece cuál es la política de Estados Unidos respecto al gobierno democráticamente elegido en Cuba, y una serie de requisitos para considerar lo que es, según el gobierno estadounidense, un Gobierno de Transición y lo que es un gobierno democráticamente elegido.

Esta ley, además, constituye una injerencia en los asuntos internos de un país soberano, prohibida por el Derecho Internacional.

Y es una afrenta a la soberanía del resto de los países del mundo, por sus intenciones de aplicar la jurisdicción estadounidense extraterritorialmente.

Además, expresa en toda su amplitud la Doctrina Monroe, proclamada hace más de siglo y medio.

La ley, por el temor que puede originar en algunos empresarios, daña a Cuba y a los estadounidenses, porque frena o demora las inversiones y complica aún más otras relaciones de carácter económico.

Pone en punto muerto las posibilidades para resolver, de forma racional, entre los dos países, el proceso de las reclamaciones de propiedades nacionalizadas; creando un grave precedente para las normas internacionales sobre la solución de estos litigios, el que puede volverse en contra de los propios Estados Unidos con las reclamaciones de propiedades en otros países.

Con esta ley se aspira a retomar el argumento de las propiedades norteamericanas confiscadas en Cuba, que no mediaron compensaciones económicas a sus antiguos propietarios y que esas propiedades el Gobierno cubano las está ofreciendo a los inversionistas extranjeros.

Los elementos que se esgrimen son falsos, de hecho Estados Unidos nunca quiso negociar la cuestión de las propiedades nacionalizadas, ni dejaron que sus empresas afectadas negociaran, por tanto, no han podido recibir indemnización.

La Comisión de Reclamaciones, en su momento, aceptó 5 911 solicitudes de compensación. Pero nunca hubo una conciliación para comprobar si esas solicitudes y valoraciones eran ciertas, estaban infladas, estaban duplicadas o se empleaban documentos falsificados.

El engendro de esta Ley pretende otorgarle el derecho de reclamación a quienes no eran ciudadanos de Estados Unidos, cuando sus propiedades fueron nacionalizadas o se marcharon del país, abandonándolas.

Es absurda una ley que permite a ciudadanos de otro país intentar reclamar ante los tribunales de Estados Unidos a empresas de terceros países, por supuestas propiedades cuyo valor, además, puede calcularse a conveniencia del supuesto reclamante.

La Administración estadounidense adopta la posición de apoyar, también, el reclamo de las propiedades de determinados ciudadanos norteamericanos de origen cubano, enriquecidos antes de 1959 por métodos fraudulentos y al amparo de gobiernos corruptos.

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