ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Vladimir Regueiro, Zamira Marín y Deborah Rivas ofrecieron detalles sobre las nuevas normativas. Foto: Yaimí Ravelo

A partir de hoy entran en vigor tres resoluciones de los ministerios de Trabajo y Se­guridad Social (MTSS), Economía y Plani­ficación (MEP), y Finanzas y Precios (MFP), que establecen nuevas disposiciones sobre el pago a los trabajadores vinculados a empresas con capital extranjero, su contribución a la Seguridad Social, y las funciones de las entidades empleadoras.

Sobre el primer tópico, la viceministra del MTSS, Zamira Marín Triana, explicó en conferencia de prensa que la Resolución No. 42, dictada por ese organismo, establece un cambio en la formación de los salarios lo cual implicará, como norma, un aumento de los ingresos percibidos por esos trabajadores.

“Hasta el momento —dijo— ello se realizaba de forma centralizada a partir de las escalas salariales aprobadas en el país.

Ahora el pago se acordará con los negocios de capital extranjero teniendo en cuenta los salarios que se abonan a cargos de similar complejidad en entidades de la misma rama o sector de nuestra área geográfica, la escala salarial que se aplica en el país (a modo de referencia) y algunos pagos adicionales que por ley co­rrespondan.

Según dispone la Ley de la Inversión Extran­jera, el pago a los trabajadores continuará siendo en pesos cubanos (CUP); pero las negociaciones entre la entidad empleadora y la empresa con capital foráneo para acordar la base de los salarios serán en pesos convertibles (CUC).

En ese sentido Marín Triana comentó que la Resolución No. 42 fija en dos el coeficiente a tener en cuenta para el pago de dichos salarios; o sea, que cada peso convertible equivaldrá a dos pesos cubanos.

“Todo lo que se convenie por concepto de salario lo recibirá el trabajador multiplicado por dos en moneda nacional, aunque a la hora de recibir su dinero ya estará descontado el 9,09 % para el pago de sus vacaciones”, acotó.

Añadió que las empresas mixtas autorizadas a contratar su fuerza de trabajo —actualmente la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba, ETECSA, y Aguas de La Habana—, también están autorizadas a usar este coeficiente para el cálculo de su salario.

Lo dispuesto en esta norma tendrá efecto retroactivo a partir del salario que corresponda al trabajo realizado en el mes de octubre de este año, y en los casos que este sea percibido quincenalmente, a partir de los recibidos en la segunda quincena de octubre.

Esta medida, aclaró la viceministra del MTSS, no puede significar afectar al trabajador en ningún caso. El salario que perciba con la entrada en vigor de las nuevas disposiciones no podrá quedar nunca por debajo del que percibía o del salario medio del país, que será considerado el mínimo.

Para el 2015, cuando la Oficina Nacional de Estadísticas e Información emita la cifra oficial del salario medio con que terminó el país en el 2014, las empleadoras deberán re­negociar los términos de los salarios con las empresas de capital extranjero sobre esa nue­va base, procedimiento que se repetirá anualmente, agregó.


ENTIDADES EMPLEADORAS, OTRA PERSPECTIVA
Sobre el funcionamiento de las entidades empleadoras, la Resolución No. 920 del Mi­nisterio de Economía y Planificación dispone que estas recibirán por los servicios prestados un valor que no excede el 20 % del salario de cada cargo.

Al respecto la directora general de In­ver­sión Extranjera del Ministerio de Comercio Exterior, Deborah Rivas, señaló que ese monto no se deduce del salario de los trabajadores ni los afecta, sino que tiene como finalidad cubrir los gastos de la gestión de estas entidades para garantizar el suministro de la fuerza de trabajo calificada, lo cual implica su captación, formación y desarrollo, así como un margen de utilidad.

Adicionalmente, las entidades empleadoras cobrarán a las modalidades de inversión extranjera los importes correspondientes a la Contribución para la Seguridad Social a la que están obligadas, sobre la base de lo pactado en CUC por concepto de salario a los trabajadores.

El cambio fundamental, sostuvo, es en el rol de las empleadoras, que ya no será cobrar y aportar al Presupuesto del Estado, sino pagar los salarios a partir de lo pactado entre ella y la empresa de capital extranjero, seleccionar, y preparar a los trabajadores, así como garantizar sus derechos, de acuerdo con la legislación laboral vigente en Cuba.


DE LAS CONTRIBUCIONES
Teniendo en cuenta los principios y disposiciones de la Ley 113 del Sistema Tributario cubano, la Resolución No. 535 del Ministerio de Finanzas y Precios regula la aplicación de la Contribución Especial a la Seguridad Social por los trabajadores contratados a través de las entidades empleadoras que, a razón de las nuevas medidas, perciban un aumento en sus salarios mensuales superior a los 200 pesos cubanos.

Según explicó Vladimir Regueiro Ale, di­rector de Ingresos del MFP, el tipo impositivo aplicado a cada persona estará en relación con la magnitud del incremento, y oscilará entre el 1 y el 5 %. Aclaró además que la contribución no se realizará sobre la parte incrementada del salario, sino sobre el salario total calculado bajo estas nuevas condiciones.

La forma de pagar esta contribución —co­mentó— se ha diseñado de modo que no constituya un obstáculo para el trabajador y se logra a partir de que las entidades empleadoras, en ocasión de cada pago salarial, retendrán el porciento que corresponda por la contribución. El trabajador no tendrá obligaciones de asistir al banco o a las oficinas de la Administración Tributaria.

Regueiro Ale señaló además que la aplicación de estas medidas requiere un respaldo del Presupuesto del Estado, tanto para financiar los salarios como las obligaciones que tienen con el Presupuesto las empresas empleadoras.

“Es decir, el Presupuesto está respaldando con un financiamiento específico las demandas que realizarán las empleadoras a través de los organismos a los que están vinculadas, para poder hacer frente a estos incrementos de salario. Todos estos importes han sido considerados en el Anteproyecto de Presupuesto que se discutirá en la Asamblea Nacional para el año 2015”.

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

sonia dijo:

96

16 de diciembre de 2014

16:29:13


Mientras mas comentario leo me doy cuenta que estamos llenos de personas ignorantes y que no razonan, siempre a los salaries devengados por los trabajadores se le hacen deducciones, siempre el empleador se queda con una parte de lo que se produce para invertir en los gastos y de quien sale del que trabaja, no sale del aire y esto es asi en todas partes del mundo, porque asi es como circula la moneda a nivel nacional..El empleador le paga al trabajador un salario de acorde al puesto que esta cubriendo y ese trabajador aporta al empleador un % de su salario...Yo ganada $600.00 dolares semanal y las deducciones ascendian a $200.00,solo me quedaban $400.00 ahi me descontaban el seguro social, taxes del estado, taxes federales, Wellfare, para los que viven del que trabajan, todos los gastos del pais se lo deducen al que trabaja... No especulen tanto que se esta hacienda lo correcto...

Alek dijo:

97

16 de diciembre de 2014

17:09:52


Es muy raro todo este asunto. Era previsible que si en la prioritaria ZDM el coeficiente era 10, para el resto serìa màs bajo. No imaginé "tan bajo". En esencia eso permite deducir que 1 EUR= 1CUC= 2CUP. Me sigo preguntando que si pretenden eliminar el CUC por qué siguen incluyendo esta "moneda", aun cuando en este caso si tendrìa respaldo. Por transitividad 1 EUR = 2 CUP cuando el CUC desaparezca ( Me asombro de la recuperaciòn màgica de la economia cubana en 3 meses). Sigo estando en desacuerdo con la existencia de la agencia empleadora. No sé en qué momento se dejò en manos del Estado o Gobierno (que no es lo mismo) la negociaciòn de la fuerza de trabajo. Lo normal serìa que esta agencia tuviera un portal donde se presentaran las convocatorias de plazas vacantes y los requisitos al igual que se hace en las empresas estatales y no una "bolsa misteriosa" donde cada "mago" saca al "conejo" que le conviene. Basta ver algunas dependientes de tiendas o personal cubano de entidades extranjeras (casi todas blancas, rubias y muy lindas). Ni hablar de las implicaciones econòmicas. Espero y deseo que sepan lo que estàn haciendo. Sin prisa pero sin pausa es para errar lo mìnimo.

pedrito dijo:

98

16 de diciembre de 2014

17:32:22


Como seria en al caso de los trabajadores de las embajadas? estas pagan usd333.00 a Empleadora PALCO y esta le paga al trabajador CUP235.00. cuando le he preguntado, me han dicho que se hace un doble pago, es decir, la embajada le paga a la empleadora y a la vez tiene que pagarle al trabajador, en algunos casos los pagos son buenos, pero en otros dan pena. ademas estos trabajadores tienen que pagar impuestos por ingresos personales. alguna respuesta?? gracias

Laázaro Tito Valdés León dijo:

99

16 de diciembre de 2014

18:06:45


Lic. Onaisys, no me imagino cuantros correos se han recibido con preguntas, criterios y opiniones sobre este trabajo, pero lo que no concibo es que se envie una opinión, como la que envie en horas de la mañana y aqui se vean incluso algunas repetidas por el mismforista y no se divulguen otras que merecen también que se conozcan, soy respetuoso en mis planteamientos, los digo con sentimiento de cubano que mucho le agradece a la Revolución, las cosas que no entiendo la señalo, asi me han enseñado desde el Primero de Enero de 1959, además esta bien definido por el compañero Fidel en el concepto de revolución que expresa auqel histórico 1ero de Mayo en la Plaza de la Revolución. Valorando algunos criterios qui vertidos, el mio es muy respetuoso y merece ser también tenido en cuenta. gracias por la atención que le han brindado, no se ponga brava cuando a su diario le señalen que nos rspeta la libertad de expresión.

mandy dijo:

100

16 de diciembre de 2014

21:41:28


felicidades espero , por la aclaracion , pero de donde saldra el dinero para comer y reporducirse la fuerza de trabajo si todo lo necesita para eso se lo venden a 25*1 .pudieras explicar?