ÓRGANO OFICIAL DEL COMITÉ CENTRAL DEL PARTIDO COMUNISTA DE CUBA
De izquierda a derecha, Santiago Herrera Linares, Belkis Serrano Tejerizo y Oris Silvia Fernández Hernández. Foto: Guerrero Ocaña, Maylin

La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó este viernes el Decreto Ley 322, del 31 de julio de 2014, el cual introduce en la Ley General de la Vivienda (Ley 65), una serie de modificaciones y normativas que reestructuran el actual sistema de la vivienda existente en el país.

Directivos del Ministerio de la Cons­trucción (MICONS), del Instituto Nacional de Plani­ficación Física (IPF) y del Instituto Nacional de la Vivienda (INV) realizaron, en conferencia de prensa, aclaraciones y especificaciones sobre los cambios introducidos y las ventajas que estos suponen para la población.

Oris Silvia Fernández Hernández, presidenta del INV, explicó que se trata de un traspaso de las funciones actuales de esta entidad al IPF, al MICONS, al Sistema de Tribunales, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a los Organismos de la Administración Central del Estado. Todas las disposiciones entrarán en vigor el próximo cinco de enero del 2015.

Por  otra parte, la directiva explicó que será el Ministerio de Justicia el encargado de rectorar el procedimiento para permutas, el cual se de­sarrollará ante un notario público y con la presencia del representante de la entidad propietaria de la vivienda, sea vinculada o medio básico. Además, los Órganos y Or­ganismos de la Administración Central del Estado y entidades nacionales, van a controlar, declarar, contratar y cesar las viviendas vinculadas y medios básicos que integran su patrimonio. Ac­tualmente este acto se realiza en las direcciones de la vivienda, cuando llega a su término el tiempo establecido de la vivienda vinculada, que hasta la fecha es de 20 años, y con el nuevo Decreto Ley ese tiempo pasa a ser de 15 años.

 Será el sistema de la Planificación Física una de las instituciones a la que más funciones se le traspasen, como por ejemplo los trámites relacionados con los procesos constructivos de la población. Estas normativas van encaminadas, sobre todo, al fortalecimiento del ordenamiento territorial y urbanístico en nuestro país, dijo Belkis Serrano Tejerizo, vicepresidenta del IPF.

 Asimismo, el Decreto Ley aclara que todas aquellas acciones constructivas que estén encaminadas a conservar la vida útil de las edificaciones no llevarán trámite alguno, así como las que no introduzcan cambios estructurales en los inmuebles.

“Hay también un grupo de gestiones que de oficio, y sin costo alguno, las Direcciones de Planificación Física tendrán que realizar, entre las que se encuentran las autorizaciones de licencias de construcción y otros trámites, como el de la habitabilidad, por ejemplo”, añadió la vicepresidenta del IPF.
 Hasta el 5 de enero próximo la población continuará realizando sus trámites en las estructuras y oficinas existentes en los municipios del país, pero a partir de esa fecha serán los funcionarios de planificación física quienes les asistirán.

El Decreto Ley 322, en sus disposiciones fi­nales orienta que las relaciones jurídicas constituidas al amparo de la Ley No. 65, “Ley Ge­ne­ral de la Vivienda”, del 23 de diciembre de 1998, antes de las modificaciones que por el Decreto Ley 322 se le introducen, conservan su validez.

Diana Rosa Suárez Matías, jefa del Depar­tamento de Trámites a la población por el IPF, explicó que el trámite de cesión y uso de azo­teas en el sistema de la vivienda se seguía por el requisito de selección. Ahora, con este nuevo proceso de implementación del Decreto Ley  322, este requisito se elimina.

“Ahora la persona se presentará en las Direcciones Municipales de Planificación Fí­sica con su título de propiedad, el sello que se decida lleve el proceso y el dictamen de resistencia que dice si es posible construir en la azotea. El arquitecto de la comunidad continuará haciendo el dictamen de resistencia como se viene efectuando hasta estos mo­mentos. Este es un proceso que no elimina los trámites intermedios y tiene que culminar en la Dirección Provincial de Planificación Física, que es cuando se dicta la Resolución de Aprobación.

“Se establecerá una nueva regulación sobre este tipo de construcciones. Por ejemplo, aquel matrimonio que se constituye tiene la posibilidad que el padre de uno de ellos, le done o ceda el uso de la azotea para que la pareja construya su vivienda de acuerdo con ese nú­cleo familiar y en correspondencia a las nuevas regulaciones de cantidad metros cuadrados por persona que se van a aprobar”, añadió.

Sobre este tema, Belkis Serrano, vicepresidenta del IPF también explicó que a partir de la puesta en vigor de estas normativas jurídicas, se establece que el tamaño de la vivienda está en correspondencia a dos cuestiones principales. Una está referida a las regulaciones urbanísticas que se establezcan para cada lugar. La otra es la que hace mención a las normas cubanas de construcción, y que posibilita el dimensionamiento de cada local de una vivienda. O sea, ante la voluntad de ampliar un inmueble el mismo se extenderá teniendo en cuenta las regulaciones urbanas y las normas de construcción que establecen el dimensionamiento de cada espacio.

“En el caso de una ampliación o sesión de la azotea para edificar una segunda planta, también se tendrá en cuenta la estructura sobre esa edificación. Hay que verificar el estado técnico constructivo de la vivienda y todo el diseño estructural de esa vivienda que se va a ampliar”, aseguró.

En cuanto a los litigios, Santiago Herrera Linares, director Legal del IPF, dijo que aquellos “que estén relacionados con las reclamaciones de solares yermos, derechos perpetuos de superficie, medidas y linderos, quedarán bajo la responsabilidad de Planificación Física. Si el litigio es entre los propietarios que tienen títulos de notaria o de sentencias judiciales, corresponderá a los tribunales darles una respuesta definitiva. En el caso de las divisiones y permutas obligatorias también pasan a ser competencia de los tribunales. Todo lo relacionado con el paquete constructivo de un hogar, desde el otorgamiento de la licencia hasta el momento en que se declara la casa como habitable, le corresponde al IPF”.

Los funcionarios resaltaron que, con los cambios efectuados, la población va a tener concentrados determinados trámites y servicios de acuerdo con lo que cada organismo le corresponde. Actualmente, hay disposiciones divididas entre INV e IPF. Sin embargo, explicaron que con las nuevas disposiciones se conseguirá que las normas jurídicas sean más integrales y  explícitas, así la población verá reducido su tiempo de espera, por trámites que hasta la fecha han sido muy cuestionados.

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Roberto dijo:

16

7 de septiembre de 2014

22:50:25


Soy abogado de profesión y aunque no trabajo procesos administrativos, donde se ven implicados los litigios entre propietarios de viviendas, las DMV y otras instituciones estatales, debo referir que entiendo que estas normas jurídicas no resuelven los problemas de la población, mas bien problemas administrativos y de reordenamiento estatal. Comenzaran a resolverse los problemas en la población media, cuando el valor legal de la vivienda se corresponda con el valor real, cuando existan suficientes materiales de construcción y profesionales contratistas para que cada familia pueda construir, remodelar y-o ampliar su vivienda. Cuando no existan restricciones para que una persona pueda tener en propiedad mas de una vivienda, etc, etc, etc.

El Profe dijo:

17

8 de septiembre de 2014

11:38:48


En esencia: Los procedimientos narrados son los aprobados entre 1976 y 1984 desde la creación de las Direcciones de Arquitectura y Urbanismo. Con ellos no hay dificultad alguna porque son coherentes y muy atinados. Aprovecho la oportunidad para felicitar a sus artífices: Arq. Gina Rey, Roberto Moro, etc. En mi criterio, las mayores dificultades que enfrentará la entidad son: la capacidad técnica de los recursos humanos (técnicos y funcionarios) para agilizar los trámites, las restricciones absurdas con el dimensionamiento de los locales, etc., entre otras. Estas últimas desfasadas con respecto al nuevo modelo económico del país en cuanto a la imposibilidad de ampliación de las viviendas de los trabajadores por cuenta propia quienes están forzados a habitar su establecimiento-vivienda u ofrecer el servicio en locales muy reducidos y poco ventilados, o directamente sobre la vía pública; como ocurre en Centro Habana, la Habana Vieja, etc. Solo ideen como evitar la fuga de capital, que sería uno de los mayores riesgos de la medida, en mi humilde opinión.

Juan José dijo:

18

9 de septiembre de 2014

06:23:46


No es la primera vez que se habla del tema, hace algunos meses atrás se dijo que la documentación para los trámites de vivienda, se iban a reducir, de tal manera que la pobación tuviera que utilizar nenos tiempo en esos trajines, pero eso no se llegó a realizar...Ahora vienen con que ese ejercicio lo van a traspasar al Instituto de Planificación Física y no será después del 5 de anero del 2015....Pero hasta cuándo habrá que esperar a que nos acostumbremos a que los papeleos sean ágiles en nuestro país y los cubanos no tengamos que en muchas ocasiones, sobornar a los funcionarios y entonces, te hacen los papeles en varios minutos y todo queda resuelto, pero después de heber soltado un buen dinero....Por favor díganme, hasta cuándo???

Royma dijo:

19

16 de enero de 2015

04:08:58


hola quisiera que alguien me pudiera ayudar en un problema que cada vez es mas difícil y problemático yo repara mi casa que es una accesoria, con esfuerzo propio en el 2005 en el 2009 el estado le dio una casa a las personas que Vivian en una parte de esa tumbando una parte de la misma ya anteriormente le habían dado una casa a la propietaria de la misma por ser discapacitada la casa no era habitable para ella la cual le dieron una mejor en el mismo municipio, en concreto mi pregunta es? si esa parte ya ase rato no existe y ahora un familiar quiere construir la misma casa es decir pegada a mi pared eso es posible quiero alguien me ayude porque personas de la vivienda vinieron y me dijeron que tenia que quitar el aire que tengo en esa pared que la construí yo porque le pertenece a otra persona que ya nos tiene cansado y hemos ido a varios lugares y todos dicen algo diferente quisiera que alguien de ustedes me puedan atender y darme una explicación no se si con las nuevas regulaciones hay algún cambio al respecto pero por favor ayúdenme a solucionar este problema lo mas rápido posible les agradezco en el alma me puedan ayudar saludos Royma.

gladys sosa dijo:

20

18 de enero de 2015

13:54:42


mi pregunta es que pasara con aquellas personas que en su momento hicieron una compra venta ilegal, la vivienda paso a estatus de arrendatarios,.