ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
Los derechos laborales que refrenda la ley cubana para los trabajadores estatales son válidos también para los trabajadores por cuenta propia, explican los especialistas. Foto: Yaimí Ravelo

Suzel Delgado Martín perdió el trabajo cuando la barriga había crecido lo suficiente como para dar a entender que el parto era inevitable. «No me despidieron al saber que estaba embarazada. Solo me dijeron que podía formar parte del negocio por todo el tiempo que mi estado me permitiera, pero que luego buscarían a otra persona para que ocupara mi puesto. Cuando faltaba poco para que mi bebé naciera, me fui», contó a Granma la muchacha, que este año concluyó su carrera en la Universidad de La Habana y que simultaneó sus estudios con un empleo en el sector privado.

Suzel actualmente cuida de su bebé y, aunque perdió el empleo, a ella la amparan los derechos que confiere el Estado para proteger la maternidad de la trabajadora y facilitar su atención médica, el descanso pre y postnatal. Pero en un año, volverá a insertarse al sector privado y le preocupan otros aspectos de la vida laboral en el llamado «cuentapropismo».

En los sitios en los que ha trabajado anteriormente, admitió Suzel, tampoco le han ofrecido vacaciones remuneradas. «Aunque la mayoría de los jóvenes no quieren tomar vacaciones, por la pérdida de dinero que representaría, teniendo en cuenta que a uno le pagan por días de trabajo, muchas veces se tiene temor de solicitar las vacaciones y perder el empleo, o “marcarse con los dueños”», añadió.

Por ello, se ha vuelto recurrente entre los trabajadores de los negocios privados que ellos mismos se gestionen sus vacaciones. «Unas veces le pedía a mis compañeros que me cubrieran la semana que iba a tomar, ya sea porque quería un descanso, o porque no estaba bien de salud. Y luego, cuando me lo pidieran, yo se las cubría a ellos. Así evitábamos solicitárselas a nuestros jefes», dijo la joven.

Suzel es una de las 535 024 personas que ejercen el trabajo por cuenta propia en el país. De ellas, el 31 % son jóvenes entre 18 y 35 años de edad y el 32 % mujeres. ¿Qué garantías tienen frente al empleador? ¿Qué establecen las normativas del país en casos como el de ella? ¿Cómo defenderse cuando esos derechos son violentados?

UN PROBLEMA COMÚN

La preocupación de Suzel la comparten cientos de jóvenes en el país, de acuerdo con Julio Gómez Casanova, miembro del Buró Nacional de la Unión de Jóvenes Comunistas (UJC), quien en el más reciente Pleno de la organización dio a conocer un estudio en el que se tuvieron en cuenta las opiniones de cerca de 300 cuentapropistas menores de 35 años.

Los problemas más reiterados fueron la inseguridad laboral, la ausencia de contratos y vacaciones, aseguró Gómez.

Los derechos laborales que el ordenamiento jurídico cubano refrenda para los trabajadores del sector estatal también son inherentes a los cuentapropistas, dígase por ejemplo el derecho al salario (de conformidad con la cantidad y calidad del trabajo), al descanso, a ser protegidos por la seguridad social, en caso de que se sufra algún accidente o se contraiga enfermedad.

Sin embargo, el derecho a obtener licencias de maternidad remuneradas sin perder el empleo «es un aspecto que en muchos establecimientos no se cumple», señaló Arelys Santana, segunda secretaria de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC), en diálogo con Granma.

Por eso, entre otras acciones, la FMC está realizando encuentros con trabajadoras vinculadas al trabajo por cuenta propia. «Queremos que ellas sientan el acompañamiento de la Federación. Es en estos espacios donde las mujeres nos trasladan sus preocupaciones e inquietudes», añadió Santana.

Aunque el régimen especial de la Seguridad Social para los trabajadores por cuenta propia ofrece protección ante la maternidad, la vejez, la invalidez total temporal o permanente, y en caso de muerte a su familia, este todavía no protege el regreso de la mujer al trabajo que tenía durante el embarazo, aseguró el abogado Cresencio Hernández Escalona, especialista principal de la Sección Jurídica de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC).

«Es muy difícil, porque el tipo de contrato que se utiliza en esta forma de gestión es el llamado “determinado”, que tiene una fecha de comienzo y una de terminación. Por lo tanto, cuando esa trabajadora termina la licencia de maternidad volverá a su anterior empleo si el empleador la quiere de vuelta», añadió Hernández.

Por otro lado, se perciben grandes insatisfacciones en cuanto a la seguridad social a corto plazo, aseguró Arelys Santana.

«Se paga la seguridad social a largo plazo, para la jubilación o la licencia de maternidad. Pero están presentándose otro tipo de problemas, como por ejemplo, enfermedades a más corto plazo, donde no se recibe remuneración por ello», explicó Santana.

ASPECTOS QUE FALTAN EN LA LEGISLACIÓN

El abogado Cresencio Hernández valoró que «nuestra legislación para el sector cuentapropista, al ser experimental y estar aún en estudio, tiene aspectos que faltan por incluirse. La protección a corto plazo, es una de ellas. No está establecida todavía».

En las empresas estatales se aporta un 12 % para la jubilación, licencia de maternidad y otros aspectos a largo plazo. Y además, se contribuye con un 1,5 %, para asuntos a corto plazo, certificados médicos y otros. Mientras, el sector privado no tiene ese tipo de protección.

Aunque la CTC ya ha hecho algunas propuestas para resolver esta situación, Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra primera del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), aseguró que en este caso, no se ha podido extrapolar al sector privado lo establecido en el sector estatal.

Esto se debe a que los trabajadores por cuenta propia tienen un grupo de flexibilidades que el sector estatal no posee, tanto a la hora de confeccionar sus contratos de trabajo, definir horarios y vestimenta, como a la pensión que recibirán, etc, explicó la viceministra primera.

«Por tanto, cuando el MTSS desarrolló estudios acerca de la protección a corto plazo en el sector cuentapropista, determinó que no era el momento de proteger a los trabajadores ante el riesgo de enfermedades a corto plazo. Solo a largo plazo, con certificados médicos de más de seis meses de duración», afirmó Feitó.

Entre otras inquietudes detectadas por la FMC y la UJC, está la ausencia de vacaciones remuneradas. En este aspecto, aunque la ley establece que el trabajador disfrute al año de al menos siete días de vacaciones, no está claro cómo se procede. «El dueño puede dar las vacaciones, pero la manera de pagarlas no está aún establecida. La CTC ha hecho propuestas sobre cómo pensamos que se puede hacer, pero es solo eso: una propuesta. Consideramos que debe haber un acuerdo entre empleadores y empleados y que este se especifique en el contrato», aclaró el abogado.

El contrato de trabajo, documento que se pacta entre las dos partes, podría ser la vía para ajustar estas indefiniciones.

«Muchos trabajadores por cuenta propia autorizados a contratar personas han venido a la CTC a preguntar si era posible confeccionar el contrato con sus empleados, así como el modo en que les van a pagar. Y les hemos dicho que sí. Por ejemplo, el empleador puede acordar con el empleado un salario de 500 pesos, pero que en la práctica reciba 480. Los otros 20 se les acumulan para sus vacaciones», añadió Hernández.

«Lamentablemente, la FMC ha detectado que a muchas mujeres se les cierra el contrato, y aunque es parte de lo que está establecido, el despido debe ser un mutuo acuerdo entre las partes; y no una decisión arbitraria del jefe», aseguró la Segunda Secretaria de la Federación.

Por su parte, la CTC ha recibido también ese tipo de quejas. «Lo que más está afectando a los trabajadores
—explicó Hernández— es el desconocimiento de la ley».

«Tenemos la percepción de que se están violando los derechos laborales del trabajador del sector privado. Igual creemos que existen estereotipos y discriminación. Principalmente hacia la mujer», añadió Santana.

La CTC ha detectado que en muchos trabajos privados la jornada sobrepasa las ocho horas. También, en ocasiones solicitan personas con cierta edad y apariencia física, aseguró Roberto Betharte Mazorra, jefe del Departamento de Asuntos Laborales y Sociales de la CTC. «Así vimos, por ejemplo, en Las Tunas, una convocatoria pública a empleados que decía: “Queremos gente joven”. Pero los jóvenes no resistían el tiempo, porque eran 14 horas de pie, por lo tanto algunos se iban, porque no lo soportaban», agregó.

OTRAS EXPERIENCIAS

Sin embargo, no es justo hacer generalizaciones. Vilma Masvidas Farías, titular del Café Fortuna, un bar-restaurante habanero, ha salido airosa de cuanta inspección y fiscalización ha pasado por su local en casi dos décadas de experiencia como empleadora. Sus trabajadores tienen contratos, se respetan sus derechos y están satisfechos con lo que hacen.

Reconoció que no es común que sus empleados pidan vacaciones, «aun cuando saben que pueden hacerlo y que se les remuneraría. Cuando necesitan ausentarse, entre ellos mismos coordinan y se cubren unos a otros».

Vilma no admite en su local la práctica de pagar al empleado solo la propina que recibe en el día, en lugar de un salario fijo. Roberto Betharte, de la CTC, aseguró que «este fenómeno se está dando con cierta frecuencia, porque la propina siempre va a ser superior al salario medio en el sector estatal. Sobre todo los jóvenes se conforman con eso, y no está bien».

Para Ana Mahe Inda, directora de la Escuela de Fotografía Creativa de La Habana, la base de estas violaciones hay que buscarla en la falta de cultura jurídica y la escasa orientación que brindan las autoridades locales a los trabajadores del sector cuentapropista. «Recuerdo que hace unos años, cuando fui a sacar mi licencia, el funcionario que me atendió no supo orientarme acerca de cuáles eran mis derechos como trabajadora no estatal».

La Resolución 32/2010, que contiene el «Reglamento del Ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia», encarga al Ministerio del Trabajo no solo de emitir las autorizaciones que se requieren para esta forma de empleo, sino de garantizar la afiliación al régimen de Seguridad Social de aquellos que se vinculan a este sector laboral. La asunción de este régimen tiene carácter obligatorio, según la Resolución 33/2011.

La legislación actual describe autorizaciones, políticas fiscales y obligaciones, así como los derechos de seguridad social y de reclamo ante inconformidades en la autoridad competente. Sin embargo, no abarca en su totalidad los derechos que le competen tanto a los trabajadores titulares como a los contratados-dependientes, ni se norma el descanso, el horario de trabajo, las vacaciones anuales pagadas y el establecimiento de un salario justo.

El abogado de la CTC, Cresencio Hernández, reconoció que «a veces el funcionario de la Dirección de Trabajo correspondiente que otorga la licencia no tiene toda la preparación necesaria para explicar los deberes y derechos al trabajador. O a veces la tiene y para agilizar el trámite no da la información jurídica necesaria. Pero no se puede justificar esto. Toda institución relacionada con este sector tiene que informar al cuentapropista sobre sus derechos», enfatizó.

No obstante, para Marta Elena Feitó Cabrera, viceministra primera del MTSS, esta situación no es exactamente así. «A la hora de sacar la autorización del trabajo por cuenta propia, le dan al trabajador una información detallada sobre sus obligaciones y derechos. De ello hay una copia firmada por el solicitante en su expediente de cuentapropista. El propio procedimiento de inscripción lo exige. Por tanto, hay que desmitificar que los trabajadores desconocen la ley».

El MTSS sí se ha esforzado para que los trabajadores conozcan sus derechos, aseguró Idalmis Álvarez Mendive, subdirectora de la Dirección de Empleo de ese Ministerio. «Cada ley tiene un amplio proceso de divulgación, donde se emiten plegables, informaciones, etc. Ahora solo queda acercarse a cada cuentapropista para hacerles conocer el impacto que tienen esas violaciones para su vida futura», agregó.

A su vez, la FMC está consciente de la importancia de atender a las mujeres trabajadoras del país, independientemente del sector donde trabajen, admitió la Segunda Secretaria de la organización. Por eso han habilitado sus Casas de Orientación a la Mujer y a la Familia para que quienes se acerquen reciban programas de capacitación con todo lo referente al Código de Trabajo, a la necesaria elaboración del contrato que el empleador debe hacer, coordinadas con la Oficina Nacional de Administración Tributaria y la Dirección de Trabajo.

Para Gisela Duarte, miembro del Secretariado de la CTC, son los jóvenes quienes más necesitan asistencia, pues no tienen formación obrera, no conocen las dinámicas de un centro de trabajo, o cuáles son sus derechos y dónde pueden exigirlos. La CTC se esfuerza en la sindicalización y organización de los trabajadores del sector privado, para su atención y representación, pero obviamente evitar que estos problemas se complejicen requiere de la atención de las organizaciones e instituciones involucradas.

El sector del trabajo por cuenta propia es una fuerza laboral que llegó para quedarse, coinciden funcionarios, empleadores y empleados entrevistados. Y el socialismo, también, lo que supone que no debe haber espacios para normalizar las situaciones de explotación, discriminación y despojo de derechos de las personas trabajadoras. Muchachas como Suzel deben saber que la ley y las instituciones del país están ahí para proteger su maternidad, sus vacaciones y las condiciones de un contrato justo.

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Dieudome dijo:

1

20 de enero de 2017

05:15:57


Bueno eso es doloroso.La Revoluciòn nos trajo muchas bondades que en realidad no hemos sabido apreciar. Derechos y deberes a vivir como personas de un paìs pobre y hasta bloqueado para que no camine y apaleado porque no camina. Todo el que ha tenido la posibilidad de viajar a otros paìses y hse ha detenido a obserbar de manera objetiva el sistema de vida que proporciona la llamada Democracia en esos paìses, tanto pobres como industrializados, ha podido constatar el irrespeto total que se siente por los trabajadores y seres humanos que no pertenecen a la casta de los pudientes.. No tienen pràcticamente màs derecho que trabajar cuando encuentran un trabajo y no siempre estàn aseguradas las tan cacareadas mejores condiciones de vida. En el extranjero se vive para trabajar y los sindictos son pràcticamente inexitentes. No quiero decir que nuestro sindicato sea muy eficiente, pero al menos nos podemos quejar alguien que si bien no resuelve el problema (no se puede er juez y parte), al menos nos relaja las tensione al escucharnos. El Cuentapropìsmo llegò avalado por el deseo consumìsta de la mayorìa de los cubanos, como està claro, tambièn ocurre en todo el orbe. Nos llenan de propagaanda sobreun inexistente Estado de Bienestar y nos lo creemos. Vemos muchos films en los que se muestra todo muy estereotipado. Los ricos tienen mucho y no trabajan. los ladrones y delincuentes roban y/o asesinan y siempre son tratados como hèroes y los pobres son marginales o drogadìctos y solo tienen esperanza de vida cuando algùn rico decide acarlos de esa situaciòn por cualquier vìa. Todos pensàbamos que como cuentapropìstas ìbamos a ganar dinero a manos llenas y poco trabajo. La realidad es que se trabaja mucho màs, no hay derechos a nada, pues el dueño determina las reglas de juego y casi no tienes tiempo ni ara hacer tus necesidades. Todo en la vida tiene dos caras. Todos pensamos que el cuentapropìsmo serìa una forma de lograr el "sueño americano" a la cubana, pero la realidad es que se trabaja en comdiciones a veces leoninas o infrahumanas y siempre la incertidumbre del "por favor, que no me boten" cuelga sobre nuestras cabezas como espada de Damocles. Espero que nuestras autoridades tomen en ralidad las riendas en este espinoso asunto y limiten de alguna forma y sin demagogia el libertinaje de los dueños de negocios, incluidos las mafias del transporte. No estamos en un sistema capitalista y la explotaciòn del hombre por el hombre la erradicron nuestros barbudos despuès de tres guerras. se legado no se puede perder aunque se produzcan los cambios màs impensados. Lo fundamental es defender al pueblo y los que no estèn capacitados para acometer ese epeño deberìan claudicr y dejar paso libre a los que sienten esa obligaciòn.

Rafael Pascual Ruiz dijo:

2

20 de enero de 2017

08:03:39


Los cuenta propistas del Municipio de Baracoa en la Provincia de Guantanamo no mostraron solidaridad ni respeto ante las dificultades ocacionadas por el ciclon, todo lo contrario, la respuesta fue duplicar el precio del pasaje, el cuentapropista, ha demostrado indolencia con las dificultades de las familias que han sufrido pérdidas, castigados por los efectos del ciclon pero la población ha tenido la seguridad de que el Estado los acompaña y multiplica los esfuerzos para reducir las dificultades junto a los factores y solidaridad de nuestros conciudadanos. Para los que sueñan con aviones ya hay varias muestras de de lo que nos puede le suceder, a la sociedad socialista, con la potencialización del cuentapropismo.

RaulAyala Respondió:


21 de enero de 2017

20:58:33

El llamado cuentapropismo en la mayoría de las veces obliga a la trampa para poder obtener ganancias.No hay un sitio donde el individuo pueda compara su materia prima ,sino que esta obligado a pagar precios altos en los sitios de moneda dura.

Renato Lázaro González Garcés dijo:

3

20 de enero de 2017

10:22:13


Cuando se discutió el nuevo código de trabajo plantie mi desacuerdo en el tratamiento de algunos derechos de los trabajadores de forma diferenciada entre los sectores privados y estatales, como el de las vacaciones y los contratos y hay están los resultados, la legislación laboral tiene que ser una sola, pues sino se desprende y se discrimina un sector, esto es resultado de un Sindicato débil que ha dejado de representar a los trabajadores y aún así aspiran a sindicalizar el sector del cuentapropismo.

pedro naranjo machado dijo:

4

20 de enero de 2017

13:34:10


Que yo sepa, la legislacion laboral es de aplicacion a todos los sectore de nuestra sociedad, donde la propiedad privada y cooperativa esta reconocidas en la ley 116 Codigo de trabajo a los efetos de su implementacion y en la conceptualizacion del modelo economico y social cubano de desarrollo socialista como una forma de propiedad socialista encabezada por supuesto por la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los medios de produccion, entonces porque razon se permiten esas violaciones y esa discriminacion, tanto las vacaciones anuales pagadas como la licencia de maternidad pre y posnatal tienen estan legalmente establecidas, ademas tienen rango constitucional en nuestro pais, lo que hace falta es actuar por los inspectores porque son particulares pero dentro de nustro sistema social socialista y se rigen por la politica trazada por la direccion del partido y el gobierno, no le asiste derecho alguno a un propietario a actuar por su propia cuenta, todo esta organizado y legislado en nustro pais, sobre estos temas se necesita mas divulgacion en nuestros centros de trabajo y las organizaciones sindicales juegan el papel principal, parecido pasa en el regimen disciplinario y para la admision, permanencia y promocion al empleo y las decisiones de capacitacion en el sector estatal .OJO..

Daniela dijo:

5

20 de enero de 2017

15:46:20


muy bueno este trabajo que en realidad hay muchos problemas y pocos derechos para quienes están el sector privado, mientras que no las autoridades tampoco explican cuáles son esos derechos ni hay campañas para explicarlo

dieudome dijo:

6

21 de enero de 2017

07:04:24


Coincido con los foristas en que las autoridades competentes deberìan explicar a la poblaciòn de forma clara y coherente sobre los deberes y derechos de los ciudadanos ante semejantes actitudes negativas. Somos un estado de orientaiòn socialista y a veces parece como si los organìsmos competentes no quisieran controlar las actividades negativas. Opino que solo informar no es efectivo ni EFICIENTE. Si una persona ostenta un cargo pùblico debe tomar las decisiones que mejor ayuden la sociedad y si no se cree capàz de encontrar soluciones, deberìa actuar con honestidad y abandonar el cargo, pues en nuestra sociedad socialista los cargos son para servir al pueblo y no para obtener beneficio personales. La imàgen de desamparo que se deja cuando no se dan soluciones lo ùnico que sirven es para afear la imàgen de una Revoluciòn que ha costado mucha sangre, esfuerzo y sacrificio para construirla.

Gualterio Nunez Estrada dijo:

7

22 de enero de 2017

00:05:20


Miren, senores, ustedes son muy inocentes en Cuba, son demasiados sanos, yo llevo 21 anos en Estados Unidos y tengo por experiencia que a ningun empleador privado, asi sea cubano como yo, le interesa lo que le pase al empleado aunque lleve 23, 20 anos en la empresa, si te dan beneficios es porque el estado o el interes de ganancia los obliga. Todo estos privados son buena gente de los dientes para afuera, lo real es que son vampiros cuando pueden,eso lo veo yo aqui en todas partes. Si ustedes que son el estado no toman este asunto por los cuernos, empiezan a explotar la gente en Cuba, por delante y por debajo de la mesa. El que quiera saberlo que viva fuera de Cuba y vera que tiene que andar derechito como una vela y mirando a todos lados con dos antenas.

j.columbie dijo:

8

22 de enero de 2017

07:59:00


interesante este articulo mi opinion es que en cuba todabia no hay conocimiento del trabajo por cuenta propia es logico porque nunca lo hubo haora hay que aprender y como mejor se aprende es encenandole al pueblo y sobre todos aqueyas personas que determinen hacerse pribados por ejemplo impartiendo seminarios a esas personas antes de hacerse pribado y si estan bien preparado se le autorisa no toda persona puede hacerse pribado en ningun pais del mundo sin saber las leyes que le corespondan con respecto a su trabajo y asus empleados el negocio es del pero el fruto depende de los trabajadores que tenga ademas hay muchos cubanos que bivimos fuera y tenemos experiencia como se trabaja en el mundo de hoy donde todos trabajamos en firmas y companias pribadas asi que con nosotros hay que contar y estoy seguro que muchos cubanos estarian en dispocicion de ayudar a su a su pais el trabajo por cuenta propia es necesario en todo el mundo hablo de las pequenas y medianas empresas si no no abra desaroyo pero si con mucho control por parte del gobierno ninguna persona yego a este mundo sabiendolo todo nosotros los cubanos somos capases de hacer cosas marabiyosas pero hay que confiar en nosotros y darnos la posibilidades muchas gracias desde alemania

alex Respondió:


23 de enero de 2017

16:41:56

J.Columbie muy buen comentario pero hermano o hermana cuidese de la falta de ortografia le recomiendo que reitifique con el word ,que llega el momento de tantas veces que te hace corregir se te pega como escribirla bien yo sufria de ese sindrome y asi me cure, por si la mosca no pongo tilde por mi teclado que no hay dios que haga encontrar la tilde

Maria Natalia Abdo dijo:

9

22 de enero de 2017

09:22:46


Muy buena nota. Una forma de pelear le al BLOQUEO entiendo yo.

jose dijo:

10

22 de enero de 2017

14:52:22


Siento no compartir todo el comentario (1), si bien es cierto muchas cosas de las que dice, homologado marginación, drogadiccion, etc, en Cuba están a 100 años luz en la legislación laboral en cuanto al trabajador por cuenta propia. Paso a explicarme, vivo en España y siempre he trabajado en empresas privadas, pequeñas empresas, autónomos, etc, y en algunas ocasiones con contratos de duración determinada y siempre, siempre, recoge el derecho a disfrutar de vacaciones (30 dias/año) pagadas. Existe otro concepto que son las pagas adicionales (2 al año, junio y noviembre), estás pueden ser prorrateadas, o sea se paga en la nómina de cada mes una parte. Y para concluir les puedo decir que solo he necesitado 15 años cotizados a la Seguridad Social para tener derecho a recibir mi jubilación. Quiero aclarar que lo que he expresado es sin ánimo de herir sensibilidades, todo lo contrario, pienso que los organismos encargados y veladores de los derechos laborales tenían que haber pensado, previsto y normando todas éstas cuestiónes antes de abrir el grifo y encontrarse ahora muchas y muchos trabajadores en un limbo legal, no se puede dejar a improvisaciones personales de los empleadores (empresarios) y hay que llamarlos así porque es lo que son. Y salvo excepciones, tantos los de allí como los de aquí, solo les interesará ganar cada vez más dinero y si no lo atan corto, cometeran muchos abusos y Cuba es otra cosa. Muchas gracias.

jose dijo:

11

23 de enero de 2017

05:58:28


Yo creo que la raíz del problemas es que no nos hemos cogido el trabajo no estatal como algo serio. Ya hoy mas de medio millón trabajan con licencia, y quizás hasta otro tanto "por la izquierda", son una parte importante de la sociedad. Hasta que no nos demos cuenta de su importancia será parte del problema y no de la solución de la situación económica de Cuba. Las leyes tratan al no estatal como un enemigo: Grandes impuestos,, no le da facilidades para adquirir sus materias primas, restringe las profesiones posibles y usa un cuerpo de inspectores mas interesado en el soborno que en cumplir las leyes. Se necesita de forma urgente un código laboral actual. Que iguales en derechos a todos los trabajadores. Y acabar de poner un salario mínimo. Sé que es difícil porque casi ningún trabajador no estatal aceptaría menos de mil pesos mensuales...y casi ningún estatal cobra eso

joseantonio dijo:

12

23 de enero de 2017

08:18:21


El artículo es interesante, saca a la luz pública un problema muy, muy, muy grave: que el amparo legal e institucional a los TCP es parcial. Enfatizo en el tema de la seguridad social a corto plazo, pues en el artículo se plantea que "cuando el MTSS desarrolló estudios acerca de la protección a corto plazo en el sector cuentapropista, determinó que no era el momento de proteger a los trabajadores ante el riesgo de enfermedades a corto plazo". INAUDITO. Remito a la periodista y a los foristas a que estudien en la Constitución de la República de Cuba los altísimos preceptos legales refrendados en los artículos 41, 46 y 47 de nuestra Ley de Leyes. Sobran comentarios.

joseantonio dijo:

13

23 de enero de 2017

08:56:36


Estimada Alejandra García: Ya envié un comentario, que al parecer, incumple con las "reglas de uso" que para mí y los demás foristas son tan desconocidas como la voluntad divina. Con mucho respeto recomiendo que estudien la Constitución de la República de Cuba especialmente los artículos 41, 47, 48 y 49. En ellos no se excluye a nadie, se refieren a "trabajadores" y a "todos". Por lo que no hay razón para que los TCP sean preteridos de los plenos derechos laborales que el Estado, constitucionalmente garantiza a TODOS los ciudadanos. Cuando las normas jurídicas presentan lagunas, dan pie a que sucedan hechos como los narrados por usted y a respuestas vacías de contenido legal, justificativas, como las aquí leidas. Como jurista, no me queda otro remedio que comentar: INAUDITO.

Palax dijo:

14

23 de enero de 2017

09:24:37


Quisiera saber si las mujeres cuentapropistas tienen derecho a la licencias otorgadas por maternidad.

Carlos Pérez dijo:

15

23 de enero de 2017

13:17:51


Cuando del tema hablé en las discusiones que se hicieron en los centros de trabajo, dije: "Esta nueva ley va a constituir un atraso de más de 60 años, si Jesús Menéndez volviera a nacer se moría de la verguenza." Me tildaron de cualquier cosa, de antipatriota, y por ahí para allá mejor no mencionar. Pero la práctica lo demuestra y estas cosas suceden por no enfrentar la realidad, no son cuenta propias son negocvios privados y deben de tener leyes exactas como tal. La protección al trabajador debe de estar asegurada por ley, contrato en mamo ya sea dependiente de un chinchal o supervisor jefe de una cooperativa, sin distinción. Las PYME (Pequeñas y Medianas Empresas) como se les conoce en el mundo deben de estar certificadas, con expedientes, contabilidad, y relaciones laborales y contractuales desde sus mismos inicios, darle la espalda a eso es negar la realidad.

jenniffer maulini ruiz dijo:

16

18 de mayo de 2017

13:58:42


buenas soy trabajadora por cuenta propia en un restaurante en la habana.mi preocupacion es que trabajo 16 y aveces 17 horas en el horaria de dos por dos.lo que seria semanalmente de 48 a 64 horas de trabajo,mi salario es de 5 pesos el dia con 1 porciento de venta,muchas veces tengo que trabajar mas por causa de que mi jefe no contrata personal de limpieza y el trabajo lo tenemos que hacer nosotras mismas,no tenemos un orden en el horario de comida y muchas veces comemos huevo solo repetidamente en la semana,el trabajo es el dia entero de pie,y bastante agitado,mi jefe tiene muy mal trato con sus dependientes y tiene una mujer que en un momento determinado fue compannera mia de dependiente,y ahora es la almacenera pero por ser la mujer del jefe le da voto a gritarnos maltratarnos y muchas veces ofendernos,ya todos estamos cansado de este trato pero por miedo a perder el trabajo por necesidad no le hemos dicho nada a nadie,quisiera que se me informara a quien tengo que acudir o simplemente no tendo derecho a hablar.esto sin contar que nunca e filmado ningun contrato de trabajo,y no veo pie a hacerlo y ya llevo trabajando 6meses en el mismo lugar.