En tal sentido, se ha establecido como práctica un proceso de
evaluación y seguimiento sobre los resultados de cada una de las
medidas que se aprueban y aplican. De esta forma es posible conocer
con mayor certeza cuáles son sus verdaderos efectos y cómo
adaptarlas a las circunstancias actuales de nuestro país.
A ello precisamente responden el acuerdo 7 387 del Consejo de
Ministros y las resoluciones del Instituto Nacional de la Vivienda y
el Ministerio de Finanzas y Precios publicados este lunes 6 de mayo
en la Gaceta Extraordinaria número 12 del presente año, y con lo
cual se realizan modificaciones a la política para otorgar subsidios
a personas naturales interesadas en emprender acciones constructivas
o de reparación en sus viviendas por esfuerzo propio.
Según explicó a Granma Anselmo Pagés Torriente, miembro de
la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, ello
tiene como propósito ampliar los beneficios del subsidio y al mismo
tiempo posibilitar que un mayor número de personas se favorezca con
él. Desde enero del 2012 (fecha en que se comenzaron a entregar
estos subsidios) hasta el 31 de marzo del presente año, se han
otorgado 33 mil 431 subsidios por una cifra superior a los 566
millones de pesos, de los cuales se han utilizado más de 234
millones, aseguró.
"Las nuevas propuestas se concentran en tres grandes direcciones.
En la primera de ellas se incrementa la cantidad de dinero que se
pudiera otorgar a las personas por concepto de subsidio.
Anteriormente, la cifra prevista para construir la célula básica
habitacional —de 25 metros cuadrados— podía ser de hasta 80 mil
pesos y solo se permitía pagar materiales de construcción y mano de
obra", manifestó.
Con las nuevas disposiciones —dijo—, se aumentan hasta 5 mil CUP
para gastos de transportación de materiales, de modo que la cifra
podría ascender a 85 mil. En caso de que se solicite para realizar
acciones constructivas de conservación mayor (cuyo monto o
financiamiento puede ser hasta 10 mil CUP), podrán otorgarse para
gastos de transportaciones hasta mil pesos y para las de
conservación menor (con un monto financiero máximo de 5 mil CUP)
hasta 500 CUP, por lo que las cifras máximas ascenderían a 11 mil y
5 mil 500 CUP, respectivamente.
Si el subsidio se otorga para construir la célula básica de
viviendas ubicadas en zonas con registros de actividad sísmica, el
monto total a subsidiar —incluyendo la transportación— puede
ampliarse hasta 90 mil CUP, con lo cual se aumenta 5 mil CUP para
respaldar la adquisición de los materiales que se requieren para las
estructuras sismo-resistentes.
En una segunda dirección se autorizan nuevas posibilidades de
pago con el dinero del subsidio, pero sin incrementar el monto
total. "Se incorporará, por ejemplo, el pago de la documentación
técnica correspondiente a proyectos y licencias de obra. Con ello se
elimina el requisito actual de tener que presentar previamente la
documentación técnica para solicitar el subsidio y así, en caso de
que los consejos de administración no aprueben otorgar el subsidio,
las personas no pierden dinero en este trámite", comentó Pagés
Torriente.
"A partir de estas nuevas disposiciones se establece que luego de
solicitado el subsidio, se envía un inspector a la vivienda en
cuestión para dictaminar sobre las acciones que se pretenden
realizar en el inmueble, la documentación técnica requerida y la
cantidad estimada de materiales de construcción, así como el costo
de su transportación, entre otros aspectos. Con estos elementos se
confecciona un expediente que se pone a consideración del Consejo de
Administración Municipal de conjunto con las valoraciones
socioeconómicas realizadas por los especialistas de las direcciones
municipales de trabajo", añadió.
Con el dinero del subsidio se permitirá pagar, además, el derecho
perpetuo de superficie, siempre y cuando este sea otorgado de
acuerdo con los procedimientos establecidos por el Ministerio de la
Construcción (MICONS). En este aspecto, se priorizarán
fundamentalmente los afectados por ciclones y otros desastres
naturales que requieran construir su vivienda en un nuevo lugar.
En una tercera dirección, se diversifican las personas que pueden
beneficiarse con el subsidio. A partir de ahora podrán solicitarlo,
además de los propietarios (anteriormente los únicos que podían
acceder a este beneficio), quienes habiten en ciudadelas y
cuarterías o sean arrendatarios de inmuebles estatales. En ambos
casos, solo podrán realizarse acciones de conservación en lo ya
edificado, nunca como ampliación de la vivienda.
Asimismo, será posible otorgar subsidio a quienes puedan
recuperar o terminar el equivalente a 25 metros cuadrados. Ello
ofrece mayor flexibilidad para casos con afectaciones parciales por
los efectos de fenómenos climatológicos o sencillamente para mejorar
las condiciones habitacionales de una familia, dijo el especialista
de la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo.
De la misma manera, se priorizará el otorgamiento de subsidios a
quienes pretendan, mediante acciones de reparación y/o conservación,
dar solución a obstrucciones y fugas hidrosanitarias con el objetivo
de contribuir al ahorro del agua y al mejoramiento de las
condiciones medioambientales.
Además, el funcionario destacó que con estas nuevas regulaciones
se amplía la nomenclatura de los productos (ver recuadro que
acompaña este material), que será posible adquirir alternativamente
en las tiendas recaudadoras de divisas pues hasta la fecha solo
podía comprarse el cemento P-350.
Y así, bajo la máxima de que todo cuanto se haga para actualizar
el modelo económico cubano es perfectible, trabaja la Comisión
Permanente para la Implementación y Desarrollo. Ampliar las
posibilidades del subsidio es solo un paso más de los muchos que en
estas cuestiones se avecinan.
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Sobre el subsidio
Es
importante recordar que el otorgamiento de este tipo de
subsidios a las personas responde a la implementación
gradual del Lineamiento 173 de la Política Económica y
Social del Partido y la Revolución, el cual expresa:
"Eliminar las gratuidades indebidas y los subsidios
excesivos, bajo el principio de compensar a las personas
necesitadas y no subsidiar productos de manera general".
El
subsidio para acciones constructivas es una ayuda económica
que otorgan los Consejos de la Administración Municipal a
las personas más necesitadas, priorizando aquellas que han
sufrido en sus viviendas afectaciones por ciclones u otras
catástrofes. El dinero entregado en estos casos no tiene que
ser reintegrado al Estado por el beneficiado; su único
compromiso es el de emplearlo con el fin específico para el
cual se le otorgó.
Esta práctica constituye una de las formas a través de las
cuales el Estado cubano ratifica el principio de que en la
sociedad socialista cubana nadie quedará desprotegido. |
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Materiales que podrán
adquirirse en las tiendas
recaudadoras de divisas
Además del cemento P-350, las personas tendrán la opción de
adquirir en las tiendas recaudadoras de divisa los
siguientes productos:
Instalaciones sanitarias: Juegos de baño, tazas
con herrajes, lavamanos y herrajes (válvulas de salida y de
entrada, latiguillos, sifas para lavamanos, así como llaves
de agua).
Revestimiento de paredes: azulejos, cenefas y
matajuntas.
Electricidad: Tomacorrientes, interruptores,
cables eléctricos, cajas eléctricas y lámparas.
Plomería: Codos, nudos, niples, uniones "T",
llaves de paso y motores de agua.
Pintura: Esmalte, aceite, vinil.
También podrán comprarse llaves para puertas, picaportes,
fregaderos, juegos de toalleros, jaboneras, portapapeles y
puertas. |