ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Disminuir los tiempos de espera es uno de los objetivos principales que persiguen las acciones ejecutadas por los bancos Metropolitano y Popular de Ahorro. Foto: Jose M. Correa

Día de pago a jubilados en la ciudad de Pinar del Río. Así lo indica el calendario establecido, aunque a simple vista, en un recorrido por unidades bancarias y de correo, no haya señales de ello.

Las largas colas que en otro momento llegaron a ser un fenómeno cotidiano, han ido de­sa­pareciendo gracias a un grupo de medidas implementadas en busca de poder ofrecer un servicio más organizado y eficiente.

Teresa Rosete, jubilada de un taller de confecciones desde el año 2000, recuerda que durante mucho tiempo ella fue una de las que debió esperar horas y horas para poder cobrar su chequera en la unidad bancaria del reparto Hermanos Cruz.
“La demora era muy grande porque iban muchas personas. A veces nos teníamos que pasar el día entero debajo de una mata, sentados en una lomita de tierra, esperando”.

Sin embargo, desde el mes pasado Teresa ya no tiene que salir de casa para cobrar. Un gestor del Banco Popular de Ahorro se encarga de llevarle el dinero hasta su hogar en la fecha establecida. “Es un gran alivio. Ha sido una solución muy humana que espero se mantenga”, dice.

A lo largo de la provincia, varias son las acciones puestas en práctica en aras de evitar las aglomeraciones y el malestar de un sector tan sensible de la población.

Según Raquel Suárez, jefa de departamento en la dirección provincial del Banco Popular de Ahorro (BPA), entre las medidas para evitar las aglomeraciones, además del nuevo calendario dirigido a escalonar el pago a lo largo del mes, figuran un mayor uso de los cajeros automáticos y la introducción de gestores pagadores, con la misión de incrementar el número de personas que reciban el servicio en sus propias casas.

Ambas, según explica, son experiencias que se encuentran abiertas en este momento. De modo que los jubilados que deseen acogerse al sistema de tarjetas magnéticas, pueden hacerlo, y también las personas interesadas en de­sem­peñarse como gestores pagadores del BPA.

Además, asegura que se ha extendido el ho­rario en las oficinas de mayor afluencia de pú­blico.

Por su parte, Mayelin Acosta, especialista comercial de la Empresa de Correos de Pinar del Río, comenta que también en esa entidad se han venido dando pasos en aras de facilitar el cobro de los jubilados.

Con el propósito de atraer un mayor número de clientes, por ejemplo, explica que se ha iniciado el pago con varios días de antelación con respecto a los bancos.

Unido a esto, se ha estado potenciando el pago a domicilio por parte de sus carteros.

Las medidas ejecutadas en Pinar del Río no han sido exclusivamente diseñadas para esa provincia, sino que se han extendido a otros territorios del país y entidades bancarias, como  el Banco Metropolitano (MB), en la capital.

Aunque en La Habana las aglomeraciones para el cobro de las pensiones no desaparecen, sí se han experimentado algunas mejoras en la prestación de servicios. En entrevista con la vicepresidenta del BM, Marina Torres García, se conoció que, a diferencia de otras localidades, en la capital cerca del 83 % de los pensionados cobra en las sucursales bancarias.

Añadió que de un total de 335 246 pensionados, poco más de la mitad cobra utilizando la tarjeta magnética como instrumento de pago, lo cual se está potenciando, y el resto utiliza la chequera.

La funcionaria explicó que con el aumento de operaciones en las sucursales, atemperado ello a la actualización del modelo económico cubano, la situación en esas dependencias se complicó notablemente durante el 2013.

Entre las acciones ejecutadas desde entonces a la fecha para atenuar ese fenómeno Torres García mencionó el incremento de las fechas de pago de dos a siete días, decisión tomada de conjunto con la administración del Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS) y otras instituciones implicadas en el cobro de las pensiones.

“No es que solo se pueda cobrar ese día, acotó, sino que son los primeros para que las personas que desean cobrar por adelantado asistan a las sucursales en dependencia del grupo al que pertenezcan.

“Esos días se da prioridad a tal servicio hasta las diez de la mañana. Y en caso de que la fecha inicial de pago coincida con un sábado, cuando el BM trabaja con el 50 %de sus sucursales, se estableció la apertura de sucursales de apoyo, y se ofrece la posibilidad de cobrar el viernes”.

La vicepresidenta del Banco Metropolitano refirió que otras de las acciones realizadas es el pago de pensiones a domicilio, de forma experimental. En esa tarea están implicados cerca de 300 jubilados y tres sucursales bancarias.
A ello se une la extensión del servicio de caja en varias dependencias. Según indicó, en 12 municipios se ofrece en una sucursal al menos, de lunes a sábado hasta las 7 y 30 de la tarde.

No obstante la intención de mejorar la prestación de los servicios en el sistema bancario y disminuir los tiempos de espera, es una realidad que la demanda actual supera sus capacidades, co­mo reconoció el vicepresidente del Banco Cen­tral de Cuba, Francisco Mayobre, en entrevista publicada por este diario (12 de noviembre del 2014).

Para este año, según explicó a Granma la directora del Instituto Nacional de Asistencia y Seguridad Social (INASS), Bárbara López Ca­sanva, se mantiene la misma tónica que el pasado en la conformación del calendario de pago. Ello significa que las fechas programadas son útiles para cobrar por adelantado la pensión del mes entrante.

De acuerdo con la directiva, para la elaboración del calendario se tomaron en cuenta las peticiones de los pensionados así como las posibilidades de las oficinas de pago.

Proceso de jubilación: cuándo, cómo y dónde

A pesar de que las últimas transformaciones en las normas referidas a la Seguridad Social fueron dispuestas en diciembre del 2008 con la Ley No. 105 De Seguridad Social, algunos lectores de Granma han manifestado dudas respecto a su contenido, sobre todo de cara al acelerado proceso de envejecimiento poblacional que experimenta el país.

Al respecto, la directora del INASS recordó que el sistema de Seguridad Social está integrado por un régimen homónimo y por el de Asistencia Social, los cuales son complementados por regímenes especiales para los trabajadores por cuenta propia, miembros de cooperativas no agropecuarias, usufructuarios de tierra, creadores artísticos y otros que lo requieran.

“Muchas veces las personas confunden la asistencia con la seguridad social. Esta última sustituye ingresos que se pierden ante contingencias como la edad, la invalidez o la muerte del trabajador. Por tanto no se puede reclamar una pensión si nunca se han obtenido ingresos como resultado del trabajo avalado.

“Otra tendencia es la de vincular la Ley No. 105 al sector estatal únicamente, cuando en realidad establece la seguridad social para los asalariados, o sea, para todas las personas que perciban un salario por su trabajo y tengan un empleador.

Según recordó, en la legislación cubana las pensiones pueden ser por edad ordinaria, para la que se exige la edad de 60 años en el caso de las mujeres y 65 de los hombres, acreditar 30 años de contribución y que se encuentren en servicio activo.

Agregó que para las pensiones por edad extraordinaria se demandan los mismos re­quisitos anteriores, con la diferencia de acreditar 20 años de servicios. Sin embargo, los porcientos para calcular el monto a cobrar son diferentes.

La ley también contempla las pensiones por invalidez y por causa de muerte. La segunda, dijo, se concede a la viuda y al viudo mayor de 65 años de edad o incapacitado para el trabajo y protege a los hijos menores de 17 años de edad y a los ma­yores incapacitados para el trabajo o que sean huér­fanos de ambos padres, que no estén vinculados al trabajo o estudien en cursos regulares diur­­nos, así como a la madre o al padre trabajador que carezcan de los medios de subsistencia y hubiesen dependido económicamente del fallecido.

—¿Cómo se contribuye a estos regímenes?

—En el Régimen General contribuye la entidad con el 14 % de la nómina salarial. En la Ley Tributaria se establece que los trabajadores asalariados contribuyen a la Seguridad Social, pero se ha venido aplicando paulatinamente a partir de que los salarios se incrementen de forma sustancial como lo han hecho, por ejemplo, en los sec­tores de la salud pública, los tribunales, fiscalía, la contraloría y empresas en perfeccionamiento.

“El presupuesto de la Seguridad Social se aprueba todos los años por la Asamblea Na­cional del Poder Popular. Una parte de este se cubre con las contribuciones, y la diferencia es proporcionada por el Estado.

“Para los regímenes especiales, por otra par­te, se establece una base de contribución que es una escala progresiva que transita de los 350 hasta los 1 000 pesos, límites que pueden variar.

“Cuando la persona se afilia al Régimen, que es obligatorio en todos los casos, escoge dentro de esa escala la base sobre la que va a contribuir a la Seguridad Social. La mayoría escoge el mínimo, a menos que se trate de personas cerca de la edad de retiro. En dependencia de la contribución, la pensión será mayor o menor. La persona decide cuál será su pensión en el futuro”.

“Muchas personas afiliadas hoy a los regímenes especiales eran antes trabajadores del sector estatal. En esos casos se reconocen sus años de servicio, con algunos requisitos”.

—Luego de los cambios introducidos en el 2008, ¿cómo quedaron las personas próximas a retirarse?

—Cuando se aprobó la Ley No. 105, que incrementó la edad de jubilación, se dijo que las personas cercanas a la edad de retiro po-dían pasar por un periodo de tránsito —para que no fueran perjudicadas— de acuerdo con la fecha de nacimiento.

“Como establece el Decreto 283/2009, a partir de la vigencia de la Ley de Seguridad Social, el requisito de años de servicios prestados para obtener la pensión extraordinaria por edad, a la que pueden acceder las mujeres de 60 años y los hombres de 65 o más en ambos casos, se incrementa gradualmente, atendiendo al año de nacimiento y sexo del trabajador.

“Las mujeres nacidas en 1949, por ejemplo, deben acreditar 15 años de servicios prestados; en 1950, 16 años; en 1951, 17 años… y a partir de 1954 deben acreditar 20 años de servicios prestados”.

“Sin embargo, al trabajador que ejerza su derecho a la pensión extraordinaria por edad antes de acreditar 20 años de servicios prestados, la cuantía de la pensión se calculará atendiendo a otros parámetros establecidos para este periodo de tránsito”.

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Jorge dijo:

21

19 de enero de 2015

07:48:53


Creo que en un mometo se entendio la necesidad de incrementar 5 años mas la edad de jubilación, pero meses despues se autoriza y surgen nuevas variantes del trabajo por cuenta propia que todo el mundo penso que los sindicatos defenderian la jubilación a los 55 años, pero de eso nada, cuando se llega a 65 años ya lo que queda no es mucho, debia valorarce la jubilación a 55 años creo yo.

María Antonia dijo:

22

19 de enero de 2015

08:02:06


Elias estoy de acuerdo con usted, yo estoy en su mismo caso y tambien varios compañeros de trabajo que ya tenemos más de 35 años de trabajo y tenemos que seguir trabajando 5 años más. En mi caso, vivo muy lejos de donde trabajo, y se me hace muy dificil con el problema del transporte poder moverme hacia el trabajo y a mi casa cuando termino de trabajar. Lo que pasa es que los años no pasan por gusto y la fuerza de la juventud ya no está presente y por lógica no somos los mismos de 35 años atrás. Sería bueno que rectificaran e hicieran una encuesta sobre este tema y verán los resultados.

meril dijo:

23

19 de enero de 2015

16:39:24


Yo realmente no entiendo por qué dicen del envejecimiento poblacional cuando hay gran cantidad de jóvenes que ni estudian ni trabajan, entonces somos nosotros, los que trabajamos, los que aportamos, los que nos consagramos tantos años al trabajo los que tenemos que sufrir y aceptar que hayan subido cinco años más a la jubilación. Estoy muy de acuerdo con Ralfp. El que se sienta capaz de trabajar, aunque tenga cien años ¡Felicidades! pero el que quiera acogerse a la edad de jubilación como estaba anteriormente, pues que dejen que se jubile y punto! no queremos jubilarnos con 60 años las mujeres y 65 los hombres, para morirnos al otro díua de haber cogido la chequera. Queremos disfrutar de los pocos años que nos quedan, seg\un lo estipulado en Cuba. Me cuento entre la gran cantidad de personas que NO ESTÁ DE ACUERDO con este aumento en la edad de jubilación. muchas mujeres como yo nos sentimos cansadas, agobiadas, con artrosis y cada día con menos ganas de vivir.

Mercy dijo:

24

8 de diciembre de 2015

13:40:42


Nací en el 53, no estoy activa laboralmente, pero tengo 25 años de trabajo, mi pregunta puedo tramitar mi jubilación? Favor necesito respuesta a mi inquietud

meril dijo:

25

19 de enero de 2016

12:56:29


Es verdad que esta subida de 5 años a la jubilación fue IMPUESTA porque no conozco a NADIE que haya estado de acuerdo. Yo, por ejemplo ya tengo 55 años de edad y 34 años de trabajo; tengo una artrosis generalizada que a veces no puedo ni dormir, así que dígame usted si con tantos dolores en los huesos puedo seguir trabajando 9 horas diarias más las laboras del hogar. Soy de la opinión de que la jubilación pueden dejarlo opcional: Las mujeres que se jubilen a los 55 años siempre y cuando ya tengan los 30 años que se exige y las que se encuentren en condiciones de seguir trabajando, pues, felicidades, que sigan hasta que suelten los huesos en el trabajo. Lo mismo lo digo para los hombres. Además, si una mujer tuviera que dejar el trabajo porque no esté bien de salud y cuando cumpla los 60 años de edad , teniendo 30 años o más de servicio ¿por qué tiene que estar en servicio activo para que el Gobierno le otorgue la pensión si ella trabajó el tiempo estipulado? La población va a seguir envejeciendo y pienso qus si hay jóvenes suficientes para relevo. Por tanto no es justo que no podamos disfrutar de la poca vida que nos queda, una vez que nos jubilemos, porque de los 60 al hueco hay poco trecho.

mariela dijo:

26

28 de septiembre de 2016

23:37:21


trabaje 27 años en cuba y renuncie para vivir en venezuela ya soy residente en vzla quiero saber si me corresponde o tengo derechoa la pension en cuba al cumplir mi edad segun debe ser a los 65 años tengo 52 años

observer dijo:

27

21 de octubre de 2016

15:02:18


Deberían dejar la edad de la jubilación como estaba antes (55 las mujeres y 60 los hombres) Yo también pienso que no se pueden igualar a todos los puestos de trabajo referente al relevo. Hay mucha juventud en la calle sin hacer nada y sin posibilidades de ocupar un puesto de trabajo porque las personas mayores, que ya llegaron a los 55 o 60 hombres tienen que estar obligados a esperar para poder jubilarse por culpa del aumento de esos cinco años que le subieron a la edad de la jubilación y que muy pocos trabajadores están de acuerdo con ese aumento.

Luios Pérez dijo:

28

10 de noviembre de 2016

20:58:16


Conozco la ley pero creo que debe haber diferenciación pues en mi caso comence con 18 años a laborar y ya llevo 46 de labor cumpli 63 creo que debían tener en cuenta los años de trabajo pues ya las energías se agotan si me jubilo ahora no percibo de los beneficios de la nueva ley analicen esto porque considero que es injusto y puidiera obtener los ajustes del que se jubila a los 65 años, estoy seguro que ya he aportado lo suficiente a la seguridad social para percibir esos beneficios Muchas gracias por permitirme expresar mi parecer

Felina Maira Menendez Veliz dijo:

29

15 de diciembre de 2016

10:52:24


Esto no es un comentario porque ya es una ley aprobada despues de una larga discusión con aquellos que debian paticipar para su aprobación por lo que quisiera que me aclararan porque la mujer que se jubila con 60 años para cobrar el 90 por ciento tiene que tener 45 años de servicios si las mujeres además de trabajar se involucran en un sin número de actividades en el hogar inclusive hasta la maternidad que no lo hacen los hombres

Felina Maira Menendez Veliz dijo:

30

15 de diciembre de 2016

10:57:28


BUENOS DIAS , NO ES UN COMENTARIO SOBRE LA LEY PORQUE YA ESTÁ APROBADA SOLO QUE ME ACLAREN PORQUE LA MUJER PARA COBRAR EL 90 POR CIENTO DE LA JUBILACIÓN TIENE QUE TRABAJAR HASTA LOS 60 AÑOS Y 45 AÑOS DE SERVICIOS ESTOS AÑOS IGUAL QUE LOS HOMRES SIN EMBARGO LA MUJER ADEMÁS DE TRABAJAR EN LA CALLE LO HACE EN EL HOGAR ,INCLUSIVE LA MATERNIDAD

Teresa dijo:

31

19 de enero de 2017

11:58:26


Necesito saber como se hace los calculos para las pension por edad.creo que esta establecido en REglamento,Decreto 283, pero no puedo encontrarlo, si me pudiera informar de estos calculos se lo agradecria

dulcema dijo:

32

15 de marzo de 2017

16:58:45


vmanuel, ha tocado un punto crucial sobre el transporte y las condiciones de trabajo, Cuba no puede compararse con los países desarrollados en cuanto a la edad de retiro porque en un país desarrollado hay otras condiciones de trabajo, horarios y transporte, Cuba no tiene entre sus licencias para trabajo por cuenta propia la consutoría o asesoría, cuando nuestro nivel técnico es alto y esta opción de trabajo en edad avanzada es una buena opción, un trabajador de edad avanzada en Cuba en pocas ocasiones puede ir en su automóvil al trabajo, sino que tiene que utilizar el ¨ transporte público¨ y un trabajador de 60años tiene que comenzar su jornada a la misma hora, o sea no tiene horario abierto. Con el mayor respeto, considero que no se valoraron todas las consecuencias y opiniones.

celia dijo:

33

6 de diciembre de 2017

14:33:56


Estoy en desacuerdo con el aumento de los 5 años de trabajo, por todas las razones expuestas por las demás personas que han opinado. Pienso que es necesario que se analice de nuevo, ya que hay una gran cantidad de inconformidades con dicha ley.

fina dijo:

34

5 de enero de 2018

10:27:46


quisera que ayudaran aresolver este dilema temgo 58 años y 18 de trabajos a que edad me puedo jubilar espero su respuesta

mi dijo:

35

27 de febrero de 2018

14:00:15


Por favor necesitamos que analicen la 105 pues ya estoy en los 56 años y me faltan 5 meses para los 38 años de trabajo, creo haber aportado bastante a la sociedad y para la seguridad social, por favor ya nuestra salud a esta edad no es buena, analicen!!!

José Echevarría González dijo:

36

20 de marzo de 2018

16:00:17


Cuál es el documento que rige el principio de que el monto total de la jubilación no puede se superior al 90% del salario medio?? Dónde esta legisladdo eso? Según la 105 se toman los 5 mejores salarios dentro los 15 últimos años y se aplica el 60%, eso es con los primeros 30 años trabajados, luego, por cada año adicional a esos 30 se aplica un 2%,,,pero solo se puede llegar al 30% con lo que suma un 90%. Cuál es el fundamento legal de esa medida?? A dónde va el 10% restante. Una persona que tenga mas de 50 años de trabajo sencillamente está regalando10 años de su trabajo, su sudor y su sacrificio, 10 años que aportó a la sociedad y la sociedad no se lo reconoce. Es eso justo? Espero que alguien facultado tenga una explicación a mis dudas y esto no caiga en saco roto y me den el silencio por respuesta y si así fuera para qué sirve este foro?? Gracias.

Alfredo dijo:

37

27 de marzo de 2018

11:55:33


¿Por qué hasta el día de hoy, mas de 1100 días después de publicada esta noticia y recibidas 36 opiniones en su mayoriá de desacuerdo, no hay una respuesta respetable a los trabajores cubanos, actualmente tengo 47 años de trabajo y solo pienso en trabajar los años que me quedan para poder tener algo de calidad de vida para vivir lo poco que me queda. Es necesario atender los reclamos del pueblo, no es justo que tenga que trabajar 50 años para poder jubilarme contrario a otros sectores del país.

Mecho dijo:

38

24 de julio de 2018

14:20:41


Por favor necesito se publique el Decreto 283/9 para aclarar mis dudas sobre la reincorporación al trabajo después de los 60.

Jorge l Perez dijo:

39

12 de diciembre de 2018

10:11:30


Quisiera saber si teniendo todos los requisitos para la jubilacion pero viviendo fuera de cuba puedo reclamar ese derecho que me pertenece por haber acumulado ese dinero durante mi vida laboral

Edgard Pérez González. dijo:

40

5 de enero de 2021

00:03:11


Trabajé desde 75 hasta 2016: Es decir 42 años.De ellos 21 como chofer del ECOI.cargandoy asfaalto para distintas obras y otros 21 como chófer de distribución y venta del Complejo Lácteo .Casi todos los horarios de madrugada y por más de 8 horas diarias . Cuando pedí mi retiro en el 2016.con 42;años de trabajo y 61 de edad se me.nego porque no calificaba para retiro extraordinario y ya presentaba deterioro de salud por diabetis CV e hipertencion .Por lo K tuve K dejar mi ypuesto de trabajo.Ahora tengo65 años y no tengo derecho a nada y los años de servicios sin una tacha y ningún accidente en tantos años manejando no son tomados en cuenta .? De K vivimos mi esposa y yo?