ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Desde el 2010 el Gobierno cubano liberó la venta de materiales de la construcción a la población. Foto: Yander Zamora

Unos siete años han transcurrido ya desde que en el 2010 el Gobierno cubano liberó la venta de materiales de la construcción a la población. Muchas han sido desde entonces las expectativas o limitaciones persistentes en diversos núcleos familiares; a todas ellas el Estado ha tratado de buscar alguna respuesta.

De esta manera, se han perfeccionado mecanismos, rectificado decisiones y estudiado constantemente variadas alternativas con el propósito de que lo diseñado acompañe la actualización de modelo económico cubano.

Teniendo en cuenta las experiencias acumuladas se han modificado y elaborado nuevas políticas que se expresan en normas jurídicas, publicadas hoy en la Gaceta Oficial Extraordinaria de la República de Cuba No. 15 y la No. 16, del 2017 —en su sitio digital— para atemperar a las circunstancias actuales decisiones ya implementadas y poner en marcha otras.

Con el propósito de informar a la población algunas de las particularidades aprobadas, Granma conversó con Raquel Rodríguez Gato, jefa del grupo de Construcción e Inversiones de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo.

SUBSIDIO A PERSONAS: NUEVAS DECISIONES

Desde enero del 2012 diversos aspectos y situaciones ha sido necesario incorporar o modificar en las normativas jurídicas aprobadas para el otorgamiento de subsidios a personas naturales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio.

El Acuerdo No. 8093, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, así como las resoluciones de los ministerios de la Construcción, de Trabajo y Seguridad Social y de Finanzas y Precios, publicados hoy, establecen nuevas pautas para el otorgamiento de este beneficio a las familias necesitadas.

Según se ha podido constatar, en la actualidad existen más solicitudes de subsidios que financiamiento para otorgarlos y lo establecido hasta el momento era que a los 45 días debía tenerse ya una respuesta.

Por ello se decidió que «el Consejo de la Administración Municipal realice —de acuerdo con el financiamiento disponible— como mínimo dos convocatorias anuales para la recepción de solicitudes de la población con la finalidad de acceder al subsidio.

«El término para dar respuesta a las solicitudes de subsidios ahora será de hasta 70 días hábiles, contados a partir de la fecha de presentación de estas. Las convocatorias y sus resultados se darán a conocer públicamente por los medios de información y comunicación locales», explica la especialista de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo.

Recuérdese que «el financiamiento disponible para el subsidio se corresponde con el 60% del impuesto recaudado sobre la venta en la comercialización de materiales de construcción en las provincias. Cada año, en el proceso de elaboración del Plan de la Economía y del Presupuesto del Estado, se revisa el tipo impositivo aplicable a la venta de materiales de la construcción a partir de los niveles de actividad aprobados y de la actualización de las fichas de costo.

«De lo ingresado al presupuesto anualmente se define la cantidad destinada para este tipo de subsidio».

Otra modificación sustancial consiste en que si el beneficiado fallece, renuncia al subsidio otorgado, sale definitivamente del país o se presentan otras causas afines, las personas que forman parte del núcleo familiar u ocupan el inmueble, siempre y cuando tengan derecho al mismo, pueden presentar la solicitud de continuar con el subsidio.

De aprobarse el otorgamiento, el nuevo beneficiado asume las obligaciones y derechos establecidos al respecto.

Asimismo, se añade a las regulaciones que «de comprobarse que el subsidio fue otorgado a partir de datos y declaraciones falsos, el Consejo de la Administración Municipal dispone su cancelación y el reintegro al Presupuesto del Estado por el beneficiado del monto utilizado».

Los expedientes que a la entrada en vigor de estas nuevas disposiciones hayan sido entregados a los consejos de la Administración Municipal y estén pendientes de evaluación, serán válidos para su tramitación en la primera convocatoria, puntualiza la especialista.

En tanto, los expedientes tramitados en las convocatorias anteriores, que cumplen con los requisitos y prioridades y quedaron pendientes de aprobación por falta de financiamiento, se preservan hasta la fecha de la nueva convocatoria y dentro del año, sin establecer escalafón.

DOCUMENTACIÓN EN ORDEN

Mucho daño han hecho los eventos climatológicos en reiteradas ocasiones al fondo habitacional del país. Con el propósito de dar respuesta a un grupo de personas afectadas por fenómenos naturales, en determinado momento se ejecutaron viviendas en un lugar diferente a donde estaban construidas o se cambió su estructura y no se concedió previamente el derecho perpetuo de superficie.

Tal realidad ha ocasionado que en la actualidad se contabilicen 20 021 damnificados que iniciaron la construcción de su vivienda sin la documentación establecida. En muchos casos, ello impide a familias de baja solvencia económica, por ejemplo, optar por la modalidad financiera del subsidio pues al no tener «sus papeles en regla», no pueden obtener una licencia de construcción.

En tal sentido, las resoluciones del Instituto de Planificación Física y el Ministerio de la Construcción publicadas hoy establecen, de manera excepcional por única vez, y con el propósito de ordenar la situación existente, la legalización de las viviendas antes citadas y el reconocimiento del derecho perpetuo de superficie.

Ello se realizará mediante una evaluación caso a caso. En todos será necesario contar con el expediente donde se recoge la afectación climatológica que dañó la vivienda o provocó el cambio de lugar donde se edificó la misma, así como cumplir con los requerimientos de las regulaciones urbanas y constructivas, acentúa Rodríguez Gato.

TRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD DE VIVIENDAS ASIGNADAS Y CÉLULAS
BÁSICAS SUBSIDIADAS

Con la publicación en la Gaceta del Decreto Ley No. 342, del Consejo de Estado, y de dos resoluciones, de los ministerios de la Construcción y de Finanzas y Precios, se establecen regulaciones asociadas a la transmisión de la propiedad de las viviendas asignadas por el Estado y las células básicas habitacionales construidas por esfuerzo propio de la población con subsidio del Presupuesto del Estado.

La entrega de estas viviendas a precios subsidiados y el otorgamiento de subsidios a personas necesitadas para construir células básicas, ha constituido un propósito del Estado cubano. Sin embargo, se han detectado casos de beneficiados que con afán de lucro han vendido sus viviendas a altos precios, desvirtuando el objetivo social de resolver sus problemas habitacionales.

Teniendo en cuenta estas acciones, las nuevas regulaciones se encaminan a ordenar dicha situación. Para ello
—apunta Rodríguez Gato— se establece en lo adelante que «si los inmuebles son objeto de compraventa —en los primeros 15 años a partir de su adquisición—, el propietario de la vivienda tiene la obligación de reintegrar al Presupuesto estatal el monto del beneficio recibido».

Y amplía la Jefa del grupo de Construcción e Inversiones que «de ser una vivienda asignada por el Estado en régimen de propiedad, se ingresará el valor de construcción de la misma considerando los precios del mercado minorista. En cuanto a una célula básica habitacional construida con subsidios, corresponderá abonar el 100 % del valor subsidiado».

Para el particular de las permutas, «en la nueva vivienda adquirida, el beneficiado mantiene la obligación que tenía en la anterior».

Se exceptúa de este pago «la donación, entre parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, y la adjudicación por causa de muerte. Sin embargo, si el nuevo propietario decide vender o donar, en el periodo correspondiente a los 15 años, mantiene las obligaciones antes descritas en dependencia de si es una vivienda otorgada por el Estado o un subsidio».

VIVIENDAS ESTATALES: TERMINACIÓN POR ESFUERZO PROPIO

Tras la búsqueda de potenciar la construcción por esfuerzo propio de la población, un alto número de viviendas que se ejecutaban por la vía estatal ha sido paralizado en los últimos años. Ello ha implicado la inmovilización de recursos financieros y materiales que en su momento el Estado destinó a las necesidades habitacionales y, además, ha traído consigo el deterioro de diversas edificaciones.

Por tales razones, se ha decidido «autorizar, por única vez, la entrega de 16 887 viviendas estatales en ejecución a personas naturales que acepten su terminación por esfuerzo propio, mediante el pago del valor de transferencia. Dicha medida está respaldada por el Acuerdo No. 8089, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, y una resolución del Ministerio de la Construcción publicados hoy», aseguró la Jefa del Grupo de Construcción e Inversiones.

La asignación de estas viviendas —explicó— será a personas naturales, por acuerdo de los consejos de la administración municipal. Se tendrá en cuenta en primer lugar a los beneficiados ya definidos y posteriormente se dará prioridad a los damnificados por fenómenos climatológicos, los albergados y los casos sociales.

Todo aquel que sea favorecido con la entrega de una de estas viviendas en ejecución tiene un máximo de cinco años para terminarla; periodo en el que debe concluir, además, su habitabilidad y legalización. De incumplirse con ese plazo, el inmueble será  devuelto al Estado y el beneficiario recibirá un reintegro de lo pagado hasta la fecha por el concepto de su transferencia.

Igualmente, quienes reciban una de estas viviendas, asumen también las obligaciones establecidas para las viviendas asignadas por el Estado.

AJUSTANDO CUESTIONES TRIBUTARIAS

En octubre del 2011, al ser aprobado el Decreto-Ley No. 288, con el cual se modificó la Ley General de la Vivienda para flexibilizar la transmisión de la propiedad, quedó autorizada la compraventa y donación ante notario, con el correspondiente pago de los impuestos asociados a estos actos, a razón de un 4 %.

En la donación estos tributos se calculan sobre el precio legal del inmueble, y para la compraventa sobre el precio fijado entre las partes.

La experiencia adquirida desde entonces a la fecha —explica Rodríguez Gato— ha demostrado en reiteradas ocasiones que el precio de compraventa declarado no coincide con el pactado realmente entre las partes y que, además, se enmascaran actos de compraventa con donaciones, lo cual trae consigo el incremento de la evasión fiscal.

Ante tal realidad, se ha decidido «establecer un valor referencial de las viviendas solo a los efectos del cálculo de los impuestos.

«Dicho valor referencial no constituye un nuevo valor legal de la vivienda, solo se emplea para calcular de forma complementaria los impuestos a pagar, ya que el precio de transferencia fijado entre las partes continúa siendo la base de cálculo de los tributos».

En tal sentido, a partir del Decreto Ley No. 343, del Consejo de Estado, del 2016, y las resoluciones de los ministerios de Justicia y de Finanzas y Precios publicados hoy en la Gaceta Oficial, para la determinación del valor referencial de la vivienda se tendrán en cuenta: la cantidad de dormitorios, la tipología constructiva, las facilidades urbanísticas y la importancia de los asentamientos, así como la existencia de garajes o vallas de parqueo, patios y jardines.

«Para determinar dicho valor no se requerirá de personal especializado. Las personas podrán identificar cómo hacerlo en la referida resolución del Ministerio de Finanzas y Precios, de acuerdo con los parámetros descritos en el documento de titularidad y comparando con el precio de transferencia pactado», puntualizó Rodríguez Gato.

En el caso de la transmisión de viviendas por donación entre parientes, hasta el cuarto grado de consanguinidad; por la adjudicación de una herencia; y la liquidación por divorcio y de bienes, se mantiene el precio legal como base de cálculo del impuesto sobre la transmisión de viviendas.

Tras estos derroteros poco a poco, la actualización del modelo económico cubano avanza, con el irrefutable propósito de que hasta el más simple de los mecanismos o decisiones adoptadas se corresponda cada vez más a las circunstancias actuales.

COMENTAR
  • Mostrar respeto a los criterios en sus comentarios.

  • No ofender, ni usar frases vulgares y/o palabras obscenas.

  • Nos reservaremos el derecho de moderar aquellos comentarios que no cumplan con las reglas de uso.

Yanay Espinosa Sánchez dijo:

1

11 de abril de 2017

07:57:51


si mi vivienda esta en mal estado la compre hace 5 años pero no tengo propiedad de está,trabajo y me gustaria informarme de si el banco me puede dar un prestamo para construcción como puedo hacer.

Alejandro dijo:

2

11 de abril de 2017

08:17:10


Aplaudo la decisión los subsidios se han convertido en un martirio para los cuadros que dirigen los gobiernos municipales, se violan procedimientos por la premura de la entrega y en ocasiones hay equivocaciones que afectan, es muy apresurada la entrega y faltan elementos a la hora de la entrega y existen casos que no son merecedores del subsidios, seria bueno revisar independientemente de las condiciones de vida, las condiciones políticas, ideológicas, sociales, integridad e incondiconalidad con el proceso revolucionario, que la población se sienta reconocida `por su actuar además. Considero aqui en la Habana se debe revisar también el otorgamiento de los telefonos. De esta manera eliminamos ilegalizadades y en ocasiones hechos de corrupción.

yaquelin dijo:

3

11 de abril de 2017

08:33:17


quienes son los casos sociales que tienen derecho a subsidio

yaquelin dijo:

4

11 de abril de 2017

10:08:47


necesito saber como adquirir un subsidio ,si tengo un niño discapasitado intelectual y no tengo vivienda vivo alquilada

baby Respondió:


12 de abril de 2017

12:40:33

yo estuve desde el 2014 esperando por el subsidio y al fin llego, gracias miles para el gobierno de 10 de octubre especial a barbara goon,pude arreglar mi casa o parte de ella es decir lo que mas me afectaba, se que la demora fue extensa pero valio la pena y ahora estoy mas tranquila y puedo vivir como las personas

Yoannia Bustamante dijo:

5

11 de abril de 2017

10:24:15


si es posible quisiera me dieran respuesta: en 1er lugar sobre qué requisitos se deben tener para la solicitud de un subcidio y 2do en algún momento se publicó ( a raiz de las medidas tomadas por el pais para elevar la fecundidad) que se estaba haciendo un estudio de otorgamiento de subcidios a familias con 3 o más niños menores de 12 años, q hasta ese momento se estaba realizando en 3 municipios del país, quisiera saber si ya esta medida está extendida a todo el país y cuáles son los trámites que se deben hacer para solicitar dicho subcidio, radico en el municipio de Palma Soriano, prov Stgo de Cuba.

Roberto dijo:

6

11 de abril de 2017

10:51:10


Hace falta como todo lo nuevo, ver detalles en el reglamento y explicaciones necesarias que no se logran entender faciles..sobre todo lo que modifica el impuesto ya no del 4% sino por habitaciones, pparqueo y jardin y zonas donde se expresa esa nueva del impuesto a gravar...

Pilar dijo:

7

11 de abril de 2017

11:29:44


Alguien de ese Ministerio me puede decir cuándo saldrá la CONVALIDACIÓN, eso lo estamos esperando en Planificación Física para que nos acaben de permitir inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad...mi casa tiene modificación del proyecto, (que varía la Licencia de Construcción) PERO como hice lo que éste proyecto decía sin consultar a más nadie (porque más nadie me orientó nada), entonces ahora me dicen que violé la Licencia de Construcción porque resulta que ahora la Modificación que yo pedi del Proyecto de mi casa, NO VALE para nada, no entiendo y entonces tengo que esperar que salga una tal llamada CONVALIDACIÓN para que con esta aprobada me multen y me permitan inscribir mi propiedad con los cambios que además pague al estado para que me hicieran el Proyecto de Modificación......no entiendo nada......!!!!construyan, construyan, pero cuidado, si planificación física no pasa por tu casa, ni te atrevas!!!!!!!!!, no importa que, como yo, hayamos pagado a la oficina del Arquitecto de la Comunidad por una Modificación de Proyecto que AHORA me dicen que NO VALE NADA......

ricardo dijo:

8

11 de abril de 2017

11:34:29


Buenos días, ley la noticia en Granma que está más completa y veo aspectos muy positivos en esta nueva resolución, pero también veo algo inexplicable, las casas tienen un precio legal para unas gestiones y un precio referencial para otras gestiones (impuestos) evidentemente uno de los dos está de más ojala y rectifiquen, las casas tienen un solo valor para cualquier gestión y debe ser el legal el que se reconoce en todos los documentos, lo otro traerá confusiones , papeleos, corrupción etc. etc. Gracias.

Ariel dijo:

9

11 de abril de 2017

14:04:02


Por suerte no tengo que pedir subsidio al gobierno. Por lo que pude leer, no leí el artículo completo, esto es mas de lo mismo, son mas trabas burocráticas a los ¨pobres infelices¨ que han solicitado subsidio y que desde el 2001-2002 o 2003 los están peloteando, lo mismo por los gobiernos provinciales, que los municipales, aunque tengan cartas que les mandaron del Consejo de Estado y aquí en la provincia se hacen los sordos. Es terrible ver como personas que han estado integradas toda la vida a la Revolución, ven como sus casas cada día se deterioran mas y al no tener mas que una jubilación (que no alcanza para mucho) solicitan subsidios y ven como todo es un papeleo, una burocracia y un peloteo terrible. Eso son casos reales (tengo una tía en esa condición). Si alguien quiere mas datos llamar al 48 75 2301 (Pinar del Río) y preguntar por el subsidio de Berta, cualquiera que salga le puede contar. Mi nombre es Ariel Marín.

Victor Manuel Heredero Caballero dijo:

10

11 de abril de 2017

14:17:38


Estoy muy de acuerdo con lo que se esta haciendo, pero tengo una gran inquietud que ha llegado a convertirse en un problema para mi y mi familia. Estoy haciendo arreglos en mi casa y cuando voy a los puntos estatales a buscar algo, resulta que no hay casi nada, y alli incluyo a las tiendas recaudadoras de divisa. Los materiales fundamentales como azulejos, cenefas, cemento, cabilla, conexiones hidraulicas y de corriente, entre otros solo las puedes encontrar con los revendedores a un precio hasta de 400 % del precio original. Creo que este fenómeno está afectando a toda la poblacion cubana trabajadora, por favor que alguien me de respuesta si se está haciendo algo al respecto. Vivo en Camagüey, ciudad

Esteban dijo:

11

11 de abril de 2017

14:41:53


Buenas noches ,con la diferencia de 6 horas deseo expresar mi preocupación acerca de esta resolución, les relató lo sucedido a mi esposa con residencia en Agustín heberto roble #30 entre Emiliano sedeño y frank país, sibanicu ,Camagüey, yo soy internacionalista y me encuentro cumpliendo misión en África en Zimbabwe, estando en Venezuela mi esposa fue engañada por una ciudana que con el propósito de obtener otra vivienda le vendió a mi esposa una casa que había sido construida por esfuerzos propios por un compañero que trabajaba en el inder, al enviar los inspectores la vivienda municipal de sibanicu ,la declaró en compra venta y hace años que estamos pagando 45 pesos todos los meses ,este apartamento ,nosotros queremos que se nos autorice la propiedad para poderla vender y comprarnos una casa normal pues mi esposa está enferma ,tiene insuficiencia renal y es diabética, yo soy un revolucionario que siempre he tenido confianza en la revolución de nunca dejar a nadie desamparado, pero deseo como un sueño de mi vida después de haber cumplido tres misiones ,que mi casa tenga su propia propiedad ,soy militante del pcc y un admirador de todo lo bueno que hace la revolución para lograr un nuevo modelo económico por lo que desearía me dieran una respuesta pues desearía que mi esposa ,mi hija y mi nieta tuvieran una nueva casa ,gracias .revolucionariamente ,Esteban López del toro ,trabajador internacionalista de la salud ,Camagüey, Cuba.

Esteban dijo:

12

11 de abril de 2017

14:42:45


Desearía me dieran respuesta por mi correo electrónico.gracias.

Jesus dijo:

13

11 de abril de 2017

14:47:43


Saludos, estos son los inventos de mi país, todavía recuerdo los refrigeradores distribuidos? El tema es el porque no le dieron la forma de crédito bancario??? Quien controla esto?

Nancy García dijo:

14

11 de abril de 2017

15:21:31


Buenas tardes, mi inquietud es la siguiente, tengo unos tíos que viven en Holguín, para ser más específica en Cayo Mambí, hace unos años atrás perdieron su casita por un ciclón, para darle solución inmediata a esta situación el gobierno de "Frank País" construyó un poblado (Reparto Aeropuerto) para todas las personas afectadas, (fueron varias familias las que quedaron sin hogar) eso estuvo bien, pero resulta que como fue para darles techo inmediato a esas familias, no todas tenían las condiciones de habitabilidad, por ejemplo la casa de mis tíos no tiene instalación hidráulica, y tiene una pésima instalación eléctrica, en estos momentos el estado constructivo de la misma está deplorable, tiene grietas serias en casi todas las paredes, filtraciones y humedad, es de mampostería con cubierta de tejas. Mi primo, el hijo menor de ellos trabaja aquí en La Habana, está solicitando vivienda por su centro de trabajo y quiere traer a sus padres con él, resulta que le piden para otorgarle la vivienda los documentos de la casa de Holguín y !!he ahí el problema!!, la casa de allá no tiene documentos porque al no tener "acabado y la orden de habitable" no se le puede hacer documento alguno de propiedad, ni se pueden ajustar a un subsidio de reparación, diganme que hay de cierto o falso en esos argumentos que da la oficina de vivienda de Cayo Mambí, y que se debe hacer en este caso. Gracias.

Leonardo dijo:

15

11 de abril de 2017

16:04:37


Estoy muy de acuerdo con todas estas medidas se está dejando atras, el veneficio a parientes, de los que daban el subsido y va a existir menos evasion al impuesto.

Santiagodelawton dijo:

16

11 de abril de 2017

16:43:44


!!AJUSTANDO CUESTIONES TRIBUTARIAS!! "«Para determinar dicho valor no se requerirá de personal especializado. Las personas podrán identificar cómo hacerlo en la referida resolución del Ministerio de Finanzas y Precios, de acuerdo con los parámetros descritos en el documento de titularidad y comparando con el precio de transferencia pactado», puntualizó Rodríguez Gato." !!OJALA!! Y ESTA DETERMINACIÓN DEL VALOR REFERENCIAL NO DEPARE," EN MANEJOS HUMANOS" COMO NUEVAS FUENTES DE TRIQUIÑUELAS, PARA ILEGALIDADES Y NEGOCIOS TURBIOS E ILICITOS...OJALA COMO DICE SILVIO RODRIGUEZ...

Miguel dijo:

17

11 de abril de 2017

17:51:53


Quisiera saber cuándo los que compramos una casa en los años 90 del siglo pasado, la cual fue confiscada y arrendada a los mismos que hicieron la compra, esta pasará a ser propiedad de los mismos que la compramos.

ale dijo:

18

11 de abril de 2017

23:39:01


quisiera saber si existen regulaciones nuevas para las personas que tienen viviendas en arrendamiento, o sea son viviendas que fueron compradas en la decada del 90 y ahora estan en caracter de subsidios y se paga todos los meses, hasta cuando sera esto, cuando tendremos nuestra propiedad...favor si es tan amable que algun funcionario de Vivienda o MINJUS responda

alis velázquez García dijo:

19

12 de abril de 2017

10:33:29


Buenos dias ante todo mis saludos, deseo saber en mi caso desde el año 2015 solicité un subcidio, con todo los parametros establecidos y se me realizaron todas las inpecciones y demás y todavía a estas altura no he recibido respuesta ninguna. Me gustaria saber con estas nuevas regulaciones como quedó y que debo hacer, vivo en la provincia de Ciego de Ävila y mi # de subcidio es el 274/15,agradeceria su orientación

Ana Cristina Rosabal Guerra dijo:

20

13 de abril de 2017

11:45:56


En el caso de los trabajadores que le asignaron solares estales y que no se le construyo la vivienda, Cuales son los tramites que debe realizar para legalizar la construcción por esfuerzo propio?