La disciplina y el reto de la armonía (II parte y final)
El acatamiento y respeto al orden exigido en cualquier entidad laboral devienen obligación para sus directivos y empleados; resulta una cuestión de orden público
El acatamiento y respeto al orden exigido en cualquier entidad laboral devienen obligación para sus directivos y empleados; resulta una cuestión de orden público
La disciplina es la premisa básica para el acatamiento del orden laboral
Según Leonardo Pérez Gallardo, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana «este acto jurídico tiene función habilitante, legitimadora. Permite que una persona, llamada apoderado o representante, realice actos jurídicos o ejercite derechos, actuando a nombre y por cuenta de otro sujeto que es quien le concede facultades de representación...
La correcta aplicación de las normas y el respeto del orden laboral por los trabajadores resultan urgencias en el proceso de cambio que vive el país, donde la institucionalidad, la exigencia y el control interno desempeñan un papel necesario...
«El adecuado conocimiento del Derecho Laboral, al menos en su contenido esencial, se inscribe dentro de las deudas que en materia de cultura jurídica es acreedora la sociedad cubana, particularmente los trabajadores y los empleadores»
En Cuba hay cultura testamentaria, la cual debe cada día intensificarse, pues constituye una manera de proteger la propiedad y la familia; de evitar, en la medida de lo posible, los conflictos particionales de los bienes y derechos.
En materia Civil, Administrativa y de Familia, asistimos a escenarios cambiantes en cuanto a lo económico y lo normativo, lo cual hace más compleja la solución de los asuntos
En materia penal, las sentencias cuentan con un término de diez días hábiles para ser recurridas, a partir del día siguiente de la notificación. De presentarse el recurso fuera de ese plazo, se declara inadmisible
La Ley establece el derecho de impugnación de cualquier veredicto, antes de que este se haga firme
La presentación de un documento que acredite la tenencia o no de antecedentes penales no constituye un requisito imprescindible para la contratación de cualquier trabajador