Poseo una licencia simplificada, soy elaborador vendedor de alimentos ligeros (dulces). Me alegré muchísimo al enterarme de que al fin tendría un mercado para comprar la materia prima, de acuerdo con las posibilidades del país (azúcar, huevos, etcétera). Pero cuál no sería mi sorpresa al presentarme para adquirir huevos y, al mostrar mi licencia, documento número 806 057, el compañero me dice categóricamente: «No tienes derecho, las licencias ambulatorias están excluidas».
De inmediato me dirijo al Ministerio de Trabajo, en el municipio de Colón. El director me plantea que el listado para la venta lo elaboró la Empresa de Comercio. Me presento en Comercio y su director me informa lo contrario, o sea, que lo hizo el Ministerio de Trabajo. (…) ¿Qué diferencia existe entre la necesidad de adquirir el producto entre una y otra licencia, si todos contribuimos al presupuesto del Estado? (…)
José Ramón Utra Sosa,
Alberto Nodarse No. 50 a, entre Bartolomé Masó y Pedro Betancourt, Colón, Matanzas.



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Ana dijo:
1
11 de febrero de 2020
12:47:56
sergio blanco remus dijo:
2
4 de agosto de 2020
15:56:54
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