El aplazamiento del pago de la electricidad fue una de las medidas adoptadas para contribuir con el imprescindible distanciamiento social, ante el avance de la COVID-19 en el país, si bien las personas podían pagar las facturas mediante las plataformas de comercio electrónico o los cajeros automáticos.
Recientemente, se sumó la posibilidad de pagarles a los lectores-cobradores cuando estos lleven los recibos del consumo a los hogares, aunque ello no resulta obligatorio.
Sin embargo, a pesar de toda la información ofrecida al respecto, aún persisten dudas en la población. Por ello, Granma comparte algunas respuestas del Ministerio de Energía y Minas ante las preguntas más frecuentes de los consumidores.
–¿El aplazamiento de los pagos implicará alguna penalidad o corte del servicio?
–No. El aplazamiento de los pagos no supone consecuencias negativas para los clientes. Cuando se reinicie la atención al público en las oficinas comerciales de las empresas eléctricas, la población estará en la obligación de abonar el pago correspondiente a los meses pendientes.
–¿Se le puede pagar la factura al lector-cobrador?
–Sí. Desde que se decidió ampliar las opciones de pago de la factura, mediante el lector-cobrador –recordemos que se había orientado paralizar esta actividad el 8 de abril–, se han organizado los esquemas de trabajo para, sin abrir las oficinas comerciales al público, garantizar el proceso de lectura, facturación y cobro.
Se le ha indicado a la Empresa Eléctrica de La Habana que supervise el proceso en todas las unidades empresariales de base y oficinas comerciales del territorio. Tal como se ha informado, los lectores pasarán por todas las rutas y, si los consumidores lo desean, podrán efectuar el pago de las facturas.
–¿Es obligatorio el pago de la factura en estos momentos?
–No. Lo más importante ahora es cuidarnos, no salir de casa si no resulta absolutamente imprescindible. Nadie está obligado a pagar ahora y, de querer hacerlo, tiene dos alternativas sin salir de casa: las plataformas electrónicas y el lector-cobrador.
Fuente: Ministerio de Energía y Minas
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