
El pasado 20 de enero, leí en Granma el magnífico artículo de opinión de Madeleine Sautié De horror y ¡sin misterio!, que aborda el tema de los groseros letreros en los autos.
Confieso que desde hace ya algún tiempo, cuando leí en el cristal trasero de un «almendrón», Chevrolet, el repugnante letrero «sube nena que soy un loco sexual», me dije que algo había que hacer para impedir que continuaran en nuestra sociedad esas manifestaciones contrarias por completo a nuestras más elementales reglas de educación, costumbres y modales de conducta que nos enseñaron abuelos, padres y maestros; sin embargo, quedé tranquilo pensando que en el trámite de cambio de matrícula, o chapa, la PNR obligaría al propietario del auto a retirar el grotesco letrero del vehículo. Para mi asombro, hace unos días lo volví a tener delante de mis ojos, en el mismo auto, solo que ahora con la chapa o matrícula nueva. Y solo alcancé a pensar:
¡Increíble!.. Y es que, efectivamente, como bien dice Madeleine, el hecho «ofende tanto o más que un salivazo o una bofetada».
El artículo de Madeleine llevó a un alumno a preguntarme sobre el hecho y sus consecuencias legales, lo que me obliga a escribir estas líneas, pues aunque no soy el encargado de responder las inquietudes e interrogante, como aquella de «¿A quién hay que llamar para que impida actitudes que laceran el alma de la decencia…», al menos puedo ofrecer una opinión legal que estimule a los responsables de actividades vinculadas al hecho y a sus consecuencias, que no solo son ofensivas, sino también ilegales y deben ser controladas, impedidas y reprimidas, pues hay medios legales suficientes para ello.
El Estado, como garante del orden, la seguridad y el bienestar público, está obligado a reglamentar los contenidos y los medios sobre los cuales se realiza la promoción de los mensajes informativos. Esta regulación se realiza a distintos niveles de gobierno, dependiendo del ámbito de competencia, y según el tipo de medio publicitario de que se trate.
Alguien puede preguntarse: «¿este mensaje es publicidad?». Gramatical y jurídicamente hablando la publicidad puede manifestarse mediante «medios que se emplean para divulgar o extender la información sobre cosas o hechos», para «difundir ideas u opiniones de carácter político, o religioso»; así como también para «divulgar noticias o anuncios de carácter comercial o social», y hasta para «llamar la atención de los demás sobre algo que se quiere divulgar». De lo anterior, y para el efecto que nos ocupa, se desprenden que la publicidad comprende cualquier medio, busca divulgación de información; puede poseer un carácter comercial, y puede perseguir simplemente atraer simpatizantes o adeptos.
El tracto regulatorio de la publicidad empieza por la necesidad de contar con una autorización legal para hacerla, que se traduce en obtener una licencia para hacer publicidad. Por ello, el propietario del auto requiere de una licencia para colocar su letrero en el cristal y transmitir al público su mensaje. Pero el bien jurídicamente tutelado, o sea, protegido por la regulación legal que exige una licencia para poder hacer publicidad, no es solo la actividad comercial y el derecho de la comunidad de obtener algo (vía impuesto) a cambio del beneficio económico del que divulga, sino también la sensibilidad social, la educación y formación de los niños y jóvenes, la tranquilidad ciudadana de no tener que leer o escuchar mensajes groseros o frases indecentes, todo lo que sustenta una cultura nacional y un bienestar por el cual se ha trabajado y luchado.
Si bien el aludido letrero no es el más ofensivo, lamentablemente hay muchos otros con texto grosero que no vale la pena reproducir aquí, puede servirnos para una reflexión. ¿Qué es un loco sexual? Para cualquier texto de criminología o siquiatría forense se trata de un tipo de configuración de una personalidad anormal, a menudo aberrante, relacionada con dificultades personales y sociales, que puede conllevar la manifestación de desviaciones sexuales delictivas como la violación, el sadomasoquismo, la pedofilia, la pederastia, la necrofilia, y hasta el asesinato sexual.
Evidentemente que un loco sexual es, o puede ser, un sujeto socialmente peligroso, en dependencia del nivel que haya alcanzado su aberración. ¿Y un loco sexual puede anunciarse, como un ejemplo a seguir, o hacer propaganda para que monten en su auto? Evidentemente no. Dada la peligrosidad social que entrañan los delitos sexuales de los maniacos, o locos sexuales, en ningún sitio del mundo con tal anuncio se puede transitar libremente… Por ello, ni el propietario del auto puede colocar ese anuncio o mensaje en el auto, porque no se concede licencia para divulgar tal dislate, y mucho menos puede conseguir una licencia para taxista por la peligrosidad de su personalidad que el mismo anuncia. Y, aunque estoy casi seguro (digo casi porque no le conozco) que el anunciante no es un loco sexual, y lo hace porque considera que el mensaje es simpático (cuando es de muy mal gusto) hay que decir que, en todo caso, la advertencia social sería a la inversa: «Ojo, no montarse en el auto de un loco sexual…».
Hay otros letreros en los autos que no son insultantes pero sí violatorios de lo establecido. Cualquiera que sea el contenido y objetivo, si es publicitario, debe contar con una licencia y pagar impuesto, dado que, de acuerdo con la Ley: «la radicación de los anuncios publicitarios requiere de la aprobación de los organismos pertinentes», y «están sujetos al pago del tributo todas las personas naturales o jurídicas, cubanas o extranjeras, que sitúen placas, afiches, carteles, rótulos, vallas publicitarias y demás anuncios o elementos similares, con fines de publicidad comercial o propaganda».
El tema da para más, pero hasta aquí se puede comprender que hay medios legales suficientes para impedir lo que se viene haciendo mal hecho, lo que va contra las buenas costumbres, y también para controlar esa otra publicidad innecesaria que nadie tiene derecho a imponer a los demás, salvo aquellos que los publican con autorización, dada por su objeto social o por licencia con el pago de un impuesto, lo que entonces compensa al contribuir a la comunidad.
Como puede apreciarse, hay un campo de acción para exigir la retirada del letrero, o en el mejor de los casos (siempre que no sea infamante) conceder un término para que se tramite una licencia, so pena de retirar la chapa o matrícula, como también hay una esfera de actuación para los inspectores de vehículos, las autoridades encargadas de conceder las licencias y para todos aquellos que tienen responsabilidad en la aprobación y control de esas actividades.
Moraleja: no hay misterios, se puede ordenar el caos de los letreros en los autos, y, por supuesto, poner fin, definitivamente, a los letreros de horror.
* Profesor titular de la facultad de Derecho de la Universidad de La Habana
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ricardo dijo:
1
31 de enero de 2017
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pedro Respondió:
1 de febrero de 2017
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wperez Respondió:
1 de febrero de 2017
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1 de febrero de 2017
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1 de febrero de 2017
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Rubèn Rodrìguez Respondió:
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RBA Respondió:
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jpuentes Respondió:
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FY Respondió:
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Edilberto Hernàndez dijo:
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Miguel Angel dijo:
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Eugenio Suárez dijo:
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JORGE Respondió:
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el timbero dijo:
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Joaquin B Sanchez dijo:
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Francisco dijo:
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agustin dijo:
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1 de febrero de 2017
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tdl Respondió:
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Cándida dijo:
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nely dijo:
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JOSE dijo:
20
1 de febrero de 2017
08:38:17
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