ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA

Con la publicación este 12 de enero, en la Gaceta Oficial No. 4, del acuerdo de la Asamblea Nacional del Poder Popular que dispone la aprobación del Proyecto de Ley del Código de las Familias, y someterlo a consulta popular entre el 1ro. de febrero y el 30 de abril de 2022, los ciudadanos pueden acceder al texto íntegro del documento legal.

Nuestros lectores también podrán descargarlo en el sitio web de este rotativo: aquí el PDF

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Ricardo dijo:

21

12 de febrero de 2022

15:40:30


Hola quiero saber que se hará acerca de los menores que están imposibilitados en hacerse pasaporte y salir del país porq los padres abandonaron al menor se fueron del país , la mayoría son mujeres q están afectadas por eso ,pero mi caso es al revés tengo la guarda y cuidado de mi hija pero no puedo porque su mamá se fue del país no me quiere mandar el autorizó y además no se ocupa de ella , como es posible que cuente su firma , si sus deberes como madre no los hace , el día a día año Tras año , porque yo y muchas madres tienen q estar dependiendo d eso si muchos han decido hacer su vida y no se ocupan , qué hay referente con eso

Georgina Macias dijo:

22

15 de febrero de 2022

20:59:50


Este proyecto para mí, es un Código muy martiano, porque protege la dignidad del hombre y la mujer, de los NNA como actores de la sociedad en sí y como sujetos de derecho.

dania Respondió:


28 de marzo de 2022

11:11:04

Martí dijo: el niño nació para caballaero y la niña para madre

Alberto dijo:

23

15 de febrero de 2022

23:54:54


Porque se complicaron cambiando Patria potestad por responsabilidad parental?, Dejen esa palabrita técnica y mantengan el texto y verán que resuelven los comentarios negativos.

Roberto dijo:

24

16 de febrero de 2022

10:13:14


Artículo 2. Reconocimiento de las familias. 3. Los miembros de las familias están obligados al cumplimiento de los deberes familiares y sociales sobre la base del amor, los afectos, la consideración, la solidaridad, la fraternidad, la coparticipación, la cooperación, la protección, la responsabilidad y el respeto mutuo. ¿Son Obligaciones o Deberes ¿ (Consultar Diccionario) Debe ser: Los Miembros de la familias tienen el deber de fomentar sus vínculos familiares y sociales sobre la base del amor, los afectos, la consideración, la solidaridad, la fraternidad, la coparticipación, la cooperación, la cooperación, la responsabilidad y el respeto mutuo. Razonamiento: El amor, afectos, consideración, solidaridad, fraternidad, coparticipación, cooperación, responsabilidad, respeto mutuo, son sentimientos que pueden ser valorados cualitativamente pero no de forma cuantitativa y no todos los miembros están en igualdad de condiciones pues esto depende de su capacidad intelectual o cultural para expresarlos, del medio y las circunstancias sociales y generacionales que caracterizan y se desenvuelve el universo de la composición y características de la familia cubana. Los sentimientos y valores se educan y por el perfil humanista de nuestra sociedad, se debe trabajar constantemente en proyectos educativos para que en cada célula familiar con independencia de su pluralidad, florezcan estos sentimientos y valores

Eduardo Molaguero Herna'ndez. dijo:

25

20 de febrero de 2022

13:21:49


Considerar su texto integro, para consulta popular, resulta la mayor y mas completa manifestación de democracia y humildad, que, al igual que el proceso desarrollado con la Constitución, agigantan la autoridad de nuestros dirigentes.

Eduardo Molaguero Herna'ndez. dijo:

26

20 de febrero de 2022

13:31:38


Se que falta taller, previo su definitiva puesta en vigor, pero merece la pena, lograr que en cada hogar, exista al menos un Código, al alcance de todos, para consulta colectiva o individual, debe ser un Consultor Permanente, pues es extenso, cuenta con diversidad de contenidos y procedimientos; no todos podemos memorizar tantos contenidos y puede mal interpretarse, creando malos entendidos y violaciones de lo establecido..

Mariusky dijo:

27

20 de febrero de 2022

13:54:58


Una pregunta. Que Pasa Si tu tienes un Testamento que te favorece. Puedes Perder ese derecho?

Isabel dijo:

28

21 de febrero de 2022

08:50:45


Si no se publican y venden los tabloides, poco se puede discutir al respecto, porque una lectura digital no permite un análisis exhaustivo de cada artículo. Opino que cada hogar debe contar con un ejemplar para consulta.

Dunia dijo:

29

21 de febrero de 2022

12:26:32


Donde puedo leer el código de la familia

Gerardo dijo:

30

30 de marzo de 2022

08:46:50


Debería adicionarse un acapitebque tome en cuenta a las mascotas como miembro de la familias y que garantice su cuidado como miembros

MrQ Respondió:


26 de mayo de 2022

10:49:40

También a los muebles y las plantas...

Esther Estrada Alonso dijo:

31

30 de marzo de 2022

09:06:06


Hay muchas cosas buenas en el pero no se dice nada en cuanto a modificar el tiempo de retiro de las mujeres en nuestra sociedad, somos las que llevamos el peso de la casa después de cumplimentar una jornada laboral de 8 horas, llegue hacer los quehaceres del hogar a luchar con los nietos para apoyar a los hijos que en ocasiones tienen turnos de trabajos diferentes en fin haga lo que te toca y ayuda en lo que pueda cuando son núcleos familiares donde se vive en familia por la falta de vivienda y las limitaciones que existen. Revisar este tema hasta los 55 años es más que bien para que las mujeres obtengan su jubilación.

Daymara Peña Mujica dijo:

32

20 de mayo de 2022

23:58:16


Todo eso esta muy bueno mucho código de las familias pero si el viejo no lo cumplen me pregunto si serán capaces de hacer que se cumpla el nuevo código de las familias y que nuevas leyes harán para que se obligue a establecer los derechos de cada ciudadano. Yo por ejemplo digo todo esto porque hace 7 años casi que no puedo ver a mi hija como es debido y mucho menos estar presente en su cumpleaños ni ella en el mío mi voz ni voto vale soy su madre pero es como si no lo fuera se me prohibe acercarme a mi hija besarla abrazarla y muchas cosas mas y ponen de pretexto la pandemia, pero yo tengo otra hija de casi 5 años que añora estar con su hermana de 9 años. Se trata de Derechos y de derechos humanos. Si 10 comparecencia no ha logrado mas acercamiento a mi hija, el Tribunal de Santa Clara no cumple las leyes. En espera de nueva sentencia me encuentro.

Inés Solano medina dijo:

33

6 de junio de 2022

18:08:48


Hola .soy casada y durante el matrimonio compramos una vivienda .la vivienda fue adquirida por un poder que hizo mi esposo a mi mamá ya que el está fuera del país .lleva 4 años fuera de Cuba y vivimos en la vivienda antes mencionada y estamos incomunicados ya hace 1 año .quisiera saber los pasos a dar para divorciarme y si tengo derecho a la vivienda