Día de pago a jubilados en la ciudad de Pinar del Río. Así lo indica el calendario establecido, aunque a simple vista, en un recorrido por unidades bancarias y de correo, no haya señales de ello.
Las largas colas que en otro momento llegaron a ser un fenómeno cotidiano, han ido desapareciendo gracias a un grupo de medidas implementadas en busca de poder ofrecer un servicio más organizado y eficiente.
Teresa Rosete, jubilada de un taller de confecciones desde el año 2000, recuerda que durante mucho tiempo ella fue una de las que debió esperar horas y horas para poder cobrar su chequera en la unidad bancaria del reparto Hermanos Cruz.
“La demora era muy grande porque iban muchas personas. A veces nos teníamos que pasar el día entero debajo de una mata, sentados en una lomita de tierra, esperando”.
Sin embargo, desde el mes pasado Teresa ya no tiene que salir de casa para cobrar. Un gestor del Banco Popular de Ahorro se encarga de llevarle el dinero hasta su hogar en la fecha establecida. “Es un gran alivio. Ha sido una solución muy humana que espero se mantenga”, dice.
A lo largo de la provincia, varias son las acciones puestas en práctica en aras de evitar las aglomeraciones y el malestar de un sector tan sensible de la población.
Según Raquel Suárez, jefa de departamento en la dirección provincial del Banco Popular de Ahorro (BPA), entre las medidas para evitar las aglomeraciones, además del nuevo calendario dirigido a escalonar el pago a lo largo del mes, figuran un mayor uso de los cajeros automáticos y la introducción de gestores pagadores, con la misión de incrementar el número de personas que reciban el servicio en sus propias casas.
Ambas, según explica, son experiencias que se encuentran abiertas en este momento. De modo que los jubilados que deseen acogerse al sistema de tarjetas magnéticas, pueden hacerlo, y también las personas interesadas en desempeñarse como gestores pagadores del BPA.
Además, asegura que se ha extendido el horario en las oficinas de mayor afluencia de público.
Por su parte, Mayelin Acosta, especialista comercial de la Empresa de Correos de Pinar del Río, comenta que también en esa entidad se han venido dando pasos en aras de facilitar el cobro de los jubilados.
Con el propósito de atraer un mayor número de clientes, por ejemplo, explica que se ha iniciado el pago con varios días de antelación con respecto a los bancos.
Unido a esto, se ha estado potenciando el pago a domicilio por parte de sus carteros.
Las medidas ejecutadas en Pinar del Río no han sido exclusivamente diseñadas para esa provincia, sino que se han extendido a otros territorios del país y entidades bancarias, como el Banco Metropolitano (MB), en la capital.
Aunque en La Habana las aglomeraciones para el cobro de las pensiones no desaparecen, sí se han experimentado algunas mejoras en la prestación de servicios. En entrevista con la vicepresidenta del BM, Marina Torres García, se conoció que, a diferencia de otras localidades, en la capital cerca del 83 % de los pensionados cobra en las sucursales bancarias.
Añadió que de un total de 335 246 pensionados, poco más de la mitad cobra utilizando la tarjeta magnética como instrumento de pago, lo cual se está potenciando, y el resto utiliza la chequera.
La funcionaria explicó que con el aumento de operaciones en las sucursales, atemperado ello a la actualización del modelo económico cubano, la situación en esas dependencias se complicó notablemente durante el 2013.
Entre las acciones ejecutadas desde entonces a la fecha para atenuar ese fenómeno Torres García mencionó el incremento de las fechas de pago de dos a siete días, decisión tomada de conjunto con la administración del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS) y otras instituciones implicadas en el cobro de las pensiones.
“No es que solo se pueda cobrar ese día, acotó, sino que son los primeros para que las personas que desean cobrar por adelantado asistan a las sucursales en dependencia del grupo al que pertenezcan.
“Esos días se da prioridad a tal servicio hasta las diez de la mañana. Y en caso de que la fecha inicial de pago coincida con un sábado, cuando el BM trabaja con el 50 %de sus sucursales, se estableció la apertura de sucursales de apoyo, y se ofrece la posibilidad de cobrar el viernes”.
La vicepresidenta del Banco Metropolitano refirió que otras de las acciones realizadas es el pago de pensiones a domicilio, de forma experimental. En esa tarea están implicados cerca de 300 jubilados y tres sucursales bancarias.
A ello se une la extensión del servicio de caja en varias dependencias. Según indicó, en 12 municipios se ofrece en una sucursal al menos, de lunes a sábado hasta las 7 y 30 de la tarde.
No obstante la intención de mejorar la prestación de los servicios en el sistema bancario y disminuir los tiempos de espera, es una realidad que la demanda actual supera sus capacidades, como reconoció el vicepresidente del Banco Central de Cuba, Francisco Mayobre, en entrevista publicada por este diario (12 de noviembre del 2014).
Para este año, según explicó a Granma la directora del Instituto Nacional de Asistencia y Seguridad Social (INASS), Bárbara López Casanva, se mantiene la misma tónica que el pasado en la conformación del calendario de pago. Ello significa que las fechas programadas son útiles para cobrar por adelantado la pensión del mes entrante.
De acuerdo con la directiva, para la elaboración del calendario se tomaron en cuenta las peticiones de los pensionados así como las posibilidades de las oficinas de pago.
Proceso de jubilación: cuándo, cómo y dónde
A pesar de que las últimas transformaciones en las normas referidas a la Seguridad Social fueron dispuestas en diciembre del 2008 con la Ley No. 105 De Seguridad Social, algunos lectores de Granma han manifestado dudas respecto a su contenido, sobre todo de cara al acelerado proceso de envejecimiento poblacional que experimenta el país.
Al respecto, la directora del INASS recordó que el sistema de Seguridad Social está integrado por un régimen homónimo y por el de Asistencia Social, los cuales son complementados por regímenes especiales para los trabajadores por cuenta propia, miembros de cooperativas no agropecuarias, usufructuarios de tierra, creadores artísticos y otros que lo requieran.
“Muchas veces las personas confunden la asistencia con la seguridad social. Esta última sustituye ingresos que se pierden ante contingencias como la edad, la invalidez o la muerte del trabajador. Por tanto no se puede reclamar una pensión si nunca se han obtenido ingresos como resultado del trabajo avalado.
“Otra tendencia es la de vincular la Ley No. 105 al sector estatal únicamente, cuando en realidad establece la seguridad social para los asalariados, o sea, para todas las personas que perciban un salario por su trabajo y tengan un empleador.
Según recordó, en la legislación cubana las pensiones pueden ser por edad ordinaria, para la que se exige la edad de 60 años en el caso de las mujeres y 65 de los hombres, acreditar 30 años de contribución y que se encuentren en servicio activo.
Agregó que para las pensiones por edad extraordinaria se demandan los mismos requisitos anteriores, con la diferencia de acreditar 20 años de servicios. Sin embargo, los porcientos para calcular el monto a cobrar son diferentes.
La ley también contempla las pensiones por invalidez y por causa de muerte. La segunda, dijo, se concede a la viuda y al viudo mayor de 65 años de edad o incapacitado para el trabajo y protege a los hijos menores de 17 años de edad y a los mayores incapacitados para el trabajo o que sean huérfanos de ambos padres, que no estén vinculados al trabajo o estudien en cursos regulares diurnos, así como a la madre o al padre trabajador que carezcan de los medios de subsistencia y hubiesen dependido económicamente del fallecido.
—¿Cómo se contribuye a estos regímenes?
—En el Régimen General contribuye la entidad con el 14 % de la nómina salarial. En la Ley Tributaria se establece que los trabajadores asalariados contribuyen a la Seguridad Social, pero se ha venido aplicando paulatinamente a partir de que los salarios se incrementen de forma sustancial como lo han hecho, por ejemplo, en los sectores de la salud pública, los tribunales, fiscalía, la contraloría y empresas en perfeccionamiento.
“El presupuesto de la Seguridad Social se aprueba todos los años por la Asamblea Nacional del Poder Popular. Una parte de este se cubre con las contribuciones, y la diferencia es proporcionada por el Estado.
“Para los regímenes especiales, por otra parte, se establece una base de contribución que es una escala progresiva que transita de los 350 hasta los 1 000 pesos, límites que pueden variar.
“Cuando la persona se afilia al Régimen, que es obligatorio en todos los casos, escoge dentro de esa escala la base sobre la que va a contribuir a la Seguridad Social. La mayoría escoge el mínimo, a menos que se trate de personas cerca de la edad de retiro. En dependencia de la contribución, la pensión será mayor o menor. La persona decide cuál será su pensión en el futuro”.
“Muchas personas afiliadas hoy a los regímenes especiales eran antes trabajadores del sector estatal. En esos casos se reconocen sus años de servicio, con algunos requisitos”.
—Luego de los cambios introducidos en el 2008, ¿cómo quedaron las personas próximas a retirarse?
—Cuando se aprobó la Ley No. 105, que incrementó la edad de jubilación, se dijo que las personas cercanas a la edad de retiro po-dían pasar por un periodo de tránsito —para que no fueran perjudicadas— de acuerdo con la fecha de nacimiento.
“Como establece el Decreto 283/2009, a partir de la vigencia de la Ley de Seguridad Social, el requisito de años de servicios prestados para obtener la pensión extraordinaria por edad, a la que pueden acceder las mujeres de 60 años y los hombres de 65 o más en ambos casos, se incrementa gradualmente, atendiendo al año de nacimiento y sexo del trabajador.
“Las mujeres nacidas en 1949, por ejemplo, deben acreditar 15 años de servicios prestados; en 1950, 16 años; en 1951, 17 años… y a partir de 1954 deben acreditar 20 años de servicios prestados”.
“Sin embargo, al trabajador que ejerza su derecho a la pensión extraordinaria por edad antes de acreditar 20 años de servicios prestados, la cuantía de la pensión se calculará atendiendo a otros parámetros establecidos para este periodo de tránsito”.



















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