El Ministerio Público de los Estados Unidos ha persistido
en calificar de espías a los cinco luchadores antiterroristas
cubanos encarcelados desde el 12 de septiembre de 1998, pero
el poder mediático como el amañado proceso judicial en su
contra, carece de argumentos para esa imputación y no le ha
quedado otra alternativa que repetir indebidamente la palabra:
espías.
Todo proceso judicial requiere de pruebas y la Fiscalía de los
Estados Unidos no ha podido presentar ni siquiera una
evidencia de que los cinco héroes cubanos acopiaron o tuvieron
en sus planes acopiar información especialmente protegida por
el Estado por razones de seguridad nacional.
La Fiscalía sin embargo ha acudido a maniobras impropias de
una institución pública como las de extraer frases aisladas de
los mensajes enviados a Cuba por los supuestos espías a fuerza
de que fuera de contexto se interpreten como un reflejo de
acciones de espionaje ¡Qué debilidad!
La verdad es que las pruebas practicadas desde la vista
celebrada en Miami desmienten la imputación de la condición de
espías de los cinco antiterroristas cubanos encarcelados.
Basta con citar la declaración en calidad de testigos de dos
altos oficiales con un historial de servicio en las Fuerzas
Armadas Norteamericanas y en las instituciones de inteligencia
de ese país.
Nadie ha podido desmentir al General de división Edgard Breed
Atkeson y al Teniente General James R. Clapper Jr en sus
declaraciones en el juicio en la que sostuvieron que los cinco
cubanos solamente obtuvieron una información pública. Similar
pronunciamiento hicieron otros altos oficiales y funcionarios
también estadounidenses.
Se trata por otra parte de un reconocimiento de que los
grupos terroristas que preparan en Estados Unidos acciones
contra Cuba no tienen ninguna discreción. Se sienten
tolerados. Es para ellos una garantía que las autoridades
norteamericanas se hayan encargado de elevar al rango de
ciudadanos honorables a sus paradigmas, es decir, a los
criminales internaciones Orlando Bosh y Luís Posada Carriles.
Los terroristas han hecho una buena lectura de la
impunidad. Para conocer sus acciones no es necesario penetrar
áreas sensibles donde se protege información, no hay que ser
espía. Los cinco cubanos sacaban sus conclusiones de la
publicidad de los actos de esa maquinaria de terror que
funcionan en Estados Unidos contra la isla caribeña.
No se justifica entonces que se invoque como aplicable el
artículo 794 del Código Penal de los Estados Unidos para
condenar a cadena perpetua a Antonio Guerrero, Ramón Labañino
y Gerardo Hernández.
Las acciones de los luchadores antiterroristas cubanos no
tipifican el delito que describe ese precepto, pero el poder
mediático puja por convertirse en fuente de derecho repitiendo
una falsedad: espías. ¡Oh Goebbels, qué pequeño te ves ante
tus émulos!