ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Foto: Jose M. Correa

Dos Decreto-Leyes y cuatro resoluciones publicados ayer en la Gaceta Ofical ofrecen nuevas garantías a la maternidad, establecen beneficios económicos para la mujer trabajadora y refuerzan el papel de la familia en el cuidado de los menores, aseguraron funcionarios en conferencia de prensa en La Habana.

Yusimí Campos Suárez, viceministra del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), destacó que el Decreto-Ley No. 339 «De la maternidad de la trabajadora», emitido por el Consejo de Estado, establece que si la madre decide reincorporarse al trabajo una vez concluida la licencia pre y posnatal, y antes de que el menor cumpla el año de vida, podrá seguir recibiendo la prestación social a que tiene derecho con su salario.

«Esto quiere decir que la cuantía de la prestación mensual que recibe la madre trabajadora no puede ser inferior al salario mínimo vigente en el país y, en el caso de que suceda así, pues serán aumentadas a dicha cifra», comentó la viceministra.

También entró en vigor el Decreto-Ley No. 340 Modificativo de Regímenes Especiales de Seguridad Social en cuanto a la Protección a la Maternidad, mediante el cual se garantiza que el periodo correspondiente al disfrute de la prestación por maternidad, o por incapacidad debida a enfermedad o accidente, así como por otras causas establecidas en la Ley, sea considerado como tiempo de contribución a los efectos del derecho a la prestación económica.

Esta regulación favorece también a los trabajadores por cuenta propia, usufructuarios de tierra, socios de cooperativa no agropecuarias; creadores, artistas, técnicos y personal de apoyo a estos, así como a los trabajadores asalariados del sector.

OTROS BENEFICIOS PARA LA MUJER CUENTAPROPISTA

La Resolución No. 26 del Ministerio de Finanzas y Precios, modifica  la Ley número 113 «Del Sistema Tributario», del 23 de julio del 2012, y establece que las trabajadoras por cuenta propia, que sean madres de dos o más hijos menores de 17 años, se les reducirá el 50 % el pago de las cuotas mensuales del Impuesto sobre Ingresos Personales.

Adalberto Carbonell Sotto, director general de Política Fiscal del Ministerio de Financias y Precios (MFP), aclaró que «para lograr este beneficio la trabajadora deberá presentar en la Oficina Municipal de la Administración Tributaria la solicitud, acompañada de su carné de identidad y el de sus hijos».

Lo establecido forma parte del estudio y perfeccionamiento sistemático que sobre estos temas mantiene el Estado cubano con el propósito de atender los elevados niveles de envejecimiento de nuestra población y estimular la fecundidad, aseguraron los directivos.

PROTECCIÓN A LOS NIÑOS EN EL CÍRCULO INFANTIL

Las nuevas resoluciones No. 5 y No. 6  del Ministerio de Educación (MINED) fijan los procedimientos para el ingreso de los menores a los internados y seminternados de la educación primaria y a los círculos infantiles.

María de los Ángeles Gallo Sánchez, directora nacional de Educación Preescolar, precisó que las normas jurídicas también benefician a las madres trabajadoras del sector estatal y privado.

Debido a las limitaciones existentes hoy para dar respuesta a todas las familias que solicitan un círculo para sus niños, las nuevas normativas permitirán organizar mejor el otorgamiento de las capacidades en estos centros, aseguró.

Como requisito, la madre debe ser una trabajadora activa. Esta condición también se le puede dar al padre o tutor, en caso de que estén al cuidado del pequeño.

La solicitud se realizará en las direcciones municipales de educación, siempre presentando su carné de identidad y la tarjeta de menor del niño, una planilla de solicitud de círculo infantil y una carta del centro de trabajo, con la firma de los máximos representantes de esa entidad y un cuño legible.

Las trabajadoras que tengan dos hijos, pagarán por el círculo infantil un 50 % por cada uno. La madre que tenga tres niños, los dos primeros se mantienen con la condición anterior, y el tercero se exonera de pago. Las mujeres que hayan tenido partos múltiples no tendrán que pagar este serivicio.

Para cualquier reclamación o duda sobre el proceso de inserción de los niños en los círculos infantiles, las interesadas pueden dirigirse a las comisiones municipales o provinciales, a la dirección del Ministerio de Educación de Preescolar o a la atención a la población del MINED.

INSERCIÓN EN INTERNADOS Y SEMINTERNADOS

Carmen Rosa Rodríguez Hernández, metodóloga de la dirección nacional de primaria, del Ministerio de Educación, comentó que «hubo que readecuar los requisitos de ingreso al servicio de internado y seminternado de la educación primaria, considerando los recursos y capacidades existentes».

Esta nueva resolución permite un mayor poder de decisión y faculta a los consejos de dirección de las instituciones educativas y de las direcciones municipales a la hora de matricular a los niños con edades comprendidas entre seis y 11 años en el internado o seminternado de la educación primaria.

Las normas promueven la protección y bienestar de la mujer cubana, y buscan darles seguridad para que tengan una maternidad plena e intentan garantizar el cuidado de sus hijos y sus permanencias en los puestos de trabajo.

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Juana dijo:

1

11 de febrero de 2017

07:49:44


Todas estas regulaciones ayudan pero existen algunos aspectos que tambien pudieran tenerse en cuenta como por ejemplo que culpa tiene una madre de si pare prematuro perder el ingreso de la licencia pos natal con que contaba para gastos de ese periodo.

Gualterio Nunez Estrada Respondió:


11 de febrero de 2017

09:32:19

Esta queja deberia ser mas ampliada para que Granma la tome en cuenta. Es necesario pormenorizar todos los aspectos que escapan a las nuevas leyes para proteger la natalidad.

magdalena ruiz dijo:

2

11 de febrero de 2017

08:27:39


muy buena estas egulaciones. mi pregunta es, podrá un padre trabajador por cuenta propia que la madre de su niño no trabaje hacer los trámites para ingresar a su niño en seminternado

René Redento Vázquez Pérez. dijo:

3

11 de febrero de 2017

08:31:39


Considero que la Resolución No. 26 del Ministerio de Finanzas y Precios, que modifica la Ley número 113 «Del Sistema Tributario», del 23 de julio del 2012 debería no solamente benefiaciar a la mujer cuentapropista, sino también a la que trabaja en el Sistema Empresarial Socialista. Eso también, y muy importante, ayudaría a mantenerla más interesada a continuar laborando en el Sistema Empresarial.

Raimundo Hernandez Miñoso dijo:

4

11 de febrero de 2017

08:36:40


considero muy oportuna esta decision del Estado de mejorar la proteccion a las madres trabajadoras , cuestion que en mi colectivo causo mucha alegria y donde trabajaremos para aumentar la fecundidad. Gracias.

Ange dijo:

5

11 de febrero de 2017

14:53:02


Y alguien pensó sobre los efectos Qué provocará algunas de estas medidas sobre la lactancia materna y los daños a lactantes cuando muchas madres se incorporen a trabajar durante este periodo?

Ange dijo:

6

11 de febrero de 2017

15:11:46


Como queda la lactancia materna

nono dijo:

7

12 de febrero de 2017

12:52:22


Esta bien todo eso pero lo que tienen que hacer es como en otros países pagarle a la mujer cuando tienen hijos para que vean como hay mas niños

ana dijo:

8

12 de febrero de 2017

12:54:44


si todo muy bonito, pero sigo sin entender porque le bajan a la mujer trabajadora su salario al minimo cuando lo necesita mas, porque no le dan aun mas ayuda, asi hoy claro que el que tenga claridad de esto no quiere parir y por supuesto que hay mas ancianos que niños....

Antonio dijo:

9

2 de marzo de 2017

12:07:06


quisiera saber donde puedo ver La Resolución No. 26 del Ministerio de Finanzas y Precios, modifica la Ley número 113 «Del Sistema Tributario», del 23 de julio del 2012, y establece que las trabajadoras por cuenta propia, que sean madres de dos o más hijos menores de 17 años, se les reducirá el 50 % el pago de las cuotas mensuales del Impuesto sobre Ingresos Personales.

Jorge Diaz dijo:

10

3 de marzo de 2017

17:43:05


Esta muy interesante todo lo que nuestro país está haciendo con motivos de proteger a la madre trabajadora. Pero se hace necesario saber cómo será el proceso para las madres trabajadoras que al hacerse efectiva esta nueva LEY u/o DECRETO ya se encontraban recibiendo la prestación social cuyo importe no rebasa al salario mínimo establecido en el país, es decir se aplicara solo a las que se le otorgue a partir de la publicación o se beneficiaran las que ya la recibían…

Anislien dijo:

11

6 de abril de 2017

23:22:18


Las madres trabajadoras agradecemos estos cambios.Yo soy médico,terminé la especialidad de Psiquiatria en mayo del año 2015 y mi licencia prenatal fue en diciembre del mismo año.Quisiera saber si con estas nuevas normas todo el tiempo que llevo de licencia de maternidad me debe ser contado en mi servicio social como especialista?Gracias

Rachel valier Dranguet dijo:

12

10 de mayo de 2017

12:08:58


ha sido muy bueno pensar en esyas modiicaciones pero siento que la prematuridad sigue desproteguida nadie desea un parto prematuro y a esta situacion no se le asegura licencia ni tratamiento especial es total carencia de proteccion legislativa maxima cuando esa madre sufre la situacion de su bebe que se dabate entre la vida y la muerte hablo por experiencia propia perdi en mi embarazoanterior la licencia prenatal por tener un parto pretermino a las 34 semanas con la afectacion economica ahora estoy embarasada y aunque no creo correr la misma suerte por el bienestar de mi bebe no me siento protegida pienso se podria hacer mas por esta situacion

Dainery Marin dijo:

13

23 de agosto de 2017

09:43:59


en el caso de que la mujer esté embarazada pero sea contrato y este se le venza a los seis meses de embarazo,26 semanas que derechos tiene

Milbian Y. Hernández P. dijo:

14

31 de julio de 2018

11:20:07


Quiero saber si una estudiante de enseñanza medio superior que por enfermedad tuvo necesidad de tener su bebe. Y desea continuar estudiando, que derecho tiene su abuela materna trabajadora que desea cuidarla aprobado por su mamá. Y que puede afectarle en su centro de trabajo. Si tiene derecho a una licencia retribuida o no retribuida el bebé tiene 7 meses de nacida la niña. Dígame que hacer.

Milbian Y. Hernández P. dijo:

15

31 de julio de 2018

13:17:30


en caso de que una estudiante salga embarazada y decida tener su bebé y desee continuar estudiando, y su abuela trabajadora necita cuidarle el bebé para que ella continúe estudiando esta no tiene derecho a una licencia retribuida por su hija no tener vinculo laboral y ser estudiante.

Maria quintana dijo:

16

29 de agosto de 2018

14:56:01


Quisiera saber como protege la ley de maternidad a una joven graduada de nivel superior en el mes de julio del año en curso si la misma debe incorporarse a trabajar en agosto con su ubicación laboral y tiene 34 semanas de gestación.

mirlene dijo:

17

25 de junio de 2019

10:59:36


Soy trabajadora civil de las FAR y mi hija es oficial activa del MININT. Se encuentra de licencia postnatal pero recibe 180.00 mensual. Su básico es de 620.00 y tengo entendido que no debe ser menor que el salario mínimo aprobado. Su ministerio presenta regulaciones a los militares y mi gran preocupación es que se incumpla lo establecido y no se le pague hasta el 60% como sucede en lo civil. Por favor, atentamente,Gracias

Yesenia Aguilar Maceo dijo:

18

31 de octubre de 2019

20:18:42


A quien pueda interesar: Soy Neurologa Pediatra en el Hospital Infantil Sur (Colonia) en Santiago de Cuba y me encuentro de Licencia de Maternidad con un bebé de 11meses y me avisaron que se le asignó Circulo Infantil. Entonces me plantean cuando me visitaron que me deben quitar la asignación porque mi niño no camina solo. Entonces mi duda es:Yo como Neurologa que soy que en mi quehacer laboral verifico Desarrollo Psicomotor en cada niño que examino y tengo bien claro que a los 11 meses sólo se debe caminar con apoyo...cómo me exigen que mi niño con sus 11meses con DSM adecuado a su edad no puede ingresar.. Si aún no ha cumplido el año que es lo que plantea que debe caminar solo. Por favor necesito me ayuden a entender esto y saber cuál es el decreto que plantea dichas condiciones y si está avalado por algún Neurologo ora determinar estas condiciones. Sin más Gracias por permitirme referirme a alguna página que aclare esta situación. Espero respondan a mi duda. Cordiales Saludos y gracias nuevamente.