ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Web Consultas

Tras días de debates en redes sociales debido a las denuncias de embarazas a las que se les ha prohibido el acceso en no pocas tiendas en diferentes partes de Cuba bajo el argumento de que se cuida de su salud frente al riesgo que significa para su vida el contagio de COVID-19, finalmente se han pronunciado las autoridades.

Como parte de la reunión diaria que sostiene el Consejo de Defensa de La Habana para evaluar la situación epidemiológica en la capital, su presidente, Luis Antonio Torres Iríbar, aclaró que no existe ninguna prohibición para que las personas con limitaciones físicas, los mayores de 65 años y las embarazadas pueden acceder a las tiendas y circular en las calles en los horarios establecidos de 5:00 a.m. a 7:00 p.m.
De acuerdo con el periódico Tribuna de La Habana, Torres Iríbar dio mucha importancia al análisis de las inquietudes y preocupaciones de la población y se hizo énfasis en varios aspectos que han acarreado quejas y confusiones, entre ellos, el tema del acceso a las tiendas en momentos particularmente difíciles para Cuba.

El presidente del Consejo de Defensa Provincial también hizo un llamado a todos al enfrentamiento, fundamentalmente, en las redes sociales para no dar ninguna oportunidad a quienes desprestigian nuestro proceso revolucionario.

Por su parte, destaca el rotativo, el vicepresidente Reinaldo García Zapata, una vez más destacó la necesidad de mantener el distanciamiento social en las colas, evitar las aglomeraciones y acentuar un trabajo más enérgico de los grupos de apoyo y de la Policía, para garantizar el orden.

A las personas que incumplan, está orientado que se les impondrá multas, dijo. También se alertó sobre los problemas con las cajas registradoras en las tiendas, lo cual están incidiendo en la permanencia de las colas.
García Zapata precisó además que en La Habana no se ha prohibido la entrada de camiones para abastecer los mercados de viandas, hortalizas, frutas, granos y otros alimentos, desde Mayabeque, Artemisa, Matanzas y otras provincias. Al contrario, señaló que se ha priorizado el flujo de ese tipo de mercancías e, incluso, se discutirá con las empresas y cooperativas, si es necesario. Además, se habilitará un permiso para cada punto de control.

Tras su publicación el 31 de agosto en la Gaceta Oficial No. 44 (Extraordinaria), desde el primero de septiembre entró en vigor el Decreto 14/2020, aprobado por el Consejo de Ministros, y que establece las infracciones contra la higiene comunal y las medidas sanitarias para la etapa de enfrentamiento a la COVID-19 en La Habana.

DETALLES SOBRE LAS PENALIZACIONES
Firmado por Manuel Marrero Cruz, Primer Ministro, en su Por cuanto señala que dada la compleja situación higiénico-epidemiológica de esta provincia, en fase de transmisión autóctona limitada, resulta necesario disponer regulaciones en materia de contravenciones.

De acuerdo con el resumen de la ACN, el objetivo es incrementar la exigencia, el rigor y el enfrentamiento a conductas de indisciplina y descontrol en relación con las medidas adoptadas para evitar la propagación de la COVID-19.
En el capítulo II del nuevo decreto se recogen las infracciones, así como las multas y medidas correspondientes, contra quien:

1) Dificulte en cualquier forma el cumplimiento de las medidas sanitarias dictadas por la autoridad competente: 2000 pesos, y la obligación de abstenerse de continuar con dicha conducta.
2) Siendo jefe de un centro de trabajo o estudio incumpla las normas sanitarias vigentes, tanto en las áreas exteriores como interiores: 3000 pesos, y la obligación del cumplimiento de las normas establecidas.
3) No use o use incorrectamente el nasobuco (mascarilla) en las vías públicas, ómnibus, autos e interiores de los centros laborales y de servicios: 2000 pesos.
4) No habilite en las entidades estatales, formas de gestión no estatal y otras instituciones, los pasos podálicos y soluciones de agua clorada o alcohólica: 3000 pesos.
5) Utilice, permanezca y realice actividades en las áreas culturales, deportivas, de estar y parques: 2000 pesos.
6) Realice juegos o estancia en la vía pública: 2000 pesos.
7) Mantenga locales o instalaciones gastronómicas o de servicios abiertas fuera de los horarios establecidos: 3000 pesos.
8) Ingiera bebidas alcohólicas en lugares públicos: 2000 pesos.
9) Realice fiestas de cualquier índole: 2000 pesos.
10) Permanezca en áreas públicas fuera de los horarios establecidos: 2000 pesos.
11) Incumpla otras disposiciones establecidas por las autoridades sanitarias: 2000 pesos.
12) Circule con el vehículo sin la autorización de "Vía Libre" o sin el sello de excepcionalidad, en el horario restringido, de 07:00 pm a 05:00 am: 3000 pesos, y el retiro de la licencia de circulación y la matrícula.
También se impondrán las multas y las medidas, que para cada caso corresponda, a los tutores de menores o incapacitados judicialmente que incurran en alguna de las contravenciones establecidas en el apartado anterior.
El capítulo III Decreto 14/2020, del Consejo de Ministros, señala que las autoridades facultadas para imponer las medidas son los agentes de la Policía Nacional Revolucionaria, los inspectores de la Dirección Integral de Supervisión y Control de la provincia de La Habana, de Salud Pública, de la Oficina Nacional de Inspección Estatal del Transporte y de la Dirección Estatal de Comercio, dentro de sus respectivas áreas de competencia.
En su sección segunda la legislación subraya que contra las multas impuestas se puede establecer recurso de apelación, y en tal sentido la autoridad administrativa facultada para conocerlo y resolverlo es el jefe inmediato superior de la autoridad que impuso esa sanción.
El recurso de apelación se presenta por escrito, sin ninguna otra formalidad, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de notificación, y pueden acompañárseles las pruebas de que pretenda valerse el contraventor recurrente.
Aclara el decreto que ese acto no interrumpe la ejecución de la sanción impuesta.
La autoridad resuelve lo que proceda en un término de hasta diez (10) días naturales posteriores a la presentación del recurso, y la resolución que resuelve el recurso de apelación se notifica al contraventor dentro del término de tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de dictada.

En el caso en que se declare con lugar el recurso de apelación, la decisión se comunica a la autoridad encargada de su cobro, para que proceda al reintegro del importe de aquella en el término de 10 días hábiles, y se entrega al reclamante copia del documento en que conste dicho trámite.

Contra la resolución que desestime el recurso demandado, no cabe otro recurso en la vía administrativa y queda expedita la vía judicial, señala uno de los artículos de la legislación.

El documento expresa que el pago de las multas se efectúa en las oficinas habilitadas en las unidades de la Policía Nacional Revolucionaria del municipio donde reside el infractor, dentro de los 10 días naturales siguientes a su imposición, ante los gestores de cobro designados por el jefe de la Oficina de Control y Cobro de Multas.

Transcurrido el referido plazo sin efectuarse el pago, el importe de la multa se duplica, y pasado los 30 días naturales sin realizarse el abono correspondiente la autoridad facultada formula la correspondiente denuncia para dar inicio al proceso penal.

En las disposiciones finales se recoge que el Gobernador y los intendentes de los consejos de administración municipales de la provincia de La Habana quedan encargados del control del cumplimiento de lo establecido en el Decreto, cuya vigencia será hasta tanto la situación epidemiológica de la capital lo aconseje.

También se aclara que se mantienen vigentes las disposiciones establecidas en los decretos 123 "De las infracciones contra el Ornato Público, la Higiene y otras actividades", de 29 de marzo de 1984, 201 "De las Infracciones contra el Ornato Público y la Higiene Comunal en la Ciudad de La Habana", de 13 de junio de 1995 y 272 "Contravenciones en materia de ordenamiento territorial y de urbanismo", de 20 de febrero de 2001, en lo que no se oponga a lo dispuesto por el Decreto 14/2020.

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Teresa Orosa Fraíz dijo:

1

8 de septiembre de 2020

22:00:55


Agradezco el articulo, solo lamento que no haya salido en la versión impresa para poder andar periodico en mano cada vez que como persona mayor nos niegan o en el mejor de los casos nos refieren que nos están haciendo el favor de permitirnos entrar a una tienda. Sabemos que nos tenemos que cuidar y salimos a lo necesario. Gracias.

Leonardo dijo:

2

9 de septiembre de 2020

09:51:52


Buenos días quisiera hacerle una observación porque lo creo necesario y justa. Es importante la labor y entrega que realiza la dirección del país para, en la adversas condiciones que tenemos, con lo poco que contamos llegue a todos. Pero no siempre es así, a partir de las medidas para la capital para que las personas adquieran los productos en sus municipios se ha creado un desbalance. Por tradición mercantil la mayoría de las tiendas y centros comerciales han radicado en los municipios de Habana Vieja, Centro Habana, Plaza y en Playa, municipios estos que se encuentran mucho más abastecidos. Sin embargo los municipios de la periferia, como es el caso de San Miguel del Padrón, sólo cuentan con cuatro centros( Virgen de Camino, Vía Blanca, Diezmero y La Cuevita) el resto de los Kioscos están cerrados y su población es numerosa, por lo que estas tiendas no abastecen a la población de estas áreas y se hablo de llevar un modúlo, que aún no ha llegado, a los habitantes de estos barrios del municipio, que sugeriría si se hace que se oferten por la libreta de abastecimiento para que todos puedan coger como se ha hecho en otros territorios del país. Espero se reflexione sobre los antes expuesto. Gracias

maribel dijo:

3

9 de septiembre de 2020

11:01:03


Buen día, creo que en la Habana hay que intensificar todas las medidas en los barrios, no en las arterias principales, esas se ven desiertas en las horas señaladas por el gobiernos pero en otras partes las personas siguen fuera de su casa, haciendo ejercicios, jugando dominó, sin usar nasobuco, ahí es donde hay que trabajar para ver si se corta la cadena de transmisión, saludos