ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Como parte de las medidas para el enfrentamiento a la COVID-19 y evitar la movilidad de las personas vulnerables, se aprobó la presente normativa. Foto: Anabel Díaz

Como parte de las medidas aprobadas para el enfrentamiento a la COVID-19 y evitar la movilidad de las personas vulnerables, se han actualizado las normativas que regulan la creación de las altas por nacimientos en los hospitales maternos, según acuerda la reciente Resolución 95 de 2021, aprobada por la titular del Comercio Interior (Mincin).

La nueva disposición establece que la inscripción en el Registro de Consumidores del recién nacido, se realiza en los hospitales maternos, por la Oficina de Registro de Consumidores (Oficoda) del municipio o la provincia.

Asimismo, señala que ambos padres pueden aportar los datos correspondientes a la bodega y núcleo donde se encuentra censada la mamá para proceder con la incorporación del bebé en ese núcleo.

Por otra parte, se establece la validez del documento que expide la institución hospitalaria que acredita el nacimiento del menor, siempre que cumpla las formalidades legales establecidas, a los efectos de adquirir los alimentos en la Oficoda, durante un periodo provisional de hasta seis meses.

Una vez transcurrido ese plazo, el Registro de Consumidores da por extinguida dicha provisionalidad, aclara la presente Resolución.

«En el caso que el recién nacido no pertenezca al municipio donde se está realizando el trámite, los datos de la mamá son verificados vía telefónica en la Oficoda a la que pertenece».

En tanto, si el neonato no tiene la dirección del lugar donde reside la mamá, se aplica lo establecido en la Resolución 47, de 22 de febrero de 2021, «Procedimiento para la Inscripción en el Registro de Consumidores y la Entrega de la Libreta de Control de Ventas de Productos Alimenticios», dictada por la Ministra del ramo.

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Leansy Potrony Díaz dijo:

1

30 de julio de 2021

09:42:24


Mi bebé nació el día 22 del mes de julio. La inscripción de la pude hacer el día 28 del mismo mes, llevo 2 días para poderla poner en la libreta de abastecimiento y no he podido porque cada vez que voy a la oficoda hay más de 50 personas haciendo cola. Lo que no entiendo es que si todos los trámites según lo dicho en la vías de prensa eran en los hospitales maternos porqué tengo que ir a la oficoda.

Mileydis dijo:

2

6 de diciembre de 2021

11:47:45


Mi niño nació el primero de nov y me. dicen que no le toca los mandado de dic y q la leche hasta el 10 no entiendo si el nació desde el mes pasado como es. Q no le toca

Keyrim dijo:

3

14 de junio de 2024

07:45:34


Si puedo poner a mi niño en la dirección d el padre Pero él no es el propietario es la madre y es fallecida

Danay pedroso dijo:

4

26 de julio de 2025

14:38:29


Si un niño nace y se apunta en una libreta de abastecimiento que no es la de su madre ,ese niño tiene derecho a esa nueva casa en donde fue apuntado...tengo esa duda