ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Granma

La Ley 116  «Código de Trabajo», declara el 26 de julio como día de conmemoración nacional y los días 25 y 27 como días feriados.

Dicha norma, solo establece el traslado del descanso dominical de los días de conmemoración nacional, por lo que no corresponde el traslado del 27 de julio por ser un día feriado. El tratamiento salarial es el regulado en el artículo 111 del propio Código. 

*Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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Margarita Muñoz dijo:

1

25 de julio de 2025

08:51:10


Pienso que esta explicación no es todo lo clara que debería Porque el código establece que los días de conmemoración nacional que se traslada su disfrute son el 1 de mayo y el 10 de octubre. En el caso del 26 de julio y el 1 de enero no, porque están precedidos y sucedidos por días feriados Entonces aunque el 26 de julio fuera domingo, según el código no se trasladaria y esta argumentación no tendría fundamento. Gracias

Alberto dijo:

2

25 de julio de 2025

11:05:25


Siempre los días 25, 26 y 27 de julio has sido días no laborables, si hubieran caído días entre semana no se labora, no entiendo el por qué no no dan independientemente de toda la justificación que den.

Alberto dijo:

3

25 de julio de 2025

11:09:07


Sí cae domingo el feriado por qué no lo corren para el lunes, ya que este día es de descanso.

Margarita Gómez dijo:

4

25 de julio de 2025

11:48:21


Cierto q eso es lo q estipula la ley, pero como toda ley tiene excepción espero analicen el esfuerzo q hace el pueblo para vivir y trabajar en medio de tantas carencias y DIFICULTADES y declaren algunos días más como no laborables

Héctor dijo:

5

25 de julio de 2025

13:14:20


Si yo descanso siempre los sábados al igual que mi colectivo laboral y muchos otros colectivos en el país, que como nosotros solo trabajamos 40 horas semanales, por qué no se traslada el 26 de julio que si es de conmemoración nacional???

Daniel O. Piedra Delgado dijo:

6

25 de julio de 2025

14:12:16


Necesito con la mayor brevedad saber como hacer para que se reconozcan algunos años de trabajo que apesar de encontrarse reflejados en mi expediente laboral no tienen tarjetas de salario. Empresa de Producciones Metálicas ya desaparecida hace años y Recreatur. Ya cumplo 68 años el 3 de enero del 2026 y quisiera presentar mi jubilacion. Agradecido por su atención y en espera de su respuesta. Daniel Piedra Delgado Tlef 5 876 9149 7 206 1801 Correo electrónico de mi trabajo piedra@bcr.emce.une.cu

Dagoberto dijo:

7

25 de julio de 2025

15:31:38


Y entonces si el días 26 es de conmemoración nacional y cae sábado no fue transferido el descanso?

Ivis Cordero Torres dijo:

8

25 de julio de 2025

21:15:56


Es buena la aclaración lo veo muy bien

Rafael Barriel dijo:

9

26 de julio de 2025

21:52:12


Quisiera saber algo relacionado con el aumento salarial a los jubilados.El que percibe el pago por ser combatiente este no se incluye en el aumento.Gracias

Karelia Rodríguez Hardy dijo:

10

27 de julio de 2025

00:50:35


Estoy de acuerdo.