ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Los trabajadores de la fábrica de helados Coppelia cuentan hoy con mejores condiciones de trabajo. Foto: Miguel Febles Hernández

Que cada año tiene 12 meses, y que a nadie, al menos por ahora, se le ha ocurrido sumarle días al calendario, es tan, pero tan obvio, como probable resulta que algunos, no muy familiarizados con el término, lleguen a preguntarse el significado, a ciencia cierta, del «famoso» mes 13.

A los trabajadores del sector empresarial, sin embargo, la denominación les es tan cercana como podría serlo el plan económico con todos sus indicadores directivos; o como le es, en definitiva, el salario.

Porque el «mes 13» no es más que el nombre popular de la distribución de utilidades a los trabajadores como estímulo por la eficiencia económica, y se incluye dentro de las reservas voluntarias que, según la ley, pueden crearse a partir de las utilidades después de impuesto.

Y si bien, a juicio de especialistas y directivos, este proceso (distribución de utilidades y creación de reservas voluntarias) muestra una tendencia creciente, aún se subestiman algunos destinos y persisten dudas e insatisfacciones de los trabajadores.

CON LA LEY EN LA MANO

Las transformaciones emprendidas, como parte de la actualización del modelo económico, para dotar a la empresa estatal socialista de mayores facultades y autonomía, han incorporado, lógicamente, la flexibilización en el uso de las finanzas.

Ya desde el 2016, las Resoluciones No. 154 y 155 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) habían aprobado el procedimiento para el sistema de relaciones financieras entre las empresas estatales, las sociedades mercantiles y las Organizaciones Superiores de Dirección Empresarial (OSDE) con el Estado, así como el reglamento para el pago del estímulo por la eficiencia económica a los trabajadores.

La experiencia acumulada tras la aplicación de estas normas y los avances en la actualización del modelo dieron paso, entonces, a la entrada en vigor en el 2017  de una nueva Resolución, la No. 138 del MFP, más atemperada al escenario de cambios.

Actualmente, esta disposición anda bajo la mira de los expertos con el propósito de actualizarla y se prevé que tome en cuenta las problemáticas surgidas durante su aplicación. No obstante, esa fue la normativa que rigió la distribución de las utilidades del cierre contable y económico del 2016, y es la misma que se está utilizando para el proceso correspondiente al 2017.

Entre otros aspectos de interés, la Resolución No. 138 permitió la creación, a partir de las utilidades retenidas después de impuesto, (equivalentes al 50 %), de 11 tipos de reservas voluntarias, encaminadas al desarrollo continuo de la empresa, y fijó el modo de distribuir estos recursos.

Desde entonces, los empresarios asumieron con beneplácito la posibilidad de dedicar financiamientos, entre otros destinos, a la amortización de créditos para inversiones, incremento del capital de trabajo, inversiones aprobadas con recursos propios, desarrollo de investigaciones y capacitación, así como a cubrir pérdidas contables de años anteriores y, sobre todo, distribuir utilidades a los trabajadores.

Eso sí, para tener derecho al pago por la distribución de utilidades, las entidades empresariales y las oficinas centrales de las OSDE deben cumplir con los indicadores directivos aprobados para el año; no tener auditorías financieras o fiscales donde el sistema de control interno haya sido evaluado de deficiente o malo en el periodo que se distribuye; y no tener adeudos con el Fisco.

¿PERO QUÉ HA PASADO EN LA PRÁCTICA?

Según Lourdes Rodríguez Ruiz, directora general de Atención Institucional, del MFP, al cierre del ejercicio económico del 2016, (proceso ejecutado en el 2017), las utilidades a retener en el sistema empresarial a nivel de país alcanzaron los 3 805,1 millones de pesos, superior en más de 1 635 millones a las cifras del 2015.

Y si bien la Ley estipula 11 destinos para la creación de reservas, el mayor peso estuvo en el incremento del capital de trabajo y la distribución de utilidades a los trabajadores, que suman más de la mitad del total. Y sobre el último acápite, llama la atención el número de organismos que destinaron a ello más del 40 % del total de sus utilidades.

La primera de las explicaciones estriba, claro está, en el interés de aumentar los ingresos de los trabajadores, lo cual resulta justísimo. Pero desde una visión de desarrollo, que conlleve a la sostenibilidad de tales valores, parece cuestionable, o al menos desequilibrado, que a investigación y capacitación, por ejemplo, solo se haya destinado el 4 % de los recursos.

En algunas oportunidades, considera Rodríguez Ruiz, la raíz del problema está en la ausencia de proyectos concretos de desarrollo, y de documentos que avalen tales estudios, más allá de la intención de ponerle dinero o no a esas líneas de trabajo.

De cara a la distribución de utilidades del año 2017, proceso que recién comenzó, hace hincapié en las debilidades de los ejercicios anteriores y que aún seguimos arrastrando.

Menciona las deficiencias en la contabilidad, que todavía en muchos lugares no constituye reflejo confiable de los hechos económicos; la dilación de los plazos; así como las falencias en la preparación de los procesos desde la dirección de la empresa, carente de una visión clara de desarrollo y de una argumentación objetiva de las reservas que se solicitan.

En estos momentos, explica Lourdes Ruiz, además de la determinación del aporte por el rendimiento de la inversión estatal y los dividendos, según corresponda al régimen empresarial o sociedad mercantil, se está realizando una capacitación para recapitular cuáles son los requisitos que tienen que cumplir las entidades en cada uno de los conceptos de reservas a solicitar.

Vale destacar que las propuestas se presentan por todas las entidades hasta el 31 de marzo, junto a una copia de la declaración jurada del Impuesto sobre Utilidades y la fundamentación de cada reserva solicitada.

Digamos que si se proponen reservas para capital de trabajo, se muestra un estudio del estado de este indicador en la empresa; si se requiere amortizar un crédito de inversiones, se exhibe la obligación de pago contraída, los plazos de amortización…; en casos de proyectos de investigación o capacitación, se presentan las acciones que se han diseñado en este sentido, la documentación de los proyectos, las etapas de ejecución y los montos requeridos…

Luego de la presentación de estas solicitudes, las Juntas de Gobierno, o las autoridades facultadas en cada caso, deben comunicar las decisiones adoptadas hasta el 30 de abril. Y al término del mes de junio, los organismos están obligados a entregar al MFP un informe valorativo del proceso, fecha en la que no solo deben haberse aprobado las reservas, sino ejecutado, sobre todo las referidas a la distribución para el pago a los trabajadores.

Las dilaciones, reconoce Rodríguez Ruiz, responden a incumplimientos de la norma, por ello enfatiza en la presentación oportuna de todos los documentos, talón de Aquiles de procesos anteriores.

Sería meta, dice, que «la distribución este año se haga lo más cercana posible al cierre económico, para que realmente compulse a las finanzas de las empresas y a la motivación de los trabajadores».

Los trabajadores deben preocuparse por el destino de las reservas aprobadas. Foto: Ismael Batista

SOBRE LOS HOMBROS DE LAS JUNTAS DE GOBIERNO

Las Juntas de Gobierno, como órganos que representan los intereses del Estado en el control del sistema empresarial, fueron concebidas, inicialmente, para la atención de las entidades en perfeccionamiento.

 A partir del 2012 se aprobó su extensión gradual a las OSDE; y hasta diciembre último existían 28 y otras 23 en proceso de constitución.

Sus funciones, conceptualmente hablando, consisten en aprobar la proyección estratégica de las OSDE, evaluar la pertinencia del plan de la economía, chequear trimestralmente el cumplimiento de los indicadores directivos y determinar la creación de reservas a partir de las utilidades.

Y es en esta última función donde se detiene Lourdes Rodríguez, presidenta además de la Junta que atiende al Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria (GEIA).

«El papel de este órgano está en ser un certero medidor de la utilidad de los recursos financieros que se definen. ¿Bajo qué principio? El cumplimiento de los requisitos que la norma prevé».

La Junta debe chequear, a su juicio, el estado de los indicadores directivos; que no existan resultados de auditorías de deficiente o mal y analizar, en particular, los requisitos que fundamentan cada propuesta de reservas.

«Se trata también, sugiere, de acompañar a las OSDE en la preparación, para que este proceso tenga el resultado que se determinó. Porque para qué queremos flexibilidad en las finanzas, para emplearla; pero si no hacemos una propuesta consciente de distribución y concentramos todos los recursos en pagar a los trabajadores o en fomentar fuertes fondos de compensación en la OSDE, estamos contradiciendo los principios por los cuales se proyectó toda una gama amplia de reservas».

Esa proyección, al decir de Rodríguez Ruiz «es responsabilidad de la Junta, y cumplir en tiempo también, porque tenemos que lograr que se acerquen el pago y la distribución al periodo en que se obtiene ese resultado, de modo que se produzca un flujo oportuno al interior de las empresas».

UNA OSDE POR DENTRO

El Grupo Empresarial de la Industria Alimentaria, con sus 94 empresas, no escapa al comportamiento general del país, y de los 196 757 323 pesos de utilidades retenidas, el 31 % se destinó a incrementar el capital de trabajo y el 28,6 % al pago de los trabajadores, lo cual benefició a 48 entidades.

No obstante, destaca Erenis Beltrán Sariol, directora de Finanzas y Precios del GEIA, en esta oportunidad se ampliaron los destinos y fue aprobada a tres empresas, de las cinco que la solicitaron, la excepcionalidad para la distribución de utilidades a los trabajadores.

Sobre este particular, la Ley explicita que, de manera excepcional, se puede aprobar esta distribución ante incumplimiento de los indicadores directivos, siempre y cuando se demuestre que no es responsabilidad de la entidad empresarial. En ese caso, se aprueba la formación de reserva hasta un mes de salario promedio de los trabajadores; y sobre la decisión no cabe reclamación alguna.

A veces, insiste Lourdes Rodríguez, no se le explica con claridad al colectivo hasta dónde los incumplimientos son responsabilidad o no de la empresa. De ahí, con toda razón, se derivan insatisfacciones de los trabajadores.

«Si no ha habido un buen análisis, mes a mes, de lo que afectó un tercero y de lo que la propia empresa no fue capaz de hacer, entonces emergen las inconformidades».

Este año, en opinión de Erenis Beltrán, el GEIA pretende potenciar la capitalización y las reservas destinadas a la investigación y desarrollo, teniendo en cuenta la obsolescencia de una industria urgida de incrementar sus niveles de productividad.

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Miguel Angel dijo:

1

2 de marzo de 2018

03:13:28


El tema tratado es muy interesante. A mi juicio cardinal, pues a través del milimétrico control de los indicadores productivos, la participación en el mismo de directivos y trabajadores, el empleo mas racional de las reservas creadas y otros elementos en el proceso de la gestión permiten mantener una producción eficiente y su incremento permanente. Las empresas capitalistas con mejores resultados utilizan adecuadamente estos métodos, generando un sentido de pertenencia que implica a todos, sin importar el rol que desempeñan. En algunas de nuestras unidades del sistema empresarial socialista se exhiben excelentes rendimientos. Lo que demuestra que es posible. En el presente trabajo se detallan algunos factores que deben tenerse en cuenta, donde están localizadas las debilidades y fortalezas. Corresponde entonces minimizar las primeras y potencializar las segundas.

Blanca dijo:

2

2 de marzo de 2018

07:32:57


Me parece muy claro y oportuno el articulo y por lo que entiendo y quisiera me aclararen la duda que es la siguiente, nuestra empresa cerró con 10 millones de pesos de utilidades, al deducirle todas las distribuciones, tenemos 3 millones para distribuirle a los trabajadores, pero el unico indicador que no cumplimos fue con las ventas, por afectaciones del huracan Irma, que por supuesto en su momento se argumentará más, ¿tenemos derecho a la formación de reserva hasta un mes de salario promedio de los trabajadores? De ser posible quisiera obtener una respuesta por esta vía o a mi correo

carlosHG dijo:

3

2 de marzo de 2018

07:34:33


el problema radica en que una UEB

yuniel Respondió:


12 de marzo de 2018

13:31:15

hace tiempo q escucho estos mismos criterios, son dudas y percepciones a mi juicio ciertas. las dudas se deben consultar a especialistas y a las normas vigentes para evacuarlas, este articulo es util al respecto. las demas percepciones q sugieren una adecuacion de este sistema de pago para estimular a quienes se esfuerzan y por cuestion del propio diseño de este resultan excluidos por las condicionantes ya conocidas, en principio : se deja de estimular a quienes se esforzaron por causas ajenas (y esto no es justo auque sea licito) o se estimula a todos por cumplir auque el esfuerzo de cada uno no sea igualmente eficiente. no es menos alarmante q se destinan los mayores % al pago de estimulacion y no exista una estrategia para potenciar la mejora de las condiciones de trabajo entiendase herramientas de trabajo , maquinaria moderna que estimulan el incremento de las producciones y la calidad del servicion dondo no se aprecia pero existen estudios del rendimiento superior de los Recursos Humanos mientras mejores sean sus condiciones laborales y no me refiero solo a la higiene, sino a la capacidad de sus herramientas y procedimientos de trabajo.A parecer pueden ser malas o falta de estrategias invertirlo todo en estimulo a los trabajadores. Es preciso desarrollar los negocios estatales y falta , tambien los salarios son pirricos lo q me parece las estadisticas y no lo pudo decir el periodista porq tendria q demostrarlo responden a los verdaderos intereses de las administraciones.

yuniel Respondió:


12 de marzo de 2018

14:14:24

Cuantos trabajadores no estan beneficiados por este sistema de pago q con sus achaques ayuda algo a la ineficacia social de los salarios.todos estamos claros q los salarios hoy en dia, mas en el sector estatal y mas aun en los presupuestados no cumple la funcion social de estimular a trabajar aun con los sistemas de pagos aprobados, no quiero explicar porq el asunto no es de historia , es de matematica: dedusca de un salario , desayuno de 10 mn almuerzo de 25 MN y comida de 25 MN, haga dieta y no meriende, tampoco haga vida social ni se compre vestuario y menos pague transporte, ni alquiler ni elec.... se dara cuenta que consume 1500MN promedio en alimento solo para ud. estan de más las cuentas y las palabras.Cómo sobreviven los que ganan menos ? Gracias a la revolucion tenemos educacion,y salud gratuita sino la cuenta fuese peor, ademas existen muchas cosas subsidiadas como los alimentos de la cuota, precios del transporte publico, otros servicios medicos, medicamentos que importados o producidos aqui estan al alcance de los trabajadores y campesinos mas humildes, ayuda a casos sociales subsidios y mas gastos en los q incurre el Estado q no recupera financiramente sino q se revierten en beneficio social. Pero se sigue sintiendo en los hogares la necesidad de un cambio que emocionalmente desespera al decursar del tiempo en detrimento de las aspiraciones y el cubrimiento de las necesidades que sin duda tambien son crecientes en corespondencia del desarrollo social del individuo.

FJRodríguez dijo:

4

2 de marzo de 2018

07:18:59


Considero que la distribución debe realizarse según el tiempo real trabajado por cada trabajador en el año, pues cada cual aporta con su trabajo de acuerdo con el tiempo que ha trabajado para que se logre el resultado obtenido. Por otra parte considero que se debe valorar la afectación que un trabajdor sancionado pudo haber afectado el resultado económico y en esa misma medida limitar su participación en el cobro de las utilidades distribuidas. No considero justo que aquellos trabajdores que nada tengan que ver con las deficiencias detectadas por la auditoría o control interno, tengan que pagar "justo por pecadores"; la pérdida del derecho tiene que afectar a los que con su mal trabajo condujeron a la descalificación de la empresa.

Yusniel dijo:

5

2 de marzo de 2018

07:21:01


Que bueno que tocan este tema poruqe en alguna empresas se ha violado todo lo que se dice en este escrito por ejemplo en la empresa de ECOCEM el año anterior sus trabajadores no pudieron disfrutar de ese pago , segun la dirección dijo que ello podian destinar ese dinero para lo que hiciera falta en la empresa y asi lo hicieron usaron el dinero en la remotorizacion de un carro(Director) que no pertenece ni el la linea de producción.¿Que paso?

gracioso dijo:

6

2 de marzo de 2018

07:54:09


no quiero mes 13, lo que queremos es ganar el día a día y que nos de para vivir del trabajo, como se concibe que se aporta tanto % de los ingresos al estado por concepto de impuestos, costos, contribuciones X, etc. etc., y para que un trabajador pueda obtener algún beneficio monetario de la producción tenga que cumplir con indicadores DIRECTIVOS que en la totalidad de las veces cuando se incumplen son ajenos a su voluntad, dígase incumplimiento de los planes, es sabido que las materias primas o los productos que se expenden muchas veces no llegan por problemas de país, ejemplos sobran. paso IRMA se detuvo la venta de materiales de la construcción por razones sabidas y justificadas pero cuando llego el CPL resulta que se incumplió con el plan de circulación mercantil y haya va eso, no se pagó. el cuanto de nunca pagar (digo) de nunca acabar.

Adrián dijo:

7

2 de marzo de 2018

08:16:23


Muy buen trabajo. Esclarecedor. Aunque sugiero que el dinero que vayan a usar para investigación y desarrollo, no lo quiten del fondo de utilidades. Todavía ganando 1500 pesos mensuales, no se resuelven todos las necesidades. (Ni hablar de lo que ganan otros sectores no empresarias: educación, gobierno, prensa).

la cienfueguera dijo:

8

2 de marzo de 2018

10:09:34


Mes 13 en mi empresa el mes 13 del 2016 lo pagaron a finales de septiembre del 2017 los trabajadores se pasaron casi todo el año preguntando cuanto y cuando se pagaba perdio el nombre ya no se conoce como mes 13 sino como RUPERTO un paso adelante y dos hacia atras

fito dijo:

9

2 de marzo de 2018

10:37:18


Mi amigo el pago a los trabajadores esta motivado proque sigue siendo el capital humano el mas inestable, mas aun despues de la fuerte competencia de cooperativas, c propias hasta de otras empresas estatales e empresas mixtas y extranjeras. Una empresa que es sancionada y no puede pagar, que usted cree que haran una parte de la fuerza laboral? y despues con que levanta la empresa?

AGM dijo:

10

2 de marzo de 2018

11:30:52


Que manera de dar vueltas un dinero que se sudó con tanto trabajo. Otro motivo más para que los trabajadores estatales, sigan cooriendo hacia el sector privado.

alberto dijo:

11

2 de marzo de 2018

12:02:32


concidero que es oportuno y justa la reflexión, sobre todo al papel de los trabajadores, les corresponde exigir a traves de las asambleas de afiliados y trabajadores que se les explique el destino de cada centavo creado o formado, a los dirigentes sindicales en la aprobación del sistema de pago hacer énfasis en los coeficientes de distribución salarial y de participación laboral. además concidero en lo personal que ese dinero formado (el que se destine a pagar como salario porque como explica el comentarista hay que destinar para el capital de trabajo y para la fuerza de trabajo y todo aquello que se revierta en más eficiencia para el colectivo) es mejor pagar mes a mes y no esperar al balance de un año para ver y determinar si se fue eficiente o no. La R/6 de 2016 permite pagar siempre y cuando no se deterioren los indicadores directivos, será entonces que nuestros aparatos económicos no está enm condiciones de saber esos resultados mes a mes

El Pachi dijo:

12

2 de marzo de 2018

17:19:47


Comensamos con tres salario promrdio y se comente que este año son dos y medio, hasta donde sera el limite.

CarlosHG dijo:

13

5 de marzo de 2018

15:26:38


no es justa la aclaración del cuerpo legal de que entidad es la empresa, por lo tanto la UEB EFICIENTE se queda ''''en eso'' si la empresa en su conjunto no cumple con algún indicador, por lo que es urgente cambiar el concepto de entidad,para que de verdad se reparta ese pago a los que se esforzaron y que se haga efectivo mucho más cerca del cierre del ejercicio contable que da derecho al mismo, en Agosto es demasiado tarde

seralmabar dijo:

14

6 de marzo de 2018

10:20:36


y que se debe hacer cuando las estructuras de antiguos grupos empresariales al convertirse en empresas e incluyen uebs que por su caracteristicas debieron seguir siendo empresas, con la consiguiente afectacion en el desarrollo del capital humano, la solvencia economica, el resultado y el salario a sus trabajadores.

leydis, Correos Pinar del Rio dijo:

15

9 de marzo de 2018

09:58:07


Muy provechosa esta publicacion, me esclarece algunas dudas, gracias

Yusimisleidys dijo:

16

9 de marzo de 2018

14:46:57


Pienso que los directivos de las empresas de conjunto con las secciones sindicales debían hablar más al respecto de estos temas con los trabajadores para aclarar sus dudas y muy especialmente sus deberes y derechos en torno a este tipo de remuneración, por ejemplo, qué por ciento se puede distribuir y qué destino se da a las reservas aprobadas

Rosa M Sanchez Crespo dijo:

17

22 de mayo de 2018

15:16:15


El pago del mes 13 por la Eficiencia Economica debe considerarse por el tiempo real trabajado por cada trabajador ya que el mismo contribuyo a desarrollar la eficiencia economica de la Empresa

Enmanuel dijo:

18

1 de junio de 2018

14:21:45


Hola, con respecto al tema del pago de la Distribución de Utilidades a Trabajadores llamado ¨Mes 13¨, en mi centro de trabajo ACEMEX decidieron no pagarles a las compañeras que estaban de Licencia de Maternidad en el 2017 y que se incorporaron al puesto de trabajo al cumplir el año de la Prestación social. He realizado varias consultas en otros centros de trabajos, y a todas las de Licencia de Maternidad (la Pre-natal, Post _Natal y la Prestación Social) han disfrutado de ese pago del mes 13. Además revisé en la Resolución 138 /2017 MFP en el artículo 43.1 define lo siguiente: Artículo 43.1: Tienen derecho a la distribución de utilidades los trabajadores que laboraron al menos seis (6) meses en el año que se evalúa, con la excepción de: a) Los que laboran en actividades cíclicas, que se le considera como tiempo mínimo de trabajo el cincuenta por ciento (50%) del tiempo estipulado en el contrato de trabajo; b) las que disfrutan de licencia de maternidad; y c) los incorporados, por decisión de instancias superiores o por interés de la entidad empresarial, a tiempo completo, a la especialidad que se imparte en la Escuela Superior de Cuadros del Estado y del Gobierno u otros cursos de características similares, cuando no cumplan el requisito de laborar al menos un (1) semestre en el año que se evalúa, como consecuencia de su incorporación al estudio; siempre que cumplan con el resto de los requisitos que por esta Resolución se establecen. ¿¿O es que acaso esto es libre de interpretación para la Dirección de la Entidad o la Comisión creada??, que es lo que ellos entiendan en adecuar la resolución, que no le deben dar el estímulo a las licencias de maternidad por prestación Social; porque eso es un derecho de ellas, y se lo están quitando me parece. Hago este comentario aquí porque no sabemos a quien dirigirnos para que explique mejor que se hace en el caso de las Licencias de Maternidad - pago del mes 13; y para hacer un llamado de atención. La respuesta a este comentario la prefiero por esta vía para que sea pública para los demás lectores.

Jose Antonio Respondió:


27 de junio de 2018

17:28:22

Amigo, en procesos como este y otros "nuevos " que existen en el pais es preciso convertirse en un jurista cuando se trata de derechos laborales, porque el estado socialista pone las leyes y lo que esta escrito no lo puede violar nadie, a no ser que la asamblea Nacional por razones justificadas decida derogar esa ley ,por lo que te digo, que hay que perder el miedo de luchar por lo que este sistema nos asegura, sabemos y no es solo tu caso, que a veces hay administracion que se toman facultades que no les son conferidas, mucho ojo, que de esa forma tambien se defiende la causa de los trabajadores revolucionarios de un paso al frente y cuando esto pase de un paso al frente y pida explicaciones, pero siempre aprenda usted por anticipado todo lo que esta legislado, te lo dice alguien que ha pasado por cao como el tuyo

jose antonio dijo:

19

27 de junio de 2018

17:10:39


El pago a los trabajadores del mes trece, es un incentivo esperado por los trabajadores y en la decision de suspenderle el mes trece a los "Sancionados" e incluir en este saco a todo tipo de sanciones , no lo considero justo, pues las snciones estan bien delimitadas en las leyes que regulan la disciplina laboral , e incluso en ellas se habla de sanciones leves y sanciones graves, todos sabemos que esa persona que cometio un error minimo, se le sanciona a lo minimo que es una amonestacion publica y este compañero despues de pasarse el año, luchando a brazo partido con otros trabajadores para echar para alante la empresa, por una discusion , unas llegadas tardes injustificadas, un error contable que no mueve las agujas del reloj que marca el desarrollo de la empresa, y tiene que asumir como si este error hubiese dejado a la empresa en bancarrota o en una posicion de descredito total, este fue mi caso tuve una auditoria en la empresa donde en el resultado final pusieron y cito doc. oficial "... se detectaron deficiencias que no ponen en riesgo los objetivos y metas de la entidad por lo que CUMPLEN con las disposiciones juridicas y lo regulado en los documentos legales inherentes a la actividad, asi como el sistema de control interno que se califica de "ACEPTABLE" CRITERIO QUE SE SUSTENTA EN ....¿cOMO ES POSIBLE?, creo que los compañeros que tienen la potestad para hacer,modificar y aprobar leyes, deberian pensar en esto, porque una sancion a veces injusta, puede convertirse en una sancion con eco, porque el mes de ratificada la sancion en el caso de que esto suceda se pierde el estimulo del mes,y al año siguiente el tan esperado mes trece. Si alguien tuviera la amabilidad de responderme me gustaria oir su parecer

Lazaro Yassert dijo:

20

28 de febrero de 2019

12:37:50


¿Qué debe trabajar en el Año contable para tener el derecho de recibir su pago por eficiecia económica?