ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
La nueva Ley coloca a las personas en mejor situación para la defensa y el respeto de sus derechos, refirió el Ministro de justicia. el Ministro de justicia. Foto: José M. Correa

«La Constitución de la República refrenda en su artículo primero que Cuba es un Estado socialista de derecho y justicia social. Defender esta máxima implica la creación de garantías que permitan su realización», aseguró Oscar Silvera Martínez, ministro de Justicia.

En ese sentido, la Ley Del ejercicio de la abogacía y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos –aprobada ayer por los diputados cubanos– complementa un ciclo de disposiciones que colocan a las personas en mejor situación para la defensa y el respeto de sus derechos.

Enumeró, como ejemplos de ello, la Ley del Proceso Penal de 2021, el Código de Procesos y la Ley del Proceso Administrativo, ambas de 2021, así como el Código de las Familias, de 2022.

A 40 años de vigencia del Decreto-Ley 81 de 1984, dijo, resulta imprescindible su modificación, y hacerlo con rango de Ley es «consustancial a la relevancia de la abogacía en el ordenamiento jurídico del país, en tanto protege derechos fundamentales de las personas».

Es necesario, en el actual contexto, regular aspectos del ejercicio de la abogacía como profesión en el país, los principios fundamentales que la ordenan, su función, alcance, derechos y deberes de los abogados, su comportamiento ético y la responsabilidad que asumen como garantía del ejercicio de los derechos de las personas.

De esta forma, aseguró Silvera Martínez, se uniforman esas exigencias en aquellos profesionales que ejercen la abogacía en instituciones distintas a la Organización Nacional de Bufetes Colectivos.

 

¿QUÉ DISTINGUE A ESTA LEY?

La Ley aprobada conceptualiza el ejercicio de la abogacía esencialmente como el acto de dirigir, asesorar, realizar consultas, representar y defender los derechos e intereses de las personas naturales y jurídicas ante los tribunales de justicia, los órganos de arbitraje, los organismos administrativos y las entidades o personas públicas y privadas.

En este texto se incorpora, por primera vez en una norma de rango superior, las regulaciones sobre la actuación ética que debe caracterizar la profesión.

Instituye, también, los principios generales que sustentan este ejercicio e introduce el reconocimiento de la comunicación social, la ciencia, la tecnología y la innovación, como elementos fundamentales para el desarrollo y perfeccionamiento de la abogacía.

La definición de la Organización Nacional de Bufetes Colectivos y el funcionamiento de sus estructuras organizativas y de dirección se perfecciona, además de que ratifica que es una organización autónoma, autofinanciada e independiente.

Agregó el titular de Justicia que la Ley reconoce los derechos, deberes y régimen disciplinario de los miembros de la Organización, y regula la gestión de sus servicios jurídicos, como las buenas prácticas en esa gestión, en particular, lo relacionado con el cumplimiento normativo, el control interno, la gestión de la calidad, la atención a las quejas y peticiones, y se reconoce la responsabilidad social como un componente de esas buenas prácticas.

Esta Ley, remarcó, «es expresión de seguridad jurídica para las personas y una notable herramienta para el desempeño de una profesión que cumple más de 60 años dentro de la Revolución».

De igual forma, reconoció que el ejercicio de la abogacía es motivo de honor y compromiso «en un país en que la propia Revolución es en sí misma la mayor obra en materialización y respeto de los derechos y garantías de las personas. Los abogados cubanos en su inmensa mayoría tienen una alta preparación profesional y altos valores éticos en su actuación laboral y comportamiento social».

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Merkis Méndez dijo:

1

22 de diciembre de 2024

18:32:09


Su licenciado en derecho en RD, sin experiencia aún. Podria ejercer en Cuba???