ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Mucho se ha escrito ya sobre el testamento y de cuánto ayuda a salvaguardar los bienes y la familia. Se ha hablado de los procedimientos, de las tipologías, de la validez… Las dudas, sin embargo, no han sido suficientemente dilucidadas, pues las inquietudes de las personas continúan emergiendo.

«Hay algo místico en el testamento», asegura el doctor Leonardo Pérez Gallardo, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana. «Es el portavoz de una persona, que aun después de muerta, dispone la manera en la que quiere sea ordenada la sucesión. Es ley privada de la sucesión, a la cual han de atenerse todos, no solo los herederos».

Toda persona mayor de 18 años de edad, con discernimiento, cualquiera sea su nacionalidad, puede otorgar testamento en Cuba. Para ello, sugiere Pérez Gallardo, lo más aconsejable es que se acerque a un notario para ser asesorado.

Los testamentos comunes, explica, pueden ser ante notario, ante cónsul u ológrafo.

Este último es redactado por el propio testador, en el cual se exige la autografía completa, la expresión de la fecha, y las enmiendas o salvedades de las palabras tachadas.

No obstante, aclara que el testamento ológrafo debe ser redactado, únicamente, por el testador, y puede emplear cualquier parte del cuerpo que le permita escribir, a tono con la Convención de los derechos de las personas con discapacidad.

Según Pérez Gallardo, para que este surta efectos jurídicos tiene que ser adverado ante el Tribunal municipal correspondiente. «Este le atribuye autenticidad, para lo cual los interesados han de aportar las pruebas documentales y la prueba testifical que corresponda, así como la pericial caligráfica que se suele practicar. La adveración se contiene en un auto judicial que, una vez firme, se inscribirá en el Registro de

Actos de Última Voluntad y Declaratoria de Herederos, perteneciente al Ministerio de Justicia, a los efectos de su publicidad».

Mediante el testamento –acota– se dispone, principalmente, del patrimonio, pero es posible emplearlo como reservorio de otras declaraciones de voluntad, como por ejemplo: el reconocimiento de un hijo, la ordenación de una fundación, la disposición sobre el destino del cadáver, la  habilitación de la incapacidad para suceder en la que puede estar incurso un presunto heredero, entre otras disposiciones.

Y el testamento, explicita, «es revocable ad nutum, o sea, libérrimamente por el testador. Como acto de última voluntad, el testador puede revocarlo parcial o totalmente, de manera expresa o tácita, con el solo otorgamiento de un testamento posterior». Incluso el testador puede limitarse a invalidar el documento por escritura pública, sin otra disposición de contenido patrimonial o no patrimonial.

Comenta el doctor que «a falta de testamento, la ley ordena la sucesión mortis causa, siguiendo un orden presuntivo de los afectos. De ahí que primero suceden los hijos, y en su defecto sus descendientes, sin límites, de conjunto con el cónyuge sobreviviente y los padres, siempre que estos últimos no estén aptos para trabajar y dependan económicamente del causante.

«En segundo orden, heredan, en plena titularidad, los padres del causante con la concurrencia del cónyuge sobreviviente; en tercer orden, en plena titularidad, el cónyuge sobreviviente; en cuarto orden, los abuelos o demás ascendientes; y en quinto orden, los hermanos y sobrinos».

Reitera, además, que la pareja hereda siempre que sea cónyuge, ya por matrimonio formalizado o por reconocimiento judicial post mortem de la unión matrimonial no formalizada. Las uniones de hecho per se, no generan vínculos sucesorios.

En cuanto a los menores, refiere que «si a la muerte del causante no están aptos para trabajar y dependen económicamente de él, tienen derecho a la mitad del caudal hereditario, al reconocérseles como herederos especialmente protegidos con derecho a la atribución por el testador de la mitad del patrimonio, en concepto de legitimarios».

Esta mitad –advierte– no viene atribuida directamente por la ley sino a través del testador. De no cumplirse esto, los beneficiados pudieran impugnar el testamento por vía de nulidad, para lo cual el ejercicio de la acción no prescribe.

En Cuba, reconoce Pérez Gallardo, «hay cultura testamentaria, la cual debe cada día intensificarse, pues constituye una manera de proteger la propiedad y la familia; de evitar, en la medida de lo posible, los conflictos particionales de los bienes y derechos. Es un modo de perpetuarnos más allá del tiempo finito en que existimos».

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Logogeria dijo:

21

1 de abril de 2017

21:05:14


El tema Testamento, por encima de cualquier impresión mistificante, es un asunto práctico y muy importante no solo para las personas beneficiarias sino también para la tranquilidad espiritual del testador, que, como todo el mundo, debe dejar el asunto de sus bienes materiales lo más sabiamente dispuesto para evitar infelicidad a quienes más quiere y desea le recuerden con admiración y cariño. El artículo tiene algunos faltantes, pero el espacio de que dispone no le dá, supongo, mucho margen. ¿A dónde se acude cuando se desea comprobar la existencia del último testamento escrito? Punto y aparte quisiera recordarle a los "comentaristas" que es importante mostrar respeto en sus comentarios. Hasta al más pinto se le puede escapar una falta de ortografía cuando teclea rápido, pero E.Navarro no tiene razón cuando se burla de Ernesto Bustos por la "Paja" que vió en Miguel Angel J sin ver su propia "viga". Sería mejor que se dedique a opinar sobre el articulo en cuestión y en pensar en mejorarse a si mismo antes que realzar defectos ajenos, porque si no cambia esa fea manía de la burla, tenga la edad que tenga, mejor que se ocupe contratar un asegurador y de tener hecho y asentado su testamento.

ADA dijo:

22

2 de abril de 2017

18:43:22


YO VIVO EN EE UU LE COMPRE LA CASA A MI MAMA SE LA HE REMODELADO 2 VECES LE HE COMPRADO CASA A MIS HERMANAS TODAS TIENEN CASAS QUE DERECHO TENGO YO A LA CASA DE MI MAMA,,LE COMPRE A MI PAPA SU CASA Y CUANDO EL FALLECIO MI HERMANA VENDIO LA CASA REPARTIO EL DINERO Y YO NO ME ENTERE HASTA 2 ANOS DESPUES GRACIAS

Isadora dijo:

23

3 de abril de 2017

13:01:56


Navarro: con el mayor respeto le digo que su comentario sobre el de Ernesto Busto lo considero una burla y falta de respeto. Como dice el refrán "hasta al más leído y escribido" se le puede ir una incorrección ortográfica. Esa "s" al final del verbo en pasado es muy común en nuestro cotidiano hablar y escribir. Gracias.

Julio C. dijo:

24

3 de abril de 2017

16:29:47


El problema es que en Cuba la cultura jurídica da grima, y lejos de testar para que sea la voluntad del difunto la que prime, se deja la vida pasar y de momento llega el día que todos saben que va a llegar pero no saben cuando y después son los dolores de cabeza. Los que tengan dudas sobre el tema diríjanse a un Bufete Colectivo y los que quieran testar a una Notaría para que les expliquen lo que tienen que llevar para otorgar testamento. Para el que preguntó las personas que abandonan definitivamente el país son incapaces para heredar, incapaces en el sentido jurídico de la palabra

Angela Maria dijo:

25

11 de mayo de 2017

11:10:27


ESTIMADOS CROS. POR ERROR ENVIE UN CORREO A USTEDES, PENSANDO QUE ERA UN CAMPO PAR REENVIAR ESTE ARTICULO QUE ESTA MUY BIENO E INSTRUCTIVO PARALOS NO TENEMSO AUN ESA CULTURA Y QUE ES VERDAD QUE DEBEMOS INTERIORIZAR Y EVITAR SITUACIONES MUY DESAGRADABLES ENTRE LA FAMILIA, SALUDOS

nubia dijo:

26

15 de junio de 2017

11:06:23


Que significa esta frase ..Reitera, además, que la pareja hereda siempre que sea cónyuge, ya por matrimonio formalizado o por reconocimiento judicial post mortem de la unión matrimonial no formalizada. Las uniones de hecho per se, no generan vínculos sucesorios... hecho per se?????

Julio César Báez medina Respondió:


1 de agosto de 2024

21:03:06

Mi mamá falleció y también puede mi papá testar a favor de mi sobrina y quitarnos el derecho a los hijos a la vivienda

Corina dijo:

27

8 de agosto de 2017

09:33:56


Y qué pasa cuando un padre ha sido buen padre y ha mantenido toda su vi8da una buena relación y contacto con sus hijos y en sus 2 últimos años se relacionó y casó de "corre corre" con una mujer de menos edad que lo presionó emocionalmente para casarse, y a partir de ahí ella pasó la propiedad de su casa a su nieta y/o su hija y él muere de un infarto ¿? y de la nada apareció un testamento que la deja a ella como "heredera universal", que además de manera muy extraña él firmó en las fechas que se puede probar estaba ingresado en terapia y bajo efectos de medicación. Los hijos no aparecemos en declaratoria de herederos ni por ninguna parte. Como no nos llamaron para leer y hacer público el testamento, preguntamos quién era el herdero universal, pensando que sería su unico nieto que él siempre dijo que era su heredero y fue por una tía muy bien relacionada con esa "señora" que supimos que la pronta-esposa era la única beneficiada. Dígase casa, teléfono, chequera, cuenta de banco, todo incluidas las fotos familiares "nuestras" de los hijos con mi padre que ella tiró a la basura imagino y las pertenencias de él las vendió o regaló sin consultarnos a los hijos... ¿NO ESTÁ MUY RARO TODO? De hecho nosotros la llamamos Alyn porque hizo con mi papá los mismo que Alyn con César (en la novela brasileña) ¿QUÉ DERECHO TENEMOS LOS HIJOS? ¿NINGUNO?

sarai Glez Nunez dijo:

28

6 de octubre de 2017

14:11:25


Una amiga fallecio y le dejo su casa a una sobrina que vive fuera del pais, pues no tenia ni esposos ni hijos, como podria representar yo a esta sobrina de mi amiga para que se adjudique su herencia

ana esperanza dijo:

29

20 de diciembre de 2017

12:41:25


les escribo puestengo a mi hermana la mayor enferma de los nervios por la situacion que se le he presentado con su hijo ella puso su casa para que fuesen popietarios ella y el hijo y ahora el mismo la esta obligando a que la venda o permute por 2 pues expresa que el tiene los mismos derechos que ella casa esta que mi mama se la dejo por ser la mayor, le digo que ella tiene otra hija y no entiendo como puede suceder, quisiera que me dijeran si ella no puede variar este poder que le dio al hijo en un momento dado pensando en lo mejor cuando ella falleciera gracias

Juana marisol dijo:

30

21 de enero de 2018

01:32:48


Llevo más de un año tratando de hacer que me den los derechos que tengo de una vivienda x testamento y no he podido encontrar si es la vivienda o notaría dónde puedo ejercer mi derecho

marisol dijo:

31

21 de enero de 2018

14:54:50


Necesito hacer valer el derecho de un testamento, para adjudicarme la vivienda, la misma esta ocupada y esta señora no permite qué el alquitecto entre a cumplir con su trabajo de hacer el dictamen tecnico, ya me he personado ante, y la notaría, y municipal de vivienda 10 de octubre, dime fiscalía municipal y provincial, y jefe sector etec. Y nadie tiene sutoridad para hacer cumplir la ley, necesito por favor que me digan que no hago pues llevo mas de un año en ésta situación

Ana Esperanza wilson dijo:

32

29 de enero de 2018

15:32:08


Yo necesito saber que puedo hacer me siento indignada y desprotegida pues elementos inescrupulosos a pesar de todo lo que se habla no escarmientan, pues como dice el doctor leonardo el testamento es una forma de proteger la propiedad y la familia,en estos momentos mi familia quedo desprotegida, les explico mi papa vivia en la isla donde yo y uno de mis hermanos viviamos con el debido a que en aquellos tiempos no le daban casa a un hombre solo y por su trabajo lo enviaron a la isla,posteriormente el se caso ,el tuvo que arreglar los documentos de la casa por lo que agrego a su esposa paso el tiempo mi papa hipertenso le dio un infarto a la mujer ttambien,de conjunto con su esposa hablan con nosotros los hijos que no somos hijo de ella pues ella no podia engendrar para hacer un testamento a favor de uno de sus nietos hija de el hermano que estuvo en la isla y el mas apegado a ellos todos estuvimos de acuerdo, mi papa fallece y le pedimos a la esposa que viniese para la habana con nosotros ella no quiso, entonces anterior a todo esos acontecimiento ella se integro a la iglesia y despues de muerto mi papa el pastor decidio enviarle a una compañera para que la acompañara diciendo que era una trabajadora de ellos lo cual hemos investigado y es mentira,no osbtante mi hermano mensualmentedecidio enviarle dinero para su alimentacion ycuidado y lallamaba por telefono para saber de ella y que necesitaba seguiamos insistiendo en que viniera pero era por gusto nunca quiso,hasta que un buen dia en este año le informan a mi hermano que la mujer de mi papa habia muerto, el salio pARA ALLA

Ana Esperanza wilson dijo:

33

29 de enero de 2018

15:49:38


Yo necesito saber que puedo hacer me siento indignada y desprotegida pues elementos inescrupulosos a pesar de todo lo que se habla no escarmientan, pues como dice el doctor leonardo el testamento es una forma de proteger la propiedad y la familia,en estos momentos mi familia quedo desprotegida, les explico mi papa vivia en la isla donde yo y uno de mis hermanos viviamos con el debido a que en aquellos tiempos no le daban casa a un hombre solo y por su trabajo lo enviaron a la isla,posteriormente el se caso ,el tuvo que arreglar los documentos de la casa por lo que agrego a su esposa paso el tiempo mi papa hipertenso le dio un infarto a la mujer ttambien,de conjunto con su esposa hablan con nosotros los hijos que no somos hijo de ella pues ella no podia engendrar para hacer un testamento a favor de uno de sus nietos hija de el hermano que estuvo en la isla y el mas apegado a ellos todos estuvimos de acuerdo, mi papa fallece y le pedimos a la esposa que viniese para la habana con nosotros ella no quiso, entonces anterior a todo esos acontecimiento ella se integro a la iglesia y despues de muerto mi papa el pastor decidio enviarle a una compañera para que la acompañara diciendo que era una trabajadora de ellos lo cual hemos investigado y es mentira,no osbtante mi hermano mensualmentedecidio enviarle dinero para su alimentacion ycuidado y lallamaba por telefono para saber de ella y que necesitaba seguiamos insistiendo en que viniera pero era por gusto nunca quiso,hasta que un buen dia en este año le informan a mi hermano que la mujer de mi papa habia muerto, el salio pARA ALLA cual seria nuestra sospresa existia otro testamento otorgandole beneficios a esa señora que puso el pastor que nadie sabe de donde salio y entonces una casa que estaba en buenas condiciones en estos momentos esta destruida y algunos objetos perdidos, como es posible que esto haya sucedido mi hermano hablo con un abogado y ledicen quew revoque ese testamento y busquemos todas las pruebas fuimos al archivo de salud en le isla para pedir la historia clinica de la esposa de mi papa como prueba de que estaba enferma y dicen que ya eso no existe pues ya paso 5 años y no pudea testificarlo en fin en esta situcion como quedamos yo y mis hermanos que quisimos dejar la casa para la familia y nuestros hijos cuando una desconocida que quien sabe que trampa hizo o hicieron para llegar a eso, les pido por favor de su ayuda para solucionar esto pues nadie de los mio esta obligado a convivir con un deconocido que la dejaron cumpliendo una mision y no la hizo solamente fue a robar lo que con tanto sacrificio odtuvieron otros.

Adriana Ruiz del Vizo dijo:

34

7 de mayo de 2018

15:53:30


Naci en Cuba y hace 13 anos me fui a EU. Gracias a la union entre EU y Cuba y sus buenas relaciones me hize la repatriacion. Habia dejado yo en mi casa a una tia para que cuidara a mi madre y yo mandaba de todo, por problemas familiares a ella la saque de mi casa por no cumplir con el debido apoyo a mi mama. Mi mama me.hizo u testamento de la casa a favor mio y la vivienda dio por terminada la vivencia de la tia mia la cual hace 3 anos no vive en mi casa. Mi mama por desgracia se me enferma de los nervios y cual es mi sorpresa que el hijo de la tia llevo a mi mama a hacer un testamento de mi casa a mi tia. Una casa que yo naci ahi, me.crie ahi y es mia por.derecho ya que mi padre la.adquirio cuando se caso con mi mama. Que me pueden decir al respecto. Que tengo que hacer?

mema dijo:

35

18 de mayo de 2018

13:52:34


no entendi mucho, pero quiero que me aclaren algo, si mi esposo esta casado conmigo y la casa la adquirimos junto. quiero q. me expliquen algo, si mi esposo adquiere una casa junto conmigo, pude testar a favor de las hijas que no son mias?

Dieudome dijo:

36

6 de junio de 2018

03:34:24


Cada vez que estos redactores utiliza muchas palabras tècnicas significa que estàn muy interesados en no ser comprendidos. No os habèis dado cuenta? Si este mismo redactor escribiera un escrito quele proporcionara dividendos, estoy seguro que escribirìacomo para un niño de preescolar.... no exagero. Esaes una pràctica habitual, sobre todo en nuestro paìs e incluye todas las ramas en las quese debe explicar algo al pueblo.

Fidel Vega dijo:

37

7 de junio de 2018

11:30:12


Voy a tomar este escrito una vez mas para plantear una dificultad que tengo con un bien heredado de mi padre y que todavia no lo he podido habitar desde el año 2011 que se nos declaro a mis hermanas y a mi como propietarios herederos del inmueble. En el año 2011 una media hermana mia llamada Tayami Vega Toledo que vivia con mi papa y mi hermana Natacha, se fue del pais donando la vivienda de forma inoficiosa a un primo de ella llamado Pedro Antonio Acosta Toledo nombrandolo como titular y ocupando la vivienda cita en Gomez #38 % Lincoln y Marti en Arroyo Naranjo con mi otra hermana adentro nombrada Natacha Vega Delgado.Nos presentamos en el bufete de Carlos III y se nos incluyo como hijos de mi papa porque Tayami se habia declarado de forma inoficiosa HEREDERA UNIVERSAL, luego de que se nos reconociera como hijos de mi papa entonces presentamos al tribunal provincial y supremo toda la documentacion que nos acredita como propietarios y todos los porcuantos ratificaron que somos los herederos de la vivienda, en resolucion numero 1469/17, con fecha 18 de Octubre de 2017, se declara a Pedro Antonio Acosta Toledo como OCUPANTE ILEGAL de la vivienda y el tribunal municipal de arroyo emite la titularidad de la vivienda a nombre de los hermanos que nos habian dejado afuera y a estas alturas con la resolucion del tribunal SUPREDO y la resolucion de la DMV de Arroyo Naranjo donde lo declaran ILEGAL, el ciudadano mensionado anteriormente y su esposa que no tiene direccion de la vivienda, siguen VIVIENDO en el inmueble propiedad por resolucion del tribunal a nombre nuestro y NADIE de los que deben extraer a esos dos ciudadanos se ha pronunciado para ejercer el derecho que por contitucion y juridicamente nos pertenece, llevamos 7 años para solucionar un hecho que desde el 13 Junio del 2016 que declara el tribunal supremo en el fallo final que el recurso de casacion interpuesto por el ILEGAL que vive en mi casa se declara SIN LUGAR, manteniendonos a mis tres hermanas y a mi como propietarios de la vivienda, desde ese momento se han violado una serie de derechos constitucionales dando lugar que en esta fecha los propietarios de la vivienda antes señalada nos enontremos sin poderla habitar y que el ciudadano declarado ILEGAL todavia la habite, Y entonces yo pregunto ¿Los que tiene que ver con la extraccion para que estas cosas no ocurran que estan haciendo?, Que hace el Gobierno, el PCC y la DMV de Arroyo Naranjo que todavia a pesar del tiempo que se declara ILEGAL a este ciudadano todavia se encuentra de forma segura en nuestra propiedad, sin ningun actuar para sacarlo de la VIVIENDA, Propiedad de nosotros o sera que como no es interes del gobierno municipal y es una propiedad privada no interesa que este problema se solucione y la vivienda propiedad nuestra la podamos convivir los PROPIETARIOS LEGITIMOS. Si hago este comentarios es porque ya he agotado todos los recursos existentes para poder dar solucion a este problema y realmente que vivan la casa los legitimos DUEÑOS. sin mas y en espera de la atencion de alguien con interes de ayudar a resolver esta situacion. Fidel Juan Vega Delgado. Telefono numero 7-8764733

Viviana dijo:

38

29 de agosto de 2018

22:27:13


Hola mi mamá va hacer un testamento para mi yo recido en otro país tengo una hermana q es discapacidad y tiene q tener supervisión permanente yo hace 2año y medio q no voy a mi país la pregunta tengo derecho a su testamento gracias

alexis barrios machín dijo:

39

25 de octubre de 2018

14:41:35


y qué sucede con aquellos casos de matrimonios separados pero viviendo juntos, con hijo y nieto y donde el fallecido es propietario y no se relaciona de niiguna forma con ellos y la esposa es copropietaria, qué fuerza legal tiene ese testamento

Liudmila dijo:

40

15 de noviembre de 2018

13:46:42


Yo soy residente permanente en Cuba,Quiero que me aclaren por que no puedo hacer un testamento en Cuba.Me case en Ukrania con mi esposo que es cubano , hicimos una casa juntos y mis 50% quiero testar a mi hijo, pero el notario dice que no se puede.Por que si muchas de nis amigas han hecho. Con el respeto y mucha gracias,Estoy esperando su respuesta.