
Cuando un Estado se compromete con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), como ya dijimos en un trabajo anterior, asume obligaciones de cumplimiento y debe aceptar ser evaluado por su grupo regional, el cual verifica si los estándares agrupados en las actuales 40 recomendaciones están implementados en su legislación nacional.
Cuba, como miembro del Grupo de Acción Financiera para Latinoamérica (Gafilat), aceptó ser el primer país en evaluarse bajo la conducción de Argentina, Brasil, Ecuador y México, con la coordinación de la Secretaría Ejecutiva de Gafilat y el apoyo de las presidencias pro témpore de Uruguay, Colombia y México.
Del examen trascendió, según funcionarios del Banco Central de Cuba (BCC), el reconocimiento por la existencia en el país de un sistema legal y una estructura de Órganos del Estado, que en estrecha coordinación y cooperación, implementan las políticas para la prevención del lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y de cualquier conducta nociva para la sociedad.
Esas políticas, refirió el informe de evaluación, están respaldadas por la dirección del país y han sido ratificadas mediante la actualización sistemática de las normativas que posibilitan el enfrentamiento a estos flagelos.
Tales valoraciones consolidan la posición cubana ratificada por el General de Ejército Raúl Castro Ruz, Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, durante la primera Cumbre de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) en Santiago de Chile, el 28 de enero del 2013, cuando dijo:
“Debemos ser capaces de promover una arquitectura regional propia, adecuada a las particularidades y necesidades de América Latina y el Caribe. Podemos también conjugar nuestros esfuerzos contra la drogadicción, como se ha planteado en estos dos últimos días de la reunión, y el tráfico ilícito de estupefacientes”.
En cuanto al terrorismo, valdría tener en cuenta, en primerísimo lugar, la definición en el Derecho cubano, que lo cataloga como “cualquier acto o sucesión de actos que, por su naturaleza o contexto, tenga entre sus propósitos fundamentales intimidar, infundir terror a una población u obligar a un gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo”.
De acuerdo con ello, precisó el informe, Cuba ha puesto en vigor medidas legislativas y de diversa índole, con el objetivo de prevenir y reprimir todos los actos y actividades terroristas relacionadas, directa o indirectamente con ellas, incluidas aquellas vinculadas con su financiamiento, protección y vigilancia de las fronteras, la cooperación judicial, así como la adhesión a instrumentos jurídicos internacionales en materia de prevención y detención de estos delitos.
Tales acciones confirman el compromiso de Cuba en la lucha contra el terrorismo, lo cual constituye tema prioritario para el país, tomando en consideración que hemos sido víctimas, por más de 50 años, de innumerables actividades terroristas alentadas desde el exterior, y que han causado cuantiosas pérdidas humanas y materiales, y han provocado incalculables sufrimientos y daños a los cubanos.
El informe de evaluación mutua de Gafilat expresó, además, que son reducidos los riesgos para la ocurrencia de lavado de activos, financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva.
También reconoció la existencia, desde hace años, de una legislación en materia de auditoría y anticorrupción, y destacó el papel de la Contraloría General de la República, la Fiscalía General de la República, el Ministerio del Interior, el BCC y la Aduana General de la República en el desarrollo de sus propias estrategias institucionales para combatir la criminalidad.
De igual forma, resaltó la preparación del sistema financiero cubano para enfrentar estos flagelos y el movimiento de capitales ilícitos.
No obstante, mencionó algunas dificultades y la necesidad de continuar actualizando las normativas, si bien el Gobierno cubano ha incluido las acciones necesarias en su estrategia nacional de riesgos para mitigar las vulnerabilidades en los diversos sectores de la sociedad.
A juicio de los funcionarios del BCC, los resultados obtenidos durante la evaluación evidencian que el trabajo del país es sustancialmente efectivo en las esferas de supervisión financiera, personas y estructuras jurídicas, decomiso, investigación y procesamiento de financiación del terrorismo, sanciones financieras dirigidas a personas y entidades designadas como terroristas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y medidas preventivas de financiamiento al terrorismo.
Tales méritos fueron reconocidos en la plenaria de Gafilat, en julio del 2015, donde se constató que hasta la fecha Cuba se encuentra entre los países que han obtenido mejores resultados a escala global.
LO HECHO… Y LOS RETOS
Los buenos resultados, de cualquier forma, no fueron fortuitos, pues se actualizaron las normas legales y procedimientos contra el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, implementados en Cuba desde los años 90 del siglo pasado, y unido a ello, entraron en vigor importantes disposiciones.
Entre ellas figuraron, con ánimo de mencionar, tal vez, las de mayor jerarquía, el Decreto Ley No. 316, “Modificativo del Código Penal” y de la Ley “Contra actos de terrorismo”, que transforma la tipificación del lavado de activos para ampliar la gama de delitos determinantes del mismo y precisa varios aspectos en la definición del hecho de financiamiento al terrorismo.
Vale destacar también el Decreto Ley No. 317, “De la prevención y detección de operaciones en el enfrentamiento al lavado de activos, al financiamiento al terrorismo, a la proliferación de armas y al movimiento de capitales ilícitos”, mediante el cual se creó el Comité Coordinador para la prevención y enfrentamiento a estos flagelos, el cual funge como órgano consultivo para identificar y examinar dichos riesgos, así como elaborar su evaluación nacional y proponer la estrategia para evitarlos y combatirlos.
Con esta normativa se creó, además, la Dirección General de Investigaciones y Operaciones Financieras que actúa como unidad nacional de inteligencia para proponer y controlar el cumplimiento de las estrategias del país, a fin de evitar la utilización del Sistema Bancario y Financiero cubano como vía para la legitimación de activos provenientes de actividades ilícitas.
Ese nuevo Decreto Ley definió otros sujetos obligados a reportar las operaciones sospechosas de estos delitos a la Dirección General de Investigaciones y Operaciones Financieras, y a congelar, sin dilación, los activos de las personas y entidades identificadas como terroristas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Teniendo en cuenta la práctica del GAFI que exige a los países su definición, en Cuba son las instituciones financieras y las personas que desempeñan actividades de Derecho, Notaría, Consultoría, Teneduría de Libros, entre otras, quienes deben reportar aquellas operaciones sospechosas identificadas en actividades relacionadas con la compraventa de inmuebles, así como en la creación, operación o administración de sociedades, compañías u otras formas de gestión que autoriza la Ley.
Y si bien los buenos resultados propician elogios, también suponen compromisos que, en el caso de Cuba, comienzan por solucionar las dificultades identificadas por los evaluadores de Gafilat.
Tampoco resulta ocioso mantener y mejorar lo logrado hasta el momento y mitigar los riesgos que puedan comprometer al país con el lavado de activos, el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva.
También cobra singular importancia la atención de las nuevas formas que adoptan esos delitos, en correspondencia con las tendencias internacionales y las disposiciones de las Naciones Unidas, sin obviar la adecuación de estos objetivos al proceso de actualización del modelo económico que tiene lugar en el país.
Ante estas circunstancias y a pesar del éxito alcanzado dentro del mecanismo internacional del GAFI, los especialistas del BCC insistieron en mantener actualizadas las estrategias para prevenir los riesgos y amenazas que puedan impactar al país, teniendo en cuenta que el lavado de activos es un delito de connotaciones muy amplias que busca dar apariencia de legalidad a ingresos de origen ilícito.
Esta modalidad delictiva puede manifestarse, entre otros ejemplos, en acciones de prestación de cuentas bancarias a terceros para ingresar o transferir recursos financieros sin conocer la génesis de los fondos; en compraventa de viviendas, bienes duraderos e inversiones con dinero de origen ilícito; en la custodia de inmuebles u otra propiedad sin la constancia de su licitud; así como en la subdeclaración de ingresos para evadir obligaciones fiscales.
Por ello, subrayaron, la labor de prevención y enfrentamiento a estos hechos involucra a todas las instituciones y a los ciudadanos, en cuya comisión podrían implicarse de modo inconsciente o por desconocimiento. Otorguémosle, una vez más, toda la razón al Apóstol cuando afirmó que “en prever está todo el arte de salvar”.
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