La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), a través de su sitio web, realizó algunas aclaraciones ante inquietudes de la población sobre cuál es la norma legal que regula la contabilidad para el sector de contribuyentes que abarca los trabajadores por cuenta propia (TCP); la norma contable para aplicar, así como la estructura de los estados financieros y nomenclador de cuentas que se utilizará.
En primer lugar, detalla que la Resolución que rige la contabilidad de los TCP es la 272 de 2024, del Ministerio de Finanzas y Precios, que derogó la Resolución 346 de 2021.
Esa norma establece que los TCP que obtienen anualmente ingresos superiores a 500 000 pesos cubanos en el ejercicio de su actividad, están obligados a llevar la contabilidad de sus operaciones, a partir de las Normas Cubanas de Información Financiera.
Asimismo, aquellos TCP que obtienen anualmente ingresos inferiores a 500 000 pesos, llevan el Registro Control de Ingresos y Gastos, en el que anotan las operaciones que realizan diariamente, de forma manual o con la utilización de aplicaciones informáticas.
El Registro Control de Ingresos y Gastos y la documentación probatoria de las operaciones, que llevan los TCP, deben cumplir con llevarse en el territorio nacional; estar habilitadas en idioma español y realizarse en pesos cubanos (CUP).
Aclara además que, cuando las operaciones se realicen en monedas distintas al CUP, para las anotaciones se utiliza la tasa de cambio, del Banco Central de Cuba.
Las operaciones realizadas se pueden reconocer por declaración jurada de los trabajadores por cuenta propia o por documentos justificantes, los que deben ser conservados a los efectos del control de los ingresos y los gastos, por un término de cinco años.
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Gustavo Rodríguez Cruz dijo:
1
12 de marzo de 2025
09:24:25
yo dijo:
2
12 de marzo de 2025
10:53:15
RobertoCM dijo:
3
12 de marzo de 2025
18:08:23
RobertoCM dijo:
4
12 de marzo de 2025
18:15:39
Dania dijo:
5
17 de marzo de 2025
15:39:37
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